PREMIOS A TRABAJOS FIN DE GRADO Y FIN DE MÁSTER (TFG/TFM) DE LA CÁTEDRA DE ESTUDIOS TURÍSTICOS PEDRO ZARAGOZA ORTS DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE

Fecha de aprobación
23/09/2025
Fecha de publicación
26/09/2025
Órgano competente
Rectora
Sección
Convocatorias y concursos

Título: PREMIOS A TRABAJOS FIN DE GRADO Y FIN DE MÁSTER (TFG/TFM) DE LA CÁTEDRA DE ESTUDIOS TURÍSTICOS PEDRO ZARAGOZA ORTS DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: martes, 23 de septiembre de 2025

PREMIOS A TRABAJOS FIN DE GRADO Y FIN DE MÁSTER (TFG/TFM) DE LA CÁTEDRA DE ESTUDIOS TURÍSTICOS PEDRO ZARAGOZA ORTS DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE 

1.    Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los Premios a los mejores Trabajos Fin de Grado y Fin de Máster (TFG y TFM) desarrollados y defendidos tanto en la Universidad de Alicante como en cualquier otra universidad, nacional o internacional, a lo largo del curso académico 2024/2025 en alguno de sus programas oficiales, con el fin de promocionar la actividad investigadora en el marco general del turismo, independientemente de la disciplina académica desde la que sea tratada.

2.   Requisitos de las Personas Beneficiarias

Podrán solicitar este PREMIO el alumnado que:

-       Haya desarrollado y defendido su TFG o TFM tanto en la Universidad de Alicante, categoría "Premios para TFG/TFM realizados en la UA", como en cualquier otra universidad nacional o internacional, categoría "Premios para TFG/TFM no realizados en la UA", durante el curso 2024/2025 y que haya estado relacionado con el turismo.

-       Específicamente, en la categoría denominada "Premios para TFG/TFM no realizados en la UA" podrá optar a esta categoría cualquier estudiante de cualquier universidad, pública o privada, distinta de la UA tanto nacional como internacional, siempre y cuando su TFM/TFG esté relacionado con el Turismo y la Provincia de Alicante.

3.    Número y dotación de las becas.

Se concederá un número máximo de nueve premios: en la categoría "Premios para TFG/TFM realizados en la UA", tres para los TFG (primero, segundo y tercer premio) y tres para los TFM (primero, segundo y tercer premio), y en la categoría "Premios para TFG/TFM no realizados en la UA", otros tres (primero, segundo y tercer premio).

Cada uno de los primeros premios estará dotado con 400€; cada uno de los segundos, con 250€ y 150€ para los terceros premios. A dichos premios se les aplicará la retención fiscal correspondiente según la normativa vigente.

4.    Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1. Plazo de presentación

La convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo, previamente a la publicación de su extracto en el DOGV.

El plazo para la presentación de los premios se abrirá a partir del día siguiente de su publicación en el DOGV hasta el 27 de octubre de 2025 a las 23:59 h.

4.2. Procedimiento de presentación

La documentación se presentará, a través de la e-administración, por Instancia Genérica (https://seuelectronica.ua.es/es/tramites.html), dirigida a la Cátedra de Estudios Turísticos "Pedro Zaragoza Orts", con indicación de los datos de esta convocatoria.

Se adjuntará la siguiente documentación en formato PDF:

-       El documento según plantilla publicada en la web de la Cátedra (https://web.ua.es/es/pedrozaragoza/premios/premios-tfg-y-tfm-sobre-turismo.html)

-       Resumen del Trabajo realizado (mínimo 4 páginas, máximo 6), donde se describan los objetivos del trabajo, metodología y conclusiones finales

-       Adicionalmente, si el trabajo presentado no está publicado en RUA se deberá adjuntar, junto al Resumen y la plantilla, la memoria del proyecto que en su momento se presentó para la defensa, en formato comprimido (zip).

-       Cuando la documentación obre en poder la Universidad de Alicante, debe indicarse la unidad administrativa que la generó o en la que fue presentada.

-       Tras recibir las solicitudes, se elaborará una relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas y se establecerá un plazo de subsanación de 10 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación. Transcurrido dicho plazo, se elaborará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, que será remitida a la comisión de valoración para su evaluación. 

5.    Criterios de adjudicación

La asignación de los premios se realizará siguiendo los siguientes criterios:

La valoración de los Trabajos presentados se realizará atendiendo a los siguientes criterios:

-       originalidad de tema e innovación (20%)

-       objetivos del trabajo (20%)

-       la incidencia de los trabajos en la mejora de la competitividad de los destinos y de las organizaciones turísticas (20%)

-       el análisis de la situación actual y futura del turismo (20%)

-       aspectos prácticos y de implantación (viabilidad) (20%)

6.    Órgano Gestor y Comisión de valoración

6.1. Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria, la dirección del Instituto Universitario de Investigaciones Turísticas, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia, Cátedra de Estudios Turísticos "Pedro Zaragoza Orts", contacto: catedrapedrozaragoza@ua.es. 

6.2. Comisión de valoración

El Tribunal realizará el examen y evaluación de las solicitudes admitidas y elaborará el informe de valoración.

El Tribunal tendrá la siguiente composición, o en su caso, personas que les sustituyan:

Presidencia:

-     Rectora

-     Secretaría:

-      Director/a de la Cátedra de Estudios Turísticos "Pedro Zaragoza Orts".

Vocales:

-       Director del Instituto Universitario de Investigaciones Turísticas

-       Decano de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales

-       Decano de la Facultad de Filosofía y Letras 

Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán el documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI). 

7.    Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web [https://web.ua.es/es/pedrozaragoza/premios/premios-tfg-y-tfm-sobre-turismo.html] sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

La propuesta de resolución provisional de los premios se publicará a partir del 9 de diciembre de 2025. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 10 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor (catedrapedrozaragoza@ua.es).

Transcurrido dicho plazo y a la vista la propuesta motivada de la resolución, la Rectora de la Universidad de Alicante dictará la resolución que proceda.

8.    Marco legal y presupuestario 

Esta convocatoria con código 2025SBV181, sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2025LS018 del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (ejercicio 2025) de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de esta convocatoria, de un máximo de 2.400 euros, será sufragada con cargo al capítulo IV 41.60.4B.00.01 del presupuesto del Instituto Universitario de Investigaciones Turísticas. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la UA. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.

9.    Obligación y justificación del beneficiario

Las obligaciones de los beneficiarios de esta convocatoria son:

a)    Aportación la documentación requerida para dar el alta en proveedores de la Universidad de Alicante

1-    La actividad subvencionada debe realizarse durante el año 2025

Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:

b)    Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.

c)    Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.

d)    Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control. 

La justificación del destino del premio al cumplimiento de su finalidad será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para su concesión. La Universidad procederá de oficio al pago de la subvención concedida, en único pago. 

10. Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de (Indicar la finalidad).

La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella. En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

11. Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos. La oposición a estos actos de trámite podrá alegarse por las personas interesadas para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento. 

En Alicante, 23 de septiembre de 2025

La rectora 

P.D. de firma, el director de Relaciones y Proyectos Institucionales 

(Resolución de 4 de enero de 2021) 

Juan Llopis Taverner