CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE CONFERENCIAS DE DIVULGACIÓN Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA DEL VICERRECTORADO DE TRANSFERENCIA, INNOVACIÓN Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA Y DEL VICERRECTORADO DE CULTURA, DEPORTE Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
- Fecha de aprobación
- 17/11/2021
- Fecha de publicación
- 24/11/2021
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE CONFERENCIAS DE DIVULGACIÓN Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA DEL VICERRECTORADO DE TRANSFERENCIA, INNOVACIÓN Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA Y DEL VICERRECTORADO DE CULTURA, DEPORTE Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: miércoles, 17 de noviembre de 2021
CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE CONFERENCIAS DE DIVULGACIÓN Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA DEL VICERRECTORADO DE TRANSFERENCIA, INNOVACIÓN Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA Y DEL VICERRECTORADO DE CULTURA, DEPORTE Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
1.- EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Y OBJETO
El Vicerrectorado de Transferencia, Innovación y Divulgación Científica y el Vicerrectorado de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria ofrecen un programa de conferencias y de actividades de divulgación y extensión universitaria con el objeto de difundir y acercar a la sociedad la investigación que se genera en la Universidad. Así, las actividades van dirigidas a:
- Fomentar la cultura científica, tecnológica y de la innovación;
- Promover la alfabetización científica entre escolares y jóvenes no universitarios;
- Fomentar la participación del público en general en actividades de investigación científica;
- Contribuir a una sociedad mejor formada e informada, fomentando el pensamiento crítico y la toma de decisiones basadas en la evidencia.
Las actividades de divulgación científica podrán ser: conferencias, debates, actividades de formación ciudadana, talleres de experimentos, diálogos, y otras formas de divulgar y dar a conocer al público en general las líneas de investigación desarrolladas en la Universidad de Alicante, implicando a la ciudadanía en el proceso de generación del conocimiento.
El programa de conferencias se ofrecerá a los municipios de la provincia y entidades e instituciones sin ánimo de lucro que canalizan sus propuestas a través de los ayuntamientos competentes. Adicionalmente, se ofertará a los centros educativos de primaria y secundaria.
2.- FORMA DE PARTICIPACIÓN EN EL PROGRAMA
La forma de participación en el programa de conferencias y actividades de divulgación científica:
a) Las personas que forman el colectivo del personal docente e investigador de la Universidad de Alicante (PDI) podrán ofrecer actividades a título individual.
b) Para propiciar una mejor rotación del profesorado participante y de la oferta de conferencias y actividades propuestas, se limita a tres la cantidad de actividades remuneradas que puede realizar cada PDI en cada convocatoria. No obstante, el profesorado que así lo desee podrá realizar más actividades sin remunerar si hay demanda por parte de los centros o de los ayuntamientos.
c) La duración máxima de las conferencia y actividades será de una hora y media, incluyendo el posible debate entre el público y el ponente.
d) Los ayuntamientos y centros educativos de primaria y secundaria podrán solicitar las actividades de esta convocatoria para realizarlas en el periodo de enero a diciembre de 2022.
3.- PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA Y SOLICITUDES
El plazo de inscripción se inicia el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOUA y se prolonga hasta las 23.59 horas del 10 de enero de 2022.
La inscripción se realizará en este formulario.
4.- MARCO LEGAL Y PRESUPUESTARIO
Las colaboraciones serán retribuidas con 230 € brutos si la conferencia o actividad se realiza a menos de 50 km de la UA, o con 250 € brutos, si se realiza a más de 50 km de la UA, e incluyen en todos los casos la remuneración de la conferencia, el desplazamiento y las dietas. La dotación de esta convocatoria se consigna en la clave orgánica 10902E0002 del Vicerrectorado de Transferencia, Innovación y Divulgación Científica. El pago de esta dotación estará supeditado a la disponibilidad de liquidez de la UA.
Según la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, artículo 17.2.d), los rendimientos derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación, tendrán la consideración de rendimientos del trabajo por lo que la precepción de esta remuneración estará sujeta a la perceptiva retención de IRPF.
Las personas beneficiarias se obligan a facilitar cuanta información les sea requerida y a cumplir, en su caso, los deberes que se establecen en el artículo 14 de la Ley 38/2003.
Protección de datos
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en la convocatoria Ordinaria del Programa de conferencias de Divulgación y Extensión Universitaria de dos Vicerrectorados de Transferencia, Innovación y Divulgación Científica y de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en la solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, los datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.
Se informa de que se puede ejercer los derechos en relación con el tratamiento de los datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de la Sede electrónica
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, los derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, se puede consultar en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
5.- RECURSOS
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de los de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna. Ante las actuaciones definitivas de la Comisión de valoración podrá interponerse un recurso de alzada previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de sus publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante la rectora como órgano competente para resolverlo.
No se podrá presentar recurso ante aquellas resoluciones o actos que, por establecer un plazo de subsanaciones, reclamaciones o alegaciones, no sean definitivas. Las resoluciones que se produzcan tras este trámite sí serán susceptibles del recurso correspondiente.
Alicante, a 17 de noviembre de 2021
La rectora,
Por delegación de firma, la vicerrectora de Transferencia, Innovación y Divulgación Científica
(Resolución de 22 de diciembre de 2020)
María Jesús Pastor Llorca
Por delegación de firma, la vicerrectora de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria
(Resolución de 22 de diciembre de 2020)
Catalina Iliescu Gheorghiu