CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS DE RESILIENCIA COMUNITARIA

Fecha de aprobación
30/09/2022
Fecha de publicación
05/10/2022
Órgano competente
Rectora
Sección
CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Título: CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS DE RESILIENCIA COMUNITARIA

Sección: CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: viernes, 30 de septiembre de 2022

CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS DE RESILIENCIA COMUNITARIA

BASES DE LA CONVOCATORIA

1.  OBJETO

El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los "PREMIOS DE RESILIENCIA COMUNITARIA" del Convenio entre la Generalitat, a través de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, y la Universidad de Alicante, sobre Resiliencia Comunitaria y Políticas Públicas Relocalizadoras y Transformadoras. Estos premios persiguen promover en el alumnado de la Universidad de Alicante prácticas colaborativas y cooperativas que se reconocen útiles para avanzar hacia una economía y una sociedad más justa, sostenible y resiliente, a través de la autoorganización, autofinanciación y conexión en red de las comunidades que deben permitir una mayor adaptación de la sociedad al actual escenario volátil, incierto, complejo y crítico, teniendo como un posible nexo común la utilización de una moneda complementaria para su desarrollo.

2.  REQUISITOS DE LAS PERSONAL BENEFICIARIAS

Podrán obtener la condición de beneficiario y solicitar estos PREMIOS:

·         Los estudiantes de Grado o de Máster Universitario de la Universidad de Alicante matriculados en el curso académico 2021-2022 y los egresados en los dos cursos académicos anteriores, para los Trabajos de Fin de Grado (TFG), Trabajos de Fin de Master (TFM) y los proyectos de emprendimiento.

·         Las solicitudes podrán presentarse individualmente o en grupos de hasta cinco personas

3.  NÚMERO Y DOTACIÓN DE LOS PREMIOS

Se concederá un número máximo de 5 PREMIOS, con un importe máximo total de 3.000,00 euros brutos.

Los premios, que podrán quedar desiertos, tendrán las siguientes cuantías:

·         Primer premio: 1.000,00 euros brutos

·         Segundo premio: 800,00 euros brutos

·         Tercer premio: 600,00 euros brutos

·         Cuarto premio: 400,00 euros brutos

·         Quinto premio: 200,00 euros brutos

4. PLAZO Y PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

·         Plazo de presentación

La convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo, previamente a la publicación de su extracto en el DOGV.

El plazo para solicitar la ayuda se abrirá a partir del día siguiente de su publicación en el BOUA hasta el 17 de octubre de 2022 a las 23:59 h

·         Procedimiento de presentación

La documentación se presentará, a través del  formulario online habilitado en la página web en el Departamento de Estudios Jurídicos del Estado, https://deje.ua.es/es/derecho-administrativo/premios-de-investigacion-para-trabajos-fin-de-grado-y-master-en-materia-de-resiliencia-comunitaria-2022.html, con indicación de los datos de esta convocatoria.

Se adjuntará la siguiente documentación:

·         Memoria íntegra del TFG, del TFM o del proyecto de emprendimiento, en formato PDF, que guardará relación con alguna de las temáticas siguientes:

A. Iniciativas para la autoorganización de las comunidades para fomentar la resiliencia y hacer frente al contexto crítico e incierto.

B.     Iniciativas sociales y ambientales para avanzar hacia una economía y una sociedad más justa, sostenible y resiliente.

C.     Iniciativas para conformar políticas públicas relocalizadoras y transformadoras.

D.    Iniciativas comunitarias colaborativas en el uso de monedas sociales o complementarias.

·         Certificación oficial que refleje la calificación del TFG, del TFM o del proyecto de emprendimiento.

·         Copia del documento de identificación personal [DNI (ambas caras); Pasaporte, Tarjeta de residencia...], del representante del equipo autor de la iniciativa presentada al concurso, en formato pdf, con la denominación "DNI.pdf".

5. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

La asignación de los PREMIOS se realizará siguiendo los siguientes criterios:

·         Criterio 1. La originalidad y el carácter innovador de la idea (máximo 3 puntos).

·         Criterio 2. La claridad y el rigor en su planteamiento y desarrollo (máximo 4 puntos).

·         Criterio 3. El interés y la viabilidad de la propuesta (máximo 3 puntos).

6. ÓRGANO INSTRUCTOR, COMISIÓN DE VALORACIÓN Y UNIDAD ADMINISTRATIVA DE REFERENCIA

·         Órgano instructor

El órgano gestor de la convocatoria, la coordinadora del Convenio sobre Resiliencia Comunitaria y Políticas Públicas Relocalizadoras y Transformadoras, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, y acuerda todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia es el Departamento de Estudios Jurídicos del Estado y su contacto electrónico es: deje@ua.es.

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.

·         Comisión de valoración

La Comisión encargada de la valoración de las solicitudes, Jurado de los "premios de resiliencia comunitaria" realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas, así como la consiguiente propuesta de concesión y denegación de las ayudas.

La comisión tendrá la siguiente composición:

Presidencia:

·         La Rectora de la UA o la persona en quien delegue

Secretaría:

·         La coordinadora del Convenio sobre Resiliencia Comunitaria y Políticas Públicas Relocalizadoras y Transformadoras.

Vocales:

·         El Director General de Economía Sostenible de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de la Generalitat Valenciana

·         Un miembro del Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social de la Universidad de Alicante

·         Unidad administrativa de referencia.

La unidad administrativa de referencia que gestionará la convocatoria es: Departamento de Estudios Jurídicos del Estado y su método de contacto electrónico es: deje@ua.es.

7.  RESOLUCIÓN, NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LOS RESULTADOS

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://deje.ua.es/es/ sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos

8. MARCO LEGAL Y PRESUPUESTARIO

La convocatoria de ayuda, que sirve de base reguladora se encuentra recogida en la línea de subvención 2022LS0132 de la edición 2022 del Plan Estratégico de Subvenciones 2021-23 de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de los premios de un máximo de 3.000 euros brutos será sufragada con cargo al capítulo IV, orgánica 2022-31906C0074 del presupuesto del Departamento de Estudios Jurídicos del Estado. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA. Se aplicarán las retenciones de rentas que, en su caso, establezca la legislación vigente.

9. OBLIGACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL BENEFICIARIO

El cumplimiento de las obligaciones y la justificación de los beneficiarios de esta convocatoria son previos a su concesión.

Obligación 1. Presentación de la ficha de alta de terceros.pdf. Este archivo contendrá el Fichero de Terceros-Formulario de Datos Personales de la Universidad de Alicante, debidamente cumplimentado y firmado, a los efectos de la tramitación del pago del premio, de cada uno de los miembros del equipo. Dicho formulario puede encontrarse en la web:

10. PROTECIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.

La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.

En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

11. RECURSOS

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

Alicante, a 30 de septiembre de 2022

La rectora,

P.D. de firma, la Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad

(Resolución de 22 de diciembre de 2020)

Rosario Isabel Ferrer Cascales