Premios a Tesis Doctoral y Trabajo Fin de Máster. Cátedra del Agua y la Energía del Grupo Cox y la Universidad de Alicante.

Fecha de aprobación
04/06/2026
Fecha de publicación
02/07/2026
Órgano competente
Rectora
Sección
Convocatorias y concursos

Título: Premios a Tesis Doctoral y Trabajo Fin de Máster. Cátedra del Agua y la Energía del Grupo Cox y la Universidad de Alicante.

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: jueves, 4 de junio de 2026

1.Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de premios al talento de aquellos científicos y científicas que estudian el agua y la energía con los galardones a la Mejor Tesis Doctoral y al Mejor Trabajo de Fin de Máster Universitario (TFM) que hayan sido desarrollados y defendidos en las universidades de la provincia de Alicante a lo largo de los cursos 2023/2024, 2024/2025 y 2025/2026. El objetivo principal de estos premios es contribuir a promover la actividad investigadora de calidad en el marco del agua, así como reconocer la excelencia académica en temas relacionados con la gestión de recursos hídricos y recursos energéticos en todas sus vertientes.

2.    Requisitos de las Personas Beneficiarias

Podrá solicitar este premio el alumnado que:

·         Haya desarrollado y defendido su Tesis o TFM en las universidades de la provincia de Alicante durante los cursos, 2023/2024, 2024/2025 y 2025/2026 y que el trabajo presentado haya estado relacionado con el agua y la gestión de recursos hídricos.

·         Haya obtenido una calificación mínima de: Sobresaliente Cum Laude, para el premio a la Tesis Doctoral y de 8 sobre 10, para el premio al TFM.

·         No ser beneficiario/a de otra ayuda destinada al mismo objeto. 

3.    Número y dotación de las becas

Se concederán dos premios: uno para Tesis Doctoral y uno para TFM. El premio a la mejor Tesis Doctoral sobre agua y energía estará dotado con 1.500 € y el premio al mejor TFM sobre agua y energía estará dotado con 1.000 €.

4.    Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1. Plazo de presentación

La convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo previamente a la publicación de su extracto en el DOGV.

El plazo de presentación de solicitudes se inicia el día 1 de septiembre de 2026 y finaliza el día 30 de septiembre de 2026 a las 23:59 h.

4.2. Procedimiento de presentación

Para presentar su candidatura, toda persona interesada deberá hacerlo a través del correo electrónico catedra.cox@ua.es, con indicación de los datos de esta convocatoria, aportando los siguientes datos:

·         En el asunto deberá indicarse "Convocatoria de premios CÁTEDRA DEL AGUA Y LA ENERGÍA".

·         En el contenido del correo deberá indicarse que se desea participar en dichos premios con la tesis o el TFM titulado (especificar título del trabajo).

·         Como documento adjunto se presentará en formato PDF un archivo donde se indique (mínimo 4 páginas, máximo 10 páginas, Times New Roman tamaño 12, espaciado simple, márgenes de 2,5 cm): nombre y apellidos del autor o autora, nombre y apellidos de quienes hayan tutorizado o dirigido el trabajo, título del trabajo, resumen del trabajo realizado (especificando objetivos, metodología, resultados y conclusiones), calificación obtenida, referencias de los congresos en los cuales ha participado como ponente o comunicante durante los dos años anteriores o posteriores a la fecha de defensa del trabajo (utilizando estilo APA 7ª edición) y referencias de las publicaciones derivadas del trabajo académico durante los dos años anteriores o posteriores a la fecha de defensa del trabajo (utilizando estilo APA 7ª edición).

·         También, se remitirá adjunta una fotocopia del título de doctor o doctora o de máster (sólo estudiantes de otras universidades diferentes a la Universidad de Alicante), dependiendo del premio al cual se opte, así como un certificado académico que refleje las calificaciones obtenidas (sólo estudiantes de otras universidades diferentes a la Universidad de Alicante).

·         Por último, se presentará adjunta una declaración responsable firmada, según el modelo disponible en la página web de la Unidad de Subvenciones de la Universidad de Alicante.

Todas las candidaturas enviadas recibirán su respectivo acuse de recibo a través de la respuesta a su correo electrónico.

Cuando la documentación obre en poder la Universidad de Alicante, debe indicarse la unidad administrativa que la generó o en la que fue presentada.

Tras recibir las solicitudes, se elaborará una relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas y se establecerá un plazo de subsanación de 10 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación. Transcurrido dicho plazo, se elaborará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, que será remitida a la comisión de valoración para su evaluación.

5.    Criterios de adjudicación

La asignación de los premios se realizará siguiendo los siguientes criterios de adjudicación (ponderación):

·         Originalidad, rigor y carácter innovador del trabajo: se valorará que la propuesta plantee una nueva perspectiva teórica o metodológica, desarrolle nuevas categorías, modelos o interpretaciones, los resultados sean reproducibles o escalables, y exista coherencia entre los objetivos, hipótesis y método, así como la calidad del análisis de datos y uso adecuado de técnicas estadísticas o analíticas (20%).

·         Viabilidad para su aplicación práctica en la mejora de la gestión de recursos hídricos y energéticos, especialmente de la provincia de Alicante (30%).

·         Labor de difusión de la investigación llevada a cabo, especialmente mediante la presentación de ponencias y comunicaciones en congresos nacionales e internacionales, y repercusión de las publicaciones derivadas de la investigación (50%).

Las solicitudes se valorarán por parte de la comisión de valoración en una única fase, a partir del análisis y la discusión de la documentación recibida por parte de cada una de las candidaturas.

6.    Órgano Gestor y Comisión de valoración

6.1. Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria es el/la director/a de la Cátedra COX-Universidad de Alicante, del Agua y de la Energía y la dirección del correo electrónico de contacto es catedra.cox@ua.es. El órgano gestor se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia es el Instituto Universitario del Agua y de las Ciencias Ambientales de la Universidad de Alicante, contacto: iuaca@ua.es.

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que, de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.

6.2. Comisión de valoración

La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes admitidas y elaborará el informe de valoración.

La comisión tendrá la siguiente composición o, en su caso, personas que les sustituya:

Presidencia:

-              Rector o rectora.

Secretaría:

-              Secretario o secretaria del Instituto Universitario del Agua y de las Ciencias Ambientales.

Vocales:

-              Director o directora de la Cátedra del Agua.

-              Representante del Grupo COX, designado por la empresa.

-              Representante del Grupo COX, designado por la empresa.

Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán un documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).

7.    Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://web.ua.es/es/catedra-cox-agua-energia/, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

Tras recibir las solicitudes, se elaborará una relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas y se establecerá un plazo de subsanación de 10 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación. Transcurrido dicho plazo, se elaborará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, que será remitida a la comisión de valoración para su evaluación.

Una vez realizada la evaluación por la Comisión, la persona titular del Rectorado dictará la resolución definitiva de concesión.

Los trabajos finalmente premiados se darán a conocer a través de la página web de la Cátedra y por otros medios que se consideren adecuados. Los premios podrán entregarse en un acto académico organizado al efecto.

8.    Marco legal y presupuestario

La convocatoria de estos premios, con código 2026SBV118, sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2026LS024 del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (ejercicio 2025) de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de esta convocatoria de un máximo de 2.500 euros será sufragada con cargo al capítulo IV de la clave orgánica 40.50.4P.00.01 del presupuesto del Instituto Universitario del Agua y de las Ciencias Ambientales. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.

9.    Obligaciones, justificación de las personas beneficiarias y pago

9.1. Obligaciones de las personas beneficiarias

Son obligaciones de las personas beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las siguientes:

-       Facilitar cuanta información les sea requerida con motivo del procedimiento de concesión de estos premios.

Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:

a)   Haber realizado la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación. La actividad subvencionada debe realizarse desde el 1 de enero de 2023 al 30 de septiembre de 2026.

b)   Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.

c)   Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

9.2. Justificación de personas beneficiarias y pago

La justificación del destino de la ayuda al cumplimiento de su finalidad será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la concesión. El premio concedido será abonado mediante transferencia en único pago.

El incumplimiento por la persona beneficiaria de cualquiera de los requisitos y obligaciones establecidos en esta convocatoria y bases reguladoras, así como en su resolución de concesión, podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la subvención y al reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas.

10. Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.

La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella. En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal, y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html.

11. Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la sección de lo contencioso-administrativo del Tribunal de Instancia de Alicante, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos. 

En Alicante, a 4 de junio de 2026 

La rectora,

P.D. de firma, el director de Relaciones y Proyectos Institucionales

(Resolución de 19 de diciembre de 2024)

Juan Llopis Taverner