PREMIOS A TRABAJOS DE FINAL DE GRADO Y TRABAJOS FINAL DE MÁSTER SOBRE LA DIDÁCTICA DEL PLURILINGÜISMO

Fecha de aprobación
25/01/2022
Fecha de publicación
26/01/2022
Órgano competente
Rectora
Sección
CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Título: PREMIOS A TRABAJOS DE FINAL DE GRADO Y TRABAJOS FINAL DE MÁSTER SOBRE LA DIDÁCTICA DEL PLURILINGÜISMO

Sección: CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: martes, 25 de enero de 2022

PREMIOS A TRABAJOS DE FINAL DE GRADO Y TRABAJOS FINAL DE MÁSTER SOBRE LA DIDÁCTICA DEL PLURILINGÜISMO

1. Objeto

El objetivo de la presente convocatoria es premiar el mejor Trabajo Final de Grado (TFG) y Trabajo Final de Máster (TFM) de los cursos 2020-2021 y 2021-2022 que investigue sobre la temática de la didáctica de las lenguas o de los contenidos vehiculados en valenciano, en el contexto del sistema educativo valenciano.

2. Participación

2.1. Podrá optar a los premios cualquier estudiante que haya desarrollado y defendido un proyecto de TFG o TFM en la Universidad de Alicante durante los cursos 2020-2021 o 2021-2022.

2.2. Es un requisito de esta convocatoria que el trabajo que se presente esté escrito en valenciano.

2.3. La solicitud de participación se realizará mediante una instancia genérica presentada presencialmente en el registro de la Universidad de Alicante o telemáticamente a través del trámite de instancia genérica disponible en la eAdministración de la aplicación UACloud. En el campo EXPONE se tendrá que indicar:

- PREMIOS A TRABAJOS FINAL DE GRADO Y TRABAJOS FINAL DE MÁSTER SOBRE LA DIDÁCTICA DEL PLURILINGÜISMO 2022

- Si se trata de un TFG o TFM

En el campo SOLICITA tiene que indicarse: "Dirigido al Instituto Interuniversitario de Filología Valenciana"

En el campo DOCUMENTOS ADJUNTOS se tendrá que aportar: a) documento con los datos personales de la autora o autor del trabajo (apellidos y nombre, NIF, dirección de residencia, número de teléfono y correo electrónico de contacto). b) Copia anonimizada del trabajo, en formato de PDF.

3. Jurado y evaluación

3.1. El Jurado estará formado por los miembros de la Junta Directiva de la UEM de la Universidad de Alicante: el director o directora de la UEM-UA actuará como presidente del Jurado y el secretario o secretaria de la UEM-UA como secretario o secretaria del Jurado. Si alguno de los miembros de la Junta de la UEM alega conflicto de intereses con alguna de las solicitudes presentadas, se le sustituirá por una persona de reconocido prestigio en el campo de la didáctica del plurilingüismo designada por el director de la sede de la Universidad de Alicante del IIFV.

3.2. Las solicitudes serán evaluadas por parte del Jurado a partir del análisis y la discusión de la documentación recibida para cada una de las candidaturas. Serán valorados los aspectos siguientes:

-La adecuación del trabajo al objeto de la convocatoria.

-La originalidad del planteamiento de la investigación o experiencia desarrollada.

-La consistencia metodológica de la propuesta.

-La posibilidad de transferencia a la mejora de la calidad de los procesos de enseñanza-aprendizaje en la didáctica del plurilingüismo en el contexto educativo valenciano.

4. Premios

4.1. Premio a un trabajo final de grado, dotado de 400 euros. Premio a un trabajo final de máster, dotado de 600 euros.

4.2. Si ninguna de las obras presentadas reúne suficientes requisitos para merecer la concesión del premio, podrá declarar desierta la convocatoria.

4.3 La entrega del premio se podrá hacer en un acto público en la Universidad de Alicante que se anunciará con antelación suficiente.

4.4. La persona premiada tendrá que hacer llegar a la sede de la UA del Instituto Interuniversitario de Filología Valenciana, a través del correo inst.filovalen@ua.es, una copia no anonimizada y en formato editable del trabajo en un plazo máximo de 15 días hábiles después de la notificación de la concesión del premio. 

4.5. La Unidad para la Educación Multilingüe de la Universidad de Alicante se reserva el derecho a publicar, en un plazo máximo de dos años, el trabajo premiado en el medio que considere adecuado.

4.6. La Unidad para la Educación Multilingüe de la Universidad de Alicante podrá hacer la difusión pública del trabajo premiado que considere adecuada a través de las redes sociales, de la página web institucional o, en general, de los medios oportunos. Además, podrá facilitar a la autora o al autor que lo presente en actos públicos de carácter académico o divulgativo.

5. Marco legal y presupuestario

La dotación económica para esta convocatoria es de 1.000 euros y se encuentra consignada en la orgánica 40604B0001 del Instituto Interuniversitario de Filología Valenciana (IIFV). La ejecución de esta dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada a cada ayuda se ajustará al que dispone la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a las regulaciones, requisitos y términos establecidos por las normas de funcionamiento interno de la UA y a lo que esta convocatoria establece.

6. Fechas

6.1 Presentación de candidaturas/solicitudes: el plazo de inscripción se inicia el día 1 de mayo y finaliza lo 4 de julio del 2022.

6.2 Resolución de adjudicación de los premios: 22 de julio del 2022.

7. Notificaciones

Atendido el principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y lo que establece el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se harán en la página web https://web.ua.es/iifv/index.html, que sustituye la notificación a las personas interesadas y tiene los mismos efectos.

8. Protección de datos

Los datos de carácter personal que constan en la solicitud serán tratados por la Universidad de Alicante, en calidad de "responsable", e incorporados en la actividad de tratamiento "Subvenciones, becas, ayudas y premios". La finalidad de este tratamiento de datos personales será la gestión y la resolución de la convocatoria. Finalidad basada en el interés público de la convocatoria y en la solicitud de participación en esta. En el marco de los tratamientos mencionados, los datos no serán cedidos a terceras personas, excepto obligación legal. Pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos, de limitación y oposición al tratamiento de estos, como también a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de los datos, cuando procedan, ante la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante o bien a través de la Sede Electrónica: https://seuelectronica.ua.es/

9. Recursos

Contra la convocatoria, las bases y los actos administrativos que se deriven, que agotan la vía administrativa, pueden interponer recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo de Alicante que sea competente, en el plazo de dos meses contadores a partir del día siguiente de la publicación, de acuerdo con lo que establece el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el artículo 6.4 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria, ante la rectora, de acuerdo con el que establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo esto sin perjuicio que se utilizo cualquier otra vía que se considere oportuna.

Ante las actuaciones definitivas del jurado podrá interponerse el recurso de alzada previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de las publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante la rectora como órgano competente para resolverlo.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que estos decidan directamente o indirecta el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos. La oposición a estos actos de trámite podrá alegarse por las personas interesadas para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.

10. Observaciones finales

Cualquier circunstancia no prevista en estas bases será resuelta por el jurado.

Alicante, 25 de enero de 2022

La rectora,

P.D. de firma, la vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad

(Resolución de 22 de diciembre de 2020)

Rosario Isabel Ferrer Cascales