REGLAMENTO SOBRE TRABAJOS FIN DE GRADO Y TRABAJOS FIN DE MÁSTER PARA LOS ESTUDIOS IMPARTIDOS EN LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD
- Fecha de aprobación
- 19/06/2025
- Fecha de publicación
- 26/06/2025
- Órgano competente
- Consejo de Gobierno
- Sección
- Disposiciones generales
Título: REGLAMENTO SOBRE TRABAJOS FIN DE GRADO Y TRABAJOS FIN DE MÁSTER PARA LOS ESTUDIOS IMPARTIDOS EN LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD
Sección: Disposiciones generales
Órgano: Consejo de Gobierno
Fecha de aprobación: jueves, 19 de junio de 2025
REGLAMENTO SOBRE TRABAJOS FIN DE GRADO Y TRABAJOS FIN DE MÁSTER PARA LOS ESTUDIOS IMPARTIDOS EN LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD
(Junta de centro FCS 04/06/2025)
El Real Decreto 822/2021 de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, establece en los artículos 14.6 y 17.4, que los trabajos de fin de grado (TFG) y trabajos de fin de máster (TFM) deberán ser defendidos en un acto público, siguiendo la normativa que a tal efecto establezca el centro, o en su caso, la universidad.
Para adaptar la normativa de la Universidad de Alicante (UA) a las novedades introducidas por el Real Decreto 822/2021, se modificó y aprobó una nueva normativa de TFG/TFM en el Consejo de Gobierno el 29 de junio del 2023 (BOUA 30 de junio). Dado que la normativa aprobada por la UA es de aplicación general a los estudios de grado y máster impartidos en ella, procede adecuar la normativa propia de los centros.
El presente reglamento supone un marco general para todos los TFG/TFM de la Facultad de Ciencias de la Salud de la UA, asegurando el cumplimiento de los requisitos establecidos en las memorias de verificación de cada uno de los títulos y estableciendo una homogeneidad básica en la organización y evaluación que garantice la igualdad de derechos y deberes en el conjunto de su estudiantado.
Artículo 1. Ámbito de aplicación
1. El presente reglamento desarrolla parcialmente la normativa sobre TFG/TFM de la UA y regula la definición, realización, defensa, calificación y tramitación administrativa de los TFG/TFM de los diferentes planes de estudios de las titulaciones impartidas en la Facultad de Ciencias de la Salud.
2. En el caso de los títulos de grado y máster interuniversitarios, esta normativa sólo será de aplicación al alumnado matriculado en la Universidad de Alicante.
3. El presente reglamento es de carácter general, si bien puede ser desarrollado en función de las características propias de cada uno de los títulos de grado o máster del centro atendiendo a los requisitos establecidos en las memorias de verificación de éstos.
Artículo 2. Características del Trabajo Fin de Grado y del Trabajo Fin de Máster
1. El TFG/TFM será un trabajo original, cuya elaboración será individual, y bajo la orientación de una persona tutora académica que permitirá al alumnado mostrar de forma integrada los contenidos formativos recibidos y las competencias adquiridas asociadas al título de grado o máster universitario.
2. La carga de trabajo asociada al TFG/TFM relativa al alumnado se corresponderá con los créditos ECTS que otorgue el plan de estudios.
3. La realización del TFG/TFM podrá contemplar, de acuerdo con lo establecido en el plan de estudios, la asistencia a seminarios u otro tipo de actividades que se consideren de interés para la realización de dicho trabajo.
4. El TFG/TFM podrá contemplar distintas modalidades según los diferentes aspectos relacionados con el título. Estas modalidades quedarán establecidas desde la Comisión Académica de la titulación correspondiente.
5. El TFG/TFM habrá de realizarse conforme a las normas básicas establecidas en la memoria verificada y criterios metodológicos y normas básicas de estilo que determine la Comisión Académica de titulación correspondiente y que podrán revisarse anualmente.
6. El TFG/TFM podrá ser redactado y defendido en cualquiera de las lenguas cooficiales de la Comunidad Valenciana.
Artículo 3. Coordinación de la asignatura TFG/TFM.
1. La asignatura de TFG/TFM será coordinada por el vicedecanato del título de grado o la coordinación del título de máster.
2. Las Comisiones Académicas de Titulación, presididas por la persona designada por la Junta de Centro, supervisarán y coordinarán todo el proceso de realización del TFG/TFM y velarán por la calidad y el nivel de exigencia que han de reunir estos trabajos.
Artículo 4. Tutorización del TFG/TFM.
1. Todos los TFG/TFM se realizarán bajo la supervisión de una tutoría académica. Excepcionalmente, atendiendo a las características del TFG/TFM, podrá autorizarse una cotutela.
2. La labor de la tutora o tutor consistirá en orientar, asesorar y planificar las actividades del alumnado, realizar un seguimiento de las actividades durante el periodo de duración del trabajo, y colaborar en todo aquello que permita una buena consecución de este.
3. Para la realización de trabajos en colaboración con instituciones externas, existirá un cotutor o cotutora de la institución, que compartirá las tareas de tutorización con la persona tutora académica, siendo responsabilidad de esta última facilitar la gestión.
4. El departamento al que esté adscrita la persona con funciones de tutoría académica será responsable de su sustitución, temporal o permanentemente, en caso de supuesto de baja o cese contractual con la UA.
Artículo 5. Procedimiento para la gestión académico-administrativa de los TFG/TFM.
La gestión académica y administrativa se realizará mediante la herramienta digital establecida por la UA.
Artículo 6. Requisitos previos para la matrícula y defensa del TFG/TFM
1. Requisitos de matrícula:
a. Solo podrá matricularse de la asignatura TFG/TFM el alumnado que cumpla con los requisitos establecidos en su plan de estudios.
2. Requisitos para la defensa:
a. Estar matriculado/a del TFG/TFM en el curso académico correspondiente.
b. Haber cumplido con las actividades formativas obligatorias asociadas al TFG/TFM, si las hubiera.
c. Presentar el trabajo en los plazos y formatos establecidos por la Comisión Académica.
Artículo 7. Propuesta de líneas de trabajo y tutoras o tutores.
1. Los departamentos que impartan docencia en las asignaturas TFG/TFM tienen la responsabilidad de ofertar propuestas de líneas de trabajo. asegurando la cobertura de la tutoría de todo el alumnado matriculado en las asignaturas de TFG/TFM.
2. En el plazo que establezca la Comisión Académica y, en cualquier caso, antes del inicio del periodo ordinario de matrícula, los departamentos con docencia en el TFG/TFM comunicarán al centro las líneas de trabajo ofertadas, y el personal docente responsable de su tutoría. El centro hará pública esta información con anterioridad a la apertura del plazo que anualmente se fije para la solicitud de asignación de líneas de trabajo.
Artículo 8. Asignación de líneas de trabajo y tutoras o tutores.
1. En los plazos habilitados, el alumnado matriculado en la asignatura TFG/TFM podrá solicitar la adscripción a las líneas de trabajo ofertadas, ordenadas según su preferencia.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el centro asignará a cada estudiante una línea de trabajo teniendo en cuenta el orden de preferencia indicado. Si el número de solicitudes supera el de plazas disponibles para una línea específica, la asignación se realizará según la nota media del expediente académico del estudiantado solicitante.
3. La resolución provisional de la asignación de líneas de trabajo estará disponible en la herramienta digital establecida por la UA para la gestión de los TFG/TFM. Frente a esta resolución, el alumnado podrá presentar reclamaciones ante la Comisión Académica de cada titulación en el plazo de dos días hábiles. La resolución definitiva se publicará en un plazo máximo de tres días hábiles tras el cierre del plazo de reclamaciones.
4. Conforme a la resolución definitiva, los departamentos designarán al personal docente encargado de tutorizar al alumnado.
5. La asignación de una línea de TFG/TFM y su correspondiente tutor o tutora se mantendrá para el próximo curso académico, en el caso de que él o la estudiante no superara la asignatura y se matriculara nuevamente en ella. En caso de desear cambiar de línea de trabajo para el próximo curso, el alumnado deberá solicitar la anulación de la asignación dentro del plazo establecido por el centro, anterior al periodo de solicitud de líneas de trabajo.
6. El estudiantado que desee cambiar de tutor o tutora deberá realizar una solicitud motivada a la Comisión Académica, que resolverá en un plazo máximo de diez días hábiles, considerando las opiniones de las personas implicadas y de la Dirección del departamento responsable de la línea de trabajo. Si no hay resolución expresa dentro de este plazo, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada.
Artículo 9. Tribunal evaluador de los TFG/TFM.
1. Las guías docentes de las asignaturas de TFG/TFM recogerán la forma de defensa concreta en cada una de ellas, conforme a lo dispuesto en la regulación vigente, incluyendo la memoria verificada y la normativa del centro correspondiente.
2. El TFG/TFM será evaluado, de forma ordinaria, ante un tribunal. De manera excepcional, la evaluación se podrá realizar ante, como mínimo, un profesor o profesora que, preferentemente, debe estar adscrito/a al mismo ámbito de conocimiento del tutor o tutora del TFG/TFM.
3. El tribunal contemplado en el apartado anterior estará compuesto por tres miembros titulares y tres suplentes a designar entre el profesorado de la titulación correspondiente. Excepcionalmente, podrá designarse profesorado de otros títulos o incluso personal colaborador externo con titulación universitaria, aunque en ambos casos, nunca más de uno por tribunal.
4. La composición de los tribunales procurará la presencia equilibrada de mujeres y hombres, salvo que existan razones objetivas y justificadas que lo impidan
5. Los departamentos serán responsables de constituir los tribunales y determinar su composición. El número de tribunales o de profesorado evaluador dependerá del número de estudiantes matriculados y adscritos a las líneas de trabajo ofertadas.
6. Los criterios de evaluación serán definidos por la Comisión Académica de cada titulación, pudiendo ser revisados anualmente si así se considera, y estando a disposición de la comunidad universitaria.
7. En la herramienta de gestión de los TFG/TFM se publicará, con al menos 5 días hábiles de antelación, la fecha, hora y lugar de defensa.
Artículo 10. Defensa y evaluación de los TFG/TFM
1. La defensa del TFG/TFM se realizará en un acto público, que podrá ser presencial o, de forma excepcional y autorizada por la Comisión Académica, en línea. La Comisión Académica podrá emitir directrices sobre pautas para el desarrollo del acto de defensa de cada titulación.
2. Las guías docentes de las asignaturas de TFG/TFM incluirán los criterios de evaluación y el procedimiento del acto público de defensa, en consonancia con el plan de estudios de cada título y con lo acordado por la Comisión Académica correspondiente.
3. Con carácter general se valorará la calidad científica del trabajo, la claridad expositiva, tanto escrita como verbal, y la capacidad de debatir y defender argumentos.
4. El centro publicará con suficiente antelación la información relativa a los actos de defensa de cada TFG/TFM, incluyendo el nombre de la persona estudiante, el título del trabajo, el nombre del tutor o tutora, la titulación, la fecha, hora y lugar de la defensa. Esta información estará disponible, como mínimo, en la plataforma de gestión del TFG/TFM de la UA.
5. La fecha límite para defensa de los TFG/TFM será la que se establezca en el calendario académico para cada curso académico.
6. La calificación final tanto numérica como cualitativa se realizará de acuerdo con los criterios establecidos en la guía docente de la asignatura y memoria del título. En la evaluación, se considerará el informe elaborado con antelación por el tutor o la tutora.
7. La revisión de las calificaciones finales del TFG/TFM se realizará, en primera instancia, por el tribunal o profesorado calificador según corresponda. En caso de discrepancia, podrá presentarse una reclamación razonada ante la Comisión Académica y, de persistir el desacuerdo, ante el centro responsable de la titulación, siguiendo lo establecido en el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes de la UA.
8. El tribunal podrá proponer, mediante un informe razonado, la calificación de Matrícula de Honor. Tras la finalización de las defensas de los TFG/TFM, la Comisión Académica analizará las propuestas y otorgará las Matrículas de Honor de acuerdo con la normativa vigente en materia de calificaciones.
Artículo 11. Plagio y originalidad del TFG/TFM
1. Todo TFG/TFM será sometido a revisión mediante herramientas antiplagio para garantizar su originalidad.
2. En el caso de comprobarse plagio en un TFG/TFM entregado por un o una estudiante, se puntuará con la calificación numérica de cero, sin perjuicio del procedimiento disciplinario que se pudiera incoar y, en su caso, la sanción que fuera procedente de acuerdo con la legislación vigente.
Artículo 12. Publicación y archivo del TFG/TFM
1. En caso de trabajos que contengan información confidencial o protegida, se adoptarán las medidas necesarias para preservar dicha confidencialidad.
2. El TFG/TFM estará protegido por la Ley de Propiedad Intelectual.
3. Los TFG/TFM aprobados podrán ser archivados en el Repositorio Institucional de la UA (RUA) con el consentimiento expreso del alumnado y el tutor o tutora, si procede.
Disposición adicional
Cualquier aspecto no contemplado en esta normativa se regulará por la normativa sobre los TFG/TFM de la UA, de aplicación general a los estudios de grado y máster impartidos en la UA.
Disposición derogatoria
Una vez que entre en vigor el presente reglamento, quedará derogado automáticamente el Reglamento sobre Trabajos de Fin de Grado / Fin de Máster para los estudios impartidos en la Facultad de Ciencias de la Salud (BOUA de 06/03/2014).
Disposición final única
El presente Reglamento entrará en vigor a partir del día siguiente en su publicación en el BOUA, previa aprobación por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante, y será de aplicación a los TFG/TFM matriculados a partir del curso 2025-26.