PREMIOS TRABAJOS FIN DE GRADO Y TRABAJOS FIN DE MÁSTER DE LA CÁTEDRA DE CULTURA GITANA

Fecha de aprobación
06/07/2022
Fecha de publicación
08/07/2022
Órgano competente
Rectora
Sección
CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Título: PREMIOS TRABAJOS FIN DE GRADO Y TRABAJOS FIN DE MÁSTER DE LA CÁTEDRA DE CULTURA GITANA

Sección: CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: miércoles, 6 de julio de 2022

PREMIOS TRABAJOS FIN DE GRADO Y TRABAJOS FIN DE MÁSTER DE LA CÁTEDRA DE CULTURA GITANA

1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

La Universidad de Alicante es una institución pública de Educación Superior comprometida con el avance hacia una sociedad plenamente inclusiva y libre de discriminación. Una parte esencial de su compromiso consiste en establecer e impulsar actuaciones que fomenten la investigación sobre los contextos de exclusión de las comunidades para influir en políticas más equitativas, así como promover y potenciar el acceso a la Universidad de las personas que se encuentran con mayores barreras, garantizando así el principio de igualdad en el acceso a la educación.

La Cátedra de Cultura Gitana nació mediante un Acuerdo de Colaboración entre la Universidad de Alicante, a través de su Secretaría General y el Vicerrectorado de Responsabilidad Social, Inclusión e Igualdad, y la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana, organismo financiador de la misma. Entre sus objetivos destaca impulsar la docencia e investigación sobre la Cultura Gitana.

La promoción y apoyo de estudios y trabajos de investigación realizados en el contexto universitario sobre el Pueblo Gitano, desde cualquier dimensión o perspectiva, sea cultural, social, política, histórica, entre otras, es una estrategia idónea para visibilizar la realidad de la Comunidad Gitana, poniendo en valor toda su fortaleza y su idiosincrasia como cultura, así como identificando aquellos retos sociales que son imprescindibles de alcanzar para eliminar las desigualdades sociales por cualquier causa.

Con esta finalidad, la Cátedra de Cultura Gitana de la Universidad de Alicante publica la presente convocatoria de premios cuya finalidad es impulsar y premiar la realización de Trabajos Fin de Grado (TFG) y Trabajos Fin de Máster (TFM) de elevada calidad académica que aborden estudios relacionados con la Comunidad y Cultura Gitana.

2. Requisitos de las Personas Beneficiarias

  • Podrá optar a los Premios cualquier estudiante que haya desarrollado y defendido su proyecto en la Universidad de Alicante durante el curso 2021/2022 y que se encuentre con temáticas sobre el Pueblo Gitano.
  • Los TFG y los TFM deberán haber alcanzado, en su defensa, una nota mínima de 9 (nueve).
  • Los TFG y los TFM se presentarán de forma telemática a través del trámite de Instancia Genérica disponible en la aplicación de UA-Cloud

3. Número y dotación de las becas.

Se concederá un número máximo de 4 premios, premio a un Trabajo Fin de Grado y accésit, dotados de 500 y 400 euros respectivamente, y premio a un Trabajo Fin de Máster y accésit dotados de 600 y 500 euros respectivamente distribuyendo la asignación, hasta un máximo de 2.000 €

Los premios podrán ser declarados desiertos si, a juicio del jurado, ninguna de las obras presentadas reúne los requisitos suficientes para merecer su concesión.

La entrega del premio se podrá realizar en un acto público en la Universidad de Alicante que se anunciará con suficiente antelación.

4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1. Plazo de presentación

El plazo para la presentación de los trabajos se abrirá a partir del día siguiente de su publicación en el BOUA hasta el 12 de octubre de 2022 a las 23:59 h.

4.2. Procedimiento de presentación

La documentación se presentará de forma telemática a través del trámite de Instancia Genérica disponible en la aplicación de UA-Cloud.

En el campo "EXPONE" habrá de indicarse:

  • PREMIOS TRABAJOS FIN DE GRADO Y TRABAJOS FIN DE MÁSTER DE LA CÁTEDRA DE CULTURA GITANA 2022.
  • Si se trata de un TFG o un TFM.

En el campo "SOLICITA" habrá de indicarse "Dirigido a Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social".

En el campo "DOCUMENTOS ADJUNTOS" habrán de subirse dos documentos de forma independiente en formato PDF:

a) Trabajo Fin de Grado o Trabajo Fin de Máster sin que conste la autoría ni la tutorización.

b) Ficha informativa de notas donde conste la nota de defensa del trabajo (descargable en UACloud-Expediente Académico).

El tamaño máximo admisible del documento es de 15 Mb.

5. Criterios de adjudicación

Las solicitudes serán evaluadas por parte del Jurado a partir del análisis y discusión de la documentación recibida para cada una de las candidaturas.

Serán considerados los siguientes aspectos:

  • La relevancia y originalidad del tema estudiado relacionado con la historia, cultura y realidad social del Pueblo Gitano, se valorará con un 50%
  • El planteamiento y diseño del trabajo, con perspectiva de género, que ponga en valor la Cultura Gitana y que aborde los retos necesarios para la eliminación de las desigualdades sociales, se valorará con un 50%

6. Órgano Gestor y Comisión de valoración

6.1. Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria, el Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

El contacto del órgano gestor: vr.social@ua.es

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.

6.2. Comisión de valoración

La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas, así como la consiguiente propuesta de concesión y denegación de las ayudas.

La comisión tendrá la siguiente composición:

Presidencia:

Eva Espinar Ruiz. Vicerrectora de Igualdad, Inclusión y de Responsabilidad Social de la Universidad de Alicante

Secretario:

Roberto Mohedano Menéndez. Director del Secretariado de Responsabilidad Social.

Vocales:

Clarisa Ramos Feijóo. Directora de la Cátedra de Cultura Gitana.

Carmen Vives Cases. Directora del Secretariado de Igualdad

Irene Bajo Directora de la Cátedra de Responsabilidad Social de la Generalitat Valenciana

7. Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://web.ua.es/es/catedra-cultura-gitana/    sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 25 de octubre. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 3 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.

Transcurrido dicho plazo y a la vista la propuesta motivada de la resolución por la comisión de valoración, la Rectora de la Universidad de Alicante dictará la resolución que proceda.

8. Marco legal y presupuestario

La convocatoria de ayuda, que sirve de base reguladora se encuentra recogida en la línea de subvención 2022LS0114 de la edición 2002 del Plan Estratégico de subvencionas 2021-23 de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de las ayudas de un máximo de 2.000 euros será sufragada con cargo al capítulo IV que se encuentra consignada en la orgánica 35.80.6Q.00.01 del Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales de la Universidad de Alicante. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA. Se aplicarán las retenciones de rentas que, en su caso, establezca la legislación vigente

9. Obligación y justificación del beneficiario

Las obligaciones de los beneficiarios de esta convocatoria son:

  • Obligación de presentar fichero de terceros, junto con una fotocopia del DNI
  • La presentación se realizará posterior a la notificación del premio

10. Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.

La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.

En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

11. Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

La rectora,

P.D. de firma, la secretaria general

(Resolución de 22 de diciembre de 2020)

Esther Algarra Prats