CONVOCATORIA DE PREMIOS DEL DATATHON "RETOS EN EL MUNDO POSTCOVID" 2023

Fecha de aprobación
03/05/2023
Fecha de publicación
05/05/2023
Órgano competente
Rectora
Sección
Convocatorias y concursos

Título: CONVOCATORIA DE PREMIOS DEL DATATHON "RETOS EN EL MUNDO POSTCOVID" 2023

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: miércoles, 3 de mayo de 2023

CONVOCATORIA DE PREMIOS DEL DATATHON "RETOS EN EL MUNDO POSTCOVID" 2023

1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de estos premios que tienen como objetivo principal reconocer los mejores proyectos presentados al evento "Datos abiertos: Oportunidades para las empresas" 2023. Más información en: https://www.ctranspa.webs.upv.es/datathon-2023/

Los proyectos se englobarán en alguna de las tres líneas prioritarias definidas en la base segunda de esta convocatoria.

Requisitos de las Personas Beneficiarias

Podrán obtener la condición de beneficiario y solicitar este premio  todas aquellas personas físicas mayores de edad que lo deseen.

Cada premio se otorgará a cada proyecto con un máximo de cuatro participantes en su elaboración. Las aplicaciones derivadas de los proyectos se deben desarrollar y presentar durante el evento "Datos abiertos: Oportunidades para las empresas" 2023.

2.     Número y dotación de los premios

Se concederá un número máximo de un premio para cada uno de los tres retos y un accésit, por un total de 4.500 €, de la siguiente forma:

Un primer premio para cada trabajo en cada uno de los tres retos, de 1000 euros cada uno.

Un accésit para cada trabajo en cada uno de los tres retos, de 500 euros

Los retos son:

A) Mejora de la eficiencia energética y reducción de la huella de carbono

B) Aprovechamiento de materias primas y circularidad

C) Impulso al desarrollo económico y empresarial 

3.     Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

3.1. Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el DOGV y finaliza a las 23.59 horas del 26 de mayo de 2023 a través del formulario habilitado en https://www.ctranspa.webs.upv.es/datathon-2023/

3.2. Procedimiento de presentación

La documentación se presentará con arreglo a lo previsto en el apartado anterior.

3.3.  Criterios de adjudicación

La asignación de los premios se realizará siguiendo los siguientes criterios:

1.    Criterios de adjudicación:

Es responsabilidad de las personas participantes asegurar que la propuesta sea original y que solucione uno de los retos propuestos en https://www.ctranspa.webs.upv.es/datathon-2023/

2.    Fórmula de Cálculo:

La creatividad y la innovación: 20%

Calidad y coherencia de la propuesta de proyecto: 20%

Adecuación de las bases de datos utilizadas: 10%

Impacto socioeconómico de la solución propuesta en el sector de aplicación: 20%

Adecuación de la solución propuesta al reto seleccionado: 20%

Aplicabilidad de la solución a las particularidades del sector asignado: 10%

4.     Órgano Gestor y Comisión de valoración

4.1. Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria es el Departamento de Estudios Jurídicos del Estado de la Universidad de Alicante que se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia, Departamento de Estudios Jurídicos del Estado de la Universidad de Alicante contacto: antonia.miralles@ua.es

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.

4.2. Comisión de valoración

La Comisión encargada de la valoración de las solicitudes realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas, así como la consiguiente propuesta de concesión y denegación de las ayudas.

La comisión tendrá la siguiente composición:

Director general de Transparencia, Atención a la Ciudadanía y Buen Gobierno

Josep Ochoa Monzó. Profesor Titular de la Universidad de Alicante. (Secretaría).

Emilio Soria. Catedrático de Universidad y Miembro de la Cátedra Pagoda.

Antonia Ferrer Sapena. Directora del Observatorio de Datos abiertos y Transparencia. (Presidenta)

Eloina Coll Aliaga. Directora de Cátedra de Governança de la Ciutat de València

José Norberto Mazón. Profesor Titular de Universidad. Universidad Alicante. coordinador académico de la Sede de la Universidad de Alicante en Torrevieja.

Oscar David Sánchez. Director Gerente de Inndromeda

Todos y cada uno de los miembros integrantes de la Comisión de Valoración deberán rellenar y firmar el siguiente documento DACI que se encuentra en el Anexo I de esta plantilla.

5.     Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://www.ctranspa.webs.upv.es/datathon-2023/ sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 26 de mayo de 2023. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de tres días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.

Transcurrido dicho plazo y a la vista la propuesta motivada de la resolución por la comisión de valoración, la Rectora de la Universidad de Alicante dictará la resolución que proceda.

6.     Marco legal y presupuestario

La convocatoria de los premios, que sirve de base reguladora se encuentra recogida en la línea de subvención 2023LS0139 de la edición 2023 del Plan Estratégico de Subvenciones 2021-23 de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de las ayudas de un máximo de 4.500 euros será sufragada con cargo al capítulo IV ORGÁNICA 31.90.4B.00.01 del presupuesto del  Departamento de Estudios Jurídicos del Estado de la Universidad de Alicante. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la UA. Se aplicarán las retenciones de rentas que, en su caso, establezca la legislación vigente.

7.     Obligación y justificación del beneficiario

La justificación del destino de la ayuda (premio) al cumplimiento de su finalidad será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la adjudicación. La Universidad procederá de oficio al pago de la subvención concedida.

Obligación 1. Presentación de la ficha de alta de terceros.pdf. Este archivo contendrá el Fichero de Terceros-Formulario de Datos Personales de la Universidad de Alicante, debidamente cumplimentado y firmado, a los efectos de la tramitación del pago del premio, de cada uno de los miembros del equipo. Dicho formulario puede encontrarse en la web:

Obligación 2. Presentación de la copia del DNI (por ambas caras) del resto de miembros del equipo autor de la iniciativa presentada a concurso. O, en su caso si se carece de DNI, de la correspondiente documentación de identificación personal (Pasaporte, Tarjeta de Residencia)

8.    Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de presentación a los premios "Datathon 2023".  La base de legitimación de este tratamiento se basa en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella. En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html"

9.     Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

En Alicante, a 3 de mayo de 2023

La rectora

P.D. de firma, Vicerrectorado de Estudiantes y Empeabilidad

(Resolución de 22 de diciembre de 2020)

Rosario Ferrer Cascales