Resolución por la que se modifica la composición de los miembros de la Mesa de Contratación Permanente de la Universidad de Alicante
- Fecha de aprobación
- 12/06/2026
- Fecha de publicación
- 15/06/2026
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Disposiciones generales
Título: Resolución por la que se modifica la composición de los miembros de la Mesa de Contratación Permanente de la Universidad de Alicante
Sección: Disposiciones generales
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: viernes, 12 de junio de 2026
En uso de las potestades y funciones conferidas por los Estatutos de la Universidad de Alicante, aprobados por el Decreto 25/2012, de 3 de febrero, del Consell de la Generalitat Valenciana y de las competencias que dimanan de los artículos 50 y siguientes de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario;
De conformidad con el artículo 326.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 - "la LCSP" - establece que:
"Salvo en el caso en que la competencia para contratar corresponda a una Junta de Contratación, en los procedimientos abiertos, abierto simplificado, restringidos, de diálogo competitivo, de licitación con negociación y de asociación para la innovación, los órganos de contratación de las Administraciones Públicas estarán asistidos por una mesa de contratación.
En los procedimientos negociados en que no sea necesario publicar anuncios de licitación, la constitución de la mesa será potestativa para el órgano de contratación, salvo cuando se fundamente en la existencia de una imperiosa urgencia prevista en la letra b) 1.º del artículo 168, en el que será obligatoria la constitución de la mesa. En los procedimientos a los que se refiere el artículo 159.6 será igualmente potestativa la constitución de la mesa".
De conformidad con el artículo 21 puntos 1 a 4 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, que establece:
"1. Los órganos de contratación de las administraciones públicas estarán asistidos en los procedimientos de adjudicación abierto, restringido y negociado con publicidad por una mesa de contratación que será competente para la valoración de las ofertas.
Las mesas de contratación estarán compuestas por un Presidente, un Secretario y, al menos, cuatro vocales, todos ellos designados por el órgano de contratación. Entre los vocales deberá figurar obligatoriamente un funcionario de los que tengan encomendado el asesoramiento jurídico del órgano de contratación y un Interventor o, a falta de cualquiera de éstos, quien tenga atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico o al control económico presupuestario del órgano.
El Secretario deberá ser un funcionario que preste sus servicios en el órgano de contratación. Cuando no sea posible designar un funcionario, se hará la designación entre los de otro tipo de personal que dependa del órgano de contratación.
La designación de los miembros de la mesa de contratación podrá hacerse con carácter permanente o de manera específica para la adjudicación de cada contrato."
Visto que mediante resolución rectoral de fecha 10 de enero de 2025, publicada en el Boletín Oficial de la Universidad de Alicante el 13 de enero de 2025, se creó la Mesa de Contratación Permanente de la Universidad de Alicante como órgano de asistencia al órgano de contratación para los procedimientos de contratación en los que resulte preceptiva o potestativa su constitución.
Considerando que, con el fin de adecuar la composición de la Mesa de Contratación Permanente a la actual estructura organizativa de la Universidad y garantizar su correcto funcionamiento, resulta necesario modificar la designación de determinados miembros titulares y suplentes de la misma.
En virtud de lo expuesto;
RESUELVO
PRIMERO.- Modificar la composición de la Mesa de Contratación permanente como órgano de asistencia al órgano de contratación para todos los procedimientos de contratación en los que resulte preceptiva o potestativa su constitución.
SEGUNDO.- Designar a las siguientes personas para los cargos que se indican:
· D. Adrián García Ortiz, vicesecretario general de la Universidad de Alicante, como presidente titular de la Mesa de Contratación Permanente.
· D. Arturo Bernabéu Gálvez, subdirector de licitación, como secretario suplente de la Mesa de Contratación Permanente.
· D.ª Susana Marín Monerris, técnico de contratación, como vocal suplente de la Mesa de Contratación Permanente.
TERCERO.- El resto de la composición de la Mesa Permanente de Contratación permanece inalterada.
CUARTO.- Las sesiones de la Mesa de Contratación Permanente que se celebren en procedimientos de contratación en curso a partir de la entrada en vigor de la presente resolución se ajustarán a la composición establecida en la misma.
QUINTO.- La presente resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Alicante.
SEXTO.- Notificar la presente resolución a los interesados y proceder a su publicación en el BOUA, así como en el Perfil del Contratante alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la sección de lo contencioso-administrativo del Tribunal de Instancia de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa; o, potestativamente, recurso de reposición ante la Rectora de la Universidad de Alicante, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Alicante, a 12 de junio de 2026
LA RECTORA
Dña. Amparo Navarro Faure