PREMIOS A TRABAJOS DE FIN DE GRADO DE LA CÁTEDRA "SISTEMA PÚBLICO VALENCIANO DE SERVICIOS SOCIALES" DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE 2024

Fecha de aprobación
03/07/2024
Fecha de publicación
05/07/2024
Órgano competente
Rectora
Sección
Convocatorias y concursos

Título: PREMIOS A TRABAJOS DE FIN DE GRADO DE LA CÁTEDRA "SISTEMA PÚBLICO VALENCIANO DE SERVICIOS SOCIALES" DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE 2024

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: miércoles, 3 de julio de 2024

PREMIOS A TRABAJOS DE FIN DE GRADO DE LA CÁTEDRA "SISTEMA PÚBLICO VALENCIANO DE SERVICIOS SOCIALES" DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE 2024

1.  Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

La Cátedra "Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales" se crea mediante un convenio de colaboración entre la Universidad de Alicante, a través del Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales, y la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana, a través del Instituto Valenciano de Formación, Investigación y Calidad de los Servicios Sociales, institución financiadora de la misma.

La Cátedra "Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales" de la Universidad de Alicante tiene por objeto impulsar actividades de estudio, de fomento del conocimiento y de difusión de temáticas relacionadas con el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales. Desde la Cátedra se pretende favorecer actividades que contribuyan a la generación de conocimiento, a la innovación y a la mejora del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.

Con el fin de cumplir con sus objetivos, la Cátedra desarrollará, entre sus actividades de investigación y desarrollo, acciones de apoyo a la realización de Trabajos de Fin de Grado (TFG) relacionados con el objeto de la Cátedra.

El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de Premios a Trabajos de Fin de Grado (TFG) que promuevan la generación de conocimiento, a la innovación y a la mejora del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.

2.  Requisitos de las Personas Beneficiarias

Podrá solicitar este premio el alumnado que:

-       Haya defendido su TFG en la Universidad de Alicante en la convocatoria ordinaria o extraordinaria del curso 2023/2024. La participación y concesión del premio está condicionada a la defensa y aprobación del correspondiente trabajo, dentro de las convocatorias establecidas anteriormente. Estos trabajos deben ser originales y no deben haber sido objeto de publicación con anterioridad.

-       Haya realizado su trabajo TFG sobre el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales en relación con alguno o varios de los siguientes aspectos, que se enuncian sin carácter exhaustivo:

o   Sobre el sistema en su conjunto.

o   Sobre entidades que lo integran.

o   Sobre personas atendidas o sus necesidades y problemas.

o   Sobre personas profesionales que trabajan en el sistema.

o   Sobre programas o proyectos que desarrollan.

o   Sobre metodologías desarrolladas en el sistema.

o   Sobre innovaciones y buenas prácticas.

o   Otros relacionados o de interés para el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.

-       Haya obtenido una calificación mínima de 9 sobre 10 en el trabajo defendido.

-       No sea beneficiario/a de otra ayuda destinada al mismo objeto.

3.  Número y dotación de las becas.

Se concederá un número máximo de tres premios, distribuyendo la asignación hasta un máximo de 800€. La dotación de esta convocatoria se distribuirá entre los beneficiarios proporcionalmente.

o   Primer premio: dotación económica de 450 €

o   Segundo premio: dotación económica de 250€

o   Tercer premio: dotación económica de 100€

Los premios que no alcancen el 50% de la puntuación máxima posible podrán declararse desiertos, mediante propuesta motivada de la comisión técnica de valoración, sin que ello implique un aumento en la cuantía para el resto de los trabajos premiados.

4.  Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1. Plazo de presentación

El plazo para solicitar la ayuda se abrirá a partir del día siguiente de la publicación de su extracto en el DOGV y hasta el día 30 de septiembre de 2024 a las 23:59 h. La convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo.

4.2. Procedimiento de presentación

La documentación se presentará, por instancia genérica de forma telemática al Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales, con indicación de los datos de esta convocatoria.

Se adjuntará la siguiente documentación:

-       Instancia genérica:

o   En el apartado "EXPONE" los datos de la convocatoria ("Convocatoria de Premios a TFG Cátedra SPVSS").

o   En el campo "SOLICITA" habrá de indicarse "Dirigido a la Cátedra SPVSS del Dpto. Trabajo Social y Servicios Sociales".

-       En el campo "DOCUMENTOS ADJUNTOS" habrán de subirse dos documentos de forma independiente en formato digital, preferiblemente PDF:

o   Un ejemplar del Trabajo Fin de Grado que opta al premio, sin que consten los datos sobre la autoría ni la tutela del mismo.

o   Una autorización expresa para acceder al expediente académico de las calificaciones del Grado de la Universidad de Alicante, en el que conste la nota media y la calificación del trabajo que opta al premio.

o   Formulario publicado en la página web de la Cátedra SPVSS y Anexo I de esta convocatoria.

El tamaño máximo admisible del documento es de 15 Mb.

Los trabajos pueden presentarse en castellano o en valenciano.

5.  Criterios de adjudicación

La asignación de los premios se realizará siguiendo los siguientes criterios:

1.    Criterios de adjudicación:

La asignación de los premios se realizará siguiendo los siguientes criterios:

·         La incidencia e impacto de los trabajos en el conocimiento disponible y en el impulso de procesos que promuevan la mejora, las buenas prácticas o la innovación en el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales: hasta 4 puntos (40% ponderación).

·         Novedad e innovación de las aportaciones realizadas: hasta 4 puntos (40% de la ponderación).

·         La innovación investigadora y el empleo adecuado de las estrategias metodológicas: hasta 1 punto (10% ponderación).

·         Calidad del trabajo en cuanto a coherencia, estructura, rigor y carácter científico-técnico, estado de la cuestión, claridad expositiva y capacidad argumentativa: hasta 1 punto (10% ponderación).

6.  Órgano Gestor y Comisión de valoración

6.1. Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria, Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia, Secretaría administrativa del Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales, mediante las siguientes vías de contacto: dtsss@ua.es

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación requerida se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.

6.2. Comisión de valoración

La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes admitidas y elaborará el informe de valoración.

La comisión tendrá la siguiente composición:

Presidencia:

-       La persona directora de la Cátedra "Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales" o persona en quien delegue.

Secretaría:

-       Una persona miembro del Personal Docente e Investigador de la UA.

Vocales:

-       Dos personas miembros del Personal Docente e Investigador de la UA de reconocido prestigio en la temática para la que se convocan los premios, que actuarán como vocales.

El o la miembro de la Comisión de valoración que tuviera un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable o el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo con algún concursante o hubiera participado como tutor/cotutor en alguno de los trabajos presentados a la convocatoria, deberá abstenerse en la valoración de dicho trabajo. 

Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán un documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).

7.  Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web de la Cátedra: https://web.ua.es/es/catedra-spvss, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará en un periodo máximo de 20 días desde la finalización del plazo de entrega. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 3 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.

Transcurrido dicho plazo y, en su caso, resueltas las alegaciones presentadas, la Rectora dictará la resolución definitiva de concesión.

8.  Marco legal y presupuestario

Esta convocatoria con código 2024SBV142 sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2024LS019 del Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de esta convocatoria de un máximo de 800 euros será sufragada con cargo al capítulo IV ORGÁNICA 35804B0001 del presupuesto de la Cátedra "Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales" (SPVSS).  La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.

9.  Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago.

9.1. Obligaciones de las personas beneficiarias.

Son obligaciones de las personas beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las siguientes:

1.    Aceptar de forma expresa el premio, en el plazo de 10 días naturales a contar desde su concesión.

2.    Presentar ficha de terceros y fotocopia del DNI/NIE o Pasaporte, en el supuesto de que la Universidad de Alicante no disponga del mismo en vigor, desde la fecha posterior a la resolución definitiva, en un plazo máximo de 10 días.

Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:

a)    Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.

b)    Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.

c)    Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

9.2. Justificación de personas beneficiarias y pago

La justificación del beneficiario será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la concesión.

El incumplimiento por la persona beneficiaria de cualquiera de los requisitos y obligaciones establecidos en esta convocatoria y bases reguladoras, así como en su resolución de concesión, podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la subvención y al reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas.

10.         Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la f finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria. La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.

En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

11.         Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

En Alicante, a 3 de julio de 2024 

La rectora

P.D. de firma, el director de Relaciones y Proyectos Institucionales

(Resolución de 4 de enero de 2021)

Juan Llopis Taverner 

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ANEXO I

PREMIOS A TRABAJOS DE FIN DE GRADO DE LA CÁTEDRA "SISTEMA PÚBLICO VALENCIANO DE SERVICIOS SOCIALES" DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE 2024

Recuerda que, en la solicitud, debes incorporar todos tus datos personales. Asegúrate de que los datos de contacto son correctos puesto que acudiremos a ellos para, en su caso, comunicarte si tu trabajo ha sido premiado. 

Además, debes adjuntar los siguientes documentos:

1.    Un ejemplar del Trabajo Fin de Grado que opta al premio, sin que consten los datos sobre la autoría ni la tutela del mismo.

2.      Una autorización expresa para acceder al expediente académico de las calificaciones del Grado de la Universidad de Alicante, en el que conste la nota media y la calificación del trabajo que opta al premio.

3.    La siguiente plantilla cumplimentada:

PLANTILLA A CUMPLIMENTAR Y ADJUNTAR 

TÍTULO DEL TRABAJO DEFENDIDO: 

CURSO EN EL QUE SUPERÓ EL TFG PRESENTADO:

· Curso 2023/2024

CONVOCATORIA EN LA QUE SUPERÓ EL TFG:

· C3 Ordinaria

· C4 Extraordinaria

· C1 Extraordinaria (de finalización de estudios)

CALIFICACIÓN OBTENIDA SOBRE 10:  

Resumen del trabajo presentado (máximo 500 palabras):

Respuesta a las siguientes cuestiones (máximo 1.200 palabras):

1.    ¿Cuál es la incidencia e impacto del trabajo en el conocimiento disponible y en el impulso de procesos que promuevan la mejora, las buenas prácticas o la innovación en el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales?

2.    ¿Cuál es la novedad e innovación de las aportaciones realizadas en el trabajo?

3.    Desde el punto de vista de la investigación, ¿qué innovaciones incluye el trabajo? ¿Cuáles son las estrategias metodológicas utilizadas?

4.     ¿Qué fortalezas y limitaciones tiene el trabajo?

PREMIOS A TRABAJOS DE FIN DE GRADO DE LA CÁTEDRA "SISTEMA PÚBLICO VALENCIANO DE SERVICIOS SOCIALES" DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE 2024

1.  Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

La Cátedra "Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales" se crea mediante un convenio de colaboración entre la Universidad de Alicante, a través del Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales, y la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana, a través del Instituto Valenciano de Formación, Investigación y Calidad de los Servicios Sociales, institución financiadora de la misma.

La Cátedra "Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales" de la Universidad de Alicante tiene por objeto impulsar actividades de estudio, de fomento del conocimiento y de difusión de temáticas relacionadas con el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales. Desde la Cátedra se pretende favorecer actividades que contribuyan a la generación de conocimiento, a la innovación y a la mejora del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.

Con el fin de cumplir con sus objetivos, la Cátedra desarrollará, entre sus actividades de investigación y desarrollo, acciones de apoyo a la realización de Trabajos de Fin de Grado (TFG) relacionados con el objeto de la Cátedra.

El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de Premios a Trabajos de Fin de Grado (TFG) que promuevan la generación de conocimiento, a la innovación y a la mejora del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.

2.  Requisitos de las Personas Beneficiarias

Podrá solicitar este premio el alumnado que:

-       Haya defendido su TFG en la Universidad de Alicante en la convocatoria ordinaria o extraordinaria del curso 2023/2024. La participación y concesión del premio está condicionada a la defensa y aprobación del correspondiente trabajo, dentro de las convocatorias establecidas anteriormente. Estos trabajos deben ser originales y no deben haber sido objeto de publicación con anterioridad.

-       Haya realizado su trabajo TFG sobre el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales en relación con alguno o varios de los siguientes aspectos, que se enuncian sin carácter exhaustivo:

o   Sobre el sistema en su conjunto.

o   Sobre entidades que lo integran.

o   Sobre personas atendidas o sus necesidades y problemas.

o   Sobre personas profesionales que trabajan en el sistema.

o   Sobre programas o proyectos que desarrollan.

o   Sobre metodologías desarrolladas en el sistema.

o   Sobre innovaciones y buenas prácticas.

o   Otros relacionados o de interés para el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.

-       Haya obtenido una calificación mínima de 9 sobre 10 en el trabajo defendido.

-       No sea beneficiario/a de otra ayuda destinada al mismo objeto.

3.  Número y dotación de las becas.

Se concederá un número máximo de tres premios, distribuyendo la asignación hasta un máximo de 800€. La dotación de esta convocatoria se distribuirá entre los beneficiarios proporcionalmente.

o   Primer premio: dotación económica de 450 €

o   Segundo premio: dotación económica de 250€

o   Tercer premio: dotación económica de 100€

Los premios que no alcancen el 50% de la puntuación máxima posible podrán declararse desiertos, mediante propuesta motivada de la comisión técnica de valoración, sin que ello implique un aumento en la cuantía para el resto de los trabajos premiados.

4.  Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1. Plazo de presentación

El plazo para solicitar la ayuda se abrirá a partir del día siguiente de la publicación de su extracto en el DOGV y hasta el día 30 de septiembre de 2024 a las 23:59 h. La convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo.

4.2. Procedimiento de presentación

La documentación se presentará, por instancia genérica de forma telemática al Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales, con indicación de los datos de esta convocatoria.

Se adjuntará la siguiente documentación:

-       Instancia genérica:

o   En el apartado "EXPONE" los datos de la convocatoria ("Convocatoria de Premios a TFG Cátedra SPVSS").

o   En el campo "SOLICITA" habrá de indicarse "Dirigido a la Cátedra SPVSS del Dpto. Trabajo Social y Servicios Sociales".

-       En el campo "DOCUMENTOS ADJUNTOS" habrán de subirse dos documentos de forma independiente en formato digital, preferiblemente PDF:

o   Un ejemplar del Trabajo Fin de Grado que opta al premio, sin que consten los datos sobre la autoría ni la tutela del mismo.

o   Una autorización expresa para acceder al expediente académico de las calificaciones del Grado de la Universidad de Alicante, en el que conste la nota media y la calificación del trabajo que opta al premio.

o   Formulario publicado en la página web de la Cátedra SPVSS y Anexo I de esta convocatoria.

El tamaño máximo admisible del documento es de 15 Mb.

Los trabajos pueden presentarse en castellano o en valenciano.

5.  Criterios de adjudicación

La asignación de los premios se realizará siguiendo los siguientes criterios:

1.    Criterios de adjudicación:

La asignación de los premios se realizará siguiendo los siguientes criterios:

·         La incidencia e impacto de los trabajos en el conocimiento disponible y en el impulso de procesos que promuevan la mejora, las buenas prácticas o la innovación en el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales: hasta 4 puntos (40% ponderación).

·         Novedad e innovación de las aportaciones realizadas: hasta 4 puntos (40% de la ponderación).

·         La innovación investigadora y el empleo adecuado de las estrategias metodológicas: hasta 1 punto (10% ponderación).

·         Calidad del trabajo en cuanto a coherencia, estructura, rigor y carácter científico-técnico, estado de la cuestión, claridad expositiva y capacidad argumentativa: hasta 1 punto (10% ponderación).

6.  Órgano Gestor y Comisión de valoración

6.1. Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria, Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia, Secretaría administrativa del Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales, mediante las siguientes vías de contacto: dtsss@ua.es

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación requerida se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.

6.2. Comisión de valoración

La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes admitidas y elaborará el informe de valoración.

La comisión tendrá la siguiente composición:

Presidencia:

-       La persona directora de la Cátedra "Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales" o persona en quien delegue.

Secretaría:

-       Una persona miembro del Personal Docente e Investigador de la UA.

Vocales:

-       Dos personas miembros del Personal Docente e Investigador de la UA de reconocido prestigio en la temática para la que se convocan los premios, que actuarán como vocales.

El o la miembro de la Comisión de valoración que tuviera un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable o el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo con algún concursante o hubiera participado como tutor/cotutor en alguno de los trabajos presentados a la convocatoria, deberá abstenerse en la valoración de dicho trabajo. 

Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán un documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).

7.  Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web de la Cátedra: https://web.ua.es/es/catedra-spvss, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará en un periodo máximo de 20 días desde la finalización del plazo de entrega. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 3 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.

Transcurrido dicho plazo y, en su caso, resueltas las alegaciones presentadas, la Rectora dictará la resolución definitiva de concesión.

8.  Marco legal y presupuestario

Esta convocatoria con código 2023CT0157 sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2024LS019 del Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de esta convocatoria de un máximo de 800 euros será sufragada con cargo al capítulo IV ORGÁNICA 35804B0001 del presupuesto de la Cátedra "Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales" (SPVSS).  La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.

9.  Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago.

9.1. Obligaciones de las personas beneficiarias.

Son obligaciones de las personas beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las siguientes:

1.    Aceptar de forma expresa el premio, en el plazo de 10 días naturales a contar desde su concesión.

2.    Presentar ficha de terceros y fotocopia del DNI/NIE o Pasaporte, en el supuesto de que la Universidad de Alicante no disponga del mismo en vigor, desde la fecha posterior a la resolución definitiva, en un plazo máximo de 10 días.

Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:

a)    Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.

b)    Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.

c)    Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

9.2. Justificación de personas beneficiarias y pago

La justificación del beneficiario será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la concesión.

El incumplimiento por la persona beneficiaria de cualquiera de los requisitos y obligaciones establecidos en esta convocatoria y bases reguladoras, así como en su resolución de concesión, podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la subvención y al reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas.

10.         Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la f finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria. La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.

En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

11.         Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

En Alicante, a 3 de julio de 2024 

La rectora

P.D. de firma, el director de Relaciones y Proyectos Institucionales

(Resolución de 4 de enero de 2021)

Juan Llopis Taverner 

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ANEXO I

PREMIOS A TRABAJOS DE FIN DE GRADO DE LA CÁTEDRA "SISTEMA PÚBLICO VALENCIANO DE SERVICIOS SOCIALES" DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE 2024

Recuerda que, en la solicitud, debes incorporar todos tus datos personales. Asegúrate de que los datos de contacto son correctos puesto que acudiremos a ellos para, en su caso, comunicarte si tu trabajo ha sido premiado. 

Además, debes adjuntar los siguientes documentos:

1.    Un ejemplar del Trabajo Fin de Grado que opta al premio, sin que consten los datos sobre la autoría ni la tutela del mismo.

2.      Una autorización expresa para acceder al expediente académico de las calificaciones del Grado de la Universidad de Alicante, en el que conste la nota media y la calificación del trabajo que opta al premio.

3.    La siguiente plantilla cumplimentada:

PLANTILLA A CUMPLIMENTAR Y ADJUNTAR 

TÍTULO DEL TRABAJO DEFENDIDO: 

CURSO EN EL QUE SUPERÓ EL TFG PRESENTADO:

· Curso 2023/2024

CONVOCATORIA EN LA QUE SUPERÓ EL TFG:

· C3 Ordinaria

· C4 Extraordinaria

· C1 Extraordinaria (de finalización de estudios)

CALIFICACIÓN OBTENIDA SOBRE 10:  

Resumen del trabajo presentado (máximo 500 palabras):

Respuesta a las siguientes cuestiones (máximo 1.200 palabras):

1.    ¿Cuál es la incidencia e impacto del trabajo en el conocimiento disponible y en el impulso de procesos que promuevan la mejora, las buenas prácticas o la innovación en el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales?

2.    ¿Cuál es la novedad e innovación de las aportaciones realizadas en el trabajo?

3.    Desde el punto de vista de la investigación, ¿qué innovaciones incluye el trabajo? ¿Cuáles son las estrategias metodológicas utilizadas?

4.     ¿Qué fortalezas y limitaciones tiene el trabajo?