BECAS PARA ACTIVIDADES FORMATIVAS EN EL SERVICIO DE INFORMACIÓN (PROGRAMA INFOMATRÍCULA), CONVOCADAS POR LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
- Fecha de aprobación
- 24/03/2025
- Fecha de publicación
- 25/03/2025
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: BECAS PARA ACTIVIDADES FORMATIVAS EN EL SERVICIO DE INFORMACIÓN (PROGRAMA INFOMATRÍCULA), CONVOCADAS POR LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: lunes, 24 de marzo de 2025
BECAS PARA ACTIVIDADES FORMATIVAS EN EL SERVICIO DE INFORMACIÓN (PROGRAMA INFOMATRÍCULA), CONVOCADAS POR LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de actividades formativas becadas para el Programa Infomatrícula de apoyo informativo a los procesos de preinscripción y matrícula de la Universidad de Alicante 2025.
Otro de los objetivos fundamentales de la formación universitaria es garantizar la empleabilidad de sus titulados y tituladas. Por ello, la Universidad de Alicante desarrolla un plan formativo, a través de actividades formativas becadas, que permite reforzar la adquisición de competencias que incidan positivamente en la mejora de la empleabilidad, a través de actividades de formación complementaria en las que los estudiantes puedan desarrollar competencias muy valoradas por los empleadores.
Las competencias transversales (adaptación, trabajo en equipo, resolución, aprendizaje continuo, comunicación...) son herramientas que propician la mejora de la empleabilidad y optimizan la formación del alumnado, que se pueden adquirir gracias a su participación en tareas formativas y en actividades complementarias a sus estudios, como monitor o monitora de estudiantes de secundaria durante las visitas de éstos a la universidad, o bien participando en ferias y en labores de apoyo al servicio de información, desarrollen competencias tales como: comunicación oral, empatía, trabajo en equipo, liderazgo, responsabilidad y compromiso.
La actividad principal del Programa se desarrollará habitualmente en horario de mañana o tarde, según el turno adjudicado, entre junio y septiembre de 2025, según las fechas indicadas en para cada turno.
2. Requisitos de las Personas Beneficiarias
Podrá solicitar estas actividades formativas el estudiantado que esté matriculado/a en estudios oficiales de grados o másteres universitarios en la Universidad de Alicante en régimen de compatibilidad con sus estudios y como complemento a los mismos.
3. Número y dotación de las ayudas.
El número de becas concedidas vendrá determinado por el número de asistencias que se realicen por parte de los estudiantes, en relación al turno que le haya correspondido. Se establecen dos perfiles, perfil atención telefónica y perfil atención presencial, cada uno de ellos comprende turnos de mañana y tarde, de duración diferente y horarios también diferentes. Se prevé una participación de alrededor de treinta y cuatro beneficiarios o beneficiarias.
La cuantía de cada ayuda será la cantidad que resulte del total de días de asistencia a las actividades programadas, a razón de 48 € brutos cada día de asistencia.
Perfil: ATENCIÓN PRESENCIAL EN SALAS DE MATRÍCULA
La realización de la atención presencial de apoyo a la matrícula NO está garantizada que se pueda realizar. En caso de que se realizara, el turno estaría condicionado al plazo de matrícula que se fijara (julio o septiembre). Las personas que soliciten estos turnos, se les recomienda que soliciten también turnos del perfil de atención telefónica, por si al final no se pudiera llevar a cabo la atención presencial.
En caso de realizarse, se establecerían DOS TURNOS (El primer turno comprenderá alrededor de tres becarios/as, el segundo turno sobre 1 becario/a). Provisionalmente las fechas serían:
· Primer turno: horario de mañana, en los días que se establezcan como periodo de matrícula (julio o septiembre) para estudiantes de nuevo ingreso y atendiendo a las necesidades de los centros.
· Segundo turno: horario de tarde, en los días que se establezcan como periodo de matrícula (julio o septiembre) para estudiantes de nuevo ingreso y atendiendo a las necesidades de los centros.
El horario sería: mañana de 8,45 a 14,30 horas, tarde de 14,30 a 20,15 horas.
En todo caso, dichos turnos se corresponderán con los periodos de matrícula que definitivamente se establezcan. Garantizando el funcionamiento adecuado del servicio de matrícula, se tratará de que todos/as los/as estudiantes beneficiarios/as colaboren un número similar de jornadas, con independencia del turno que les haya sido asignado.
Perfil: ATENCIÓN TELEFÓNICA
La atención telefónica se realizará en los meses de junio, julio y septiembre en los que se establecerán CUATRO TURNOS (El primer y tercer turno comprenderán alrededor de siete personas beneficiarias en cada turno, el segundo y cuarto turno sobre seis personas beneficiarias cada turno). En todo caso el número de personas beneficiarias dependerá de los plazos definitivos que se establezcan y de la distribución de estudiantes en cada franja de matrícula.
· Primer turno: 2 de junio al 11 de julio, en horario de mañana de 9 a 14,30 h.
· Segundo turno: 2 de junio al 11 de julio, en horario de tarde de 14,15 a 19,45 h.
· Tercer turno: 14 de julio al 12 de septiembre (excepto agosto) en horario de mañana de 9 a 14,30h.
· Cuarto turno: 14 de julio al 12 de septiembre (excepto agosto) en horario de tarde de 14,15 a 19,45 h.
Los periodos de cada turno son orientativos. El inicio y finalización de la actividad de cada persona en el turno que le haya correspondido se determinará por la administración. También se podrán establecer cambios en los turnos asignados inicialmente.
Entre las personas beneficiarias de los turnos de atención telefónica se seleccionará al menos a dos personas para realizar apoyo informativo durante el mes de agosto en turno de mañana en la Unidad Centralizada.
Entre las personas beneficiarias del primer turno de atención telefónica se seleccionará a una persona que realizará tareas de apoyo a la coordinación durante todo el periodo de funcionamiento del servicio de atención telefónica.
En todo caso, los turnos y calendarios incluidos en esta resolución están condicionados y pueden ser modificados en función de la evolución sanitaria y por lo que definitivamente se resuelva en las instrucciones que regulen los procedimientos relativos al acceso, admisión y matrícula.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
a. Plazo de presentación
El plazo de entrega de documentación y presentación de solicitudes se inicia el día siguiente de su publicación en el BOUA y finalizará el 17 de abril de 2025.
b. Procedimiento de presentación
La solicitud se formalizará través del formulario electrónico, al cual se deberá adjuntar la documentación requerida en cada caso. El acceso al formulario electrónico se realiza desde:
Identificándose con las mismas claves de usuario/a y contraseña de UACloud Campus Virtual. Aquellas personas que resulten seleccionadas, deberán presentar los documentos originales para su cotejo con los documentos enviados.
Las bases y el baremo también se pueden descargar desde la página web:
5. Criterios de adjudicación
La valoración de cada uno de los criterios se detalla en el anexo a esta convocatoria.
Primera fase:
- Situación académica
- Ser representante de estudiantes
- Situación económica
- Competencia oral del valenciano
- Formación en materia de Igualdad de género
- Haber participado en campañas anteriores de Infomatrícula o similares
Segunda fase:
Entrevista personal y/o en grupos. Se convocará a la entrevista a aquellos candidatos/as que hayan obtenido una puntuación que los sitúe, al menos, entre los dos primeros de cada Centro y/o área.
La selección se efectuará por la Comisión de Valoración considerando los criterios de selección y en aplicación de los criterios de valoración incluido en el anexo I de esta convocatoria.
La adjudicación de las becas de atención presencial se efectuará por Centros y/o áreas, y por orden de puntuación obtenida.
La adjudicación de las becas de atención telefónica se efectuará por Centros y/o áreas, por orden de puntuación obtenida.
Se reservará un 5% de las becas ofertadas para estudiantes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
En caso de resultado de empate en la aplicación de los criterios de valoración, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en los apartados del baremo que se indican, según el siguiente orden de prelación: 1º: aptdo. 1; 2º: aptdo. 3; 3º:aptdo. 4; 4º: aptdo. 2; 5º: aptdo. 5.
Las personas que resulten seleccionados deberán realizar una sesión formativa obligatoria cuya asistencia devengará una compensación equivalente a 48 € brutos. La no asistencia a la sesión de formación implicará decaer en su derecho como becario/becaria. La sesión se realizará en la modalidad, días y horario que se indicarán oportunamente, según el turno que le haya correspondido.
La concesión de la ayuda no comporta ninguna exención de tasas.
6. Órgano Gestor y Comisión de valoración
a. Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria, el Vicerrector de Estudiantes y Empleo, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia que gestionará la convocatoria es el Servicio de Información, planta baja del Aulario II, y su método de contacto es presencial, telefónico (965903456) o por correo electrónico (informacio@ua.es).
Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.
b. Comisión de valoración
Las solicitudes serán evaluadas por una comisión de valoración compuesta por los siguientes miembros o, en su caso, personas que los sustituyan:
- Presidencia. Vicerrector de Estudiantes y Empleo.
- Secretaría. Director del Servicio de Información.
Vocales:
- Director del Secretariado de Acceso y Orientación Universitaria.
- Una persona del Servicio de Gestión Académica.
- Representante del Consejo de Estudiantes
Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán el documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
7. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán la dirección web https://web.ua.es/es/oia/becas- ayudas/colaboracion/infomatricula-y-automatricula-de-la-universidad-de- alicante.html sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
El calendario de trámites será el siguiente:
Primera Fase: Baremación de solicitudes
- Publicación puntuaciones provisionales: 9 de mayo.
- Plazo de presentación de reclamaciones a puntuaciones provisionales: 9,12 y 13 de mayo.
- Entrevista voluntaria para valorar conocimientos de valenciano: 12 y 13 de mayo.
- Publicación puntuaciones definitivas de la primera fase y relación de candidatos/as que han de efectuar la entrevista: 15 de mayo.
Segunda Fase: Entrevistas
- Realización de las entrevistas a candidatos/as (segunda fase): entre el 19 y 21 de mayo. Se anunciarán los días concretos, horarios y lugar de realización de las entrevistas.
- Publicación puntuación segunda fase y relación de candidatos/as propuestos/as para becarios/as: 22 de mayo.
- Plazo de reclamaciones: del 22 al 24 de mayo.
Sesiones formativas para las personas beneficiarias y suplentes (asistencia obligatoria): Entre el 26 y el 30 de mayo, el día concreto que se establezca, para los seleccionados en los turnos 1 y 2 de atención telefónica. Y entre los días 2y 4 de julio para los seleccionados en los turnos 3 y 4 de atención telefónica y 1 y 2 de atención presencial.
8. Marco legal y presupuestario
Esta convocatoria con código 2025SBV096 sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2025LS007 del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (ejercicio 2025) de la Universidad de Alicante.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
La cuantía máxima a que ascenderá el total de ayudas adjudicadas para esta convocatoria será de 78.000 euros. La dotación económica para esta convocatoria se encuentra consignada en la orgánica 50114B0001 de créditos del presupuesto del Servicio de Información. El pago de dicha dotación está supeditado a la disponibilidad de liquidez de la UA.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 1493/2011 se tramitará la inclusión de estos becarios en el Régimen General de la Seguridad Social.
Esta beca está sujeta al Impuesto de la Renta de las Personas Físicas. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.
9. Obligación y justificación de las personas beneficiarias
Son obligaciones de las personas beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las siguientes:
La actividad subvencionada debe realizarse desde 2025 hasta 2025.
Las obligaciones de las personas beneficiarias de esta convocatoria consisten en desarrollar adecuadamente la actividad según las instrucciones recibidas.
Las personas seleccionadas asistirán obligatoriamente a una sesión formativa previa en las que se explicarán las actividades a realizar. Quienes no asistan a dichas sesiones formativas decaerán en su derecho a ser becario/a.
Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:
a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.
b) Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.
c) Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
Justificación de personas beneficiarias
El medio de justificación del cumplimiento de las obligaciones se realizará del siguiente modo:
Los beneficiarios deberán justificar el destino de la ayuda al cumplimiento de su finalidad, mediante la presentación de una memoria, que deberán presentar antes del 1 de noviembre de 2025.
10. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.
Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
11. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso- administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
En Alicante, a 24 de marzo de 2025
P.D. de firma, el Vicerrector de Estudiantes y Empleo (Resolución de 19 de diciembre de 2024)
Raúl Ruiz Callado
ANEXO I
CRITERIOS DE VALORACIÓN
1.- Situación académica: La puntuación total de este apartado será la suma de los puntos obtenidos en cada subapartado (P1 y P2).
1.1. Puntuación (P1) en relación al número de créditos superados (CS) del total del plan de estudios, con un máximo de 6 puntos:
· P1=CS/30
1.2. Puntuación (P2) en relación a la nota media del expediente:
· P2=Nota Media expediente
Las personas que hayan ingresado este curso por primera vez en estudios de la UA objeto de esta convocatoria (a grados, en primero o por reconocimiento de créditos, o a másteres oficiales sin haber obtenido el título previo en la UA), y no se disponga de notas de asignaturas cursadas en la UA, se les asignará 5 puntos.
2.-Ser representante de estudiantes el curso actual o el curso anterior (máxima puntuación: 6 puntos)
2.1. Claustro de Centro......................................... 1 punto
2.2. Claustro General............................................ 1 punto
2.3. Junta de Centro........................................... 2 puntos
2.4. Delegado/a de clase........................................ 1 punto
2.5. Presidente/a Delegación de Centro o CEUA: 4 puntos
2.6. Representante en Consejo de Departamento ..1 punto
2.7. Miembro Comisión Permanente/Junta de
Gobierno Delegación de Centro o CEUA............. 3 puntos
* Deberá acreditarse con documento expedido por la Secretaría que corresponda.
3.- Situación económica (máxima puntuación 6 puntos)
· 3.1 Solicitantes que hayan obtenido beca MEC para enseñanzas universitarias el curso actual, o exenciones de tasas de Generalitat o de la Universidad el curso anterior ........ 2 puntos. (Se justificará con el documento acreditativo de su condición de becario)
· 3.2 Solicitantes que acrediten una situación económica de necesidad: Hasta 4 puntos (Este subapartado se valorará en base a la documentación aportada por el solicitante: declaración de la renta de los miembros de la unidad familiar, justificantes de ingresos de la unidad familiar, etc.) Se calculará un valor en función de los ingresos y miembros de la unidad familiar, que se comparará con una escala de 4 tramos.
4.- Competencia oral del Valenciano (máximo 6 puntos)
· 4.1. Nivel B1 (Elemental) . Hasta 1 punto
· 4.2. Nivel B2........................ Hasta 2 puntos
· 4.3. Nivel C1 (Mitjà)............... Hasta 4 puntos
· 4.4. Nivel C2 (Superior)........... Hasta 5,5 puntos
El nivel de competencia oral de valenciano se tendrá que acreditar con los certificados de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià o de los Cursos de Valencià de la Universitat d'Alacant o equivalentes o con la puntuación que conste en actas de convocatorias de Infomatrícula o Monitores de secundaria del curso anterior.
La presentación del certificado de la citada acreditación significará ver aumentada automáticamente en 0,5 puntos la puntuación obtenida.
El día 9 de mayo se publicará un listado de los candidatos con la puntuación asignada en el apartado de competencia oral del valenciano. Quienes consideren que su nivel de valenciano es superior al acreditado deberán indicarlo en el formulario de solicitud y podrán presentarse a una prueba para valorar el nivel de competencia oral entre los días 12 y 13 de mayo.
5.- Cursos de formación en materia de igualdad de género
Se valorará a 0,01 puntos por hora, con un máximo de 1 punto.
6- Participación en campaña/s anterior/es de Infomatrícula o similares: 1 punto
7.- Entrevista personal: (hasta 6 puntos)
Se convocará a la entrevista a aquellos/as candidatos/as que hayan obtenido una puntuación que los sitúe al menos entre los dos primeros de cada centro y/o área tras la valoración de la primera fase.
La relación de las personas que deberán efectuar la entrevista se publicará el día 15 de mayo. En dicha relación se indicará fecha, lugar y hora de la entrevista.
En la entrevista se valorará:
· Capacidad de comunicación y habilidades sociales. Hasta 4 puntos.
Conocimiento de los procesos de acceso y matrícula, titulaciones, planes de estudios, centros, servicios y recursos de la Universidad. Hasta 2 puntos.