CONCURSO DE PÓSTERES DE TRABAJOS FIN DE GRADO DE INGENIERÍA EN SONIDO E IMAGEN EN TELECOMUNICACIÓN DEL MES CULTURAL Y DIVULGACIÓN DE LA EPS DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE-2026

Fecha de aprobación
27/01/2026
Fecha de publicación
29/01/2026
Órgano competente
Rectora
Sección
Convocatorias y concursos

Título: CONCURSO DE PÓSTERES DE TRABAJOS FIN DE GRADO DE INGENIERÍA EN SONIDO E IMAGEN EN TELECOMUNICACIÓN DEL MES CULTURAL Y DIVULGACIÓN DE LA EPS DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE-2026

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: martes, 27 de enero de 2026

CONCURSO DE PÓSTERES DE TRABAJOS FIN DE GRADO DE INGENIERÍA EN SONIDO E IMAGEN EN TELECOMUNICACIÓN DEL MES CULTURAL Y DIVULGACIÓN DE LA EPS DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE-2026

1.   Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

La Escuela Politécnica Superior con motivo de la celebración del Mes Cultural y Divulgación de la EPS 2026 organiza un concurso a los mejores Pósteres de Trabajos Fin de Grado (TFG) del Grado en Ingeniería en Sonido e Imagen en Telecomunicación defendidos en la Universidad de Alicante a lo largo del curso académico 2024/2025.

Con esta convocatoria se pretende promocionar los estudios en relación con la Ingeniería de Telecomunicación y dar visibilidad a su ámbito profesional. Para ello, el objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de un primer y un segundo premio a los mejores pósteres de Trabajos Fin de Grado (TFG) del Grado en Ingeniería en Sonido e Imagen en Telecomunicación defendidos en la Universidad de Alicante a lo largo del curso académico 2024/2025. 

2.   Requisitos de las Personas Beneficiarias

Podrán solicitar este premio las personas que:

·         Hayan presentado su Trabajo Fin de Grado (TFG) del Grado en Ingeniería en Sonido e Imagen en Telecomunicación de la Universidad de Alicante durante el curso académico 2024/2025.

·         Hayan finalizado los estudios del Grado en Ingeniería en Sonido e Imagen en Telecomunicación de la Universidad de Alicante en la fecha de finalización del plazo para solicitar la participación en el concurso.

3.    Número y dotación de las becas.

Se concederá un número máximo de dos premios, distribuyendo la asignación, hasta un máximo de 200 €: un primer premio dotado con 110 € y un segundo premio dotado con 90 €.

4.    Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1.       Plazo de presentación

La convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo previamente a la publicación de su extracto en el DOGV.

El plazo de inscripción se abrirá a partir del día (3 de febrero de 2026 y finalizará el día 6 de febrero de 2026 a las 23:59 h.

4.2.       Procedimiento de inscripción

La documentación se presentará a través de una solicitud UA (https://cvnet.cpd.ua.es/uaSolicitudes/solicitud/39), dirigida a la Coordinación Académica del Grado en Ingeniería en Sonido e Imagen en Telecomunicación de la Escuela Politécnica Superior de la Universidad de Alicante, con indicación de los datos de esta convocatoria.

Se adjuntará la siguiente documentación:

·         Poster del Trabajo Fin de Grado (TFG) en formato PDF. Las dimensiones para el diseño digital del póster son 0,7 m de ancho y 1,0 m de altura. El estilo del poster es libre, pero debe incluir obligatoriamente el nombre de la titulación, el curso académico, el título del TFG y el nombre de persona participante que realizó el TFG. El póster no debe incluir el nombre de tutor/a ni cotutor/a del trabajo.

Tras recibir las solicitudes, se elaborará una relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas y se establecerá un plazo de subsanación de 5 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación. Transcurrido dicho plazo, se elaborará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, que será remitida a la comisión de valoración para su evaluación.

5.   Criterios de adjudicación

La asignación de los premios se realizará siguiendo los siguientes criterios:

1.    Fórmula de Cálculo: La asignación de puntuación a cada póster se realizará mediante voto secreto telemático del profesorado del Grado en Ingeniería en Sonido e Imagen en Telecomunicación de la Universidad de Alicante atendiendo a los siguientes criterios:

·         Grado de innovación: Hasta un máximo 3 puntos.

·         Aportación al mundo profesional: Hasta un máximo de 4 puntos.

·         Posibilidades de implantación real: Hasta un máximo de 3 puntos.

2.    Ponderación: Para cada póster, cada profesora y profesor podrá asignar un máximo de 10 puntos repartidos según los criterios anteriores.

3.    Resultarán premiados aquellos dos pósteres que obtengan las dos puntuaciones totales más altas. En caso de empates en las puntuaciones totales correspondientes al primer y/o segundo puesto, la comisión de valoración indicada en el apartado 6.2 de la presente convocatoria dirimirá la adjudicación de los dos premios mediante una nueva votación entre los pósteres con puntuaciones empatadas utilizando la misma fórmula de cálculo y ponderación indicadas en los anteriores puntos 1 y 2. 

6.    Órgano Gestor y Comisión de valoración

6.1.       Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria es la dirección de la Escuela Politécnica Superior de la Alicante (en adelante EPS) y la dirección email de contacto es eps@ua.es. Se encargará de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia es la secretaría administrativa de la Escuela Politécnica Superior.

-          Teléfono: 965903648

-          Email: eps@ua.es 

6.2.       Comisión de valoración

La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes admitidas según las valoraciones obtenidas mediante el voto secreto telemático del profesorado del Grado en Ingeniería en Sonido e Imagen en Telecomunicación según lo indicado en el apartado 5 de la presente convocatoria y elaborará el correspondiente informe de valoración.

La comisión tendrá la siguiente composición:

Presidencia:

-              TITULAR: Coordinador Académico del Grado en Ingeniería en Sonido e Imagen en Telecomunicación de la UA.

-              SUPLENTE: Subdirector de Calidad y Estudiantes de la EPS.

Secretaría:

-              TITULAR: Jefe de Estudios del Grado en Ingeniería en Sonido e Imagen en Telecomunicación de la UA.

-              SUPLENTE: Director del Máster Universitario en Ingeniería de Telecomunicación de la UA.

Vocales:

-              TITULAR: Coordinadora Académica de Cultura e Igualdad de la EPS.

-              SUPLENTE: Coordinadora Académica de Difusión y Divulgación de la EPS.

Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán un documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI). 

7.    Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://web.ua.es/es/secretaria-eps/becas-ayudas-premios-eps/otras-convocatorias-de-becas-ayudas-y-premios.html, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

La propuesta de resolución provisional se publicará a partir del 19 de febrero de 2026. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 5 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor

Transcurrido dicho plazo y, en su caso, resueltas las alegaciones presentadas, la Rectora dictará la resolución definitiva de concesión. 

8.    Marco legal y presupuestario

Esta convocatoria con código 2026SBV055 sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2025LS019 del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-27 (ejercicio 2026) de la Universidad de Alicante

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de estos premios, de un máximo de 200 euros será sufragada con cargo al capítulo IV orgánica 21404P0002 del presupuesto de la Escuela Politécnica Superior de la Universidad de Alicante. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la UA. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes. 

9.    Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago.

9.1.       Obligaciones de las personas beneficiarias.

Son obligaciones de las personas beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:

La actividad subvencionada debe realizarse desde febrero de 2026 hasta diciembre de 2026.

a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.

b) Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.

c) Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

9.2.       Justificación de personas beneficiarias y pago

La justificación del beneficiario será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la concesión. La Universidad procederá de oficio al pago del premio concedido, mediante un único pago a través de transferencia bancaria a las cuentas corrientes aportadas por los beneficiarios.

El incumplimiento por la persona beneficiaria de cualquiera de los requisitos y obligaciones establecidos en esta convocatoria y bases reguladoras, así como en su resolución de concesión, podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la subvención y al reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas. 

10. Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria. La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella. En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html 

11.Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos. 

En Alicante, a 27 de enero de 2026

La rectora 

P.D. de firma, el Vicerrector de Estudiantes y Empleo

(Resolución de 19 de diciembre de 2024)

Raúl Ruiz Callado