PREMIOS A TRABAJOS FIN DE GRADO Y TRABAJOS FIN DE MÁSTER DE LA CÁTEDRA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

Fecha de aprobación
22/10/2024
Fecha de publicación
25/10/2024
Órgano competente
Rector
Sección
Convocatorias y concursos

Título: PREMIOS A TRABAJOS FIN DE GRADO Y TRABAJOS FIN DE MÁSTER DE LA CÁTEDRA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rector

Fecha de aprobación: martes, 22 de octubre de 2024

PREMIOS A TRABAJOS FIN DE GRADO Y TRABAJOS FIN DE MÁSTER DE LA CÁTEDRA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

1.     Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

Establecer e impulsar actuaciones que fomenten la investigación sobre temas específicos relativos a la gestión responsable aplicables a una organización. Estos temas son: Gobernanza. Derechos humanos. Prácticas laborales. Medio ambiente. Prácticas justas de operación. Asuntos de consumidores. Participación activa en la comunidad. Entre otras, cuestiones relativas a emprendimiento social, ética empresarial e investigadora, finanzas éticas, cláusulas sociales en la contratación pública, desarrollo sostenible, etc.

Para ello publica la presente convocatoria de premios a los mejores trabajos tutorizados (Fin de Grado (TFG) y Fin de Máster (TFM) que aborden dichas temáticas en cualquiera de sus manifestaciones y perspectivas teóricas y metodológicas, desarrollados y defendidos en la Universidad de Alicante a lo largo del curso académico 2023/2024.

El objetivo principal de estos premios es la promoción de la actividad investigadora en el marco general de la responsabilidad social, independientemente de la disciplina académica desde la que sea tratada.

2.     Requisitos de las Personas Beneficiarias

Podrá optar a los Premios cualquier estudiante que haya desarrollado y defendido su proyecto en la Universidad de Alicante durante el curso 2023/2024 y que se encuentre relacionado con la Responsabilidad Social y los temas mencionados anteriormente.

1. Los TFG y los TFM deberán haber alcanzado, en su defensa, una nota mínima de 9 (nueve).

2. Los TFG y los TFM se presentarán de forma telemática a través del trámite de Instancia Genérica disponible en la aplicación de UACloud.

3.     Número y dotación de las becas.

Se concederá un número máximo de 4 premios, premio a un Trabajo Fin de Grado y accésit, dotados de 350 y 300 euros respectivamente, y premio a un Trabajo Fin de Máster y accésit dotados de 450 y 400 euros respectivamente distribuyendo la asignación, hasta un máximo de 1.500 €.

Los premios podrán ser declarados desiertos si ninguno de los trabajos presentados reúne los requisitos suficientes para merecer su concesión. La puntuación mínima requerida para la concesión del premio es de un 7 (siendo 10 la máxima puntuación que puede obtenerse).

La entrega del premio se podrá realizar en un acto público en la Universidad de Alicante que se anunciará con suficiente antelación.

4.     Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1. Plazo de presentación

El plazo para la presentación de los trabajos se abrirá a partir del día siguiente de su publicación en el BOUA hasta el 8 de noviembre de 2024 a las 23:59 h.

4.2. Procedimiento de presentación

La documentación se presentará de forma telemática a través del trámite de Instancia Genérica disponible en la aplicación de UA-Cloud.

En el campo "EXPONE" habrá de indicarse:

·       PREMIOS A TRABAJOS FIN DE GRADO Y TRABAJOS FIN DE MÁSTER DE LA CÁTEDRA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL 2024.

  • Si se trata de TFG o TFM.

En el campo "SOLICITA" habrá de indicarse "Dirigido al Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social".

En el campo "DOCUMENTOS ADJUNTOS" se subirá el siguiente documento en formato PDF:

  • Trabajo Fin de Grado o Trabajo Fin de Máster sin que conste la autoría ni la tutorización.

El tamaño máximo admisible del documento es de 15 Mb.

5.     Criterios de adjudicación

Las solicitudes serán evaluadas por parte del Jurado a partir del análisis y discusión de la documentación recibida para cada una de las candidaturas. Serán considerados los siguientes aspectos:

-    La incidencia de los trabajos en la mejora de la estrategia de responsabilidad social de empresas, instituciones u organizaciones, se valorará con un 40%.

-    El análisis de la situación actual de la responsabilidad social y propuestas de mejora, se valorará con un 30%.

-    La originalidad y rigurosidad en el planteamiento y diseño del trabajo, se valorará con un 30%.

6.     Órgano Gestor y Comisión de valoración

6.1. Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria, la vicerrectora de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

El contacto del órgano gestor será:  vr.social@ua.es

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.

6.2. Comisión de valoración

La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas, así como la consiguiente propuesta de concesión y denegación de las ayudas.

La comisión tendrá la siguiente composición:

Presidencia:

Eva Espinar Ruiz. Vicerrectora de Igualdad, Inclusión y de Responsabilidad Social de la Universidad de Alicante, o persona que le sustituya.

Secretario:

Roberto Mohedano Menéndez. Director del Secretariado de Responsabilidad Social, o persona que le sustituya.

Vocales:

Carmen Vives Cases. Directora del Secretariado de Igualdad, o persona que le sustituya.

Irene Bajo. Directora de la Cátedra de Responsabilidad Social de la Generalitat Valenciana de la Universidad de Alicante, o persona que le sustituya.

Un miembro del colectivo PDI de la Universidad de Alicante elegido en función de las áreas de conocimiento de los TFG-TFM presentados.

Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán el documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).

7.     Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://web.ua.es/es/catedra-responsabilidad-social/presentacion/catedra-de-responsabilidad-social-de-la-generalitat-valenciana-en-la-universidad-de-alicante.html  sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 25 de noviembre de 2024. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 5 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.

Transcurrido dicho plazo y a la vista la propuesta motivada de la resolución por la comisión de valoración, la Rectora de la Universidad de Alicante dictará la resolución que proceda.

8.     Marco legal y presupuestario

Esta convocatoria con código 2024SBV178 sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2024LS019 del Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de las ayudas de un máximo de 1.500 euros será sufragada con cargo al capítulo IV orgánica 11.40.4B.0001. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.

9.     Obligación y justificación del beneficiario

Las obligaciones de los beneficiarios de esta convocatoria son:

La actividad subvencionada debe realizarse desde 2023 hasta 2024.

·       Obligación de presentar fichero de terceros, junto con la documentación requerida por la Unidad de Proveedores de la UA

·       La presentación se realizará posterior a la notificación del premio.

La justificación de la persona beneficiaria será previa a la concesión mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la concesión del premio.

10. Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.

La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.

En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

11. Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de esta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente puede interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

En Alicante, 22 de octubre de 2024

El rector en funciones,

P.D. de firma, el director de Relaciones y Proyectos Institucionales

(Resolución de 3 de octubre del 2024)

Juan Llopis Taverner