SELECCIÓN DE PARTICIPANTES PARA ACTIVIDADES TRANSFORM4EUROPE 2025/26, 2ª EDICIÓN
- Fecha de aprobación
- 02/02/2026
- Fecha de publicación
- 03/02/2026
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: SELECCIÓN DE PARTICIPANTES PARA ACTIVIDADES TRANSFORM4EUROPE 2025/26, 2ª EDICIÓN
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: lunes, 2 de febrero de 2026
SELECCIÓN DE PARTICIPANTES PARA ACTIVIDADES TRANSFORM4EUROPE 2025/26, 2ª EDICIÓN
La resolución se tramitará como un procedimiento administrativo de urgencia, por resolución de fecha 15 de enero de 2026, reduciendo los plazos procesales, con el fin de tener seleccionadas las personas participantes a tiempo para participar en las actividades Transform4Europe descritas.
1. Objeto de la convocatoria y actividades
El objeto de esta convocatoria es la asignación de plazas y concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, al alumnado de la Universidad de Alicante (UA) para la participación en una actividad organizada en otra institución europea socia de la Alianza Transform4Europe (T4EU).
La participación implica una movilidad presencial de corta duración en el extranjero.
Las actividades a las que se puede optar en la presente convocatoria son las que se indican a continuación. Los detalles de cada actividad estarán sujetos a cambios por parte de la universidad de destino.
ACTIVIDAD 1: T-Lab Fair - "Entrepreneurship Transformation Lab"
DESTINO: Saarland University, Saarbrücken, Alemania.
FECHAS MOVILIDAD PRESENCIAL: 27-29 de abril de 2026
DESCRIPCIÓN COMPONENTE PRESENCIAL: The event focuses on transforming innovative ideas into tangible impact across academia, business, and society. Participants explore the entrepreneurial mindset through interactive input sessions, visits to local startups and innovation hubs, and collaborative project work addressing real-world challenges. A special highlight of the program is the joint visit to the NEXT Career Fair, organized by the university's Career Center. This event connects participants with employers, entrepreneurs, and institutions from across Europe, offering insights into diverse career paths and opportunities for networking with potential partners or mentors. Throughout the Fair, attendees engage in group work, develop prototypes, and present their ideas in final pitches before a small jury of experts. The T-Lab Fair provides a dynamic, international platform to exchange knowledge, foster creativity, and build bridges between research, entrepreneurship, and society-empowering participants to turn their academic insights into meaningful, real-world impact.
ACTIVIDAD 2: T-Lab Bootcamp - "Turning societal challenges into entrepreneurial solutions"
DESTINO: Saarland University, Saarbrücken, Alemania.
FECHAS MOVILIDAD PRESENCIAL: 27-30 de abril de 2026
DESCRIPCIÓN COMPONENTE PRESENCIAL: The event focuses on developing an entrepreneurial mindset and transforming societal challenges into innovative, impactful solutions. Participants will take part in interactive workshops on topics such as problem framing, creative ideation, and rapid prototyping. Working in diverse, international teams, they tackle real-world cases provided by external stakeholders and mentors, learning how to turn ideas into viable business concepts. The Bootcamp concludes with team pitches before a jury of experts, showcasing the participants' entrepreneurial solutions. By combining research-driven innovation, collaboration, and creativity, the T4EU Bootcamp empowers emerging scholars to become changemakers- bridging the gap between academia, industry, and society.
2. Requisitos de las Personas Beneficiarias
Podrá solicitar esta ayuda el alumnado que cumpla los siguientes requisitos:
2.1. Requisito de matrícula. Estar matriculado en la UA en un determinado programa de estudios conducente a la obtención de un título oficialmente reconocido de Doctorado.
2.2. Poseer la nacionalidad de un país de la Unión Europea o de terceros países (en cuyo caso deberá acreditar que está en posesión de un permiso válido para residir en España durante el período de realización de la movilidad), de forma que se tenga NIF o NIE.
2.3. Requisito de idiomas: Poder acreditar nivel B2 de inglés. Los documentos que se valorarán son exclusivamente los contenidos en la Normativa de la UA para la acreditación interna de competencias lingüísticas en valenciano y lenguas extranjeras, que se puede encontrar en la página web del Servicio de Lenguas: Plan de Acreditación Lingüística:
Sólo podrán ser considerados aquellos documentos obtenidos hasta la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
2.4. No haber incumplido la normativa de cualquier programa gestionado por el Servicio de Relaciones Internacionales.
2.5. No haber obtenido plaza definitiva en otro programa de movilidad para el mismo periodo solicitado.
3. Número y dotación de las becas
3.1. Se concederá un número máximo de plazas y ayudas, según se indica a continuación:
ACTIVIDAD 1: T-Lab Fair - "Entrepreneurship Transformation Lab"
PLAZAS: 3 estudiantes de Doctorado.
ACTIVIDAD 2: T-Lab Bootcamp - "Turning societal challenges into entrepreneurial solutions"
PLAZAS: 3 estudiantes de Doctorado.
3.2. La duración máxima financiada será de 6 días (4 días de actividad más 2 de viaje). Los días concretos en los que se realizará la actividad física se harán constar en el Certificado de Estancia, siendo éstos los que se utilicen para el cálculo de la cuantía a percibir.
3.3. La ayuda tiene por objeto contribuir a cubrir los gastos de viaje y subsistencia de la movilidad en el país de acogida, que puede no cubrir la totalidad de los costes.
La ayuda económica estará compuesta por los siguientes conceptos:
3.3.1. Ayuda para gastos de viaje. Contribución a los gastos de viaje basada en la distancia entre la Universidad de Alicante y la sede de la institución de acogida en la que se desarrolle la actividad correspondiente, según la cantidad que se indica a continuación:
- Entre 500 y 1.999 km 309 €
Para calcular la distancia en kilómetros desde la Universidad de Alicante hasta la ciudad de destino, se utilizará la calculadora de distancias propuesta por la Comisión Europea, que se podrá encontrar en el siguiente enlace:
3.3.2. Ayuda individual: Costes directamente relacionados con la estancia de los participantes durante la actividad. La cantidad diaria será de 79 € para estudiantes.
3.3.3. Ayuda adicional para estudiantes con menos oportunidades. En el caso de estudiantes con menos oportunidades recibirán una ayuda adicional de 100 €.
Se considera estudiante con menos oportunidades en esta convocatoria al alumnado que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes, debidamente acreditadas, no siendo acumulativas entre sí:
i. Discapacidad: tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33%;
ii. Obstáculos socioeconómicos:
- ser beneficiario de una beca de estudios de carácter general de la Administración General del Estado para realizar estudios universitarios el curso inmediatamente anterior al que se vaya a realizar la movilidad;
- percibir la unidad familiar una prestación de ingreso mínimo vital o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza; encontrarse en riesgo de exclusión o emergencia sociales;
- pertenecer a una familia numerosa o monoparental;
- ser víctima de terrorismo, de violencia de género o encontrarse en situación de orfandad;
- encontrarse en una situación de dependencia o con dependientes a cargo;
- tener un contrato de trabajo a tiempo completo que se mantendrá en vigor durante el periodo de movilidad o se estará en situación de excedencia para llevarla a cabo);
iii. Problemas de salud: padecer problemas físicos o mentales que genere la necesidad de apoyo adicional;
iv. Diferencias culturales: tener la condición de refugiado o con derecho a protección subsidiaria o haber presentado solicitud de protección internacional en España.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
4.1. Plazo de presentación
El plazo de solicitud se inicia el día 11 de febrero y finaliza el 20 de febrero de 2026.
La convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo previamente a la publicación de su extracto en el DOGV.
4.2. Procedimiento de presentación
La solicitud se presentará a través de UACloud, aplicación Programas de Movilidad, pestaña UMove, seleccionando Mis solicitudes y "Nueva solicitud".
Se deberá adjuntar a la solicitud la documentación acreditativa del idioma requerido, según el apartado 2.3.
Asimismo, se deberá adjuntar a la solicitud la justificación del contrato de trabajo a tiempo completo, los problemas de salud y diferencias culturales a los que alude el apartado 3.3.
Cuando la documentación obre en poder la Universidad de Alicante, debe indicarse la unidad administrativa que la generó o en la que fue presentada.
5. Criterios de adjudicación
La asignación de plazas y ayudas se realizará siguiendo los criterios:
5.1. La valoración de los méritos atendiendo al baremo que se detalla en el Anexo.
Los méritos habrán de reunirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acreditándose en la forma que se establece en cada caso.
5.2. Las plazas se distribuirán por orden de puntuación total, no adjudicando más plazas que las ofertadas. En caso del alumnado que obtenga la misma puntuación total, el desempate se deshará teniendo en cuenta el orden alfabético del primer apellido de las personas solicitantes, comenzando la ordenación por la letra "U" de acuerdo con el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, publicado en el BOE de 28 de julio de 2025.
6. Órgano gestor y comisión de valoración
6.1. Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria, la persona titular de la subdirección de Gestión de Proyectos de Movilidad del Servicio de Relaciones Internacionales, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia en el SRI es la Unidad de Convocatorias y Gestión Económica del citado servicio, contacto: mobilityoffice@ua.es, consultas: https://sri.ua.es/es/movilidad/consultas-solicitudes-sugerencias-y-quejas.html
6.2. Comisión de valoración
La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas.
La comisión de valoración tendrá la siguiente composición, o en su caso, personas que les sustituyan:
Presidencia:
- Vicerrectora de Relaciones Internacionales y Cooperación para el Desarrollo.
Secretaría:
-Subdirectora de Gestión de Proyectos de Movilidad.
Vocal:
- Directora del Servicio de Relaciones Internacionales.
Los miembros de la comisión de valoración firmarán el documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
7. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web:
sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos. En esta misma dirección se encuentra el resto de información general referente a la convocatoria, los anexos, y el acceso a toda la normativa y legislación mencionada en la misma.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la lista provisional de solicitudes admitidas y el resultado provisional de la aplicación de los criterios de adjudicación establecidos en el punto 5. De la misma forma, se publicará la relación provisional de solicitudes excluidas, total o parcialmente (es decir, no admitidas en alguna de las plazas) con indicación del motivo de exclusión. Se establecerá un plazo de subsanación de 5 días hábiles para presentar alegaciones contados a partir del día siguiente a la publicación.
Transcurrido dicho plazo, se publicará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, total o parcialmente, y la puntuación definitiva, que será remitida a la comisión de valoración para su evaluación.
La asignación de plazas será el resultado del siguiente proceso. Se publicará la resolución provisional de concesión de las plazas y la lista de espera. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 3 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.
Transcurrido dicho plazo y, en su caso, resueltas las alegaciones presentadas, la Rectora dictará la resolución definitiva de concesión.
7.1. Lista de espera.
Se establecerá una lista de espera con los y las solicitantes que cumplen los requisitos de participación, pero no han sido seleccionados siguiendo el lugar que ocupan tras la baremación definitiva de solicitudes. Se irá contactando con los y las integrantes de la lista de espera a medida que quede alguna plaza vacante debido a renuncias.
7.2. Comunicación de las fechas de la movilidad y cuenta bancaria.
Tras la última resolución de asignación de plazas se solicitará al alumnado beneficiario que indique las fechas de su movilidad (acorde a la actividad adjudicada).
Asimismo, la persona beneficiaria deberá facilitar una cuenta bancaria de la que habrá de ser titular, que será donde se realice el ingreso de la ayuda, en su caso. En el caso de que la cuenta bancaria facilitada no tenga como titular a la persona beneficiaria de la ayuda, ésta no podrá ser abonada.
Esto se hará a través de la aplicación UACloud > Programas de Movilidad > UMove > Mis plazas > Estancia
8. Aceptación de la movilidad
8.1. Aceptación por parte de la universidad de destino
Una vez asignadas las plazas por parte de la UA, las personas solicitantes deben realizar los trámites de solicitud de inscripción en la institución de destino (Application Procedure), si fuera el caso, para su aceptación por dicha institución, pudiendo ésta rechazarle porque no cumpla los plazos para inscribirse en la universidad de destino.
Por todo ello, la asignación de plazas que realiza la UA no será efectiva hasta su aceptación por la institución de destino.
8.2. Situaciones derivadas de acontecimientos globales
Teniendo en cuenta que la movilidad del alumnado en los diferentes países puede verse afectada por acontecimientos globales sobrevenidos que produzcan inestabilidad y que impidan la movilidad (pandemias, conflictos bélicos, etc.), se recomienda no incurrir en gastos hasta que la posibilidad de viajar a destino esté confirmada. Por ello, es aconsejable no reservar viajes y alojamiento hasta el mismo momento de realizar la movilidad.
8.3. Organización final de las actividades
Se recomienda no comprometerse a ningún gasto hasta que esté publicada la adjudicación definitiva de plazas y la organización de la actividad esté confirmada.
9. Renuncia y penalización
Las renuncias no penalizarán mientras sean presentadas en los plazos establecidos dentro del proceso de asignación de plazas. Fuera de estos plazos, y dado que las renuncias perjudican el proceso selectivo, se penalizará conforme establezca cada convocatoria.
Terminado el proceso selectivo, la renuncia se debe notificar mediante la presentación de la solicitud correspondiente (disponible a tal fin en la web) a través de UACloud > Solicitudes UA > Inicio > "SRI. Movilidad. Consultas, solicitudes, sugerencias y quejas" indicando Tipo "Renuncia"; o bien mediante UACloud > eAdministración > Instancia Genérica dirigida al Servicio de Relaciones Internacionales.
Si una persona que ha obtenido plaza no presenta renuncia, pero no se incorpora a la universidad de destino en la fecha prevista de comienzo de la actividad, su participación será cancelada de oficio y, en consecuencia, se resolverá la pérdida del derecho a la ayuda concedida.
El alumnado que, sin presentar renuncia, no se incorporó a la universidad de destino asignada en la convocatoria inmediatamente anterior, será penalizado, quedando excluido de esta convocatoria.
10. Marco legal y presupuestario
Esta convocatoria con código 2026SBV064 sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2026LS033 del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (ejercicio 2025) de la Universidad de Alicante.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, en la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, en la normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
La dotación de esta convocatoria, de un máximo de 5.061 €, será sufragada con cargo al capítulo 52.20.4B.00.02 del presupuesto del centro de gasto 5220 del Servicio de Gestión de Proyectos Institucionales. En concreto, la distribución de la dotación se estima de la siguiente manera: Actividad 1, un máximo de 2.412 €; Actividad 2, un máximo de 2.649 €.
Dicha dotación podrá incrementarse como consecuencia de la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el art. 58.2 a) del Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, o bien minorarse por la no asignación del importe total de la dotación de la convocatoria. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.
El presente proyecto ha sido financiado con el apoyo de la Comisión Europea. Esta publicación es responsabilidad exclusiva de la UA. La Comisión no es responsable del uso que pueda hacerse de la información aquí difundida.
11. Obligaciones, justificación de las personas beneficiarias y pago
11.1. Obligaciones de las personas beneficiarias.
Son obligaciones de las personas beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las siguientes:
1) La actividad subvencionada debe realizarse durante 2026.
2) No aceptar ningún otro ingreso incompatible con la percepción de las dotaciones de las ayudas.
3) Mantener contacto y estar localizable tanto durante todo el proceso de selección y nominación de su candidatura como durante la actividad, a través del correo electrónico de la UA (el acabado en @alu.ua.es), así como facilitar los datos de contacto en caso de emergencia.
4) Comunicar de inmediato todo cambio de la solicitud inicial; en concreto lo referente a renuncias, cambios en el calendario, etc.
5) Tener unos conocimientos del idioma suficientes para integrarse en la universidad de destino. La UA no se hace responsable de las carencias que en este sentido tenga el alumnado ni de las consecuencias que de ello se puedan derivar, como, por ejemplo, la no aceptación por parte de la institución de destino.
6) Responsabilizarse de la búsqueda y localización de alojamiento en la universidad de acogida.
7) Aceptar todas las condiciones del Programa.
8) Garantizar, bajo su responsabilidad, que los datos y documentos presentados para la obtención y justificación de la subvención por parte del beneficiario son verdaderos.
9) Inscribirse en el Registro de Viajeros y consultar las recomendaciones de viaje del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para el país al que se va a viajar, así como las del Ministerio de Sanidad. En caso de situaciones excepcionales en el país de destino seguir en todo momento las indicaciones de la Embajada correspondiente, así como de la universidad de acogida, y comunicar su situación al Servicio de Relaciones Internacionales - Unidad de Movilidad.
Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:
a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.
b) Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.
c) Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
11.2. Justificación de las personas beneficiarias y pago
Las personas beneficiarias deberán justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la ayuda y de la aplicación de los fondos percibidos hasta el 31 de diciembre de 2026, mediante la presentación de la siguiente documentación:
- Confirmación de estancia (llegada y salida).
- Tarjetas de embarque (ida y vuelta)
Tras la justificación, la Universidad procederá de oficio al pago de la subvención concedida mediante un único pago por el total de la ayuda económica.
El incumplimiento por la persona beneficiaria de cualquiera de los requisitos y obligaciones establecidos en esta convocatoria y bases reguladoras, así como en su resolución de concesión, podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la subvención y al reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas.
12. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, los datos serán cedidos a:
- La universidad de destino con el objetivo de gestionar el programa de movilidad.
- La aseguradora de accidentes de viaje, para la prestación del servicio de seguros de viaje asociado al programa de movilidad internacional.
- Entidades financieras.
- Administración Autonómica y Local.
- Embajadas, consulados de España en el extranjero.
El alumnado participante en esta convocatoria puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
13. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante el rector o rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
En Alicante, a 2 de febrero de 2026
La rectora,
P.D. de firma, la Vicerrectora de Relaciones Internacionales y Cooperación para el Desarrollo
(Resolución de 19 de diciembre de 2024)
Rosa María Martínez Espinosa