INSTRUCCIÓN DEL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS GENERALES A APLICAR POR LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE PARA LA PARTICIPACIÓN EN LA CONVOCATORIA "PROYECTOS DE GENERACIÓN DE CONOCIMIENTO" 2025 DE LA AGENCIA ESTATAL DE LA INVESTIGACIÓN, ASÍ COMO EN LAS CONVOCATORIAS DE "SUBVENCIONES PARA GRUPOS DE INVESTIGACIÓN CONSOLIDADOS" Y "SUBVENCIONES DEL PROGRAMA PROMETEO PARA GRUPOS DE INVESTIGACIÓN DE EXCELENCIA" DEL PROGRAMA PARA LA PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN EN LA COMUNITAT VALENCIANA 2026.

Fecha de aprobación
12/11/2025
Fecha de publicación
13/11/2025
Órgano competente
Vicerrector de Investigación
Sección
Otras disposiciones

Título: INSTRUCCIÓN DEL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS GENERALES A APLICAR POR LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE PARA LA PARTICIPACIÓN EN LA CONVOCATORIA "PROYECTOS DE GENERACIÓN DE CONOCIMIENTO" 2025 DE LA AGENCIA ESTATAL DE LA INVESTIGACIÓN, ASÍ COMO EN LAS CONVOCATORIAS DE "SUBVENCIONES PARA GRUPOS DE INVESTIGACIÓN CONSOLIDADOS" Y "SUBVENCIONES DEL PROGRAMA PROMETEO PARA GRUPOS DE INVESTIGACIÓN DE EXCELENCIA" DEL PROGRAMA PARA LA PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN EN LA COMUNITAT VALENCIANA 2026.

Sección: Otras disposiciones

Órgano: Vicerrector de Investigación

Fecha de aprobación: miércoles, 12 de noviembre de 2025

INSTRUCCIÓN DEL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS GENERALES A APLICAR POR LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE PARA LA PARTICIPACIÓN EN LA CONVOCATORIA "PROYECTOS DE GENERACIÓN DE CONOCIMIENTO"  2025 DE LA AGENCIA ESTATAL DE LA INVESTIGACIÓN, ASÍ COMO EN LAS CONVOCATORIAS DE "SUBVENCIONES PARA GRUPOS DE INVESTIGACIÓN CONSOLIDADOS" Y "SUBVENCIONES DEL PROGRAMA PROMETEO PARA GRUPOS DE INVESTIGACIÓN DE EXCELENCIA" DEL PROGRAMA PARA LA PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN EN LA COMUNITAT VALENCIANA 2026. 

Con fecha 29 de octubre de 2025 se publicó la convocatoria de tramitación anticipada para el año 2025 del procedimiento de concesión de ayudas a Proyectos de Generación de Conocimiento y a actuaciones para la formación de personal investigador predoctoral asociadas a dichos proyectos, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2024-2027. 

La citada convocatoria establece requisitos de vinculación del investigador principal (artículo 8.2.b) y de los miembros del equipo de investigación (artículo 9.1.b). En concreto, la convocatoria indica "que tengan una relación funcionarial, estatutaria, laboral o cualquier otro vínculo profesional con la entidad solicitante o con otra entidad que cumpla los requisitos previstos en el artículo 7.1 o 7.2, siempre que esta le autorice expresamente a participar en la solicitud presentada por la entidad solicitante..." 

Cuando el personal investigador esté vinculado a la entidad solicitante, "la firma electrónica de la solicitud presentada por la persona que ostente la representación legal de la entidad solicitante implicará la veracidad del cumplimiento del requisito de vinculación y el compromiso de la entidad de mantener una vinculación profesional desde la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes hasta que finalice el período de ejecución del proyecto." 

Cuando el personal investigador participe en entidades distintas a la solicitante, "deberá existir una declaración, firmada por la persona que ostente la representación legal de dicha entidad, en la que se le autorice a participar en el proyecto como IP y se comprometa al mantenimiento de una vinculación profesional desde la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes hasta que finalice el período de ejecución del proyecto". 

Por otro lado, con fecha 27 de junio de 2025 se convocaron para el ejercicio 2026 las subvenciones del Programa para la promoción de la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación en la Comunitat Valenciana. En dicha convocatoria, se establecen requisitos y compromisos similares a los indicados anteriormente en el marco del Plan Estatal. En concreto, tanto en el Anexo IX relativo a Subvenciones a grupos de investigación emergentes, como en el Anexo X relativo a las Subvenciones a grupos de investigación consolidados (AICO) y en el Anexo XI, relativo a las subvenciones programa Prometeo para grupos de investigación de excelencia (PROMETEO) se establece como uno de los requisitos tanto para la/s persona/s que actúen como investigador/a principal como para los miembros del grupo de investigación "Tener formalizada su vinculación funcionarial, estatutaria o contractual con la entidad beneficiaria que deberá comprender y mantener durante todo el período de duración de la ayuda y estar en servicio activo." 

Al igual que en el caso de las ayudas a Proyectos de Generación de Conocimiento, la GVA establece que "los miembros del grupo que pertenezcan a una entidad diferente de la beneficiaria deberán contar con la autorización expresa de la entidad a la que pertenezcan. Esta documentación quedará en poder de la entidad beneficiaria, que será la responsable de que cuenten con dicha autorización." Igualmente, indica que "los requisitos, el régimen de compatibilidad y dedicación de los investigadores principales y del resto de los miembros del grupo de investigación deberá cumplirse el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la fecha de finalización del plazo de ejecución de la actuación. 

La entidad beneficiaria será la responsable de verificar el cumplimiento de las condiciones de titulación, vinculación, compatibilidad, dedicación y cualquier otro requisito exigido al personal investigador participante, debiendo comunicar cualquier variación en las mismas en un plazo de 10 días a partir de aquel en que se produzca el cambio." 

Visto que el requisito de vinculación se establece en ambas convocatorias a través de una relación funcionarial, estatutaria, laboral o cualquier otro vínculo profesional con la Universidad de Alicante o con otra entidad que cumpla los requisitos previstos en ambas convocatorias, siempre que dicha entidad autorice expresamente la participación en la solicitud. 

Visto que cuando el personal esté adscrito a la Universidad de Alicante, la firma electrónica de la persona que actúa como representante legal implica la veracidad del cumplimiento de los requisitos y, el compromiso institucional de mantener la vinculación profesional desde la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes hasta la finalización del periodo de ejecución del proyecto. 

Visto que la participación de personal adscrito a la Universidad de Alicante en un proyecto solicitado por otra entidad debe estar autorizada expresamente por el representante legal de la Universidad de Alicante, haciendo constar el compromiso de mantener la vinculación profesional durante todo el periodo de ejecución del proyecto. 

Vista la Estrategia de la Universidad de Alicante para la Atracción e Incorporación de Talento, en la que se establece el compromiso firme de favorecer el desarrollo de la carrera investigadora estos investigadores. 

Con el objetivo de orientar al personal investigador que prepara propuestas en el marco de los planes anteriormente citados se dicta la presente: 

INSTRUCCIÓN sobre la participación del personal investigador de la Universidad de Alicante en la convocatoria 2025 de Proyectos de Generación de Conocimiento de la Agencia Estatal de Investigación y en el Programa para la Promoción de la Investigación Científica, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación en la Comunitat Valenciana 2026 

1. Criterios relativos al cumplimiento del requisito de vinculación en los proyectos presentados a través de la Universidad de Alicante 

1.1  Se considera que cumplen el requisito de vinculación como investigador principal: 

a) El personal docente e investigador permanente de la Universidad de Alicante, en concreto las figuras de catedrático/a, profesor/a titular, profesor/a contratado/a doctor/a y profesor/a permanente laboral. A efectos del cumplimiento del requisito de vinculación, la expectativa de nombramiento o contratación derivada de haber superado un procedimiento de selección en concurrencia competitiva convocado por una entidad del sector público (según la definición del artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre) se considerará vinculación suficiente. 

b) El personal investigador contratado a cargo de algunos de los programas de excelencia reconocidos en la Estrategia de Atracción de Talento de la Universidad de Alicante (ERC, DEGENT, Ramón y Cajal) y en los programas ATRAE, Consolidación Investigadora y Beatriz Galindo. 

c) El resto del personal docente e investigador doctor susceptible de ir en el equipo de investigación podrá figurar como co-IP de un proyecto siempre y cuando el IP-1 cumpla los requisitos establecidos en los apartados anteriores (1.1.a y 1.1.b).

1.2. Se considera que cumplen el requisito de vinculación como miembro del equipo de investigación:

a) El personal docente e investigador al que hace referencia en los apartados 1.1.a y 1.1.b de la presente instrucción. 

b) El personal docente e investigador contratado de la Universidad de Alicante como Profesor Ayudante Doctor o como Ayudante (siempre que tengan el título de Doctor). 

c) Profesorado emérito y resto de personal investigador postdoctoral, con vinculación a la Universidad de Alicante durante todo el periodo de ejecución del proyecto. 

d) El personal doctor perteneciente a otra entidad distinta de la Universidad de Alicante que disponga de autorización institucional en la que conste el compromiso de mantener la vinculación durante todo el periodo de ejecución del proyecto. 

1.3. Con carácter general formarán parte del equipo de trabajo las figuras que se indican a continuación: 

a) El personal investigador contratado a cargo de proyectos de investigación e investigadores de los programas Juan de la Cierva, APOSTD, EIGENT o CDEIGENT, Marie Curie y otros programas equivalentes, cuyo contrato no cubra la totalidad del período de ejecución del proyecto de investigación. 

Excepcionalmente, estas figuras podrían contabilizar como parte del equipo investigador, si el IP/avalista aporta por escrito un compromiso de prórroga del contrato durante el periodo completo de ejecución del proyecto, indicando y garantizando el origen de los fondos. 

b) Profesores/as asociados con contrato indefinido LOSU, profesores/as asociados contratado temporal (LOU) y profesores/as sustitutos, al no tener dedicación investigadora atribuida. 

c) Colaborador honorífico, profesorado visitante y profesorado emérito y de cualquier otra categoría con fecha de fin de contrato/jubilación prevista antes de la finalización del proyecto. 

d) Contratados predoctorales y estudiantes de doctorado. 

f) Personal contratado con cargo a fondos de investigación cuyo contrato no cubra la totalidad del período de ejecución del proyecto (otros proyectos, contratos o acciones). 

g) Otras investigadoras o investigadores que no mantengan una relación funcionarial, estatutaria o laboral con la Universidad de Alicante o con otra entidad participante, salvo las excepciones previstas en las convocatorias. 

2. Criterios para la obtención de autorización para participar en proyectos presentados a través de otras instituciones 

2.1. Con carácter general, se concederá autorización a todo el personal docente e investigador que mantenga su relación funcionarial, estatutaria o laboral con la Universidad de Alicante durante todo el periodo de ejecución del proyecto. 

Los investigadores que no cumplan este requisito, podrán ser autorizados, si bien no se hará constar expresamente el compromiso de mantenimiento de vinculación con la Universidad de Alicante durante el periodo de ejecución del proyecto, indicando en este caso la fecha de finalización de su contrato laboral. 

2.2. Para obtener la autorización, deberá presentarse una solicitud al Vicerrectorado de Investigación mediante el formulario habilitado al efecto: https://web.ua.es/es/vr-investigacio/documentacion-y-memorias-de-iu-y-dptos/autorizacion-para-participar-en-proyectos-de-investigacion-externos.html 

3. Aplicación de los criterios a otras convocatorias 

Esta instrucción será también aplicable a todas las convocatorias de proyectos de I+D+i que incluyan requisitos de vinculación del personal investigador análogos a los de la convocatoria de Proyectos de Generación de Conocimiento 2025 de la Agencia Estatal de Investigación, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2024-2027 y el Programa para la Promoción de la Investigación Científica, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación en la Comunitat Valenciana 2026. 

Juan Mora Pastor

El Vicerrector de Investigación

Universidad de Alicante

Alicante, 12 de noviembre de 2025