XII EDICIÓN DE LOS PREMIOS "CONCURSO 5U-CV STARTUP" UA 2025
- Fecha de aprobación
- 26/05/2025
- Fecha de publicación
- 28/05/2025
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: XII EDICIÓN DE LOS PREMIOS "CONCURSO 5U-CV STARTUP" UA 2025
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: lunes, 26 de mayo de 2025
XII EDICIÓN DE LOS PREMIOS "CONCURSO 5U-CV STARTUP" UA 2025
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los premios de la XII Edición del concurso 5U-CV STARTUP organizado por el vicerrectorado de Estudiantes y Empleo y el vicerrectorado de Transferencia, Emprendimiento y Divulgación Científica dentro del proyecto institucional ua:emprende y en el marco del programa "Campus del Emprendedor Innovador y Sostenible" que se desarrolla en conjunto entre las cinco universidades públicas valencianas, y que forma parte del proyecto presentado a la convocatoria de ayudas dirigidas a fomentar el ecosistema de emprendimiento de la Comunidad Valenciana de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo.
El objetivo del concurso 5U CV Startup es premiar las mejores iniciativas emprendedoras y trayectorias empresariales de triple impacto de la Comunidad Valenciana, atendiendo a su carácter innovador, triple impacto en su entorno, viabilidad y crecimiento. Para ello, cada una de las cinco universidades públicas valencianas convoca el concurso en sus campus, dirigido a los emprendedores de su comunidad universitaria.
Los objetivos específicos son:
· Apoyar y potenciar el espíritu emprendedor en el ámbito universitario de la Comunitat Valenciana.
· Contribuir al desarrollo y a la consolidación de las empresas creadas en el sistema universitario valenciano.
· Impulsar y fortalecer las relaciones Universidad-Empresa.
Se establecen dos categorías de premios:
1. Categoría Startup
2. Categoría Junior
Ambas categorías son excluyentes.
El presente concurso se estructura en 2 fases:
1. Fase I: Selección de candidatos UA para optar a los premios
De entre todas las candidaturas recibidas, la Universidad de Alicante (en adelante UA) seleccionará las dos mejores candidaturas de cada categoría del concurso, que serán premiadas con la dotación correspondiente a esta fase.
2. Fase II: Selección de los ganadores de los premios en el concurso interuniversitario
Las candidaturas seleccionadas por la UA podrán participar en la fase II y optar a los premios en cada categoría para las mejores iniciativas emprendedores y trayectorias empresariales de entre todas las preseleccionadas por las cinco universidades valencianas.
2. REQUISITOS DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS
2.1. CATEGORÍA STARTUP:
Podrá participar en esta categoría cualquier microempresa y/o pyme que tenga su sede social en la Comunitat Valenciana, con actividad comercial y una antigüedad máxima de 3 años con respecto a la fecha límite de presentación de la documentación a este concurso, en la que al menos una de las personas socias fundadoras sea estudiante, egresado/a o titulado/a de la UA.
Se podrán presentar empresas con forma societaria mercantil, así como empresarios o empresarias individuales.
Se define microempresa y/o pyme con forma societaria, conforme a la definición recogida en el anexo I del Reglamento de la Comisión Europea Nº 880/2008, de 6 de agosto. Quedan excluidas asociaciones, fundaciones, administraciones públicas, y en general, las entidades sin ánimo de lucro.
2.2. CATEGORÍA JUNIOR:
Se podrá participar de forma individual o colectiva.
Podrá participar en esta categoría cualquier emprendedor/a de forma individual o un equipo de emprendedores/as con un proyecto empresarial que todavía no esté constituido como empresa (ni forma societaria mercantil ni empresario/a individual), en la que al menos una de las personas integrantes del equipo sea estudiante, egresado/a o titulado/a de la UA.
Los ganadores o ganadoras de anteriores ediciones del concurso podrán presentarse siempre y cuando lo hagan con propuestas de ideas diferentes a las presentadas anteriormente o presentándose a una categoría diferente a la presentada anteriormente.
3. NÚMERO Y DOTACIÓN DE LOS PREMIOS
3.1. CATEGORÍA STARTUP:
Dotación máxima de 3.000 euros. Dos premios de 1.500 euros a cada una de las dos empresas que resulten seleccionadas en esta fase y que podrán optar a los premios 5U CV Startup compitiendo con las candidaturas propuestas por el resto de las universidades.
3.2. CATEGORÍA JUNIOR:
Dotación total máxima de 1.500 euros. Dos premios de 750 euros a cada uno de los proyectos finalistas que seleccione la UA y que podrán optar a los premios 5U CV Startup compitiendo con las candidaturas propuestas por el resto de las universidades.
4. PLAZO Y PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
4.1. Plazo de presentación:
El plazo de presentación de solicitudes comienza a partir del día siguiente de la publicación del extracto de esta resolución en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana y finaliza el 17 de junio de 2025. Se deberá adjuntar a la solicitud la documentación requerida en esta convocatoria.
La convocatoria se publicará en BOUA a efectos informativos.
4.2. Procedimiento de inscripción
Para participar en la presente convocatoria se deberá presentar:
Para las dos categorías:
· Formulario de Solicitud de la categoría a la que se presenta. El formulario se cumplimentará de la siguiente manera:
1. Acceder a UACloud (El o la representante del proyecto deberá tener un e-mail de la Universidad de Alicante con acceso a UACloud)
2. Entrar en el apartado e-Administración - Trámites - Generales
3. Seleccionar la Solicitud a los Premios Startup
4. Rellenar el formulario de solicitud, adjuntar la documentación requerida y pulsar ENVIAR
5. Revisar el resumen de los datos y pulsar de nuevo ENVIAR para dar por finalizado el proceso
Documentación requerida que se debe adjuntar a la solicitud:
· Curriculum vitae resumido de todos los promotores de la empresa o componentes del equipo emprendedor, explicando su papel en la empresa o en el proyecto empresarial.
· Vídeo explicativo de duración máxima de 3 minutos para recalcar los aspectos más destacados de la actividad de la empresa o del proyecto y presentar al equipo promotor y su papel en la empresa/proyecto. El vídeo debe tener la resolución y calidad de imagen necesaria que permita la correcta visualización. Debe presentarse en idioma castellano.
· DNI de los integrantes del equipo emprendedor, cuando no obre en poder la Universidad de Alicante.
· Plan de empresa:
Categoría Startup: (máximo 15 páginas), que demuestre la viabilidad de la empresa o proyecto empresarial y en el que se desarrollen los siguientes puntos:
· Resumen ejecutivo
· Triple impacto de la startup
· Actividad, mercado y entorno.
· Innovación/diferenciación que incorpora el producto/servicios
· Equipo y funciones
· Inversores
· Situación económico - financiera y previsiones.
· Potencial de expansión e internacionalización.
Categoría Junior: (máximo 10 páginas), que incluya los siguientes aspectos:
· Resumen ejecutivo.
· Triple impacto del proyecto empresarial
· Modelo de negocio: rellenar la plantilla Lean Canvas con una breve explicación del modelo de negocio.
· Innovación/diferenciación que incorpora el producto/servicio
· Equipo y funciones.
· Previsión económico-financiera.
· Potencial de crecimiento y consolidación.
Las plantillas Lean Canvas y del plan de empresa se podrán descargar desde la web: https://centroempleo.ua.es/es/emprendimiento/concursos/premios-5ucv/premios-5ucv-2025.html.
Documentación adicional requerida para la categoría Startup:
· Cuentas anuales de los dos últimos ejercicios depositadas en el Registro Mercantil y último cierre contable más próximo a la fecha de presentación de la candidatura, con una antigüedad máxima del último trimestre natural anterior.
· Documento de identificación fiscal de la persona jurídica. Fotocopia del Modelo 036 de Alta censal.
· Escritura de constitución y modificaciones posteriores debidamente inscrita, en su caso, en el Registro público que corresponda, que incluya los Estatutos vigentes que rijan el funcionamiento de la persona jurídica.
· Certificado firmado por el Administrador de la empresa donde se justifique quien/quienes tienen la titularidad de las participaciones sociales o acciones de la sociedad.
· Declaración responsable de la capacidad de obrar del representante legal de la empresa para presentarse y asumir las obligaciones inherentes al concurso.
· Declaración responsable de que la empresa y las personas que la integran están al corriente de sus obligaciones tributarias (Hacienda Pública Estatal y Autonómica) y con la Seguridad Social (modelo de declaración responsable en https://centroempleo.ua.es/es/emprendimiento/concursos/premios-5ucv/premios-5ucv-2025.html
· Declaración responsable de que la empresa y las personas que la integran no incurren en causa de incompatibilidad (modelo de declaración responsable en https://centroempleo.ua.es/es/emprendimiento/concursos/premios-5ucv/premios-5ucv-2025.html
La presentación de la solicitud supone la aceptación de las bases de la convocatoria.
5.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
De entre todos los candidatos UA que se presenten a cada categoría, serán seleccionadas las 2 mejores candidaturas UA de triple impacto con mayor potencial empresarial en cada una de las dos categorías, en función de los siguientes criterios de valoración y baremos:
· Carácter innovador, diferenciación, ventaja competitiva del proyecto/empresa (0-30 puntos)
· Grado de impacto positivo económico, social y ambiental (0-30 puntos)
· Viabilidad técnica, comercial y económico-financiera del proyecto/empresa (0-20 puntos)
· Capacidades, aptitudes y experiencia del promotor/es del proyecto/empresa (0-20 puntos)
6.- ÓRGANO GESTOR Y COMISIÓN DE VALORACIÓN
6.1. Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria será el Servicio de Promoción del Empleo e Inclusión Social y se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia será la unidad de Promoción del Empleo y el Emprendimiento del mencionado servicio, contacto: s.empleo-inclusionsocial@ua.es
Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente
6.2. Comisión de valoración
La comisión de selección estará compuesta por el vicerrector de Estudiantes y Empleo, o persona que lo sustituya, que presidirá la comisión; la directora del Servicio de Promoción del Empleo e Inclusión Social, o persona que la sustituya, que actuará como secretaria; un técnico/a de la unidad de Promoción del Empleo y el Emprendimiento; y un técnico/a de la OTRI - Servicio de Transferencia de Resultados de Investigación.
Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán el documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
7.- RESOLUCIÓN, NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LOS RESULTADOS
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas se publicará el 1 de julio en la página web https://centroempleo.ua.es/es/emprendimiento/concursos/premios-5ucv/premios-5ucv-2025.html y se abrirá un plazo de subsanaciones de 5 día hábiles. Esta publicación sustituirá la notificación a las personas interesadas y producirá los mismos efectos.
No se considerarán aquellas solicitudes que no cumplan con los requisitos mencionados en estas bases, o que incluyan datos falsos.
Concluido el plazo de alegaciones y estudiadas las mismas, el órgano de instrucción publicará la lista definitiva de admitidos y excluidos y motivos de exclusión en la web del Centro de Empleo https://centroempleo.ua.es/es/emprendimiento/concursos/premios-5ucv/premios-5ucv-2025.html en fecha no posterior al 15 de julio.
Una vez realizada la revisión de solicitudes y aplicados los criterios previstos, se publicará la resolución con la lista provisional de los 4 premiados la web del Centro de Empleo https://centroempleo.ua.es/es/emprendimiento/concursos/premios-5ucv/premios-5ucv-2025.html
Se podrán interponer alegaciones a la resolución provisional en los 5 días hábiles siguientes a su publicación. Los resultados definitivos con los nombres de las 2 premiados por categoría se publicarán en la web del Centro de Empleo https://centroempleo.ua.es/es/emprendimiento/concursos/premios-5ucv/premios-5ucv-2025.html en fecha no posterior al 24 de julio de 2025. Todas las resoluciones adoptadas quedarán motivadas.
Las candidaturas premiadas recibirán una notificación en el correo electrónico (el que previamente hayan especificado en el formulario de solicitud) donde se les informará, si procede, de su condición de candidatos/as UA para optar a los premios en la fase II interuniversitaria.
El Órgano de Instrucción resolverá las incidencias que se puedan ocasionar a lo largo de la convocatoria con objetividad y transparencia.
8. MARCO LEGAL Y PRESUPUESTARIO
Esta convocatoria con código 2025SBV128, sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2025LS024 del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (ejercicio 2025) de la Universidad de Alicante.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
La dotación global de las ayudas de un máximo de 4.500 euros será sufragada con cargo al capítulo IV orgánica 10504B0003 del presupuesto del Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA. Se aplicarán las retenciones de rentas que, en su caso, establezca la legislación vigente.
La concesión de los premios será compatible con cualquier otra subvención, beca, ayuda o recurso concedido para el mismo fin por entidades públicas o privadas, siempre que no se superen los límites cuantitativos que la legislación sobre subvenciones establece.
9.- OBLIGACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS
9.1 Obligaciones de las personas beneficiarias.
Los beneficiarios y las beneficiarias de los premios quedan obligados a:
· Aceptar las bases de la presente convocatoria
· Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación. La actividad subvencionada debe realizarse en 2025.
· Someterse a las actuaciones de comprobación que puedan realizarse por los órganos competentes, quedando obligados a facilitar toda la información y documentación que les pueda ser requerida al efecto.
· Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
9.2. Justificación de personas beneficiarias y pago.
La justificación del destino de los premios será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la adjudicación. La Universidad procederá de oficio al pago de la subvención concedida
Habrá tantos pagos como números de premiados.
El pago del importe de los premios se tramitará una vez hecha pública la resolución y tras la notificación del premio por correo electrónico (el que previamente haya especificado el participante en el formulario de solicitud) a cada uno de los ganadores, una vez finalizados los trámites y transcurridos los plazos correspondientes.
Si el participante es un proyecto empresarial no constituido como empresa, el premio se repartirá a partes iguales entre todos los integrantes del equipo emprendedor.
En caso de participante individual que resulte ganador, los premios se abonarán en cuentas bancarias abiertas a nombre del participante UA, y en caso de equipos emprendedores a nombre de cada uno de los integrantes del equipo ganador.
Si el participante es una empresa, los premios se abonarán en cuentas bancarias abiertas a nombre de la empresa o empresas premiadas.
10.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.
Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html.
11.- RECURSOS
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
San Vicente del Raspeig, 26 de mayo de 2025.
La Rectora
P.D. de firma, el Vicerrector de Estudiantes y Empleo
(Resolución de 19 de diciembre de 2024)
Raúl Ruiz Callado