SELECCIÓN DE ESTUDIANTES PARA LA PARTICIPACIÓN EN LA TRANSFORM4EUROPE WEEK DIPLOMACY OF THE EUROPEAN UNIVERSITIES
- Fecha de aprobación
- 10/07/2024
- Fecha de publicación
- 11/07/2024
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: SELECCIÓN DE ESTUDIANTES PARA LA PARTICIPACIÓN EN LA TRANSFORM4EUROPE WEEK DIPLOMACY OF THE EUROPEAN UNIVERSITIES
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: miércoles, 10 de julio de 2024
SELECCIÓN DE ESTUDIANTES PARA LA PARTICIPACIÓN EN LA TRANSFORM4EUROPE WEEK DIPLOMACY OF THE EUROPEAN UNIVERSITIES
1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
El Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y Cooperación para el Desarrollo propone ayudas para la participación del estudiantado de la Universitat d'Alacant/Universidad de Alicante (UA) en la Transform4Europe Week: Diplomacy of the European Universities (en adelante T4EU Week), organizada por la Universidad de Silesia en Katowice, institución europea socia del proyecto Transform4Europe de Alianza de Universidades Europeas.
En dicha T4EU Week participarán estudiantes de las 10 instituciones socias de la iniciativa, a saber:
· Universidad del Sarre (Alemania)
· Universidad de Alicante (España)
· Academia de Artes de Estonia (Estonia)
· Universidade Católica Portuguesa (Portugal)
· University of Primorska (Slovenia)
· Jean Monnet University (France)
· Universidad de Silesia en Katowice (Polonia)
· Universidad de Sofía (Bulgaria)
· Universidad de Trieste (Italia)
· Universidad Vytautas Magnus (Lituania)
La concesión implica una movilidad física de corta duración en el extranjero para participar en una estancia que tendrá lugar entre los días 21 y 25 de octubre de 2024, en la localidad de Katowice (Polonia).
Los estudiantes seleccionados podrán cursar un curso de entre los ofertados por la universidad de destino.
2. Requisitos de las Personas Beneficiarias
Podrá solicitar la participación en esta ayuda el alumnado que cumpla los siguientes requisitos:
2.1. Requisito de matrícula.
El alumnado debe estar matriculado en la UA en estudios conducentes a la obtención de un título oficialmente reconocido de Grado, Máster oficial o Doctorado, tanto en el momento de la solicitud como durante la movilidad. Los programas de estudio mencionados deben tener docencia durante el curso 2023-24.
2.2. Requisito de créditos en los estudios desde los que solicita la movilidad.
El número mínimo de créditos superados debe ser: 60 créditos en el caso de estudiantes de grado, hasta la convocatoria C3 del curso 2023-24 inclusive. Para estudiantes de máster y doctorado no hay requisito mínimo de créditos.
2.3. Requisito de idiomas: tener acreditado en la UA como mínimo un nivel B2 de inglés, ya que el idioma vehicular de la T4EU Week será el inglés.
Los documentos que se valorarán son exclusivamente los contenidos en la Normativa de la UA para la acreditación interna de competencias lingüísticas en valenciano y lenguas extranjeras, que se puede encontrar en la página web del Servicio de Lenguas: Plan de Acreditación Lingüística https://sl.ua.es/es/acreditacion/acreditacion-en-lenguas.html
Sólo podrán ser considerados aquellos documentos obtenidos hasta la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
En cuanto a la acreditación de idiomas por superación de asignaturas, se admitirán las superadas hasta la convocatoria C3 del curso 2023-24, inclusive.
2.4. No haber superado el período máximo de estancias Erasmus de estudios o prácticas (LLP-Erasmus, Erasmus Mundus, Erasmus+) permitidas:
2.4.1. Grado en Fundamentos de la Arquitectura: dos períodos anuales en cómputo total.
2.4.2. Para el resto de titulaciones: un período anual en cómputo total en el mismo nivel de estudios (grado o máster).
2.5. No haber obtenido plaza definitiva en otro programa de movilidad para el mismo semestre solicitado.
2.6. No haber incumplido la normativa de cualquier programa gestionado por el Servicio de Relaciones Internacionales.
3. Número y dotación de las becas.
3.1. Se adjudicará un número máximo de 15 plazas, de las cuales 5 corresponderán a estudiantes de doctorado, 3 a estudiantes de máster y 7 a estudiantes de grado. En el supuesto de que alguna plaza de grado quedara vacante, se acumularía al total de plazas de máster, y viceversa.
3.2. Los beneficiarios de una plaza para participar en la T4EU Week en el marco de la iniciativa Transform4Europe recibirán una ayuda económica una vez presenten la documentación que consta en el apartado 12.
3.3. Dicha ayuda estará constituida por las aportaciones de la Comisión Europea a través del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE), perteneciente al Ministerio de Universidades. Para esta convocatoria, la cuantía correspondiente se estima en 15.720 €.
3.4. Así mismo, siguiendo las indicaciones del SEPIE, se tendrá en cuenta el siguiente punto en las movilidades: dado que se trata de una modalidad de enseñanza combinada, es decir, se combina la enseñanza virtual con la presencial, se percibirá la beca que corresponda desde el momento en que se requiera la presencia física del/a estudiante y así se justifique por la universidad de destino.
3.5. La duración máxima financiada será de 7 días (5 días de actividad más 2 de viaje). Los días concretos en los que se realizará la actividad se harán constar en el Certificado de Estancia, siendo éstos los que se utilicen para el cálculo de la cuantía a percibir.
3.6. La ayuda tiene por objeto contribuir a cubrir los gastos de viaje y subsistencia de la movilidad en el país de acogida, que puede no cubrir la totalidad de los costes. Constará de un importe total de 948 € y atenderá a los siguientes criterios:
3.6.1. Viaje (ida y vuelta): Contribución a los gastos de viaje basado en la distancia entre la Universidad de Alicante y en la sede de la institución de acogida: 395 €.
3.6.2. Ayuda individual: Costes directamente relacionados con la estancia de los participantes durante la actividad. La cantidad diaria será de 79 €/día. Total (7 días): 553 €.
En el caso de estudiantes con menos oportunidades o discapacidad igual o superior al 33% el importe total ascenderá a 1.048 €, ya que recibirán una ayuda adicional de 100 €.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
4.1. Plazo de presentación
El plazo para solicitar la ayuda será de 7 días naturales a partir del siguiente a la fecha de publicación de la presente convocatoria en BOUA.
4.2. Procedimiento de presentación
La solicitud se cumplimentará únicamente a través de este formulario https://cvnet.cpd.ua.es/uaCuestionarios/acceso/preguntas.aspx?idcuestionario=198878&idioma=es#/probar/castellano
El alumnado de grado interesado en participar en esta actividad deberá comprobar los logros obtenidos en materia lingüística que aparecen en UACloud Campus Virtual - Expediente académico - Consultar - Expedientes - Acreditación y capacitación docente en lenguas. En caso de que algún logro no esté recogido en su expediente, deberá adjuntarlo en la solicitud.
El alumnado de máster y doctorado deberá adjuntar a la solicitud el certificado que acredita su nivel de idiomas.
El Servicio de Relaciones Internacionales - Movilidad consultará la formación lingüística acreditada en la UA para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la universidad de destino y tendrá en cuenta los certificados que adjunte el alumnado en su solicitud a la hora de resolver la convocatoria.
5. Criterios de adjudicación
5.1. La selección de plazas se resolverá de acuerdo con la valoración de los méritos acreditados por cada estudiante atendiendo al baremo detallado en el anexo 1. Las solicitudes se ordenarán de mayor a menor puntuación y se elaborará una lista de espera, con la que se cubrirán las posibles renuncias.
5.2. El baremo comprenderá dos apartados y la puntuación total resultará de la suma de los mismos (a+b):
a) Expediente académico en el estudio desde el que se solicita la participación en la T4EU Week.
b) Nivel de inglés.
5.3. Las plazas se distribuirán por orden de puntuación total, no adjudicando más plazas que las ofertadas. En caso de estudiantes que obtengan la misma puntuación, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en los apartados del baremo que se indican: 1º) número de créditos superados (en el caso de grado); 2º) nivel de idioma. En este orden, hasta conseguir el desempate. En caso de persistir el empate, se utilizará el orden alfabético del primer apellido de las personas solicitantes, comenzando la ordenación por la letra "W" de acuerdo con el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, publicado en el BOE de 29 de julio de 2023.
5.4. Los estudiantes podrán establecer un orden de prioridad respecto a los cursos solicitados a la hora de hacer la solicitud.
5.5. Se adjudicará un máximo de 3 estudiantes por curso.
5.6. Se adjudicarán los cursos en el siguiente orden: primero estudiantes de doctorado, después de máster y, por último, de grado.
5.7. Todos los méritos presentados habrán de reunirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acreditándose en la forma que se establece en cada caso.
5.8. Prioridades. La selección se realizará teniendo en cuenta las siguientes prioridades:
· Prioridad 1: estudiantes con beca del MEFP en el curso 23/24 y/o discapacidad igual o superior al 33% que NO hayan participado en ediciones anteriores de la Transform4Europe Week o del Festival Cultural que hayan tenido lugar fuera de la UA. Se reflejará sumando 10 puntos a los obtenidos en el baremo.
· Prioridad 2: estudiantes que NO hayan participado en ediciones anteriores de la Transform4Europe Week o el Festival Cultural que hayan tenido lugar fuera de la UA. Se reflejará sumando 5 puntos a los obtenidos en el baremo.
· Prioridad 3: estudiantes con beca del MEFP en el curso 23/24 y/o discapacidad igual o superior al 33% que hayan participado en ediciones anteriores de la Transform4Europe Week o el Festival Cultural que hayan tenido lugar fuera de la UA. En este caso, la puntuación del baremo no se verá afectada.
· Prioridad 4: estudiantes que hayan participado en ediciones anteriores de la Transform4Europe Week o el Festival Cultural que hayan tenido lugar fuera de la UA. Se reflejará restando 5 puntos a los obtenidos en el baremo.
· Prioridad 5: estudiantes que hayan renunciado fuera del periodo establecido en la correspondiente convocatoria a una plaza concedida en ediciones anteriores de la Transform4Europe Week o Festival Cultural restando 10 puntos a los obtenidos en el baremo.
6. Órgano Gestor y Comisión de valoración
6.1. Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria, el Servicio de Relaciones Internacionales, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia es la Unidad de Convocatorias y Gestión Económica del citado servicio, contacto: mobilityoffice@ua.es
Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.
6.2. Comisión de valoración
La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes admitidas y elaborará el informe de valoración.
La comisión tendrá la siguiente composición:
Presidencia:
- Vicerrectora de Relaciones Internacionales y Cooperación para el Desarrollo
Secretaría:
- Subdirectora de Gestión de Proyectos de Movilidad.
Vocal:
- Directora del Servicio de Relaciones Internacionales.
La comisión de valoración suplente tendrá la siguiente composición:
Presidencia:
- Director del Secretariado de Movilidad (responsable de la Coordinación Institucional Erasmus+).
Secretaría:
- Subdirectora de Movilidad de Estudiantes.
Vocal:
- Gestora Jefe de Convocatorias y Gestión Económica.
Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán un documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
La Comisión de Selección se reserva el derecho de convocar a las personas candidatas para contrastar cualquier información relacionada con el contenido de la solicitud.
7. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://sri.ua.es/es/movilidad/t4e/transform4europe-week.html, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
En esta misma dirección se encuentra el resto de información general referente a la convocatoria, el anexo, y el acceso a toda la normativa y legislación mencionada en la misma.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Servicio de Relaciones Internacionales publicará en su página web la baremación provisional de cada solicitante y, en su caso, las solicitudes excluidas provisionalmente y los motivos de exclusión, así como la adjudicación provisional de plazas Se concederá un plazo de tres días hábiles para que subsanen el defecto que haya motivado su exclusión o aleguen lo que estimen conveniente para corregir cualquier error que se haya podido producir respecto a la baremación (idioma acreditado y nota media) y créditos superados o para presentar renuncias. Las renuncias presentadas en el plazo mencionado darán lugar al correspondiente movimiento de plazas, siguiendo el orden de baremación. El resultado de dicho movimiento se publicará en la resolución definitiva de concesión.
Transcurrido dicho plazo y una vez revisadas las alegaciones, el Servicio de Relaciones Internacionales publicará la baremación definitiva de cada solicitante y, en su caso, las solicitudes excluidas de forma definitiva. En la misma publicación constará la Resolución Definitiva de Adjudicación de plazas y la lista de espera.
Una vez seleccionado, el estudiantado tendrá que aportar:
- Fichero de terceros (formulario de datos personales y datos bancarios).
7.1 Lista de espera.
Se establecerá una lista de espera, a los/las que se irá contactando a medida que quede alguna plaza vacante debido a renuncias.
8. Aceptación de la movilidad
8.1. Aceptación por parte de la universidad de destino
Una vez asignadas las plazas por parte de la UA, el alumnado debe realizar los trámites de solicitud de inscripción en la institución de destino (Application Procedure), si fuera el caso, para su aceptación por dicha institución, pudiendo ésta rechazarle porque no cumpla los plazos para inscribirse en la universidad de destino.
Por todo ello, la asignación de plazas que realiza la UA no será efectiva hasta su aceptación por la institución de destino.
8.2. Situaciones derivadas de acontecimientos globales
Teniendo en cuenta que la movilidad del alumnado en los diferentes países puede verse afectada por acontecimientos globales sobrevenidos que produzcan inestabilidad que impidan la movilidad (pandemias, conflictos bélicos, etc.) se recomienda no incurrir en gastos hasta que la posibilidad de viajar a destino esté confirmada. Por ello, es aconsejable no reservar viajes y alojamiento hasta el mismo momento de realizar la movilidad.
8.3. Organización final de la T4EU Week
Se recomienda no comprometerse a ningún gasto hasta que esté confirmada la selección de estudiantes, ya que la plaza no es definitiva hasta que se publique el listado definitivo de adjudicación de plazas.
9. Renuncia y penalización
La renuncia se debe notificar por escrito al Servicio de Relaciones Internacionales a través de UACloud > eAdministración > Instancia Genérica (dirigida a Movilidad).
Las renuncias no penalizarán mientras sean presentadas en el plazo establecido en la resolución. Fuera de estos plazos, y dado que las renuncias perjudican el proceso selectivo, se penalizará (según Normativa) conforme establezca cada convocatoria.
Si un/a estudiante que ha obtenido plaza no presenta renuncia, pero no se incorpora a la universidad de destino en la fecha prevista de comienzo de la T4EU Week, su participación será cancelada de oficio. Además, esta persona será penalizada, quedando excluida de la posibilidad de movilidad en el siguiente curso en el que solicite el intercambio. (según Normativa).
10. Marco legal y presupuestario
Esta convocatoria con código 2024SBV150 sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2024LS035 del Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Universidad de Alicante.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria. Dicha dotación podrá incrementarse como consecuencia de la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el art. 58.2 a) del Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, o bien por la no asignación del importe total de la dotación de la convocatoria.
La presente convocatoria se rige, además de por las normas establecidas en la misma, por las disposiciones europeas para el Programa Erasmus+, por el Manual de Movilidad en enseñanza superior 2021, por la Normativa General de Movilidad de la Universidad de Alicante y por las Bases Reguladoras que rigen la adjudicación de destinos y la concesión de ayudas para participar en los programas de Movilidad Erasmus+ de la UA (disponible en https://www.boua.ua.es/Acuerdos/DescargarAcuerdo/16741).
La dotación de las ayudas para esta convocatoria, correspondiente al SEPIE se estima en un máximo de 15.720 €. Será sufragada con cargo al capítulo 4 de la orgánica 51.60.4M.00.28 del centro de gasto, del Servicio de Relaciones Internacionales. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la UA. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.
Dicha dotación podrá incrementarse como consecuencia de la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el art. 58.2 a) del Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, o bien por la no asignación del importe total de la dotación de la convocatoria. A tenor del artículo 167 de la citada Ley 1/2015, la concesión está condicionada a la existencia, en el presupuesto del ejercicio económico 2024, de crédito adecuado y suficiente para ello.
El presente proyecto ha sido financiado con el apoyo de la Comisión Europea. Esta publicación es responsabilidad exclusiva de la UA. La Comisión no es responsable del uso que pueda hacerse de la información aquí difundida.
11. Reconocimiento académico y aprovechamiento
El estudiantado que realice la movilidad obtendrá un reconocimiento académico de 3 ECTS. Los estudiantes tendrán que solicitar dicho reconocimiento en la secretaría de su centro, previa presentación del certificado de asistencia a la T4EU Week.
11.1. Matrícula.
En el curso académico de la movilidad, se debe estar matriculado/a en la misma titulación que en el momento de la solicitud.
11.2. El reconocimiento de la movilidad realizada en la institución de acogida únicamente podrá ser denegado si no se ha alcanzado el nivel académico requerido por la institución de acogida o bien se incumplen las condiciones relativas al reconocimiento acordadas por las instituciones participantes.
Así mismo, a quien se negase a cumplir las exigencias de su programa de estudios en el extranjero se le podrá exigir el reembolso, total o parcial, de la beca individual.
12. Obligación y justificación del beneficiario
12.1. Las obligaciones de los beneficiarios de esta convocatoria son:
a) No aceptar ningún otro ingreso incompatible con la percepción de las dotaciones de las ayudas.
b) Cursar el periodo de estudios establecido en el centro concedido y cumplir con aprovechamiento las distintas etapas del proceso de formación con la dedicación requerida.
c) Estar localizable y mantener contacto con las unidades de la Universidad de Alicante implicadas en la convocatoria, que podrán ponerse en contacto con el alumnado en cualquier momento, tanto durante todo el proceso de selección y nominación de su candidatura como durante la movilidad, a través del correo electrónico de la UA, así como facilitar los datos de contacto en caso de emergencia.
d) Comunicar de inmediato todo cambio de la solicitud inicial; en concreto a la Unidad de Movilidad lo referente a renuncias, cambios en el calendario, etc.
e) Tener unos conocimientos del idioma suficientes para integrarse en la universidad de destino. La UA no se hace responsable de las carencias que en este sentido tenga el alumnado ni de las consecuencias que de ello se puedan derivar, como, por ejemplo, la no aceptación por parte de la institución de destino.
f) Entregar en la Oficina de movilidad la documentación que consta en el apartado 12.2.
g) Responsabilizarse de la búsqueda y localización de alojamiento y de los trámites seguidos para la inscripción en la universidad de acogida.
h) Mantener operativa una cuenta bancaria en España para el abono de las ayudas.
i) Inscribirse en el Registro de Viajeros y consultar las recomendaciones de viaje del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para el país al que se va a viajar, así como las del Ministerio de Sanidad. En caso de situaciones excepcionales en el país de destino seguir en todo momento las indicaciones de la Embajada correspondiente, así como de la universidad de acogida, y comunicar su situación a la Unidad de Movilidad.
j) A la hora de realizar la inscripción se deberá aceptar los términos de la Declaración Responsable.
12.2. El medio de justificación del cumplimiento de las obligaciones se realizará del siguiente modo:
De acuerdo con lo establecido en el punto decimocuarto de las Bases Reguladoras que rigen la adjudicación de destinos y la concesión de ayudas para participar en los programas de movilidad Erasmus+ (Acción clave 1-KA1 para estudiantes con fines de estudio), becas Santander Erasmus+ y Movilidad Global (https://www.boua.ua.es/Acuerdos/DescargarAcuerdo/16741), las personas beneficiarias deberán justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la ayuda y de la aplicación de los fondos percibidos hasta el 30 de junio de 2025 mediante la presentación de la siguiente documentación ante la Oficina de Movilidad de la Universidad de Alicante:
- Contrato de subvención.
- Acuerdo de Aprendizaje.
- Confirmación de estancia original (llegada y salida).
- Certificado de notas (Transcript of Records).
- Cuestionario UE (al final de la estancia).
Tras la justificación, la Universidad procederá de oficio al pago de la subvención concedida.
El incumplimiento por la persona beneficiaria de cualquiera de los requisitos y obligaciones establecidos en esta convocatoria y bases reguladoras, así como en su resolución de concesión, podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la subvención y al reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas.
13. Tasas académicas
No se deberá abonar ninguna tasa universitaria (en concepto de matrícula, inscripción, exámenes oficiales, acceso a instalaciones de laboratorios y bibliotecas, etc.) en la institución de acogida durante el periodo en el que se produce la movilidad.
Cada estudiante deberá seguir abonando las tasas académicas habituales en la UA durante su período de movilidad de corta duración.
14. Forma de pago
El pago de la presente subvención se realizará en un único pago, al finalizar la estancia y una vez todos los participantes hayan presentado la documentación que consta en el apartado 12.2.
15. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, los datos serán cedidos a:
- La universidad de destino con el objetivo de gestionar el programa de movilidad.
- La aseguradora de accidentes de viaje, para la prestación del servicio de seguros de viaje asociado al programa de movilidad internacional.
- Entidades financieras.
- Administración Autonómica y Local.
- Embajadas, consulados de España en el extranjero.
El alumnado participante en esta convocatoria puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
16. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
En Alicante, a 10 de julio de 2024
La rectora,
P.D. de firma, la Vicerrectora de Relaciones Internacionales y Cooperación para el Desarrollo
(Resolución de 22 de diciembre de 2020)
Rosa María Martínez Espinosa