BECAS PARA ACTIVIDADES FORMATIVAS EN EL SERVICIO DE INFORMACIÓN (PROGRAMA DE VISITAS DE ESTUDIANTES DE SECUNDARIA DEL CURSO 2024-2025 Y OTRAS ACTIVIDADES), CONVOCADAS POR LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE

Fecha de aprobación
03/10/2024
Fecha de publicación
04/10/2024
Órgano competente
Rectora
Sección
Convocatorias y concursos

Título: BECAS PARA ACTIVIDADES FORMATIVAS EN EL SERVICIO DE INFORMACIÓN (PROGRAMA DE VISITAS DE ESTUDIANTES DE SECUNDARIA DEL CURSO 2024-2025 Y OTRAS ACTIVIDADES), CONVOCADAS POR LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: jueves, 3 de octubre de 2024

BECAS PARA ACTIVIDADES FORMATIVAS EN EL SERVICIO DE INFORMACIÓN (PROGRAMA DE VISITAS DE ESTUDIANTES DE SECUNDARIA DEL CURSO 2024-2025 Y OTRAS ACTIVIDADES), CONVOCADAS POR LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE

1.     Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas para actividades de formación en el Programa de Visitas de Estudiantes de Secundaria de la Universidad de Alicante y otras actividades de este tipo.

Otro de los objetivos fundamentales de la formación universitaria es garantizar la empleabilidad de sus titulados y tituladas. Por ello, la Universidad de Alicante desarrolla un plan formativo, a través de becas de actividades formativas, que permite reforzar la adquisición de competencias que incidan positivamente en la mejora de la empleabilidad, a través de actividades de formación complementaria en las que los estudiantes puedan poner en práctica competencias muy valoradas por los empleadores.

Las competencias transversales (adaptación, trabajo en equipo, resolución, aprendizaje continuo, comunicación...) son herramientas que propician la mejora de la empleabilidad y optimizan la formación del alumnado, que se pueden adquirir gracias a su participación en tareas formativas y en actividades complementarias a sus estudios, como monitor o monitora de estudiantes de secundaria durante las visitas de éstos a la universidad, o bien participando en ferias y en labores de apoyo al servicio de información, ponga en práctica competencias tales como: comunicación oral, empatía, trabajo en equipo, liderazgo, responsabilidad y compromiso.

La actividad principal se desarrollará habitualmente en horario de mañana los viernes entre enero y abril de 2025, en función de las necesidades. En el resto de actividades, las fechas y horarios estarán determinadas por las necesidades de cada evento.

2.     Requisitos de las Personas Beneficiarias

Podrá solicitar estas becas el alumnado que esté matriculado/a en estudios oficiales de grados o másteres universitarios en la Universidad de Alicante en régimen de compatibilidad con sus estudios y como complemento a los mismos.

3.     Número y dotación de las becas.

El número de becas concedidas vendrá determinado por el número de asistencia a las actividades programadas que realice el alumnado beneficiario, en función de las necesidades que requieran los diferentes actos o actividades.

La cuantía de cada ayuda será la cantidad que resulte del total de días de asistencia a las actividades programadas, a razón de 48 € brutos cada día de asistencia.

4.     Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1. Plazo de presentación

El plazo de entrega de documentación y presentación de solicitudes se inicia el día siguiente de su publicación en el BOUA y finalizará el 15 de octubre de 2024.

4.2. Procedimiento de presentación

La solicitud se formalizará   través del formulario electrónico, al cual se deberá adjuntar la documentación requerida en cada caso. El acceso al formulario electrónico se realiza desde:

Identificándose con las mismas claves de usuario/a y contraseña de UACloud Campus Virtual. Aquellas personas que resulten seleccionadas, deberán presentar los documentos originales para su cotejo con los documentos enviados.

Las bases y el baremo también se pueden descargar desde la página web:

5.    Criterios de adjudicación

La valoración de cada uno de los criterios se detalla en el anexo a esta convocatoria.

Primera fase:

-       Situación académica

-       Ser representante de estudiantes

-       Situación económica

-       Competencia oral del valenciano

-       Dedicación en materia de Igualdad de Género (Formación o voluntariado)

-       Haber participado en campañas anteriores de Infomatrícula o similares

Segunda fase:

Entrevista personal y/o en grupos. Se convocará a la entrevista a aquellos candidatos/as que hayan obtenido una puntuación que los sitúe, al menos, entre los seis primeros de cada área.

La selección se efectuará por la Comisión de Valoración considerando los criterios de selección y en aplicación del baremo incluido en el anexo I de esta convocatoria.

Se reservará un 5% de las becas ofertadas para estudiantes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Para deshacer posibles empates finales, en su caso, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en los apartados del baremo que se indican, según el siguiente orden de prelación: 1º: aptdo. 1; 2º: aptdo. 3; 3º: aptdo. 6; 4º: aptdo. 4; 5º: aptdo. 2; 6º: aptdo. 5.

La selección y adscripción se efectuará de entre las y los estudiantes matriculados en estudios incluidos en las áreas que resulten en relación a oferta de estudios de grado y de acuerdo a las necesidades de los itinerarios que se establezcan.

6.     Órgano Gestor y Comisión de valoración

a. Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria, la persona titular del VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES Y EMPLEABILIDAD, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia que gestionará la convocatoria es el Servicio de Información, planta baja del Aulario II, y su método de contacto es presencial, telefónico (965903456) o por correo electrónico (informacio@ua.es).

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.

b. Comisión de valoración

Las solicitudes serán evaluadas por una comisión de valoración compuesta por los siguientes miembros:

-       Presidencia. Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad o persona que le sustituya.

-       Secretaría. Director del Servicio de Información o persona que le sustituya.

Vocales:

-       Directora del Secretariado de Acceso y Orientación Universitaria o persona que le sustituya.

-       Representante del Consejo de Estudiantes.

Los miembros de la comisión de valoración firmarán el documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).

7.     Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán la dirección web https://web.ua.es/es/oia/becas-ayudas/colaboracion/beca-monitores-as-para-el-programa-de-visitas-de-alumnado-de-secundaria.html sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

El calendario de trámites será el siguiente:

Primera Fase: Baremación de solicitudes

-       Publicación puntuaciones provisionales: 29 de octubre.

-       Plazo de presentación de reclamaciones a puntuaciones provisionales: del 29 de octubre al 5 de noviembre.

-       Entrevista voluntaria para valorar conocimientos de valenciano: 12 y 13 de noviembre.

-       Publicación puntuaciones definitivas de la primera fase y relación de candidatos/as que han de efectuar la entrevista: 15 de noviembre.

Segunda Fase: Entrevistas

-       Realización de las entrevistas a candidatos/as (segunda fase): entre el 18 y el 22 de noviembre. Se anunciarán los días concretos, horarios y lugar de realización de las entrevistas.

-       Publicación puntuación segunda fase y relación de candidatos/as propuestos/as para becarios/as: 26 de noviembre.

-       Plazo de reclamaciones: del 26 de noviembre al 2 de diciembre.

-       Sesiones formativas con becarios/as seleccionados/as y suplentes (asistencia obligatoria): 12 de diciembre de 2024 y 15 de enero de 2025.

8.     Marco legal y presupuestario

Esta convocatoria con código 2025SBV003 sirve de base reguladora y será incorporada en el Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 de la Universidad de Alicante, el cual se encuentra en proceso de elaboración y pendiente de aprobación.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de esta convocatoria de un máximo de 44.000 euros será sufragada con cargo al capítulo IV 50114B0001 del presupuesto del Servicio de Información. La dotación de esta convocatoria queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del ejercicio 2025 de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 1493/2011 se tramitará la inclusión de estos becarios en el Régimen General de la Seguridad Social.

Esta beca está sujeta al Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.

9.     Obligación y justificación del beneficiario

Las obligaciones de los beneficiarios de esta convocatoria consisten en desarrollar adecuadamente la actividad según las instrucciones recibidas.

Las personas seleccionadas asistirán obligatoriamente a dos sesiones formativas previas en las que se explicarán las actividades a realizar. Quienes no asistan a dichas sesiones formativas decaerán en su derecho a la beca.

El medio de justificación del cumplimiento de las obligaciones se realizará del siguiente modo:

Los beneficiarios deberán justificar el destino de la ayuda al cumplimiento de su finalidad, mediante la presentación de una memoria, que deberán presentar antes del 30 de junio de 2025.

10.  Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.

La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.

En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

11.  Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con o establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

En Alicante, a 3 de octubre de 2024

El Rector en funciones, PD de firma, la Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad (Resolución de 3 de octubre de 2024)

Rosario Isabel Ferrer Cascales

ANEXO I

CRITERIOS DE VALORACIÓN

1.- Situación académica: La puntuación total de este apartado será la suma de los puntos obtenidos en cada subapartado (P1 y P2).

*Deberá presentarse hoja informativa del expediente, de todas las titulaciones alegadas, que incluya número de créditos superados y nota media.

1.1. Puntuación (P1) en relación al número de créditos superados (CS) del total del plan de estudios, con un máximo de 6 puntos:

  • P1=CS/30

1.2. Puntuación (P2) en relación a la nota media del expediente:

  • P2=Nota Media expediente

Las personas que hayan ingresado este curso por primera vez en estudios de la UA objeto de esta convocatoria (a grados, en primero o por reconocimiento de créditos, o a másteres oficiales sin haber obtenido el título previo en la UA), y no se disponga de notas de asignaturas cursadas en la UA, se les asignará 5 puntos.

2.- Ser representante de estudiantes o haberlo sido durante el curso actual o el curso anterior. (máxima puntuación 6 puntos)

2.1. Claustro de Centro..........................................1 punto

2.2  Claustro General.............................................1 punto

2.3. Junta de Centro............. 2 puntos

2.4. Delegado/a de clase...........1 punto

2.5. Presidente/a Delegación de Centro o CEUA. 4 puntos

2.6. Representante en Consejo de Departamento...1 punto

2.7. Miembro Comisión Permanente/Junta de Gobierno Delegación de Centro o CEUA.... 3 puntos

* Deberá acreditarse con documento expedido por la Secretaría que corresponda.

3.- Situación económica (máxima puntuación 6 puntos)

3.1 Solicitantes que hayan obtenido beca (MEC enseñanzas universitarias, Generalitat enseñanzas universitarias o exención de tasas de la Universidad) el curso anterior o beca del MEC enseñanzas universitarias el curso actual ........ 2 puntos 

* Se justificará con el documento acreditativo de su condición de becario.

3.2 Solicitantes que acrediten una situación económica de necesidad: Hasta 4 puntos 

* Este subapartado se valorará en base a la documentación aportada por el solicitante: declaración de la renta de los miembros de la unidad familiar, justificantes de ingreso de la unidad familiar, etc. Se calculará un valor en función de los ingresos y miembros de la unidad familiar, que se comparará con una escala de 4 tramos.

4.- Competencia oral de Valenciano (máxima puntuación 6 puntos)

 4.1 Nivel B1 (Elemental).. Hasta 1 punto

 4.2 Nivel B2 .......Hasta 2 puntos

 4.3 Nivel C1 (Mitjà)...... Hasta 4 puntos

 4.4 Nivel C2 (Superior)..   Hasta 5,5 puntos

* El nivel de competencia oral de valenciano se tendrá que acreditar con los certificados de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià o de los Cursos de Valencià de la Universitat d'Alacant o equivalentes o con la puntuación que conste en actas de convocatorias de Infomatrícula o Monitores de secundaria del curso anterior. La presentación del certificado de la citada acreditación significará ver aumentada automáticamente en 0,5 puntos la puntuación obtenida.

El día 29 de octubre se publicará la página web https://web.ua.es/es/oia/becas-ayudas/colaboracion/beca-monitores-as-para-el-programa-de-visitas-de-alumnado-de-secundaria.html un listado de los candidatos/as con la puntuación asignada en el apartado de competencia oral del valenciano. Quienes consideren que su nivel es superior al asignado deberán indicarlo en el formulario de solicitud y podrán presentarse a una prueba para valorar el nivel de competencia oral, entre los días 12 y 13 de noviembre.

5.- Dedicación en materia de Igualdad de género (formación o voluntariado)

Se valorará a 0,01 puntos por hora, con un máximo de 1 punto

6.- Participación en campañas anteriores de Infomatrícula o similares: 1 punto

7.- Entrevista: (hasta 6 puntos)

Se convocará a la entrevista a quienes hayan obtenido una puntuación que los sitúe, al menos, entre los seis primeros de cada área tras la valoración de la primera fase.

La relación con los candidatos y candidatas que deberán efectuar la entrevista se publicará el día 15 de noviembre en la página web https://web.ua.es/es/oia/becas-ayudas/colaboracion/beca-monitores-as-para-el-programa-de-visitas-de-alumnado-de-secundaria.html.

En dicha relación se indicará fecha, lugar y hora de la entrevista.

En la entrevista se valorará:

·         Motivación y capacidad de comunicación y habilidades sociales. Hasta 4 puntos.

·         Conocimiento de los procesos de acceso y matrícula, titulaciones, planes de estudios, centros, servicios y recursos de la Universidad. Hasta 2 puntos

OBSERVACIONES

La selección y adscripción se efectuará de entre las y los estudiantes matriculados en estudios incluidos en las áreas que resulten en relación a oferta de estudios de grado y de acuerdo a las necesidades de los itinerarios que se establezcan.