AYUDA A LA INVESTIGACIÓN PARA PROYECTOS QUE PLANTEEN EL ANÁLISIS Y EXPLOTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN DEL LEGADO DE GERMÁN BERNÁCER
- Fecha de aprobación
- 25/02/2026
- Fecha de publicación
- 26/02/2026
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: AYUDA A LA INVESTIGACIÓN PARA PROYECTOS QUE PLANTEEN EL ANÁLISIS Y EXPLOTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN DEL LEGADO DE GERMÁN BERNÁCER
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: miércoles, 25 de febrero de 2026
AYUDA A LA INVESTIGACIÓN PARA PROYECTOS QUE PLANTEEN EL ANÁLISIS Y EXPLOTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN DEL LEGADO DE GERMÁN BERNÁCER
1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de una ayuda a la investigación para la realización de proyectos que planteen el análisis y explotación de la documentación del Legado de Germán Bernácer disponible en la Biblioteca de Económicas de la Universidad de Alicante. Se pretende fomentar el estudio y la difusión de la obra del economista alicantino Germán Bernácer, dando a conocer el legado del que dispone la Universidad de Alicante y con ello desarrollar las habilidades investigadoras de los alumnos que se encuentran realizando el doctorado y/o su tesis doctoral.
2. Requisitos de las Personas Beneficiarias
Podrá solicitar esta ayuda el alumnado matriculado en algún programa de doctorado de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad de Alicante, que:
· presente un proyecto de investigación a desarrollar hasta finales de octubre de 2026 que esté relacionado con el objeto de la convocatoria. El proyecto debe especificar las actividades a realizar, la estimación de horas y debe venir avalado por un profesor de la Universidad de Alicante que actuará como tutor del alumno.
3. Número y dotación de las becas.
Se concederá una ayuda de 2.000 €.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
4.1. Plazo de presentación
La convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo previamente a la publicación de su extracto en el DOGV.
El plazo de solicitud se inicia el día 13 de marzo y finaliza el día 20 de marzo.
4.2. Procedimiento de presentación
La documentación se presentará a través de la e-administración, por instancia genérica dirigida a la Cátedra Germán Bernácer, con indicación de los datos de esta convocatoria.
Se adjuntará la siguiente documentación:
· Propuesta detallada del proyecto de investigación a realizar por el alumno, firmada digitalmente por un profesor de la Universidad de Alicante que actuará como tutor del alumno durante el proceso de duración de la ayuda.
· Currículum vitae del alumno.
Cuando la documentación obre en poder la Universidad de Alicante, debe indicarse la unidad administrativa que la generó o en la que fue presentada.
Tras recibir las solicitudes, se elaborará una relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas y se establecerá un plazo de subsanación de 10 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación. Transcurrido dicho plazo, se elaborará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, que será remitida a la comisión de valoración para su evaluación.
5. Criterios de adjudicación
La asignación de la ayuda se realizará siguiendo los siguientes criterios:
1. Criterios de adjudicación: se tendrá en cuenta la nota media del expediente académico de grado (máximo 2 puntos), de máster (máximo 1 punto), idioma inglés (máximo 1 punto) y experiencia previa en tareas de archivo y digitalización de documentos (máximo 1 punto).
2. Fórmula de Cálculo: Nota media de la calificación global del expediente de grado*2/5; Nota media de la calificación global del expediente de máster*1/5; Nivel B2 de inglés 0.50 puntos; Nivel C1 o superior de inglés: 1 punto; Experiencia previa en tareas de archivo y digitalización: 0.01 puntos por hora acreditada).
Órgano Gestor y Comisión de valoración
5.1. Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria, la dirección de la Cátedra Germán Bernácer de la Universidad de Alicante, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia, es la cátedra Germán Bernácer de la Universidad de Alicante y el contacto: catedragermanbernacer@ua.es
5.2. Comisión de valoración
La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes admitidas y elaborará el informe de valoración.
La comisión tendrá la siguiente composición, o en su caso, personas que les sustituyan:
Presidencia:
- Decano/a de la Facultad de Económicas
Secretaría:
- Directora de la Cátedra Germán Bernácer
Vocales:
- Director/a de la Biblioteca de la Facultad de Económicas
- Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán un documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
6. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://catedragermanbernacer.ua.es, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 23 de marzo. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 10 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.
Transcurrido dicho plazo y, en su caso, resueltas las alegaciones presentadas, la persona titular del rectorado dictará la resolución definitiva de concesión.
7. Marco legal y presupuestario
Esta convocatoria con código 2026SBV084, sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2026LS020 del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (ejercicio 2026) de la Universidad de Alicante.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, en la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, en la normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
La dotación de esta convocatoria, de un máximo de 2.000 euros, será sufragada con cargo al capítulo IV 32804B0002 del presupuesto de la Cátedra Germán Bernácer. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.
8. Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago.
8.1. Obligaciones de las personas beneficiarias.
Son obligaciones de las personas beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las siguientes:
1- La actividad subvencionada debe realizarse desde la fecha de resolución de la ayuda hasta finales de octubre del año 2026.
Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:
a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.
b) Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.
c) Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
8.2. Justificación de personas beneficiarias y pago
Las personas beneficiarias deberán justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la ayuda y de la aplicación de los fondos percibidos hasta el 6 de noviembre mediante la presentación de una memoria que recoja todas las actividades realizadas, firmada por el Director de la Biblioteca de Económicas.
En virtud del artículo 34.4 de Ley 38/2003 General de Subvenciones y artículo 88.2 del RD 887/2006 Reglamento de la Ley General de Subvenciones, se establece un primer pago anticipado que supone la entrega de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención, por un importe del 50% de la cuantía concedida. El restante 50% será abonado tras la justificación mediante la presentación de los documentos requeridos en el párrafo anterior. El pago se hará efectivo mediante dos pagos por importe de 1.000 euros cada uno, mediante transferencia bancaria.
9. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria. La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella). En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.
Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
10. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
En Alicante, a 25 de febrero de 2026
La rectora,
P.D. de firma, el director de Relaciones y Proyectos Institucionales
(Resolución de 19 de diciembre de 2024)
Juan Llopis Taverner