I CONCURSO DE CANTAUTORES PLATAFORMA INTERACTUA - FESTIVAL MEDITERRÁNEO DE CANTAUTORES "CUEVAS DEL CANELOBRE"
- Fecha de aprobación
- 23/02/2026
- Fecha de publicación
- 24/02/2026
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: I CONCURSO DE CANTAUTORES PLATAFORMA INTERACTUA - FESTIVAL MEDITERRÁNEO DE CANTAUTORES "CUEVAS DEL CANELOBRE"
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: lunes, 23 de febrero de 2026
I CONCURSO DE CANTAUTORES PLATAFORMA INTERACTUA - FESTIVAL MEDITERRÁNEO DE CANTAUTORES "CUEVAS DEL CANELOBRE"
1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión.
El objeto de esta convocatoria es la celebración del I Concurso de cantautores de la Plataforma InteractUA, que organiza el Servicio de Cultura, en colaboración con el Festival Mediterráneo de Cantautores, "Cuevas del Canelobre", a través del que se concederán, en régimen de concurrencia competitiva, tres premios, uno en cada una de las siguientes categorías:
- Primer premio.
- Segundo premio.
- Tercer premio.
La Plataforma InteractUA en su sección musical, pretende ser un escaparate de las creaciones más innovadoras en el ámbito musical, y dar soporte al talento creativo y artístico del alumnado de la Universidad de Alicante, tanto dentro de ella como en otros espacios de la provincia de Alicante, colaborando con agentes culturales públicos y privados, favoreciendo la creación de un circuito musical para artistas y grupos musicales.
Con esta finalidad celebra este concurso en colaboración con el Festival Mediterráneo de Cantautores "Cuevas del Canelobre", en su segunda edición, comprometido con la difusión y el fomento de la canción de autor.
2. Requisitos de las personas beneficiarias.
Podrá participar el alumnado que:
- Requisito 1: durante el curso 2025-26 esté matriculado en la Universidad de Alicante. En caso de formaciones musicales de más de una persona, al menos uno de los miembros debe cumplir este requisito.
- Requisito 2: forme parte o se inscriba en la Plataforma InteractUA.
- Requisito 3: la formación deberá de tener un repertorio propio de una duración de al menos 30 minutos. De entre estos temas propios, como mínimo, tres estarán grabados de forma digital.
- Requisito 4: la formación musical debe estar formada por un cantautor o cantautora que se acompaña con su propio instrumento, autor de sus propias canciones. Se aceptarán formaciones de dos personas, ejecutando una única voz, un único instrumento.
No se admitirán aquellas participaciones que no cumplan los requisitos establecidos en estas bases.
Se excluirán aquellas piezas que resulten ofensivas, discriminatorias o generen sospechas de plagio. En este último caso, la responsabilidad será única y exclusivamente de la persona o personas participantes.
La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las bases, que podrán ser interpretadas por el jurado y por el Vicerrectorado de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria en los aspectos no previstos inicialmente.
3. Número y dotación de los premios.
Los 3 premios se distribuirán de la siguiente manera:
- Primer premio: Actuación interpretando una canción como telonero en el concierto de la Plaza de Toros del 11 de julio de 2026 + un bono de 3 jornadas en el estudio de grabación BORUMBALLA (Alicante) + 3 invitación doble para el Festival.
- Segundo premio: Un bono de 2 jornadas en el estudio de grabación BORUMBALLA (Alicante) + 2 invitación doble para el Festival
- Tercer premio: Un bono de 1 jornada en el estudio de grabación BORUMBALLA (Alicante) + 1 invitación doble para el Festival
Las invitaciones son efectivas para el Festival Mediterráneo de cantautores "Cuevas del Canelobre" el 11 de julio de 2026 a las 21:00h.
Una jornada en el estudio de grabación BORUMBALLA incluye 8 horas, para grabar, mezclar y masterizar, las canciones que presentan al concurso.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes.
4.1 Plazo de presentación.
El plazo de solicitud se inicia el día 25 de febrero y finaliza el 13 de abril a las 23:59 h.
4.2 Procedimiento de presentación.
Las inscripciones se harán a través del siguiente formulario y deberán acompañarse de la siguiente documentación:
- Documentación 1: archivo digital con los 3 temas propios.
- Documentación 2: dossier de la o el artista o grupo, trayectoria e información de contacto.
- Documentación 3: fotografía reciente para la difusión.
5. Criterios de adjudicación.
La selección de las propuestas premiadas se realizará siguiendo los siguientes criterios:
- Criterio 1: calidad técnica y artística, 30%.
- Criterio 2: carácter novedoso de la propuesta, 20%.
- Criterio 3: adaptación al estilo musical, 20%.
- Criterio 4: puesta en escena 30%.
6. Órgano gestor y comisión de valoración.
6.1 Órgano gestor.
El órgano gestor de la convocatoria es la vicerrectora de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria, quien se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, y acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia es el Servicio de Cultura.
Contacto: interactua@ua.es; teléf.: 965903400, ext. 2795.
Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento y se le requerirá para que, de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.
6.2 Comisión de valoración.
La comisión encargada de la valoración de las solicitudes tendrá la siguiente composición, o en su caso, personas que les sustituyan:
Presidencia:
Una persona técnico o especialista técnico del Servicio de Cultura.
Secretaría:
La especialista técnico del Servicio de Cultura, coordinadora de la Plataforma InteractUA.
Vocales:
Directora del Festival.
Figura de la música de Autor, propuesta por el Festival.
Miembro de la Plataforma de Cantautores la Explanada de Alicante.
Los miembros de la comisión de valoración firmarán el documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
7. Resolución, notificación y publicación de los resultados.
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://cultura.ua.es/interactua, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
Tras la publicación de la relación definitiva de propuestas admitidas, a partir del día 6 de mayo se publicará la relación de las propuestas que participarán en el concierto-exhibición para la valoración final del jurado, que se celebrará el 21 de mayo en el Campus de la Universidad de Alicante.
La resolución de los premios se anunciará en el concierto y se publicará a partir del 22 de mayo de 2026 en la web de la convocatoria.
8. Marco legal y presupuestario.
Esta convocatoria no tiene dotación económica y se rige por los principios de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, así como de la normativa interna de la Universidad de Alicante.
9. Obligaciones de las personas beneficiarias.
Son obligaciones de las personas beneficiarias las siguientes:
a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión del premio en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.
b) Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.
c) Conservar los documentos justificativos de la actividad premiada, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
El incumplimiento por la persona beneficiaria de cualquiera de los requisitos y obligaciones establecidos en esta convocatoria y bases reguladoras, así como en su resolución de concesión, podrá dar lugar a la revocación de los premios.
10. Cesión de derechos.
Los derechos de las obras presentadas por la o el artista o grupo seleccionados para cada uno de los premios se cederán para su explotación permitida y respetando la legislación correspondiente y siempre referidos a los de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, en el contexto de esta convocatoria, en cualquiera de las modalidades de explotación existentes y conocidas al día de la publicación de estas bases.
La Universidad de Alicante respetará en todo caso los derechos de autor sobre la obra, reconociendo, en todo momento, su autoría.
11. Protección de datos de carácter personal.
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, los datos aportados no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada
Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace:
12. Recursos.
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
En Alicante, a 11 de febrero de 2026
La rectora
P.D. de firma,
Catalina Iliescu Gheorghiu,
vicerrectora de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria
(Resolución del 19 de diciembre de 2024)