REGLAMENT SOBRE TREBALLS DE FI DE GRAU/TREBALLS DE FI DE MÀSTER PER ALS ESTUDIS IMPARTITS EN LA FACULTAT DE DRET
- Fecha de aprobación
- 30/11/2023
- Fecha de publicación
- 01/12/2023
- Órgano competente
- Consejo de Gobierno
- Sección
- Disposiciones generales
Título: REGLAMENT SOBRE TREBALLS DE FI DE GRAU/TREBALLS DE FI DE MÀSTER PER ALS ESTUDIS IMPARTITS EN LA FACULTAT DE DRET
Sección: Disposiciones generales
Órgano: Consejo de Gobierno
Fecha de aprobación: jueves, 30 de noviembre de 2023
Aprobado por unanimidad por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante en la sesión ordinaria del día 30 de noviembre de 2023.
REGLAMENTO SOBRE TRABAJOS FIN DE GRADO/TRABAJOS FIN DE MÁSTER PARA LOS ESTUDIOS IMPARTIDOS EN LA FACULTAD DE DERECHO
La normativa sobre los trabajos de fin de grado / trabajos fin de máster de la Universidad de Alicante fue aprobada por el Consejo de Gobierno el 30 de octubre de 2012 (BOUA 31 de octubre), y modificada posteriormente por acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de noviembre de 2017 (BOUA 30 de noviembre).
El RD 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, establece en sus artículos 14.6 y 17.4 que los trabajos fin de grado (TFG) y trabajos fin de máster (TFM), respectivamente, deberán ser defendidos en un acto público, siguiendo la normativa que a tal efecto establezca el centro o en su caso la Universidad. Por ello, la Universidad de Alicante ha modificado la Normativa de TFG/TFM para adaptarla a las novedades introducidas por el RD 822/2021, aprobada por el Consejo de Gobierno el 29 de junio de 2023 (BOUA 30 de junio).
La normativa aprobada por la Universidad es de aplicación general a los estudios de grado y máster impartidos en ella. Dicho carácter universal se plasma de forma específica en el artículo 1.3 y en su disposición transitoria, que establecen la obligación de desarrollar la normativa en cada centro para adecuarla a las características propias de cada uno de los títulos de grado y máster que se impartan y a los requisitos establecidos en las memorias de verificación de los mismos, antes de la primera convocatoria del curso 2023-2024.
En cumplimiento de dicha obligación, el presente reglamento supone un marco general para todos los TFG/TFM de la Facultad de Derecho de la Universidad de Alicante, estableciendo una homogeneidad básica en la organización y evaluación que garantice la igualdad de derechos y deberes para el conjunto de su estudiantado.
Artículo 1. Ámbito de aplicación
1. El presente reglamento tiene por objeto el desarrollo parcial de la Normativa sobre TFG/TFM de la Universidad de Alicante y es de aplicación a la definición, realización, defensa, calificación y tramitación administrativa de los TFG/TFM incluidos en los diferentes planes de estudio impartidos en la Facultad de Derecho.
2. En el caso de implantación de títulos interuniversitarios, este reglamento sólo será de aplicación al alumnado matriculado en la Universidad de Alicante salvo que el convenio regulador disponga otra cosa.
3. El presente reglamento tiene carácter general para las diferentes titulaciones impartidas en la Facultad de Derecho, pudiendo ser desarrollado en función de las características propias de cada uno de los títulos de grado o máster que se impartan en el Centro y a los requisitos restablecidos en las memorias de verificación de los mismos.
Artículo 2. Características del trabajo fin de grado y trabajo fin de máster
1. El TFG/TFM será un trabajo original, autónomo y personal cuya elaboración será individual, y que cada estudiante realizará bajo la orientación de un tutor o tutora que permitirá al alumnado mostrar de forma integrada los contenidos formativos recibidos y las competencias adquiridas asociadas al título de grado o máster universitario.
2. El TFG/TFM podrá contemplar distintas modalidades según los diferentes aspectos relacionados con el título, y según la orientación profesional/investigadora/académica en el caso del máster.
3. La carga de trabajo asociada al TFG/TFM, relativa al alumnado, se corresponderá con los créditos ECTS que otorgue el plan de estudios.
4. La realización del TFG/TFM podrá contemplar, de acuerdo con lo establecido en el plan de estudios, la asistencia a seminarios u otro tipo de actividades presenciales que se consideren de interés para la realización de dicho trabajo.
5. El TFG/TFM habrá de realizarse con arreglo a los criterios metodológicos y normas básicas de estilo que determine la Comisión Académica de titulación correspondiente. Anualmente, las comisiones académicas de cada titulación revisarán estas normas, pudiendo renovarlas o modificarlas.
6. El TFG/TFM está protegido por la Ley de Propiedad Intelectual. El TFG/TFM podrá ser publicado en el Repositorio Institucional de la Universidad de Alicante (RUA) con el consentimiento expreso del alumno o alumna.
7. El TFG/TFM podrá ser redactado en inglés, a petición del estudiante, previa autorización del tutor o tutora.
Artículo 3. Coordinación de la asignatura Trabajo Fin de Grado
1. Cuando, a tenor del plan de estudios, la asignatura Trabajo Fin de Grado esté adscrita a todos los departamentos que tengan asignada docencia en la titulación, la coordinación de dicha asignatura recaerá en la vicedecana o vicedecano con competencias en la titulación.
2. En caso contrario, el Departamento al que esté adscrita la asignatura, o los Departamentos implicados, por acuerdo interno, nombrarán a la coordinadora o coordinador. Podrá ser coordinadora o coordinador de la asignatura TFG cualquier docente de la titulación correspondiente.
3. En cualquier caso, las comisiones académicas de titulación (grado o máster), presididas por el coordinador o coordinadora de la misma, supervisarán y coordinarán todo el proceso de realización del TFG/TFM y velarán por la calidad y el nivel de exigència que han de reunir estos trabajos.
Artículo 4. Tutorización del TFG/TFM
1. Todos los TFG/TFM serán realizados bajo la supevisión de una tutora o tutor académico. Excepcionalmente, atendiendo a las características del TFG/TFM, se podrá autorizar la cotutela.
2. La labor de la tutora o tutor consistirá en orientar, asesorar y planificar las actividades del alumnado, realizar un seguimiento de las actividades durante el periodo de duración del trabajo a desarrollar, y colaborar en todo aquello que permita una buena consecución del mismo.
3. En los TFG/TFM realizados en colaboración con instituciones o empresas externas a la Universidad de Alicante, existirá la figura de un cotutor o cotutora perteneciente a la institución o empresa. En estos casos, la tutora o tutor académico compartirá con el cotutor las tareas de dirección y orientación del estudiante, siendo responsabilidad de la tutora o tutor académico facilitar la gestión.
4. El departamento al que esté adscrita la tutora o tutor académico será responsable de su sustitución, temporal o permanente, cuando se den supuestos de baja prolongada o se produjera la finalización de la relación contractual con la Universidad de Alicante.
Artículo 5. Procedimiento para la gestión academicoadministrativa de los TFG/TFM
La gestión academicoadministrativa de los TFG/TFM en las diferentes titulaciones de la Facultad se realizará mediante la herramienta digital establecida por la Universidad de Alicante para la gestión de los TFG/TFM. En cualquier caso, se deberán cumplir las prescripciones contenidas en los artículos que siguen.
Artículo 6. Propuesta de líneas de trabajo y tutoras o tutores
1. Los departamentos que impartan docencia en la asignatura TFG/TFM tienen la obligación de ofertar propuestas para la realización de los TFG/TFM de forma que quede plenamente cubierta la tutoría del alumnado matriculado en la asignatura TFG/TFM.
2. En el plazo que establezca la Comisión Académica y, en todo caso, antes del inicio del periodo ordinario de matrícula, las áreas de conocimiento con docencia en el TFG/TFM comunicarán al centro las líneas de trabajo ofertadas, los objetivos del TFG/TFM y el personal docente responsable de su tutela. El centro hará pública esta información con anterioridad a la apertura del plazo que anualmente se fije para la solicitud de asignación de líneas de trabajo.
Artículo 7. Asignación de líneas de trabajo y tutoras o tutores
1. En los plazos que se habiliten anualmente para ello, el alumnado matriculado en la asignatura TFG/TFM podrá solicitar la adscripción a una de las líneas de trabajo ofertadas por las áreas de conocimiento, ordenadas según su orden de preferencia.
2. El alumnado podrá solicitar la asignación de un tema concreto de trabajo, siempre que haya sido previamente avalado por un área de conocimiento en los términos previstos en el apartado 7 del artículo 5 de la Normativa sobre los TFG/TFM de la Universidad de Alicante. Para ello formulará una solicitud que presentará ante uno de los departamentos implicados en la titulación, que decidirá si avala la propuesta y la integra en la oferta de la que se hace responsable. En el supuesto que un departamento rechace la propuesta realizada, deberá notificar dicha circunstancia al alumnado, indicando los motivos de la no aceptación.
3. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el centro asignará a cada estudiante una línea de trabajo de acuerdo con el orden de preferencia de su solicitud. En el caso de que existan más solicitudes que plazas disponibles para una línea de trabajo, la asignación se realizará teniendo en cuenta la nota media del expediente académico del alumnado solicitante.
4. La resolución provisional de asignación de líneas de trabajo se podrá consultar en la herramienta digital establecida por la Universidad de Alicante para la gestión de los TFG/TFM y frente a la misma el alumnado podrá formular reclamación ante la Comisión Académica de cada titulación en el plazo de cinco días hábiles. La Comisión Académica publicará la resolución definitiva en el plazo máximo de 5 días hábiles.
5. De conformidad con la resolución definitiva, las áreas de conocimiento llevarán a cabo la designación del profesorado encargado de tutorizar al alumnado.
6. La adjudicación de línea de TFG/TFM y tutora o tutor se prorrogará al próximo curso académico, en el caso de que el o la estudiante no haya superado la asignatura. El alumnado que desee cambiar de línea de trabajo en el siguiente curso académico podrá solicitar la anulación de asignación de línea, en el plazo establecido por el centro, que deberá ser anterior al plazo para solicitar adscripción a líneas de trabajo.
7. El alumnado que desee cambiar de tutora o tutor deberá solicitarlo de manera motivada a la Comisión Académica. La Comisión Académica resolverá en un plazo de diez días hábiles si procede o no dicho cambio, tomando en consideración la opinión de las personas interesadas. Transcurrido dicho plazo sin resolución expresa la solicitud se entenderá desestimada.
Artículo 8. Tribunal o profesorado evaluador de los TFG/TFM
1. Las guías docentes de las asignaturas de TFG/TFM recogerán la forma de defensa concreta en cada una de ellas, conforme a lo dispuesto en la regulación vigente y en la memoria verificada del título.
2. Esas formas de defensa podrán ser:
a) Ante un tribunal.
b) Ante, como mínimo, un profesor o profesora que, preferentemente, debe estar adscrito/a al mismo ámbito de conocimiento del tutor o tutora del TFG/TFM.
3. El tribunal contemplado en el apartado anterior estará compuesto por tres miembros titulares y tres suplentes a designar entre el profesorado de la titulación correspondiente. Excepcionalmente, podrá designarse profesorado de otros títulos o incluso personal colaborador externo con titulación universitaria, aunque en ambos casos nunca más de uno por tribunal. La composición de los tribunales procurará la presencia equilibrada entre mujeres y hombres, salvo que no sea posible por razones fundadas y objetivas debidamente motivadas.
4. El número de tribunales o profesorado evaluador que las áreas de conocimiento deberán constituir o designar para cada Grado/Máster vendrá determinado por el número de estudiantes matriculados y adscritos a las líneas de trabajo que hayan ofertado.
Artículo 9. Defensa y evaluación de los TFG/TFM
1. La defensa del TFG/TFM se realizará en un acto público, que podrá ser presencial o en línea.
2. Las guías docentes de las asignaturas de TFG/TFM establecerán los criterios de evaluación y el procedimiento de acto público de defensa, de acuerdo con lo dispuesto en el plan de estudios de cada título y a lo acordado por la Comisión Académica de la titulación. Con carácter general se valorará la calidad científica del trabajo, la claridad expositiva, tanto escrita como verbal, y la capacidad de debate y defensa argumental.
3. El centro dará publicidad, con la antelación suficiente, a los actos de defensa de cada TFG/TFM, incluyendo la siguiente información: nombre del o la estudiante, título del trabajo, nombre del tutor o tutora, titulación, fecha, hora y lugar de la defensa. Esta información se publicará en la página web de la titulación y las páginas web de las guías docentes de cada TFG/TFM.
4. La fecha límite para defensa de los TFG/TFM será la que se establezca en el calendario académico para cada curso académico.
5. La calificación final tanto numérica como cualitativa se realizará de acuerdo con los criterios establecidos en la guía docente de la asignatura y memoria del título. En la evaluación, se considerarà el informe elaborado con antelación por el tutor o tutora.
6. La revisión de las calificaciones finales de los TFG/TFM se realizará, en primera instancia, ante el tribunal o profesorado calificador, según proceda. En caso de discrepancia con el resultado de esta, se podrá presentar una reclamación razonada ante la Comisión Académica y, de persistir el desacuerdo, ante el centro responsable de la titulación, según lo dispuesto en materia de revisión de calificaciones en el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes de la Universidad de Alicante.
7. En ningún caso ni el tribunal, ni el profesor o profesora que evalúe el TFG/TFM tendrá potestad para otorgar una matrícula de honor, pero podrá proponer mediante informe razonado esta calificación. Una vez finalizada la evaluación de todos los trabajos de esa asignatura, la Comisión Académica se reunirá para estudiar las propuestas realizadas y, de acuerdo con la normativa vigente en materia de calificaciones, asignará las matrículas de honor que considere.
Disposición adicional
Cualquier aspecto no contemplado en esta normativa se regulará por la normativa sobre los trabajos fin de grado/trabajos fin de máster de la UA, de aplicación general a los estudios de grado y máster impartidos en la UA.
Disposición final
El presente reglamento entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el BOUA, previa aprobación por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante.