IX CONCURSO "TRIATLÓN DE EMPRENDIMIENTO SOCIAL" DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
- Fecha de aprobación
- 02/03/2026
- Fecha de publicación
- 04/03/2026
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: IX CONCURSO "TRIATLÓN DE EMPRENDIMIENTO SOCIAL" DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: lunes, 2 de marzo de 2026
IX CONCURSO "TRIATLÓN DE EMPRENDIMIENTO SOCIAL" DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los premios del IX Concurso Triatlón de Emprendimiento Social, una iniciativa del Vicerrectorado de Estudiantes y Empleo con la colaboración de la Cátedra de Responsabilidad Social y que opta a subvención por parte de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, con el objetivo de impulsar el emprendimiento y la innovación en el ámbito universitario.
Dentro de las acciones que desarrolla el Centro de Empleo de la Universidad de Alicante, se propone la realización de este concurso, con el objetivo principal de incluir en el ámbito de actuación del proyecto ua:emprende las demandas que se van produciendo, tanto desde el contexto socioeconómico como desde la propia institución universitaria, en materia de empleabilidad, emprendimiento y transferencia de los valores y conocimientos adquiridos con la educación superior.
Así, con la TRIATLÓN DE EMPRENDIMIENTO SOCIAL, se pretende aprovechar la plataforma de emprendimiento ua:emprende y el espíritu emprendedor del estudiantado de la UA para promover la creación de empresas que tengan una finalidad social específica y principal, así como proyectos de tipo académico, educativo, profesionales, de creación de productos y servicios o incluso emprendimientos, que contribuyan a desarrollar prácticas sociales que beneficien al conjunto de la sociedad mediante la innovación y la responsabilidad.
La TRIATLÓN DE EMPRENDIMIENTO SOCIAL consta de tres pruebas: una primera de formación, una segunda de desarrollo y una tercera de concurso.
2.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS
Podrán optar a los premios las personas participantes en la IX TRIATLÓN DE EMPRENDIMIENTO SOCIAL que quieran participar en la fase de Concurso. Los y las participantes en la Triatlón deberán estar matriculados en el curso 2025-26 en estudios de la UA.
Cada participante podrá presentarse de forma individual. En el caso de tratarse de un grupo de estudiantes que forman parte de un mismo proyecto, deberá tenerse en cuenta que el premio se otorga al proyecto, por lo que, en el caso de ser ganador, el premio se dividirá por el número de participantes del mismo.
Quedan excluidas las personas participantes que hubieran sido ganadoras en cualquier categoría del concurso celebrado en ediciones pasadas.
3.- NÚMERO Y DOTACIÓN DE LOS PREMIOS
Se otorgarán tres premios de 1000 €, un premio para cada una de las tres categorías:
· Premio al mejor proyecto de emprendimiento social: 1000 €
· Premio al mejor proyecto de innovación social: 1000 €
· Premio al mejor proyecto de responsabilidad social corporativa: 1000 €
El estudiantado participante en el concurso podrá participar en más de una categoría, pero no podrá beneficiarse de más de un premio, por lo que en el caso de ser ganador en más de una categoría deberá elegir uno de ellos.
4.- PLAZO Y PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
4.1. Plazo de presentación
La convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo previamente a la publicación de su extracto en el DOGV.
El plazo de solicitud se inicia el día 16 de marzo de 2026 y finaliza el día 14 de abril de 2026.
4.2. Procedimiento de presentación
El estudiantado participante en la fase de formación y desarrollo de la Triatlón que quiera participar en la fase de concurso se inscribirá a través de la web de IX Triatlón de Emprendimiento Social (web.ua.es/tes) donde se publicará el formulario que tendrá que cumplimentar cada participante con todos los datos requeridos.
Además, cada participante adjuntará la documentación requerida al formulario de inscripción: CANVAS y la presentación que se defenderá ante el jurado (formato PDF).
Cada participante deberá participar en todas las pruebas del concurso, que se incluyen como anexo a esta convocatoria y que están definidas y publicadas en la página https://web.ua.es/tes y https://centroempleo.ua.es/es/emprendimiento/concursos/concursos.html.
5.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
La prueba del Concurso consistirá en la presentación del proyecto ante un jurado. Esta presentación está prevista el 7 de mayo de 2026. La hora exacta de la presentación se publicará en la web: https://web.ua.es/tes
Cada proyecto dispondrá de un máximo de 10 minutos para realizar la presentación, y el jurado podrá realizarle las preguntas que considere oportunas a sus promotores durante 5 minutos más.
Los baremos que se utilizarán para evaluar, según la modalidad de participación en el concurso, se describen en la siguiente tabla:
|
MODALIDAD EMPRENDIMIENTO SOCIAL |
MODALIDAD INNOVACIÓN SOCIAL |
MODALIDAD RESPONSABILIDAD SOCIAL |
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Viabilidad técnica 2 PUNTOS |
Viabilidad técnica 2 PUNTOS |
Viabilidad técnica 2 PUNTOS |
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Viabilidad económica
2 PUNTOS |
Capacidad de involucrar y comprometer a los actores sociales 2 PUNTOS |
Resolución de necesidades relacionadas identificadas en los ODS
2 PUNTOS |
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Mejora de las condiciones sociales de la población objetivo 2 PUNTOS |
Impacto sobre las prácticas sociales
2 PUNTOS |
Participación de los agentes internos y externos en las decisiones 2 PUNTOS |
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Incorporación de tecnologías digitales 2 PUNTO |
Incorporación de tecnologías digitales 2 PUNTO |
Incorporación de tecnologías digitales 2 PUNTO |
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Presentación / exposición / madurez 2 PUNTOS |
Presentación / exposición / madurez 2 PUNTOS |
Presentación / exposición / madurez 2 PUNTOS |
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TOTAL: 10 |
TOTAL: 10 |
TOTAL: 10 |
6.- ÓRGANO GESTOR Y COMISIÓN DE VALORACIÓN
6.1. Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria será la dirección del Servicio de Promoción del Empleo e Inclusión Social y se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia será la Unidad de Promoción del Empleo y Emprendimiento del Servicio de Promoción del Empleo e Inclusión Social, contacto gestion.ce@ua.es
6.2. Comisión de valoración
La Comisión encargada de la valoración de las presentaciones y de la concesión del premio está formado por un jurado compuesto por expertos en emprendimiento e innovación social y tendrá la siguiente composición o, en su caso, personas que les sustituyan:
- Presidencia: Vicedecano de Trabajo Social, Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.
- Secretaría: Directora de la Cátedra de Responsabilidad Social de la UA.
- Vocales:
· Director del Máster Universitario de Innovación Social y Dinámicas de Cambio.
· Técnico/a de la unidad de Promoción del Empleo y el Emprendimiento, que actuará con voz pero sin voto.
· Técnico/a de proyectos internacionales de Fundeun, que actuará con voz pero sin voto.
El jurado evaluará las presentaciones, así como los materiales elaborados en las distintas fases de participación y que se habrán presentado junto a la inscripción a la fase de concurso.
Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán el documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
El premio podrá declararse desierto si no se consigue una puntuación superior a 5 según el baremo incluido en el punto 5, en cuyo caso, se asignarán los premios desiertos, por orden de puntuación, a proyectos de otras categorías que no hubieran quedado en primer lugar y siempre que hayan tenido una puntuación superior a 7.
7.- RESOLUCIÓN, NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LOS RESULTADOS
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas se publicará entre el 15 y 21 de abril en la página web https://web.ua.es/tes y se abrirá un plazo de subsanaciones de 10 días hábiles. Esta publicación sustituirá la notificación a las personas interesadas y producirá los mismos efectos.
No se considerarán aquellas solicitudes que no cumplan con los requisitos mencionados en estas bases, o que incluyan datos falsos.
Concluido el plazo de alegaciones y estudiadas las mismas, el órgano de instrucción publicará la lista definitiva de admitidos y excluidos en la web https://web.ua.es/tes
Quienes hayan sido admitidos presentarán su proyecto ante la comisión de valoración el 7 de mayo de 2026 durante la mañana a la hora y en el lugar que le será comunicado previamente, toda la información sobre las presentaciones se encuentra en la web https://web.ua.es/tes.
Una vez realizadas todas las presentaciones y aplicados los criterios de valoración previstos, las tres presentaciones con mayor puntuación serán propuestas por el jurado para los tres premios, que se harán públicos en un acto que tendrá lugar el 8 de mayo de 2026 a las 12.30h
Posteriormente, los resultados definitivos con los nombres de las/los premiados por categoría se publicarán en la web https://web.ua.es/tes. Pudiéndose interponer alegaciones a la resolución provisional en los 10 días hábiles siguientes a su publicación. Todas las resoluciones adoptadas quedarán motivadas.
Las candidaturas premiadas recibirán una notificación en el correo electrónico (el que previamente hayan especificado en el formulario de solicitud) donde se les informará, si procede, de su condición de candidatos/as UA para optar a los premios en la fase II interuniversitaria, en caso de que alguna universidad pública valenciana convoque esta modalidad de premios.
El Órgano de Instrucción resolverá las incidencias que se puedan ocasionar a lo largo de la convocatoria con objetividad y transparencia.
8.- MARCO LEGAL Y PRESUPUESTARIO
Esta convocatoria con código 2026SBV062, sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2026LS024 del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (ejercicio 2026) de la Universidad de Alicante.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
La dotación de esta convocatoria, de un máximo de 3000 euros, de los cuales 2100 euros serán sufragados con cargo al capítulo IV 52404P0008 (financiación afectada de la Generalitat Valenciana) y 900 euros con cargo al capítulo IV 52404P0009 del Servicio de Promoción del Empleo e Inclusión Social de la Universidad de Alicante. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes
9. Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago.
9.1 Obligaciones de las personas beneficiarias. Los beneficiarios y las beneficiarias de los premios quedan obligados a:
· Aceptar las bases de la presente convocatoria.
· Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación. La actividad subvencionada debe realizarse en 2026
· Someterse a las actuaciones de comprobación que puedan realizarse por los órganos competentes, quedando obligados a facilitar toda la información y documentación que les pueda ser requerida al efecto.
· Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
9.2. Justificación de personas beneficiarias y pago.
La justificación del destino de los premios será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la adjudicación. La Universidad procederá de oficio al abono del premio concedido mediante transferencia en único pago.
El pago de los premios se tramitará una vez hecha pública la resolución y tras la notificación del premio por correo electrónico (el que previamente haya especificado el participante en el formulario de solicitud) a cada uno de los ganadores, una vez finalizados los trámites y transcurridos los plazos correspondientes.
10.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.
Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
11.- RECURSOS
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
San Vicente del Raspeig, 2 de marzo de 2026.
La Rectora
P.D. de firma, el Vicerrector de Estudiantes y Empleo
(Resolución de 19 de diciembre de 2024)
Raúl Ruiz Callado
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ANEXO 1.
DESCRIPCIÓN DE LAS PRUEBAS
Prueba I - PREPARACIÓN
Los participantes reciben una formación en Emprendimiento Social y en Diseño de Proyectos Sociales que den respuesta a necesidades de la vida académica o necesidades percibidas en el Campus.
Prueba II - DESARROLLO
Actividad centrada en sesiones personalizadas en las que se transforma las ideas que surgen de la fase primera en bocetos de proyecto.
Para preparar estos bocetos los participantes reciben una sesión en la herramienta CANVAS y en técnicas de presentación de proyectos.
Prueba III - CONCURSO
Presentaciones proyectos trabajados previamente y posterior evaluación.