Selección de participantes y concesión de ayudas para actividades TRANSFORM4EUROPE - 2026/2027, 4ª edición
- Fecha de aprobación
- 29/09/2026
- Fecha de publicación
- 30/09/2026
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: Selección de participantes y concesión de ayudas para actividades TRANSFORM4EUROPE - 2026/2027, 4ª edición
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: martes, 29 de septiembre de 2026
AVISO: Tramitación de urgencia
La resolución de la Universidad de Alicante con fecha 23 de septiembre de 2026, declara acuerda la tramitación de urgencia de los procedimientos de concesión en las convocatorias para la participación en actividades organizadas en otras instituciones europeas socias de la alianza TRANSFORM4EUROPE (T4EU) con ayuda económica de la Universidad de Alicante
1. Objeto y finalidad de la convocatoria y procedimiento de concesión
El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de la asignación de plazas y concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, al alumnado de la Universidad de Alicante (UA) para la participación en actividades organizadas en otras instituciones europeas socias de la Alianza Transform4Europe (T4EU). La finalidad de esta convocatoria es promover la internacionalización y el desarrollo de competencias del alumnado de la Universidad de Alicante mediante su participación en un entorno universitario europeo de colaboración e innovación, favoreciendo el intercambio de conocimientos y experiencias y la cooperación interregional en el marco de la Alianza Transform4Europe (T4EU).
La participación implica una movilidad presencial de corta duración en el extranjero.
Las actividades a las que se puede optar en la presente convocatoria son las que se indican a continuación. Los detalles de cada actividad estarán sujetos a cambios por parte de la universidad de destino.
ACTIVIDAD 1:
T4EU Desafío Empresarial "Startup Weekend Saarbrücken 2026"
DESTINO: Saarbrücken, Alemania (Campus de la Universidad de Saarland).
FECHAS MOVILIDAD PRESENCIAL: 13-15 Noviembre 2026
DESCRIPCIÓN COMPONENTE PRESENCIAL:
Startup Weekend Saarbrücken 2026 es un desafío empresarial de tres días donde los participantes experimentarán el proceso de crear una startup, desde la idea hasta el prototipo, en tan solo 54 horas. Los estudiantes trabajarán en equipos interdisciplinarios, desarrollarán ideas de negocio innovadoras, recibirán orientación de mentores experimentados y presentarán sus proyectos ante un panel de expertos. El evento ofrece un entorno de aprendizaje intensivo centrado en la creatividad, el trabajo en equipo, la resolución de problemas y la innovación. Los participantes también tienen la oportunidad de ampliar su red internacional conectando con emprendedores, inversores y otros estudiantes de la alianza universitaria Transform4Europe. Es una excelente oportunidad para desarrollar habilidades empresariales, adquirir experiencia práctica y colaborar en un entorno internacional dinámico e inclusivo.
ACTIVIDAD 2:
Festival Europeo de Cultura and Lenguas - Migraciones y Patrimonio
DESTINO: Saint-Étienne, France, Université Jean Monnet
FECHAS MOVILIDAD PRESENCIAL: 23-27 Noviembre 2026
DESCRIPCIÓN COMPONENTE PRESENCIAL: El Tercer Festival T4EU de Cultura y Lenguas Europeas explora el tema «Migraciones y Patrimonio» a través de un programa intensivo semipresencial interdisciplinario. Los estudiantes de máster analizarán la migración y la vulnerabilidad desde las perspectivas de la ciencia política, la antropología, la historia, la sociolingüística y la psiquiatría. Además de las sesiones académicas, participarán en actividades culturales y colaborarán en equipos internacionales para el Concurso de Estudiantes T4EU, creando materiales educativos basados en fotografías y vídeos del Archivo Municipal de Saint-Étienne. El programa ofrece una oportunidad única para desarrollar competencias interculturales, colaborar entre disciplinas y obtener una comprensión más profunda de la migración y el patrimonio cultural europeo en un entorno de aprendizaje internacional.
2. Requisitos de las Personas Beneficiarias
Podrá solicitar esta ayuda el alumnado que cumpla los siguientes requisitos:
1) Requisito de matrícula. Estar matriculado en la UA en el curso 26-27 en un determinado programa de estudios conducente a la obtención de un título oficialmente reconocido de Grado o Máster dependiendo de la actividad.
2) Poseer la nacionalidad de un país de la Unión Europea o de terceros países (en cuyo caso deberían acreditar que está en posesión de un permiso válido para residir en España durante el periodo de realización de la movilidad), de forma que se tenga NIF o NIE.
3) Requisito de idiomas: Poder acreditar nivel B2 de inglés. Los documentos que se valorarán son exclusivamente los contenidos en la Normativa de la UA para la acreditación interna de competencias lingüísticas en valenciano y lenguas extranjeras, que se puede encontrar en la página web del Servicio de Lenguas: Plan de Acreditación Lingüísticas:
Sólo podrán ser considerados aquellos documentos obtenidos hasta la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
4) No haber incumplido la normativa de cualquier programa gestionado por el Servicio de Relaciones Internacionales.
5) No haber obtenido plaza definitiva en otro programa de movilidad para el mismo periodo solicitado.
3. Número y dotación de las becas.
2.1 Se concederá un número máximo de plazas y ayudas, según se indica a continuación:
Actividad 1: Startup Weekend Saarbrücken 2026
Se concederá un máximo de 2 plazas y sus correspondientes ayudas para estudiantes de grado, distribuyendo la asignación, hasta un máximo cada una de 804€.
Actividad 2: Festival of European Culture and Languages - Migrations & Heritages
Se concederá un máximo de 3 plazas y sus correspondientes ayudas para estudiantes de Máster, distribuyendo la asignación, hasta un máximo cada una de 962€.
2.2 La duración máxima financiada será para la actividad 1 un máximo de 5 días (3 días de actividad más dos días de viaje); para la actividad 2 un máximo de 7 días (5 días de actividad más 2 de viaje). Los días concretos en los que se realizará la actividad física se harán constar en el Certificado de Estancia, siendo éstos los que se utilicen para el cálculo de la cuantía a percibir.
2.3. La ayuda tiene por objeto contribuir a cubrir los gastos de viaje y subsistencia de la movilidad en el país de acogida, que puede no cubrir la totalidad de los costes.
La ayuda económica estará compuesta por los siguientes conceptos:
2.3.1. Ayuda para gastos de viaje. Contribución a los gastos de viaje basada en la distancia entre la Universidad de Alicante y la sede de la institución de acogida en la que se desarrolle la actividad correspondiente, según la cantidad que se indica a continuación:
- Entre 500 y 1.999 km 309 € (actividades 1)
- Entre 2.000 y 2.999 km 395 € (actividad 2)
Para calcular la distancia en kilómetros desde la Universidad de Alicante hasta la ciudad de destino, se utilizará la calculadora de distancias propuesta por la Comisión Europea, que se podrá encontrar en el siguiente enlace:
2.3.2. Ayuda individual: Costes directamente relacionados con la estancia de los participantes durante la actividad. La cantidad diaria será de 79 € para estudiantes.
2.3.3. Ayuda adicional para estudiantes con menos oportunidades. En el caso de estudiantes con menos oportunidades recibirán una ayuda adicional de 100 €.
Se considera estudiante con menos oportunidades en esta convocatoria al alumnado que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes, debidamente acreditadas, no siendo acumulativas entre sí:
i. Discapacidad: tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33%;
ii. Obstáculos socioeconómicos:
- ser beneficiario de una beca de estudios de carácter general de la Administración General del Estado para realizar estudios universitarios el curso inmediatamente anterior al que se vaya a realizar la movilidad;
- percibir la unidad familiar una prestación de ingreso mínimo vital o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza; encontrarse en riesgo de exclusión o emergencia sociales;
- pertenecer a una familia numerosa o monoparental;
- ser víctima de terrorismo, de violencia de género o encontrarse en situación de orfandad;
- encontrarse en una situación de dependencia o con dependientes a cargo;
- tener un contrato de trabajo a tiempo completo que se mantendrá en vigor durante el periodo de movilidad o se estará en situación de excedencia para llevarla a cabo);
iii. Problemas de salud: padecer problemas físicos o mentales que genere la necesidad de apoyo adicional;
iv. Diferencias culturales: tener la condición de refugiado o con derecho a protección subsidiaria o haber presentado solicitud de protección internacional en España.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
4.1. Plazo de presentación
La convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo previamente a la publicación de su extracto en el DOGV.
El plazo de solicitud se inicia el día 6 de octubre y finaliza el día 21 de octubre.
4.2. Procedimiento de presentación
La documentación se presentará a través formulario en la web : https://cvnet.cpd.ua.es/uaCuestionarios/preguntas.aspx?idcuestionario=245981&idioma=es al Servicio OGPI con indicación de los datos de esta convocatoria.
Se adjuntará la siguiente documentación:
· la documentación acreditativa del idioma requerido, según el apartado 2.3., salvo que obre en poder la Universidad de Alicante,
· la documentación acreditativa si fuera estudiante con menos oportunidades, correspondiente a la valoración en el apartado B, del anexo: Baremo.
Cuando la documentación obre en poder la Universidad de Alicante, debe indicarse la unidad administrativa que la generó o en la que fue presentada.
Las personas solicitantes deberán firmar una declaración responsable en la que declaren no estar incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con especial referencia al hecho de que:
1. Se hallan al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, conforme a lo exigido por el art. 13.2.e) LGS.
2. No son deudoras por resolución de procedencia de reintegro de subvenciones, conforme al art. 13.2.g) LGS.
Tras recibir las solicitudes, se elaborará una relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas y se establecerá un plazo de subsanación de 5 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación. Transcurrido dicho plazo, se elaborará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, que será remitida a la comisión de valoración para su evaluación.
5. Criterios de adjudicación
La asignación de plazas y ayudas se realizará siguiendo los siguientes criterios:
5.1 Criterios de adjudicación:
Los méritos habrán de reunirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acreditándose en la forma que se establece en cada caso.
a) Conocimiento de inglés (máximo 4 puntos)
La puntuación por nivel acreditado de inglés, será la siguiente:
. Nivel C1...... 2 puntos
. Nivel C2...... 4 puntos
b) Menos oportunidades (10 puntos)
Se considera estudiante con menos oportunidades en esta convocatoria al alumnado que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes, debidamente acreditadas, no siendo acumulativas entre sí:
· Discapacidad: tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33%;
· Obstáculos socioeconómicos:
o ser beneficiario de una beca de estudios de carácter general de la Administración General del Estado para realizar estudios universitarios el curso inmediatamente anterior al que se vaya a realizar la movilidad;
o percibir la unidad familiar una prestación de ingreso mínimo vital o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza; encontrarse en riesgo de exclusión o emergencia sociales;
o pertenecer a una familia numerosa o monoparental;
o ser víctima de terrorismo, de violencia de género o encontrarse en situación de orfandad;
o encontrarse en una situación de dependencia o con dependientes a cargo;
o tener un contrato de trabajo a tiempo completo que se mantendrá en vigor durante el periodo de movilidad o se estará en situación de excedencia para llevarla a cabo);
· problemas de salud: padecer problemas físicos o mentales que genere la necesidad de apoyo adicional;
· diferencias culturales: tener la condición de refugiado o con derecho a protección subsidiaria o haber presentado solicitud de protección internacional en España.
c) Participación en actividades anterioresTransform4Europe (20 puntos)
A los aspirantes que no hayan participado en las siguientes actividades se les sumará 20 puntos:
· Transform4Europe Weeks 2025 y 2026
· Transform4Europe Summer School 2025 y 2026
· Festival de Cultura y Lenguas 2025
· Actividades T4EU 25-26 (Machtmaking event, Digital archaeology in search of the ephemeral, Heritage Future(s)/Future Heritage(s): on the threshold of change, T-lab fair, Bootcamp)
· Actividades T4EU 26-27: Sustainable Heritage workshop en Vytautas Magnus University en Kaunas (Lituania)
d) Haber sido nombrado T4EU buddy durante el curso 24/25, 25/26, 26/27 (5 puntos)
e) Renuncias (reducción de 2/3 de la puntuación)
Haber renunciado fuera del periodo establecido en las siguientes convocatorias:
· Transform4Europe Weeks 2025 y 2026
· Transform4Europe Summer School 2025 y 2026
· Festival de Cultura y Lenguas 2025
· Actividades T4EU 25-26 (Machtmaking event, Digital archaeology in search of the ephemeral, Heritage Future(s)/Future Heritage(s): on the threshold of change, T-lab fair, Bootcamp)
· Actividades T4EU 26-27: Sustainable Heritage workshop en Vytautas Magnus University en Kaunas (Lituania)
5.2 Fórmula de Cálculo:
Las plazas se distribuirán por orden de puntuación total, no adjudicando más plazas que las ofertadas. En caso del alumnado que obtenga la misma puntuación total, el desempate se deshará teniendo en cuenta el orden alfabético del primer apellido de las personas solicitantes, comenzando la ordenación por la letra "U" de acuerdo con el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, publicado en el BOE de 28 de julio de 2025.
6. Órgano Gestor y Comisión de valoración
6.1. Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria, la dirección del Servicio OGPI- Oficina de Gestión de Proyectos Institucionales se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia, Servicio OGPI contacto: infot4europe@ua.es.
6.2. Comisión de valoración
La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes admitidas y elaborará el informe de valoración.
La comisión tendrá la siguiente composición o, en su caso, personas que les sustituyan:
Presidencia:
- Director de Proyectos y Relaciones Institucionales.
Secretaría:
- Subdirectora del Servicio OGPI.
Vocales:
- Directora del Servicio OGPI.
Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán un documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
7. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://web.ua.es/es/ogpi/transform4europe/2026/convocatoria-de-estudiantes-2026-4a-edicion-de-las-actividades-de-transform4europe.html, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución definitiva de concesión es de 6 meses desde la publicación del extracto de esta convocatoria en el DOGV.
La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del [fecha de publicación]. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 5 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.
Transcurrido dicho plazo y, en su caso, resueltas las alegaciones presentadas, la persona titular del rectorado dictará la resolución definitiva de concesión.
8. Marco legal y presupuestario
Esta convocatoria con código 2026SBV174, sirve de base reguladora y se encuentra incorporada y pendiente de aprobación en la línea de subvención 2026LS033 del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (ejercicio 2026) de la Universidad de Alicante.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, en la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, en la normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
La dotación de esta convocatoria, de un máximo de 4.494 euros, será sufragada con cargo al capítulo IV 52.20.4M.00.02 del presupuesto del centro de gasto 5220 del Servicio de Gestión de Proyectos Institucionales. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.
9. Régimen de incompatibilidad con otras subvenciones o ayudas.
Estas subvenciones son incompatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados. No obstante, su importe en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con dichas ayudas, supere el coste de la actividad subvencionada, conforme al art. 19.3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
10. Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago.
10.1. Obligaciones de las personas beneficiarias.
Son obligaciones de las personas beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las siguientes:
1- La actividad subvencionada debe realizarse desde el 01 de noviembre hasta el 31 de diciembre del 2026.
2- Comunicar al órgano concedente, en el plazo máximo de 5 días hábiles desde su concesión o conocimiento, la obtención de cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, públicos o privados, que financien total o parcialmente la misma actividad subvencionada, con independencia de su origen o denominación.
3- Con la finalidad de gestionar el pago de la ayuda concedida, las personas beneficiarias con residencia fiscal en España, deberán gestionar su alta en la Base de Datos de Terceros de la Universidad de Alicante, a través del siguiente enlace disponible en Administración Electrónica y, dentro de este trámite, deberán aportar el modelo 145:
A los mismos efectos, las personas beneficiarias con residencia fiscal fuera de España, aportarán al órgano gestor de la convocatoria la documentación requerida para tramitar su alta en la referida Base de Datos de Terceros de la Universidad de Alicante.
4- Mantener contacto y estar localizable tanto durante todo el proceso de selección y nominación de su candidatura como durante la actividad, a través del correo electrónico de la UA (el acabado en @alu.ua.es), así como facilitar los datos de contacto en caso de emergencia.
5- Comunicar de inmediato todo cambio de la solicitud inicial; en concreto lo referente a renuncias, cambios en el calendario, etc.
6- Tener unos conocimientos del idioma suficientes para integrarse en la universidad de destino. La UA no se hace responsable de las carencias que en este sentido tenga el alumnado ni de las consecuencias que de ello se puedan derivar, como, por ejemplo, la no aceptación por parte de la institución de destino.
7- Responsabilizarse de la búsqueda y localización de alojamiento en la universidad de acogida.
8- Responsabilizarse de la búsqueda del transporte para la participación de la actividad
9- Aceptar todas las condiciones del Programa.
10- Garantizar, bajo su responsabilidad, que los datos y documentos presentados para la obtención y justificación de la subvención por parte del beneficiario son verdaderos.
11- Inscribirse en el Registro de Viajeros y consultar las recomendaciones de viaje del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para el país al que se va a viajar, así como las del Ministerio de Sanidad. En caso de situaciones excepcionales en el país de destino seguir en todo momento las indicaciones de la Embajada correspondiente, así como de la universidad de acogida, y comunicar su situación al Servicio de Relaciones Internacionales - Unidad de Movilidad.
Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:
a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.
b) Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.
c) Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
10.2. Justificación de personas beneficiarias y pago
Las personas beneficiarias deberán justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la ayuda y de la aplicación de los fondos percibidos hasta el 30 de noviembre de 2026, mediante la presentación de la siguiente documentación:
- Confirmación de estancia (llegada y salida).
- Tarjetas de embarque (ida y vuelta)
Tras la justificación, la Universidad procederá de oficio al pago de la subvención concedida mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el beneficiario y con un importe máximo para la actividad 1 de 804€ y para la actividad 2 un máximo de 962€ por beneficiario.
El incumplimiento por la persona beneficiaria de cualquiera de los requisitos y obligaciones establecidos en esta convocatoria y bases reguladoras, así como en su resolución de concesión, podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la subvención y al reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas.
11. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar la participación del alumnado en las actividades de movilidad internacional organizadas en el marco de la Alianza Transform4Europe (T4EU), así como la gestión, adjudicación, seguimiento y justificación de las ayudas, la gestión de los servicios asociados a la movilidad, y el cumplimiento de las obligaciones legales, administrativas y económicas derivadas de la participación en el programa. La base de legitimación de este tratamiento se basa: (1) el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante;). En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.
Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
12. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la sección de lo contencioso-administrativo del Tribunal de Instancia de Alicante, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
En Alicante, a 29 de septiembre de 2026.
La rectora,
P.D. de firma, el Director de Relaciones y Proyectos Institucionales
(Resolución de 4 de enero de 2021)
Juan Llopis Taverner