REGLAMENTO SOBRE LOS TRABAJOS FIN DE GRADO/FIN DE MÁSTER PARA LOS ESTUDIOS IMPARTIDOS EN LA FACULTAD DE EDUCACIÓN
- Fecha de aprobación
- 30/01/2014
- Fecha de publicación
- 31/01/2014
- Órgano competente
- Consejo de Gobierno
- Sección
- Disposiciones generales
Título: REGLAMENTO SOBRE LOS TRABAJOS FIN DE GRADO/FIN DE MÁSTER PARA LOS ESTUDIOS IMPARTIDOS EN LA FACULTAD DE EDUCACIÓN
Sección: Disposiciones generales
Órgano: Consejo de Gobierno
Fecha de aprobación: jueves, 30 de enero de 2014
EL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE, EN SU SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DE 2013, APROBÓ POR UNANIMIDAD, EL REGLAMENTO SOBRE TRABAJOS FIN DE GRADO/TRABAJOS FIN DE MÁSTER PARA LOS ESTUDIOS IMPARTIDOS EN LA FACULTAD DE EDUCACIÓN
El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, establece que todas las enseñanzas universitarias oficiales de Grado habrán de incluir un Trabajo de Fin de Grado (TFG), que ha de formar parte del plan de estudios. De igual forma establece que las enseñanzas oficiales de máster concluyen con la elaboración y defensa pública de un trabajo fin de máster (TFM). En ambos supuestos, el trabajo deberá realizarse en la fase final del plan de estudios y estar orientado a la evaluación de competencias asociadas al título.
De otro lado, la Universidad de Alicante aprobó en Consejo de Gobierno de 30 de octubre de 2012 (BOUA 31 de octubre de 2012) una Normativa sobre los Trabajos de Fin de Grado/Trabajos Fin de Máster de aplicación general a los estudios de Grado y Máster impartidos en ella. Dicho carácter universal se plasma de forma específica en su art. 1.3 y en la Disposición Transitoria que establecen la obligación de desarrollar la normativa en cada Centro para adecuarla a las características propias de cada uno de los títulos de grado y máster que se impartan y a los requisitos establecidos en las memorias de verificación de los mismos.
En cumplimiento de dicha obligación, el presente reglamento supone un marco general para todos los TFG/TFM de la Facultad de Educación de la Universidad de Alicante, estableciendo una homogeneidad básica en la organización y evaluación que garantice la igualdad de derechos y deberes para el conjunto de sus estudiantes.
Artículo 1. Ámbito de aplicación y carácter de la normativa
1. El presente reglamento tiene por objeto el desarrollo parcial de la Normativa sobre TFG/TFM de la Universidad de Alicante y es de aplicación a la definición, realización, defensa, calificación y tramitación administrativa de los TFG/TFM incluidos en los diferentes planes de estudio impartidos en la Facultad de Educación.
2. En el caso de implantación de títulos interuniversitarios, este Reglamento sólo será de aplicación al alumnado matriculado en la Universidad de Alicante, salvo que el convenio regulador disponga otra cosa.
3. El presente Reglamento tiene carácter general para las diferentes titulaciones impartidas en la Facultad de Educación, pudiendo ser desarrollado en función de las características propias de cada uno de los títulos de grado o máster que se impartan en el Centro y a los requisitos establecidos en las memorias de verificación de los mismos.
Artículo 2. Características del Trabajo Fin de Grado y del Trabajo Fin de Máster
1. El TFG/TFM será un trabajo original, autónomo y personal, que cada estudiante realizará bajo la orientación de un tutor o tutora, y que permitirá al alumnado mostrar de forma integrada los contenidos formativos recibidos y las competencias adquiridas asociadas al título de grado o máster universitario.
2. El TFG/TFM podrá contemplar distintas modalidades según los diferentes aspectos relacionados con el título, y según la orientación profesional/ investigadora / académica en el caso del Máster.
3. La carga de trabajo asociada al TFG/TFM, relativa al alumnado, se corresponderá con los créditos ECTS que otorgue el plan de estudios.
4. La realización del TFG/TFM podrá contemplar, de acuerdo con lo establecido en el plan de estudios, la asistencia a seminarios u otro tipo de actividades presenciales que se consideren de interés para la realización de dicho trabajo.
5. El TFG/TFM habrá de realizarse con arreglo a los criterios metodológicos y normas básicas de estilo que determine la comisión académica de titulación correspondiente y conforme a las normas básicas establecidas en la memoria verificada. Anualmente, las comisiones académicas de cada titulación revisarán estas normas, pudiendo renovarlas o modificarlas.
6. El TFG/TFM está protegido por la Ley de Propiedad Intelectual. El TFG/TFM no podrá ser publicado en el Repositorio Institucional de la Universidad de Alicante (RUA) sin el consentimiento expreso del alumno o alumna y el visto bueno del tutor/-a.
7. El TFG/TFM podrá ser redactado en cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana. En el caso de los TFG de Maestro de Educación Infantil y Primaria, para obtener los créditos correspondientes para la Capacitació per a l’Ensenyament en Valencià, será requisito obligatorio que la redacción y la defensa del TFG se realice en valenciano.
8. El TFG también podrá ser redactado en inglés o francés, a petición del estudiante, previa autorización de la tutora o tutor.
Artículo 3. Coordinación del Trabajo Fin de Grado/Trabajo Fin de Máster
1. La coordinación del TFG recaerá en la Vicedecana o Vicedecano con competencias en la titulación. En el caso del TFM, la coordinación recaerá en el coordinador o coordinadora del master correspondiente.
2. Las comisiones académicas de titulación (grado o máster), presididas por el coordinador o coordinadora de la misma, supervisarán y coordinarán todo el proceso de realización del TFG/TFM y velarán por la calidad y el nivel de exigencia que han de reunir estos trabajos.
Artículo 4. Tutorización del Trabajo Fin de Grado/Trabajo Fin de Máster y participación en Tribunales
1. Los TFG/TFM serán dirigidos por una tutora o tutor. Su labor consistirá en orientar, asesorar y planificar las actividades del alumnado, realizar un seguimiento de las actividades durante el periodo de duración del trabajo a desarrollar, y colaborar en todo aquello que permita una buena consecución del mismo.
2. En los TFG/TFM realizados en colaboración con instituciones o empresas externas a la Universidad de Alicante, existirá la figura de cotutor o cotutora perteneciente a la institución o empresa. En estos casos, la tutora o tutor académico compartirá con el cotutor o cotutora las tareas de dirección y orientación del estudiante, siendo responsabilidad de la tutora o tutor académico facilitar la gestión.
3. El Departamento al que esté adscrita la tutora o tutor académico será responsable de su sustitución, temporal o permanente, cuando se den supuestos de baja prolongada o se produjera la finalización de la relación contractual con la Universidad de Alicante.
4. Podrá formar parte de los Tribunales encargados de evaluar los TFG/TFM el profesorado adscrito a los Departamentos con docencia en la asignatura. Excepcionalmente, cuando la naturaleza, contenido u objetivos del trabajo lo requiera, podrá designarse profesorado de otros títulos o personal colaborador externo con titulación universitaria, en ambos casos, nunca más de uno por tribunal.
5. Los aspectos relativos al reconocimiento de las actividades del tutor o tutora y a la participación en tribunales de TFG en su dedicación docente, deberá hacerse constar en el Plan docente de la asignatura TFG, de acuerdo con el procedimiento que establezca el vicerrectorado con competencias en ordenación académica.
Artículo 5.-Procedimiento para la gestión académico-administrativa de los TFG/TFM
1. El TFG/TFM es una asignatura integrada en los planes de estudio de las titulaciones de la Facultad y tiene asignada una carga de créditos establecida en los planes de estudio de cada titulación.
2. La gestión académico-administrativa de los TFG/TFM en las diferentes titulaciones de la Facultad podrá realizarse, bien atendiendo al procedimiento establecido por la aplicación informática elaborada para tal fin por el vicerrectorado con competencias en materia de tecnologías de la información de la UA, bien siguiendo el procedimiento que cada titulación de la Facultad arbitre para ello. En cualquier caso se deberán cumplir las prescripciones contenidas en los artículos que siguen.
Artículo 6. Propuesta de líneas de trabajo y tutoras o tutores
1. Con anterioridad al inicio del período ordinario de matrícula, los Departamentos con docencia en el TFG/TFM comunicarán a la Comisión Académica de cada titulación las líneas de trabajo ofertadas, los objetivos del trabajo y el profesorado que podrá ser designado como tutora o tutor en cada una de las líneas de trabajo.
2. La propuesta de líneas y tutoras o tutores se realizará garantizando que los departamentos asuman y propongan, al menos, un número de TFG/TFM proporcional al porcentaje de créditos que tenga asignados en la asignatura. Para ello se atenderá al número de estudiantes que, en atención a los datos de matrícula, se prevea que puedan realizar el trabajo durante el curso académico.
3. Las Comisiones Académicas de cada una de las titulaciones harán pública la información proporcionada por los Departamentos con anterioridad a la apertura del plazo que anualmente se fije para la solicitud de asignación de líneas de trabajo y tutores o tutoras.
Artículo 7. Asignación de líneas de trabajo y tutoras o tutores
1. En los plazos que se habiliten anualmente para ello, las alumnas y alumnos matriculados en la asignatura TFG/TFM podrán solicitar la adscripción a una de las líneas de trabajo ofertadas por las Áreas de conocimiento y la designación de tutora o tutor.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión Académica de cada titulación asignará a cada estudiante una línea de trabajo de acuerdo con los criterios que determine la propia Comisión Académica de titulación.
3. El alumnado matriculado que no formalice en tiempo y forma la solicitud de asignación del TFG/TFM será asignado a las propuestas que queden vacantes.
4. La resolución provisional de asignación de líneas de trabajo se publicará a través de Campus Virtual. Se podrá formular reclamación del resultado ante la Comisión Académica de cada titulación en el plazo de cinco días.
5. Transcurrido el plazo para presentar reclamación y una vez examinadas las reclamaciones presentadas, la Comisión Académica hará pública la resolución definitiva.
6. De conformidad con la resolución definitiva de la Comisión Académica de cada titulación, las Áreas de conocimiento llevarán a cabo la designación del profesorado encargado de tutorizar cada trabajo. La propuesta de las Áreas será aprobada por el correspondiente Consejo de Departamento.
7. La adjudicación de TFG/TFM y tutora o tutor tendrá una validez de dos cursos académicos, transcurridos los cuales sin haber superado la asignatura, el o la estudiante habrá de realizar una nueva solicitud de asignación conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior. Excepcionalmente, podrá prorrogarse la asignación si tanto el tutor o tutora como la o el estudiante manifiestan expresamente su deseo de continuar con la temática previamente adjudicada.
8. Si la o el estudiante desea cambiar de tutor o tutora, o de tema del Trabajo, deberá solicitarlo de manera motivada a la Comisión Académica por escrito. La Comisión Académica resolverá en un plazo de quince días naturales si procede o no dicho cambio, tomando en consideración la opinión de las personas interesadas. Transcurrido dicho plazo la solicitud deberá entenderse desestimada.
Artículo 8. Designación y composición de los Tribunales del TFG/TFM
1. Los tribunales ante los que se desarrollará la defensa pública de los TFG/TFM estarán integrados por tres miembros titulares y tres suplentes propuestos por los Departamentos con docencia en la asignatura.
2. La composición de los tribunales que han de evaluar los Trabajos Fin de Grado/Máster procurarán la presencia equilibrada entre mujeres y hombres, salvo que no sea posible por razones fundadas y objetivas debidamente motivadas.
3. Cada Departamento propondrá tantos miembros del tribunal como se considere necesarios para la defensa pública de los trabajos vinculados a las líneas que haya ofertado y que hayan sido tutorizados en la convocatoria en curso.
4. Posteriormente la Comisión Académica de la Grado o Máster designará la composición definitiva de dichos tribunales.
5. Para establecer la presidencia y la secretaría de cada tribunal evaluador se atenderá a los criterios de categoría docente y antigüedad.
6. El número de tribunales y su composición se publicará con 10 días de antelación al inicio de los actos de defensa pública de los TFG/TFM.
7. La comisión académica del grado o máster, o en quien delegue la misma, establecerá el lugar, fecha, hora de exposición y tribunal evaluador de los TFG/TFM de cada una de las convocatorias a través del procedimiento establecido.
Artículo 9. Depósito del TFG/TFM
El depósito del TFG/TFM se realizará a través del procedimiento general establecido al efecto para todas las titulaciones por la UA, o bien siguiendo el procedimiento que cada titulación de la Facultad arbitre para ello.
Artículo 10. Defensa pública y calificación del TFG/TFM
1. La defensa pública de los TFG tendrá lugar después del período de exámenes de la convocatoria C3/C4 de la Universidad de Alicante. No obstante, la defensa pública de las asignaturas TFM queda sometida al régimen general de convocatorias oficiales de la Universidad de Alicante.
2. En el caso de los TFG podrá haber dos modalidades de defensa, defensa oral o defensa escrita. En esta segunda modalidad el alumnado aportará al tribunal un documento de defensa del mismo con arreglo al formato que dictamine la comisión. El alumnado manifestará su adhesión a una de las dos modalidades. En cualquier caso la defensa será pública.
3. La evaluación del TFG/TFM podrá tener en consideración la valoración del tutor o tutora mediante informe razonado. Así mismo, el tribunal de TFG/TFM valorará la calidad científica del trabajo así como la claridad expositiva escrita y/o verbal.
4. La calificación numérica y cualitativa obtenida se hará constar en el acta [art. 7.3 normativa UA], que será firmada por la totalidad de miembros del tribunal.
5. El plagio en la asignatura TFG/TFM determinará la calificación de suspenso en la convocatoria correspondiente, sin perjuicio de otras medidas disciplinarias que se pudieran derivar.
6. En ningún caso el tribunal tendrá potestad para otorgar una Matrícula de Honor. Cuando el tribunal considere que alguno de los TFG/TFM es merecedor de la calificación “Matrícula de Honor”, remitirá un informe motivado a la Comisión Académica de la titulación, que, reunida con los presidentes o presidentas de todos los tribunales y de acuerdo con la normativa vigente en materia de calificaciones, otorgará las Matrículas de Honor correspondientes.
7. La revisión de las calificaciones finales de los TFG/TFM se realizará previa presentación de una reclamación razonada a la Comisión de TFG/TFM. En este ámbito será de aplicación la normativa vigente en materia de reclamación de exámenes o evaluaciones de la Universidad de Alicante.
Disposición adicional
Cualquier aspecto no contemplado en esta normativa se regulará por la normativa sobre los Trabajos Fin de Grado/Trabajos Fin de Máster de la UA, de aplicación general a los estudios de Grado y Máster impartidos en la UA.
Disposición final
El presente Reglamento entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el BOUA, previa aprobación por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante.