MODIFICACIÓN DE LA NORMATIVA SOBRE LOS TRABAJOS DE FIN DE GRADO Y FIN DE MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
- Fecha de aprobación
- 29/06/2023
- Fecha de publicación
- 30/06/2023
- Órgano competente
- Consejo de Gobierno
- Sección
- Disposiciones generales
Título: MODIFICACIÓN DE LA NORMATIVA SOBRE LOS TRABAJOS DE FIN DE GRADO Y FIN DE MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
Sección: Disposiciones generales
Órgano: Consejo de Gobierno
Fecha de aprobación: jueves, 29 de junio de 2023
Aprobado por unanimidad en el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante en la sesión ordinaria del día 29 de junio de 2023.
MODIFICACIÓN DE LA NORMATIVA SOBRE LOS TRABAJOS DE FIN DE GRADO Y FIN DE MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
PREÁMBULO
La normativa sobre los Trabajos de Fin de Grado y Fin de Máster de la Universidad de Alicante fue aprobada por el Consejo de Gobierno el 30 de octubre de 2012 (BOUA 31 de octubre), y modificada posteriormente por acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de noviembre de 2017 (BOUA 30 de noviembre).
El RD 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, regula en sus artículos 14.6 y 17.4 que los Trabajos Fin de Grado (TFG) y Trabajos Fin de Máster (TFM), respectivamente, deberán ser defendidos en un acto público, siguiendo la normativa que a tal efecto establezca el centro o en su caso la universidad.
Por todo ello, se ha considerado oportuno modificar la normativa para adaptarla a las novedades introducidas por el RD 822/2021.
Artículo 1.- Objeto y ámbito de aplicación y desarrollo
1. Esta normativa contiene las directrices relativas a la definición, realización, defensa, calificación y tramitación administrativa de los TFG/TFM incluidos en los diferentes planes de estudio de grado y máster, adaptados al Espacio Europeo de Educación Superior, impartidos por la Universidad de Alicante.
2. En el caso de los títulos de grado y máster interuniversitarios, esta normativa sólo será de aplicación al alumnado matriculado en la Universidad de Alicante.
3. Cada Junta de Centro deberá desarrollar la presente normativa para adecuarla a las características propias de cada uno de los títulos de grado y máster que se impartan en su centro y a los requisitos establecidos en las memorias de verificación de los mismos.
4. Los aspectos relativos al reconocimiento de las actividades del tutor o tutora, y a la participación en tribunales de TFG/TFM en su dedicación docente, deberán hacerse constar en el Plan docente de la asignatura TFG/TFM de acuerdo con el procedimiento que establezca el vicerrectorado con competencias en ordenación académica.
Artículo 2.- Características del Trabajo Fin de Grado y del Trabajo Fin de Máster
1. El TFG/TFM será un trabajo original, autónomo y personal cuya elaboración será individual, y que cada estudiante realizará bajo la orientación de un tutor o tutora que permitirá al alumnado mostrar de forma integrada los contenidos formativos recibidos y las competencias adquiridas asociadas al título de grado o máster universitario. Excepcionalmente, cuando la materia elegida así lo aconseje, se podrán proponer trabajos coordinados en una misma línea.
2. El TFG/TFM podrá contemplar distintas modalidades, tanto experimentales como académicas en todas sus vertientes, según los diferentes aspectos relacionados con el título, y según la orientación profesional/investigadora/académica en el caso del Máster.
3. La carga de trabajo asociada al TFG/TFM, relativa al alumnado, se corresponderá con los créditos ECTS que otorgue el plan de estudios.
4. La realización del TFG/TFM podrá contemplar, de acuerdo con lo establecido en el plan de estudios, la asistencia a seminarios u otro tipo de actividades presenciales que se consideren de interés para la realización de dicho trabajo.
5. El TFG/TFM está protegido por la Ley de Propiedad Intelectual.
Artículo 3.- Tutora o Tutor académico
1. Todos los TFG/TFM serán realizados bajo la supervisión de una tutora o tutor académico. Excepcionalmente, atendiendo a las características del TFG/TFM, se podrá autorizar la cotutela.
2. Su labor consistirá en orientar, asesorar y planificar las actividades del alumnado, realizar un seguimiento de las actividades durante el periodo de duración del trabajo a desarrollar, y colaborar en todo aquello que permita una buena consecución del mismo.
3. En los TFG/TFM realizados en instituciones o empresas externas a la Universidad de Alicante, existirá la figura de un cotutor o cotutora perteneciente a la institución o empresa. En estos casos, la tutora o tutor académico compartirá las tareas de dirección y orientación del alumnado, siendo responsabilidad de la tutora o tutor académico facilitar la gestión.
4. El departamento al que esté adscrita la tutora o tutor académico será responsable de la sustitución del mismo, temporal o permanente, cuando se den supuestos de baja prolongada o se produjera la finalización de la relación contractual con la Universidad de Alicante.
Artículo 4.- Matrícula
1. La matrícula del TFG/TFM se formalizará en los períodos aprobados a tal fin por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante.
2. Solo podrá matricularse de la asignatura TFG/TFM el alumnado que cumpla con los requisitos establecidos en su plan de estudios.
Artículo 5.- Elección y asignación del TFG/TFM y de la tutora o tutor académico
1. La docencia de la asignatura TFG/TFM se asignará, al menos, a todos los departamentos que impartan docencia en asignaturas básicas u obligatorias del título. La comisión académica de la titulación, con el visto bueno de la Junta del Centro responsable de la titulación, podrá proponer, adicionalmente, la inclusión de otros departamentos.
2. La asignación de los trabajos propuestos por los departamentos, y solicitados por el alumnado, se realizará conforme al procedimiento que para ello establezca la Junta de Centro.
3. En cada centro se constituirán Comisiones de TFG/TFM, que por defecto serán las comisiones académicas de la titulación (grado o máster). En cualquier caso, estará formada al menos por tres docentes de la titulación, y será presidida por el coordinador o coordinadora de la misma. Dichas comisiones coordinarán y supervisarán todo el proceso de realización del TFG/TFM y velarán por la calidad y el nivel de exigencia que han de reunir estos trabajos.
4. Los departamentos que impartan docencia en la asignatura TFG/TFM, tienen la obligación de ofertar propuestas para la realización de los TFG/TFM de forma que quede plenamente cubierta la docencia del alumnado matriculado en la asignatura TFG/TFM. En las propuestas se incluirá la línea de trabajo a seguir, así como los objetivos del TFG/TFM.
5. La Comisión de TFG/TFM de acuerdo con los plazos establecidos por la Junta de Centro, y con anterioridad al semestre en el que se imparta la asignatura TFG/TFM, aprobará y hará público un listado con las líneas de trabajo a las que el alumnado puede optar para la realización del TFG/TFM, el personal docente responsable de su tutela, el número de estudiantes que pueden escogerlas, y los criterios de asignación. Así mismo elaborará unas normas básicas de estilo, extensión y estructura de los TFG/TFM.
6. A través de la herramienta digital establecida por la Universidad de Alicante para la gestión de los TFG/TFM, el alumnado podrá elegir alguna de las líneas de trabajo ofertada por los departamentos.
7. Igualmente, en el plazo establecido por el centro, cada estudiante podrá proponer un tema propio. Para ello formulará una solicitud que presentará ante uno de los departamentos implicados en la titulación, que decidirá si avala la propuesta y la integra en la oferta de la que se hace responsable. En el supuesto que un departamento rechace la propuesta realizada, deberá notificar dicha circunstancia al alumnado, indicando los motivos de la no aceptación. En caso de ser aceptada la propuesta, el departamento la elevará a la Comisión de TFG/TFM.
8. Cuando el TFG/TFM deba realizarse en una empresa o institución externa a la Universidad de Alicante, se hará constar adjuntando un informe del posible cotutor o cotutora en el que manifieste el interés por el proyecto presentado.
9. La Comisión de TFG/TFM hará pública la relación provisional de cada estudiante con el TFG/TFM y tutora o tutor académico asignado. Asimismo, establecerá el procedimiento para su comunicación y un período de reclamaciones.
10. Una vez finalizado el período de reclamaciones, la Comisión de TFG/TFM hará pública la relación definitiva. Cualquier modificación posterior tendrá que ser de común acuerdo entre el alumnado y el profesorado afectado, y deberá contar con la autorización de la Comisión.
Artículo 6.- Tribunal o profesorado evaluador de los TFG/TFM
1. Las guías docentes de las asignaturas de TFG/TFM recogerán la forma de defensa concreta en cada una de ellas, conforme a lo dispuesto en la regulación vigente, incluyendo la memoria verificada y la normativa del centro correspondiente.
2. Esas formas de defensa podrán ser:
a. Ante un tribunal.
b. Ante, como mínimo, un profesor o profesora que, preferentemente, debe estar adscrito/a al mismo ámbito de conocimiento del tutor o tutora del TFG/TM.
3. El tribunal contemplado en el apartado anterior estará compuesto por tres miembros titulares y tres suplentes a designar entre el profesorado de la titulación correspondiente. Excepcionalmente, podrá designarse profesorado de otros títulos o incluso personal colaborador externo con titulación universitaria, aunque en ambos casos, nunca más de uno por tribunal.
4. El número de tribunales que habrá de constituirse para cada grado/máster vendrá determinado por el número de estudiantes matriculados, fijando la Comisión de TFG/TFM el número máximo de estudiantes por tribunal y los criterios para su constitución, asignación de presidencia y secretaría en el caso de defensas ante el tribunal, o asignar el profesorado evaluador al que se refiere el apartado 2.b de este artículo, según proceda.
Artículo 7.- Defensa y evaluación de los TFG/TFM
1. La defensa del TFG/TFM se realizará en un acto público, que podrá ser presencial o en línea.
2. Dicho acto público de defensa se regulará en la normativa específica desarrollada por el centro.
3. Al inicio de cada curso académico, cada centro establecerá los criterios de evaluación, así como los procedimientos de entrega y defensa del TFG/TFM. Estos deberán constar en la guía docente de la asignatura.
4. El centro dará publicidad, con la antelación suficiente, a los actos de defensa de cada TFG/TFM, incluyendo la siguiente información: nombre del o la estudiante, título del trabajo, nombre del tutor o tutora, titulación, fecha, hora y lugar de la defensa. Esta información deberá estar, al menos, en la página web de la titulación.
5. La fecha límite para defensa de los TFG/TFM será la que se establezca en el calendario académico para cada curso académico.
6. La calificación final tanto numérica como cualitativa se realizará de acuerdo con los criterios establecidos por la guía docente de la asignatura y memoria del título. En la evaluación, se considerará el informe elaborado con antelación por el tutor o tutora.
7. La revisión de las calificaciones finales de los TFG/TFM se realizará en primera instancia ante el tribunal o profesorado calificador. En caso de discrepancia con el resultado de esta, se podrá presentar una reclamación razonada ante la Comisión de TFG/TFM y, de persistir el desacuerdo, ante el centro responsable de la titulación, según lo dispuesto en materia de revisión de calificaciones en el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes de la Universidad de Alicante.
8. En ningún caso ni el tribunal, ni el profesor o profesora que evalúe el TFG/TFM, tendrá potestad para otorgar una Matrícula de Honor, pero podrá proponer mediante informe razonado esta calificación. Una vez finalizada la evaluación de todos los trabajos de esa asignatura, la Comisión de TFG/TFM se reunirá para estudiar las propuestas realizadas y, de acuerdo con la normativa vigente en materia de calificaciones, asignará las Matrículas de Honor que considere.
Disposición transitoria
Este reglamento no será de aplicación a los TFG/TFM matriculados en el curso 2022-2023. Las normativas aprobadas por las Juntas de Centro en materia de TFG/TFM deberán adaptarse a este Reglamento antes de la primera convocatoria del curso 2023-2024.
Disposición final única
Aprobada la presente modificación por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante, y publicada en el Boletín Oficial de la Universidad de Alicante, entrará en vigor el primer día lectivo del curso académico 2023-2024.