CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE LABORATORIOS DE INNOVACIÓN SOCIAL (SOCIALLAB UA)

Fecha de aprobación
14/02/2024
Fecha de publicación
16/02/2024
Órgano competente
Rectora
Sección
Convocatorias y concursos

Título: CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE LABORATORIOS DE INNOVACIÓN SOCIAL (SOCIALLAB UA)

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: miércoles, 14 de febrero de 2024

CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE LABORATORIOS DE INNOVACIÓN SOCIAL (SOCIALLAB UA)

Preámbulo

La Agenda 2030 a través de los objetivos de desarrollo sostenible y sus metas se ha reforzado como un instrumento de transformación de las organizaciones en tanto que vincula la esfera de la innovación pública y la del gobierno abierto, inspirando una nueva institucionalidad más abierta, diversa y participada.

Es en el marco de esta agenda donde se crea el SocialLab UA, una iniciativa llevada a cabo por la Biblioteca Universitaria de la Universidad de Alicante y el Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social que se reivindica como un espacio de apertura a nuevas posibilidades de cooperación entre la institución, la ciudadanía y las entidades sociales, más allá de las tradicionales herramientas como convenios, contratos o subvenciones, posibilitando que la inteligencia colectiva pueda llevar a cabo otros procesos creativos fuera de los cauces puramente institucionales. 

Uno de los compromisos del SocialLab UA es la creación de laboratorios de innovación social convertidos en espacios accesibles de creación de prototipos, material audiovisual, etc. en el que convivan grupos heterogéneos de personas o asociaciones de un entorno cercano aportando ideas, técnicas y experiencias para enriquecerse y desarrollar algo que compartan y tengan en común, que mejore la sociedad y contribuya a generar y compartir conocimiento.

1.       Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

La presente convocatoria tiene por objeto financiar proyectos que desarrollen, de forma presencial, sostenible, inclusiva y diversa distintos laboratorios de innovación social en los que se integre la comunidad universitaria con la ciudadanía del entorno. Los proyectos y seminarios pueden ser multidisciplinares y tienen cabida propuestas sociales, tecnológicas, económicas, culturales, históricas, medioambientales, educativas, lingüísticas, etc. Podrán tratarse de planteamientos originales y nuevos, un propósito ya en marcha, o una propuesta para solucionar o mejorar algún aspecto.

El lugar de celebración de los laboratorios de innovación social será el edificio de la Biblioteca General del campus de la Universidad de Alicante en Sant Vicent del Raspeig.

Los proyectos desarrollados se presentarán públicamente por las personas promotoras y colaboradoras. Además, los prototipos, la documentación y los resultados obtenidos quedarán expuestos al público en la página web de la Biblioteca universitaria y se hará difusión a través de diversos canales de comunicación.

2.       Requisitos de las personas beneficiarias

·         La persona promotora deberá pertenecer obligatoriamente, o estar vinculada, a alguno de los colectivos de la Universidad de Alicante:

o   Personal docente e investigador

o   Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS)

o   Personal colaborador honorífico

o   Profesorado emérito

o   Personal Senior UA

o   Alumnado

o   Comunidad Alumni UA

·         Podrán participar como colaboradoras o colaboradores, personas o asociaciones de la ciudadanía del entorno próximo, siempre de la mano de la persona promotora. Se dará prioridad a los equipos mixtos, compuestos por quien promueve (siempre perteneciente a la comunidad universitaria) y por personas o asociaciones externas a la UA.

·         Tener disponibilidad horaria para adaptarse a las distintas actividades y a la disponibilidad del espacio de celebración del laboratorio.

·         Quedan excluidas como personas promotoras de esta convocatoria las personas pertenecientes a entidades que tengan convenios con la Universidad de Alicante.

3.       Número y dotación de laboratorios de innovación social

Durante el curso académico se podrán desarrollar hasta un máximo de 3 laboratorios de innovación social, que se seleccionarán de entre las propuestas que se presenten a la presente convocatoria.

Una vez seleccionados los laboratorios, se abrirá la inscripción a aquellas personas que quieran participar como colaboradoras aportando ideas, habilidades, conocimientos, etc. El número de personas colaboradoras por proyecto será aproximadamente de 6.

4.       Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1.  Plazo de presentación

El plazo de presentación de proyectos comienza al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOUA y finaliza el 8 de marzo de 2024 a las 23:59 h.

4.2.  Procedimiento de presentación

La inscripción en la convocatoria de proyectos se realizará a través del siguiente formulario. Se podrá adjuntar la documentación requerida.

Una vez finalizado el plazo se ordenarán, revisarán y valorarán las solicitudes de acuerdo con el baremo que figura a continuación. El órgano gestor podrá solicitar información adicional del proyecto de laboratorio a la persona solicitante.  A continuación, se publicará el listado provisional de personas admitidas en el procedimiento. La Comisión de valoración levantará acta en la que conste la valoración hecha.

Todas las resoluciones se publicarán en la web de la convocatoria dentro de la página de la Biblioteca Universitaria.

5.       Criterios de adjudicación

La selección de proyectos se ajustará al siguiente baremo:

a)       Descripción y justificación del proyecto de laboratorio de innovación social: hasta un máximo de 4 puntos.

·         Descripción clara y precisa del proyecto a desarrollar.

·         Concreción de las partes del prototipo abarcables durante el laboratorio y las que no.

·         Listado de objetivos que se persiguen.

·         Objetivos de Desarrollo Sostenible con los que se relaciona.

·         Presupuesto estimado de medios, equipamiento necesario y tipología de gastos.

b)      Aspectos técnicos: hasta un máximo de 3 puntos.

·         Detalle de las indicaciones técnicas, temporales y espaciales para calcular la viabilidad.

·         Participación de personas promotoras y colaboradoras con perfiles y habilidades diversas.

·         Optimización de recursos y reciclaje de materiales.

·         Sostenibilidad del proyecto y capacidad de reproducción.

c)       Creatividad: hasta un máximo de 3 puntos.

·         Originalidad, calidad y grado de innovación.

·         Diversidad de temáticas en la selección del conjunto de propuestas.

6.       Órgano Gestor y Comisión de valoración

6.1.  Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria está formado por el Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad social, en colaboración con el Servicio de la Biblioteca Universitaria de Alicante.  Su misión es la coordinación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia que gestionará específicamente la convocatoria es la Biblioteca Universitaria, y su medio de contacto es por correo electrónico: buacomunica@ua.es

La unidad administrativa que autorizará y gestionará la tramitación de los gastos de los proyectos es el Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social.

Cuando una solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación pertinente, se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que, de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se entenderá que ha desistido de su petición.

6.2.  Comisión de valoración

La comisión de valoración estará formada por los siguientes miembros:

·         Presidencia:  Vicerrectora de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad social o persona en quién delegue.

·         Secretaría: Dirección de la Biblioteca Universitaria o persona en quién delegue.

·         Vocales: Dirección Adjunta de Planificación y Unidades Instrumentales, Subdirección Biblioteca Filosofía y Letras y Coordinación del Máster Universitario en Innovación Social y Dinámicas del Cambio o personas en quién deleguen.

7.       Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las sucesivas resoluciones, así como la información de otros actos que requieran publicación y que se deriven de la presente convocatoria, se publicarán en la página web de la Biblioteca universitaria, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

El calendario de trámites será el siguiente:

·         El listado provisional de proyectos de laboratorios de innovación social y personas beneficiaras admitidos y excluidos se publicará el 11 de marzo de 2024 estableciendo un plazo de 3 días hábiles para presentar alegaciones.

·         El listado definitivo de proyectos de laboratorios de innovación social y personas beneficiaras admitidos y excluidos se publicará el 15 de marzo de 2024.

·         La resolución provisional de proyectos de laboratorios de innovación social y personas beneficiaras seleccionados se publicará el 20 de marzo de 2024.

·         La resolución definitiva de proyectos de laboratorios de innovación social seleccionados y personas beneficiaras se publicará el 26 de marzo de 2024.

·         La inscripción de las personas colaboradoras será del 27 de marzo de 2024 al 18 de abril de 2024 a través del siguiente formulario.

·         Los talleres de producción y prototipado de cada laboratorio tendrán una duración estimada de 4 meses y la fecha máxima de finalización será el 2 de noviembre de 2024.

8.       Marco legal y presupuestario.

La presente convocatoria con código 2024CON008 se ajustará los principios de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006 General de Subvenciones, la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, la normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de las ayudas económicas para costear el equipamiento y los medios necesarios para el desarrollo de los laboratorios de innovación social es de un máximo de 6.000 euros y será sufragada con cargo a las aplicaciones presupuestarias 11402E0001 y 11406A0001 del Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad social.

La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA. En ningún caso se hará un pago económico a las personas o los colectivos que formen parte de los talleres.

9.       Obligaciones y justificación de las personas beneficiarias.

Las personas, colectivos, asociaciones o entidades, tanto promotoras, colaboradoras, o mentoras que participen en los laboratorios, se comprometen a:

·         Aceptar las bases y los contenidos de la presente convocatoria de presentación de proyectos de laboratorios de innovación social.

·         Asistir a la jornada inicial de formación donde se explicará el funcionamiento de los proyectos del laboratorio.

·         Asistir al taller del laboratorio de innovación social durante toda su duración.

·         Contactar con personas mentoras o especialistas en los temas a trabajar.

·         Mantener una actitud respetuosa y colaborativa con el equipo.

·         Estar en contacto permanente con el órgano gestor y la unidad administrativa durante el tiempo que dure el laboratorio.

·         Documentar los proyectos, detallar la participación de cada miembro del grupo de trabajo, divulgar bajo licencias abiertas el conocimiento desarrollado y mostrar públicamente el prototipo.

·         Presentar públicamente el proyecto elaborado en la jornada final del laboratorio.

·         Licenciar los prototipos, las creaciones y los materiales derivados de estos (textos, fotografías, vídeos, etc.), con una licencia CC BY-NC-SA 4.0 (Reconocimiento - No Comercial - Compartir Igual).

·         Permitir a la Biblioteca de la Universidad de Alicante y a cualquier persona o entidad, publicar los prototipos elaborados durante el taller del laboratorio de innovación social y difundirlos en cualquier formato de acuerdo con los límites de la legislación vigente, permitiendo su transformación para una mejor difusión y distribución de los resultados.

10.   Obligaciones del órgano gestor y unidad administrativa

El Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad social y la Biblioteca Universitaria de Alicante, se comprometen a:

·         Preparar un espacio en la Biblioteca para el desarrollo de los talleres de cada laboratorio.

·         Preparar la sesión inicial de formación con los proyectos seleccionados.

·         Destinar personas con funciones de mediación, logística y articulación de los talleres.

·         Difundir los proyectos elaborados.

·         Ofrecer, en la medida de lo posible, los medios y el equipamiento técnico necesario para llevar a cabo los proyectos seleccionados, siempre que la persona promotora los haya detallado y solicitado previamente, hayan sido aprobados y correspondan a una tipología de gastos pertinente. En caso contrario deberán ser cubiertos por la persona promotora.

11.   Gastos imputables y no imputables a la ayuda

11.1.         Son gastos imputables:

·         Material fungible e inventariable para la realización de las actividades del proyecto.

·         Otro tipo de materiales necesarios para la realización del proyecto.

·         Documentación, bibliografía, dispositivos tecnológicos, imprenta, diseño de imagen, cartelería y folletos, montaje de espacios, fotografía, web, audio, vídeo.

·         Gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención que sean necesarios para la realización de las actividades del proyecto.

·         Pago a personas por la impartición de talleres, conferencias o charlas dentro del ámbito del laboratorio.

11.2.         No son gastos imputables:

·         La remuneración al personal participante por la realización de las actividades inherentes al proyecto subvencionado. Se exceptúa el pago a personas externas especialistas en la materia del proyecto que vengan a impartir seminarios relacionados con el mismo y siempre que dichos gastos hayan sido incluidos en la solicitud.

·         Gastos derivados de actos protocolarios o de representación.

12.   Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.

La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella. En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.

Las personas o asociaciones solicitantes podrán ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

13.   Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/205, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

En Alicante, a 26 de enero de 2024

La Rectora

P.D. de firma (Resolución de 22 de diciembre de 2020)

La Vicerrectora de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad social

Eva Espinar Ruiz

CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE LABORATORIOS DE INNOVACIÓN SOCIAL (SOCIALLAB UA)

Preámbulo

La Agenda 2030 a través de los objetivos de desarrollo sostenible y sus metas se ha reforzado como un instrumento de transformación de las organizaciones en tanto que vincula la esfera de la innovación pública y la del gobierno abierto, inspirando una nueva institucionalidad más abierta, diversa y participada.

Es en el marco de esta agenda donde se crea el SocialLab UA, una iniciativa llevada a cabo por la Biblioteca Universitaria de la Universidad de Alicante y el Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social que se reivindica como un espacio de apertura a nuevas posibilidades de cooperación entre la institución, la ciudadanía y las entidades sociales, más allá de las tradicionales herramientas como convenios, contratos o subvenciones, posibilitando que la inteligencia colectiva pueda llevar a cabo otros procesos creativos fuera de los cauces puramente institucionales. 

Uno de los compromisos del SocialLab UA es la creación de laboratorios de innovación social convertidos en espacios accesibles de creación de prototipos, material audiovisual, etc. en el que convivan grupos heterogéneos de personas o asociaciones de un entorno cercano aportando ideas, técnicas y experiencias para enriquecerse y desarrollar algo que compartan y tengan en común, que mejore la sociedad y contribuya a generar y compartir conocimiento.

1.       Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

La presente convocatoria tiene por objeto financiar proyectos que desarrollen, de forma presencial, sostenible, inclusiva y diversa distintos laboratorios de innovación social en los que se integre la comunidad universitaria con la ciudadanía del entorno. Los proyectos y seminarios pueden ser multidisciplinares y tienen cabida propuestas sociales, tecnológicas, económicas, culturales, históricas, medioambientales, educativas, lingüísticas, etc. Podrán tratarse de planteamientos originales y nuevos, un propósito ya en marcha, o una propuesta para solucionar o mejorar algún aspecto.

El lugar de celebración de los laboratorios de innovación social será el edificio de la Biblioteca General del campus de la Universidad de Alicante en Sant Vicent del Raspeig.

Los proyectos desarrollados se presentarán públicamente por las personas promotoras y colaboradoras. Además, los prototipos, la documentación y los resultados obtenidos quedarán expuestos al público en la página web de la Biblioteca universitaria y se hará difusión a través de diversos canales de comunicación.

2.       Requisitos de las personas beneficiarias

·         La persona promotora deberá pertenecer obligatoriamente, o estar vinculada, a alguno de los colectivos de la Universidad de Alicante:

o   Personal docente e investigador

o   Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS)

o   Personal colaborador honorífico

o   Profesorado emérito

o   Personal Senior UA

o   Alumnado

o   Comunidad Alumni UA

·         Podrán participar como colaboradoras o colaboradores, personas o asociaciones de la ciudadanía del entorno próximo, siempre de la mano de la persona promotora. Se dará prioridad a los equipos mixtos, compuestos por quien promueve (siempre perteneciente a la comunidad universitaria) y por personas o asociaciones externas a la UA.

·         Tener disponibilidad horaria para adaptarse a las distintas actividades y a la disponibilidad del espacio de celebración del laboratorio.

·         Quedan excluidas como personas promotoras de esta convocatoria las personas pertenecientes a entidades que tengan convenios con la Universidad de Alicante.

3.       Número y dotación de laboratorios de innovación social

Durante el curso académico se podrán desarrollar hasta un máximo de 3 laboratorios de innovación social, que se seleccionarán de entre las propuestas que se presenten a la presente convocatoria.

Una vez seleccionados los laboratorios, se abrirá la inscripción a aquellas personas que quieran participar como colaboradoras aportando ideas, habilidades, conocimientos, etc. El número de personas colaboradoras por proyecto será aproximadamente de 6.

4.       Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1.  Plazo de presentación

El plazo de presentación de proyectos comienza al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOUA y finaliza el 8 de marzo de 2024 a las 23:59 h.

4.2.  Procedimiento de presentación

La inscripción en la convocatoria de proyectos se realizará a través del siguiente formulario. Se podrá adjuntar la documentación requerida.

Una vez finalizado el plazo se ordenarán, revisarán y valorarán las solicitudes de acuerdo con el baremo que figura a continuación. El órgano gestor podrá solicitar información adicional del proyecto de laboratorio a la persona solicitante.  A continuación, se publicará el listado provisional de personas admitidas en el procedimiento. La Comisión de valoración levantará acta en la que conste la valoración hecha.

Todas las resoluciones se publicarán en la web de la convocatoria dentro de la página de la Biblioteca Universitaria.

5.       Criterios de adjudicación

La selección de proyectos se ajustará al siguiente baremo:

a)       Descripción y justificación del proyecto de laboratorio de innovación social: hasta un máximo de 4 puntos.

·         Descripción clara y precisa del proyecto a desarrollar.

·         Concreción de las partes del prototipo abarcables durante el laboratorio y las que no.

·         Listado de objetivos que se persiguen.

·         Objetivos de Desarrollo Sostenible con los que se relaciona.

·         Presupuesto estimado de medios, equipamiento necesario y tipología de gastos.

b)      Aspectos técnicos: hasta un máximo de 3 puntos.

·         Detalle de las indicaciones técnicas, temporales y espaciales para calcular la viabilidad.

·         Participación de personas promotoras y colaboradoras con perfiles y habilidades diversas.

·         Optimización de recursos y reciclaje de materiales.

·         Sostenibilidad del proyecto y capacidad de reproducción.

c)       Creatividad: hasta un máximo de 3 puntos.

·         Originalidad, calidad y grado de innovación.

·         Diversidad de temáticas en la selección del conjunto de propuestas.

6.       Órgano Gestor y Comisión de valoración

6.1.  Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria está formado por el Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad social, en colaboración con el Servicio de la Biblioteca Universitaria de Alicante.  Su misión es la coordinación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia que gestionará específicamente la convocatoria es la Biblioteca Universitaria, y su medio de contacto es por correo electrónico: buacomunica@ua.es

La unidad administrativa que autorizará y gestionará la tramitación de los gastos de los proyectos es el Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social.

Cuando una solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación pertinente, se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que, de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se entenderá que ha desistido de su petición.

6.2.  Comisión de valoración

La comisión de valoración estará formada por los siguientes miembros:

·         Presidencia:  Vicerrectora de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad social o persona en quién delegue.

·         Secretaría: Dirección de la Biblioteca Universitaria o persona en quién delegue.

·         Vocales: Dirección Adjunta de Planificación y Unidades Instrumentales y Subdirección Biblioteca Filosofía y Letras o personas en quién deleguen.

7.       Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las sucesivas resoluciones, así como la información de otros actos que requieran publicación y que se deriven de la presente convocatoria, se publicarán en la página web de la Biblioteca universitaria, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

El calendario de trámites será el siguiente:

·         El listado provisional de proyectos de laboratorios de innovación social y personas beneficiaras admitidos y excluidos se publicará el 11 de marzo de 2024 estableciendo un plazo de 3 días hábiles para presentar alegaciones.

·         El listado definitivo de proyectos de laboratorios de innovación social y personas beneficiaras admitidos y excluidos se publicará el 15 de marzo de 2024.

·         La resolución provisional de proyectos de laboratorios de innovación social y personas beneficiaras seleccionados se publicará el 20 de marzo de 2024.

·         La resolución definitiva de proyectos de laboratorios de innovación social seleccionados y personas beneficiaras se publicará el 26 de marzo de 2024.

·         La inscripción de las personas colaboradoras será del 27 de marzo de 2024 al 18 de abril de 2024 a través del siguiente formulario.

·         Los talleres de producción y prototipado de cada laboratorio tendrán una duración estimada de 4 meses y la fecha máxima de finalización será el 2 de noviembre de 2024.

8.       Marco legal y presupuestario.

La presente convocatoria con código 2024CON008 se ajustará los principios de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006 General de Subvenciones, la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, la normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de las ayudas económicas para costear el equipamiento y los medios necesarios para el desarrollo de los laboratorios de innovación social es de un máximo de 6.000 euros y será sufragada con cargo a las aplicaciones presupuestarias 11402E0001 y 11406A0001 del Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad social.

La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA. En ningún caso se hará un pago económico a las personas o los colectivos que formen parte de los talleres.

9.       Obligaciones y justificación de las personas beneficiarias.

Las personas, colectivos, asociaciones o entidades, tanto promotoras, colaboradoras, o mentoras que participen en los laboratorios, se comprometen a:

·         Aceptar las bases y los contenidos de la presente convocatoria de presentación de proyectos de laboratorios de innovación social.

·         Asistir a la jornada inicial de formación donde se explicará el funcionamiento de los proyectos del laboratorio.

·         Asistir al taller del laboratorio de innovación social durante toda su duración.

·         Contactar con personas mentoras o especialistas en los temas a trabajar.

·         Mantener una actitud respetuosa y colaborativa con el equipo.

·         Estar en contacto permanente con el órgano gestor y la unidad administrativa durante el tiempo que dure el laboratorio.

·         Documentar los proyectos, detallar la participación de cada miembro del grupo de trabajo, divulgar bajo licencias abiertas el conocimiento desarrollado y mostrar públicamente el prototipo.

·         Presentar públicamente el proyecto elaborado en la jornada final del laboratorio.

·         Licenciar los prototipos, las creaciones y los materiales derivados de estos (textos, fotografías, vídeos, etc.), con una licencia CC BY-NC-SA 4.0 (Reconocimiento - No Comercial - Compartir Igual).

·         Permitir a la Biblioteca de la Universidad de Alicante y a cualquier persona o entidad, publicar los prototipos elaborados durante el taller del laboratorio de innovación social y difundirlos en cualquier formato de acuerdo con los límites de la legislación vigente, permitiendo su transformación para una mejor difusión y distribución de los resultados.

10.   Obligaciones del órgano gestor y unidad administrativa

El Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad social y la Biblioteca Universitaria de Alicante, se comprometen a:

·         Preparar un espacio en la Biblioteca para el desarrollo de los talleres de cada laboratorio.

·         Preparar la sesión inicial de formación con los proyectos seleccionados.

·         Destinar personas con funciones de mediación, logística y articulación de los talleres.

·         Difundir los proyectos elaborados.

·         Ofrecer, en la medida de lo posible, los medios y el equipamiento técnico necesario para llevar a cabo los proyectos seleccionados, siempre que la persona promotora los haya detallado y solicitado previamente, hayan sido aprobados y correspondan a una tipología de gastos pertinente. En caso contrario deberán ser cubiertos por la persona promotora.

11.   Gastos imputables y no imputables a la ayuda

11.1.         Son gastos imputables:

·         Material fungible e inventariable para la realización de las actividades del proyecto.

·         Otro tipo de materiales necesarios para la realización del proyecto.

·         Documentación, bibliografía, dispositivos tecnológicos, imprenta, diseño de imagen, cartelería y folletos, montaje de espacios, fotografía, web, audio, vídeo.

·         Gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención que sean necesarios para la realización de las actividades del proyecto.

·         Pago a personas por la impartición de talleres, conferencias o charlas dentro del ámbito del laboratorio.

11.2.         No son gastos imputables:

·         La remuneración al personal participante por la realización de las actividades inherentes al proyecto subvencionado. Se exceptúa el pago a personas externas especialistas en la materia del proyecto que vengan a impartir seminarios relacionados con el mismo y siempre que dichos gastos hayan sido incluidos en la solicitud.

·         Gastos derivados de actos protocolarios o de representación.

12.   Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.

La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella. En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.

Las personas o asociaciones solicitantes podrán ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

13.   Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/205, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

En Alicante, a 26 de enero de 2024

La Rectora

P.D. de firma (Resolución de 22 de diciembre de 2020)

La Vicerrectora de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad social

Eva Espinar Ruiz