CORRECCIÓN DE ERRORES DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA PROPIO PARA EL FOMENTO DE LA INVESTIGACIÓN Y TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTO EN LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE 2025
- Fecha de aprobación
- 19/05/2026
- Fecha de publicación
- 20/05/2026
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: CORRECCIÓN DE ERRORES DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA PROPIO PARA EL FOMENTO DE LA INVESTIGACIÓN Y TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTO EN LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE 2025
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: martes, 19 de mayo de 2026
CORRECCIÓN DE ERRORES DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA PROPIO PARA EL FOMENTO DE LA INVESTIGACIÓN Y TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTO EN LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE 2025
Advertido un error en la citada resolución de fecha 10 de noviembre de 2025 publicada en el BOUA con fecha 11 de noviembre de 2025, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se efectúa la siguiente modificación en los siguientes anexos:
Anexo I:
Ayudas para estudios de máster oficial e iniciación a la investigación.
En el Punto 1. Objeto y financiación
Donde dice:
Los fondos necesarios para estas ayudas serán consignados en la clave orgánica 10.30.4B.00.02 del capítulo IV del presupuesto de gastos del Vicerrectorado de Investigación por un importe de 75.000 euros. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.
Debe decir:
Los fondos necesarios para estas ayudas serán consignados en la clave orgánica 10.30.4B.00.04 del capítulo IV del presupuesto de gastos del Vicerrectorado de Investigación por un importe de 75.000 euros. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.
En punto 11.2. Cuantía
Donde dice:
Los fondos necesarios serán consignados en la clave orgánica 10.30.4B.00.02 del capítulo IV del presupuesto de gastos del Vicerrectorado de Investigación por un importe de 40.000 euros. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.
Debe decir:
Los fondos necesarios serán consignados en la clave orgánica 10.30.4B.00.05 del capítulo IV del presupuesto de gastos del Vicerrectorado de Investigación por un importe de 40.000 euros. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.
Anexo II
Contratos destinados a la formación predoctoral
En el punto 17.2. Cuantía
Donde dice:
"Los fondos necesarios serán consignados en la clave orgánica 10.30.4B.00.02 del capítulo IV del presupuesto de gastos del Vicerrectorado de Investigación por un importe de 30.000 euros. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes. Esta subvención se ejecutará desde el ejercicio 2026 hasta el 2029 en los siguientes términos:"
Debe decir:
"Los fondos necesarios serán consignados en la clave orgánica 10.30.4B.00.06 del capítulo IV del presupuesto de gastos del Vicerrectorado de Investigación por un importe de 30.000 euros. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes. Esta subvención se ejecutará desde el ejercicio 2026 hasta el 2029 en los siguientes términos"
Anexo III
Ayudas para el pago de las tasas de la matrícula de doctorado de los beneficiarios de ayudas Grisolía y CIACIF de la GVA
En el punto 1. Objeto y financiación
Donde dice:
"Los fondos necesarios para estas ayudas serán consignados en la clave orgánica 10.30.4B.00.02 del capítulo IV del presupuesto de gastos del Vicerrectorado de Investigación por un importe de 20.000 euros. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes. Esta subvención se ejecutará desde el ejercicio 2026 hasta el 2029 en los siguientes términos"
Debe decir:
"Los fondos necesarios para estas ayudas serán consignados en la clave orgánica 10.30.4B.00.07 del capítulo IV del presupuesto de gastos del Vicerrectorado de Investigación por un importe de 20.000 euros. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes. Esta subvención se ejecutará desde el ejercicio 2026 hasta el 2029 en los siguientes términos
En Alicante, a 19 de mayo de 2026.
La Rectora.
P.D. de firma, Vicerrector de Investigación (Resolución 19/12/2014).
Juan Mora Pastor