PRÁCTICAS BECADAS EN EL INSTITUTO INTERUNIVERSITARIO DE GEOGRAFÍA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE, EN CONCURRENCIA COMPETITIVA (PRA-17 / 2025-2026)

Fecha de aprobación
20/02/2026
Fecha de publicación
24/02/2026
Órgano competente
Rectora
Sección
Convocatorias y concursos

Título: PRÁCTICAS BECADAS EN EL INSTITUTO INTERUNIVERSITARIO DE GEOGRAFÍA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE, EN CONCURRENCIA COMPETITIVA (PRA-17 / 2025-2026)

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: viernes, 20 de febrero de 2026

PRÁCTICAS BECADAS EN EL INSTITUTO INTERUNIVERSITARIO DE GEOGRAFÍA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE, EN CONCURRENCIA COMPETITIVA (PRA-17 / 2025-2026)

CURSO 2025-2026

AVISO: Tramitación de urgencia

La resolución de la Universidad de Alicante con fecha 30 de julio de 2025, declara la tramitación de urgencia de los procedimientos administrativos de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de prácticas extracurriculares de la Universidad de Alicante, reduciendo en la mitad todos los plazos del procedimiento de concesión, excepto la presentación de solicitudes y recursos, por lo tanto, los plazos reducidos quedan ya incorporados en la convocatoria.

1.   Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de unas prácticas becadas en el Instituto Interuniversitario de Geografía de la Universidad de Alicante, dentro del grupo de investigación del Agua y del Territorio, con la finalidad de facilitar al alumnado la posibilidad de aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que le prepare para el ejercicio de actividades profesionales, facilite su empleabilidad y fomente su capacidad de emprendimiento. El proyecto formativo, las actividades propuestas y las condiciones son las siguientes:

1. 1. Descripción de las actividades formativas:

Formación complementaria, mejora y especialización profesional en el área de trabajo de Análisis Geográfico Regional (agua, territorio, teledetección y sistemas de información geográfica), concretamente en: 

- Manejo de SIG para el tratamiento de datos sobre ocupación del suelo, usos del suelo y evolución del paisaje.

- Determinación cartográfica de usos del suelo e identificación de zonas de regadío en la Comarca de La Marina Baja (provincia de Alicante).

- Determinación de superficies regadas mediante el uso de teledetección multiespectral a través del análisis de imágenes Sentinel-2 (Agencia Espacial Europea).

- Uso de bases de datos de ocupación del suelo SIOSE y CORINE LAND COVER.

Jornada: 15 horas semanales, en horario de mañana.

Modalidad: La actividad tendrá un carácter presencial, pudiendo establecerse puntualmente por necesidades del servicio alguna jornada no presencial. La actividad presencial se desarrollará en el Laboratorio de Geomática del Instituto Interuniversitario de Geografía de la Universidad de Alicante, ubicación código SIGUA 0037P1015.

Fecha de inicio prevista de las prácticas: a partir de mediados de marzo de 2026. Con una duración de 5 meses, prorrogables en los casos que establezca la Normativa de Prácticas Externas de la Universidad de Alicante, con interrupción de las prácticas durante el mes de agosto. 

2.   Requisitos de las Personas Beneficiarias

Podrán solicitar esta BECA, los/as estudiantes que reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos:

·        Estén matriculados/as en la Universidad de Alicante durante el curso académico 2025-26 en la titulación oficial de grado en Geografía y Ordenación del Territorio, o máster universitario en Planificación y Gestión de Riesgos Naturales, según se opte a cada uno de los perfiles indicados en el punto 3 de esta convocatoria.

·         No mantengan relación contractual de tipo laboral, de prestación de servicios o asimilable con la Universidad de Alicante.

·         Cumplan los requisitos para poder realizar unas prácticas a través de su Centro, según la normativa aplicable (Normativa de Prácticas Externas de la Universidad de Alicante).

·         La concesión de esta beca será incompatible con la obtención de cualquier otra beca o ayuda económica que tenga la misma finalidad durante el período de duración de las prácticas (a excepción de las becas de ayudas al estudio), por lo que en caso de coincidencia se deberá renunciar a la otra beca para que ésta sea adjudicada. Asimismo, será incompatible con la percepción de sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria de la persona interesada con la Universidad de Alicante. 

3. Número y dotación de las becas.

Se concederá un número máximo de 2 becas de prácticas distribuidas de la siguiente manera: 

-       1 plaza para el perfil del grado en Geografía y Ordenación del Territorio.

-       1 plaza para el perfil del máster en Planificación y Gestión de Riesgos Naturales. 

Beca: 500€ brutos mensuales para cada beca de prácticas. 

A tenor de lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 1493/2011 se tramitará la inclusión del / de la estudiante en prácticas en el Régimen General de la Seguridad Social. Para ello el estudiante o la estudiante en prácticas deberá facilitar a la Unidad de Prácticas de la UA la documentación necesaria una vez requerida. 

4.        Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes 

4.1. Plazo de presentación

La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Universidad de Alicante (BOUA) con carácter informativo previamente a la publicación de su extracto en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

El plazo de solicitudes se inicia el día 11 de marzo 2026 y finaliza el 25 de marzo de 2026. 

4.2. Procedimiento de presentación

Las solicitudes, dirigidas al vicerrector de Estudiantes y Empleo se presentarán únicamente a través de la e-Administración en UACloud (e-Administración>Trámites>Académicos>Solicitud de Prácticas Becadas), se elegirá el formulario específico de la respectiva convocatoria, con indicación de los datos de esta convocatoria.

Se adjuntará la siguiente documentación:

  • Currículum.
  • Carta de motivación.
  • Documentación que acredite los méritos alegados en el currículum (sólo aquella que no haya sido expedida por la Universidad de Alicante).
  • Declaración responsable
  • Certificado Académico Oficial del grado en Geografía y Ordenación del Territorio o del grado oficial que haya dado acceso al máster universitario Planificación y Gestión de Riesgos Naturales. En cualquier caso, con las calificaciones de las asignaturas y la nota media de la titulación, nota media numérica (sólo para aquellas personas que no hayan estudiado en la Universidad de Alicante).

IMPORTANTE:

A la hora de subir los documentos (en pdf) a la plataforma, éstos deberán presentarse por separado (no comprimidos).

AVISO:

No se admitirán solicitudes presentadas por otra vía que no sea a través de UACloud: eAdministración>Trámites>Académicos>Solicitud de Prácticas Becadas en la UA

5.    Criterios de adjudicación

La comisión encargada de resolver la asignación de las prácticas (compuesta según se detalla en el punto 6.2) valorará las solicitudes presentadas y que cumplan los requisitos de acuerdo con el baremo que se detalla a continuación.  Sólo podrán ser considerados aquellos méritos obtenidos hasta la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.

Los y las solicitantes que estén admitidos en la convocatoria, estarán obligados/as a acudir a la entrevista, en caso de no presentarse decaerá en su derecho a continuar en el proceso de asignación de las prácticas.

En caso de que al proceder a la ordenación de las personas aspirantes para cada uno de los perfiles indicados en el punto 3 se produzcan empates, la comisión los resolverá atendiendo los criterios siguientes:

-       Puntuación más alta en la entrevista.

Cuando el número de candidatos/as no sea superior al de las prácticas ofertadas en la convocatoria, se prescindirá de la entrevista.

En caso de ausencia de candidatos/as o que ninguno/a resultare seleccionado/a, la plaza del respectivo perfil quedará desierta, y se podrá acumular al otro perfil de prácticas de los indicados en el apartado 3 de la presente convocatoria. 

La asignación de las prácticas se realizará siguiendo el siguiente baremo:

1. Nota media del expediente académico de grado en Geografía y Ordenación del Territorio o del grado oficial universitario que haya dado acceso al máster universitario Planificación y Gestión de Riesgos Naturales, según proceda (Máximo 2 puntos):

 (Nota media de la calificación global del expediente de grado*2) / 10

2. Asignaturas del área de conocimiento de: (Máximo 1 punto):

2.1 Grado en Geografía y Ordenación del Territorio:

-   INTRODUCCIÓN A LA CARTOGRAFÍA Y FORMAS DE REPRESENTACIÓN GRÁFICA (código 33002)

-  CARTOGRAFÍA (código 33022)

-  SISTEMAS DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA (código 33038)

- SIG APLICADO A LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO (Código 33040)

2.2 Máster universitario en Planificación y Gestión de Riesgos Naturales:

- SIG Y RIESGOS NATURALES (Código: 38824).

- CARTOGRAFÍAS OFICIALES DE RIESGOS NATURALES EN ESPAÑA (Código 38806)

La baremación de cada asignatura se realizará en función de la nota de ésta y se irá promediando puntos según el baremo, hasta un máximo de 1 punto:

-       Matrícula de honor: 1 punto.

-       Sobresaliente: 0.75 puntos.

-       Notable: 0.50 puntos.

3. Otros méritos relacionados con las tareas y actividades de la convocatoria (Máximo 1 punto): 

           3.1 Informática (Conocimientos nivel usuario, tanto de Hojas de Cálculo como Bases de Datos. Así como de Sistemas de Información Geográfica, QGIS v.3.40, también nivel usuario): hasta un máximo de 0.25 puntos (0.01 puntos por hora acreditada).

         3.2 SIG y Teledetección (Formación adicional en programas de escritorio de Sistemas de Información Geográfica, QGIS v.3.40, nivel usuario): hasta un máximo de 0.75 puntos (0.01 puntos por ítem/hora acreditada).

4.  Entrevista personal (Máximo 2 puntos):

Los criterios para valoración son:  

4.1  Capacidad de respuesta del/de la candidato/a: 0.5 puntos.

4.2 Claridad en la exposición: 0.5 puntos.

4.3 Motivación y entusiasmo: 0.5 puntos.

4.4 Capacidad para identificar y resolver problemas: 0.5 puntos.

6.   Órgano Gestor y Comisión de valoración

6.1. Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria, Subdirección de Prácticas del Servicio de Estudiantes, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

6.2. Comisión de valoración

La Comisión encargada de la valoración de las solicitudes, será la comisión de selección.

La comisión de selección realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas.

La comisión tendrá la siguiente composición, o en su caso, personas que los sustituyan:

Presidencia:

- Vicerrector Estudiantes y Empleo.

Secretaría:

- Subdirectora de Prácticas del Servicio de Estudiantes.

Vocales:

-     Director del Instituto Interuniversitario de Geografía, como unidad proponente de las prácticas.

-     Responsable de la supervisión de las prácticas en la unidad.

Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán el documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).

7. Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la lista de solicitudes admitidas y excluidas se publicará en la página web de la unidad de Prácticas https://centroempleo.ua.es/es/practicas-y-empleo/practicas-en-la-ua/convocatorias/convocatorias-ua/practicas-en-la-ua.html  una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y se dará un plazo de 5 días hábiles  para las posibles subsanaciones a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación.

Esta publicación sustituirá la notificación a las personas interesadas y producirá los mismos efectos.

La lista definitiva de solicitudes admitidas y excluidas se publicará en esa página web una vez acabado el plazo de alegaciones. Una vez publicado el listado, se reunirá la comisión de selección para la aplicación del baremo y la resolución del proceso.

La resolución de la asignación de las prácticas y la concesión de la beca de cada uno de los perfiles indicados en el punto 3 de la presente convocatoria, se publicará en esa página web y se abrirá un período de alegaciones de 5 días hábiles   a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación.

La resolución definitiva se publicará en esa página web y la persona seleccionada tendrá un plazo de 5 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación para aceptar la beca y presentar la documentación necesaria para la tramitación de las prácticas y de los pagos de la beca y el alta en Seguridad Social, documentación que se le requerirá a través de un aviso en el correo electrónico de la UA.

Quien desee renunciar a las prácticas y a la beca, habrá de comunicarlo por escrito, exponiendo las causas, al Vicerrectorado de Estudiantes y Empleo, en los 5 días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de la convocatoria. Las personas admitidas que no resulten seleccionadas, pasarán a una lista de espera para cubrir renuncias y posibles bajas sobrevenidas.

La no presentación de la aceptación o la renuncia en el plazo mencionado se entenderá como una renuncia tácita y se hará constar en una adenda a la resolución definitiva.

Las   renuncias   una   vez   asignadas   las   estancias   y   las   ayudas   se cubrirán   con   las   personas   admitidas   que   hayan   participado   en   el proceso de selección y que hayan quedado en lista de espera.

8. Marco legal y presupuestario

Estas prácticas con beca están reguladas en la Universidad de Alicante tanto por el RD 592 / 2014 de 11 de julio como por la normativa propia de la UA, y deben seguir el procedimiento establecido para la tramitación de las prácticas del alumnado de la UA, tanto en lo que se refiere a la propuesta de prácticas como a la documentación académica del alumnado.

Esta convocatoria con código 2026SBV090, sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2026LS008 del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (ejercicio 2026) de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación global de las ayudas de un máximo de 5.600 euros será sufragada con cargo al capítulo IV orgánica 40204B0003 del presupuesto del Instituto Interuniversitario de Geografía. La dotación de esta convocatoria queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.

9.   Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago.

9.1 Obligaciones de las personas beneficiarias.

Son obligaciones de las personas beneficiarias de la presente convocatoria, la aceptación y la justificación de la ayuda, además de las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:

·        La actividad subvencionada deberá iniciarse y finalizarse en el año 2026.

·         Tener el DNI/NIE en vigor, tanto a la hora de comenzar las prácticas, como durante el desarrollo de éstas. En el caso de estudiantes con permiso de residencia, no se admitirá la solicitud de renovación de su NIE, sólo la resolución con la renovación de éste con la nueva fecha de vigencia. 

AVISO: Si el NIE caducara durante la realización de las prácticas, la fecha de finalización de éstas será el mismo día en que caduque el NIE y sólo se podrán reanudar las prácticas cuando presenten la resolución con el nuevo período de vigencia, y siempre y cuando se mantengan las condiciones académicas para continuar las mismas. 

·         Facilitar a la Unidad de Prácticas de la UA la documentación necesaria para la tramitación de las prácticas y de los pagos de las becas y el alta en seguridad social, en un plazo de 5 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la resolución definitiva.  Documentación que se le requerirá a través de un aviso en el correo electrónico de la UA.

·         Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.

·         Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.

·         Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

·         A la finalización de la estancia de prácticas deberá subir en UACloud, donde firmó el acuerdo de prácticas, la memoria de actividades de su estancia de prácticas.

Todos los requisitos relativos a las prácticas becadas deberán cumplirse durante todo el periodo íntegro del desarrollo de las mismas.

El incumplimiento por la persona beneficiaria de cualquiera de los requisitos y obligaciones establecidos en la resolución de concesión de la ayuda y en la presente convocatoria, podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la beca y al reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas.

Quien desee renunciar a las prácticas y a la correspondiente beca, habrá de comunicarlo por escrito, exponiendo las causas, al Vicerrectorado de Estudiantes y Empleo, en los 5 días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de la convocatoria. 

9.2  Justificación de personas beneficiarias y pago.

·         La justificación del destino de la ayuda al cumplimiento de su finalidad será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la adjudicación. La Universidad procederá de oficio al pago de la subvención concedida. 

10. Protección de datos de carácter personal 

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria. La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella. En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

11. Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos. 

La rectora, 

P.D. de firma, (Resolución de 19 de diciembre de 2024),

El Vicerrector de Estudiantes y Empleo

Raúl Ruiz Callado