AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS EN LAS REPRESENTACIONES EN EL EXTRANJERO DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UE Y COOPERACIÓN POR PARTE DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE DURANTE 2026
- Fecha de aprobación
- 21/11/2025
- Fecha de publicación
- 25/11/2025
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS EN LAS REPRESENTACIONES EN EL EXTRANJERO DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UE Y COOPERACIÓN POR PARTE DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE DURANTE 2026
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: viernes, 21 de noviembre de 2025
AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS EN LAS REPRESENTACIONES EN EL EXTRANJERO DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UE Y COOPERACIÓN POR PARTE DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE DURANTE 2026
La· resolución de la Universidad de Alicante con fecha 30 de julio de 2025 declara la tramitación de urgencia de los procedimientos administrativos de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de prácticas extracurriculares de la Universidad de Alicante, reduciendo en la mitad todos los plazos del procedimiento de concesión, excepto la presentación de solicitudes y recursos, por lo tanto, los plazos reducidos quedan ya incorporados en la convocatoria.
1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
Esta convocatoria de la Universidad de Alicante está dirigida al estudiantado de la UA que sea seleccionado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, UE y Cooperación (MAEUEC) para la realización de prácticas externas en alguna de sus representaciones en el exterior dentro de una de las convocatorias que se puedan tramitar durante el año 2026.
El MAEUEC oferta plazas de prácticas en sus Representaciones en el exterior a través de una convocatoria en la que puede participar el estudiantado de las universidades españolas con las que ha suscrito un convenio de cooperación educativa, entre ellas la Universidad de Alicante. Las prácticas no tienen remuneración por parte del MAEUEC, y la UA ofrece a través de esta convocatoria una ayuda económica para sufragar parte de los gastos derivados de la estancia, desplazamiento y/o manutención.
El MAEUEC establece a lo largo del año tres convocatorias y períodos de prácticas, y envía a las universidades el listado de ofertas disponibles para cada uno de ellos. Las universidades se encargan de publicar las ofertas, recibir las solicitudes del alumnado interesado, seleccionar las candidaturas por plaza y enviarlas al MAEUEC, desde donde realizan la selección definitiva.
En la UA las prácticas se tramitarán como prácticas extracurriculares con carácter general, sin perjuicio de que en determinados casos puedan ser tramitadas como curriculares a petición del/de la estudiante y con el visto bueno del centro que corresponda.
No son objeto de estas ayudas las prácticas en los Servicios Centrales del MAEUEC.
2. Requisitos de las Personas Beneficiarias
Podrá optar a esta ayuda el estudiantado que haya sido seleccionado por parte del MAEUEC para realizar una de las prácticas ofertadas durante una de las convocatorias tramitadas en la UA para 2026, haber confirmado en la Unidad de Prácticas del Servicio de Estudiantes la aceptación de las mismas, y no disfrutar de otra beca o ayuda de movilidad durante el mismo período.
Requisitos para solicitar las prácticas del MAEUEC:
· Estar matriculado o matriculada en la UA en el curso que corresponda a la convocatoria y en el plan de estudios requerido en la plaza o plazas para las que se quiera optar y haber superado al menos 120 créditos del plan de estudios si se trata de un grado. Si después de haber presentado la solicitud para la convocatoria se superan todos los créditos del plan de estudios, no se podrá iniciar la tramitación y expedición del título universitario, ya que impediría la realización de las prácticas.
· Cumplir los requisitos para poder realizar unas prácticas externas, según la normativa aplicable (Normativa de Prácticas Externas de la Universidad de Alicante). En especial, mantener la condición de estudiante durante la realización de las prácticas y no solicitar la expedición del título universitario si se superan todos los créditos del plan de estudios matriculado antes o durante las prácticas.
· No haber disfrutado de esta ayuda de movilidad en convocatorias anteriores.
· Cumplir los requisitos específicos (idiomas, informática, etc.) que se establezcan en la oferta u ofertas a las que se quiere optar.
· Enviar la solicitud acompañada del currículum vitae y la documentación que acredite los méritos que no obren en poder de la UA, en cuyo caso se indicará el centro donde se ubica esta información, a través de la E-Administración en UA Cloud-Instancia genérica, dirigida a la Subdirección de Prácticas del Servicio de Estudiantes, en los plazos que se publicarán en la página web https://sa.ua.es/es/practicas-empresa/practicas-en-la-ua/internacionales/practicas-maec/practicas-en-el-maeuec.html para cada período de prácticas.
La UA realizará una preselección de entre los candidatos y candidatas atendiendo a los siguientes criterios:
· Requisitos generales para poder participar en la convocatoria (matrícula, número de créditos, adecuación a la normativa para realizar prácticas, etc.)
· Requisitos de la plaza o plazas a las que se quiere optar (plan de estudios, conocimientos de idiomas, etc.)
· Nota media de expediente (en el caso de estudiantes de Máster se tendrá en cuenta la nota del grado con el que se accedió y en el caso de estudiantes de Doctorado se tendrá en cuenta la media de la nota del grado y la nota del máster)
Una vez realizada la preselección, la UA propondrá al MAEUEC las candidaturas y el MAEUEC llevará a cabo un segundo proceso selectivo entre las candidaturas presentadas por todas las Universidades o centros educativos universitarios.
Si finalmente es seleccionada alguna de las candidaturas de estudiantes de la UA, la unidad de Prácticas y el Centro en el que esté matriculado/a se encargarán de la tramitación de los acuerdos de prácticas y demás documentación académica y administrativa.
3. Número y dotación de las ayudas.
La dotación inicial para este programa será de 15.000 euros para las prácticas que se lleven a cabo durante 2026, distribuida en 5.000 euros para cada uno de los períodos de prácticas que establece el MAEUEC. En el caso de que no se cubrieran las ayudas consignadas para un período, se acumularán al siguiente período.
Se otorgarán ayudas para un máximo de 3 meses por estudiante y práctica, aunque se podrá ampliar siempre y cuando haya dotación presupuestaria. Las ayudas por mes se distribuirán según el destino para el que haya sido seleccionado/a:
· Europa y países ribereños del Mediterráneo: 500 €
· América Latina: 700 €
· Estados Unidos y Canadá: 800 €
· Otros continentes: 900 €
Se reservará un 3% del total de las plazas disponibles para ser cubiertas por personas con diversidad funcional, que hayan sido seleccionados por parte del MAEUEC. En este caso, las personas aspirantes deberán acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 33%. En el supuesto de no ser cubiertas estas plazas, se acumularán a las plazas del turno general. En el caso de personas con diversidad funcional, que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33, y hayan sido seleccionados por parte del MAEUEC, se establecerá una bolsa adicional de 1.800 € (600 por periodo de prácticas que establezca el MAEUEC) como ayuda complementaria para estos estudiantes.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
4.1 Plazo de presentación
La convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo previamente a la publicación de su extracto en el DOGV.
Habrá tres plazos para solicitar las ayudas, uno para cada uno de los períodos previstos para la realización de las prácticas asignadas por el MAEUEC:
· Del 7 al 18 de enero de 2026: para las prácticas que se llevarán a cabo durante el segundo cuatrimestre curso 2025-26.
· Del 4 al 14 de mayo de 2026: para las prácticas que se llevarán a cabo durante el verano del curso 2025-26.
· Del 20 al 30 de julio de 2026: para las prácticas que se llevarán a cabo en el primer cuatrimestre del curso 2026-27.
Tras recibir las solicitudes, se elaborará una relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas y se establecerá un plazo de subsanación de 5 días naturales a partir del día siguiente a su publicación. Transcurrido dicho plazo, se elaborará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, que será remitida a la comisión de valoración para su evaluación.
4.2 Procedimiento de presentación
Las ayudas para cada uno de los períodos de prácticas se solicitarán a través de UA Cloud, eAdministración, Instancia genérica, dirigida a la Subdirección de Prácticas, del Servicio de Estudiantes.
5. Criterios de adjudicación
Si la dotación presupuestaria inicial para cada período no fuera suficiente para cubrir las ayudas de todos los solicitantes, se otorgarán según nota media de expediente. En el caso de estudiantes de Máster se tendrá en cuenta la nota del grado con el que se accedió y en el caso de estudiantes de Doctorado se tendrá en cuenta la media de la nota del grado y la nota del máster. En el caso de estudiantes de grado se tendrá en cuenta la nota media de la última convocatoria oficial inmediatamente anterior al período de solicitud de las prácticas MAEUEC.
Para el cálculo de la nota media aplicable a la baremación, a la calificación del solicitante se le aplicará un coeficiente corrector de 1,17 para las notas procedentes de estudios del área de arquitectura e ingeniería, de 1,11 para las procedentes de estudios del área de ciencias y de 1,05 para los procedentes del área de ciencias de la salud.
Una vez baremadas las solicitudes se ordenarán por nota y se concederán las ayudas disponibles hasta agotar la dotación de la convocatoria para cada período de prácticas. Una vez se asignen las ayudas, el resto de solicitantes de cada período quedará en lista de reserva para cubrir posibles renuncias.
6. Órgano gestor y Comisión de valoración
6.1 Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria, la Subdirección de Prácticas del Servicio de Estudiantes se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia es la Unidad de Prácticas de la citada Subdirección, contacto: coordinacionpracticas@ua.es
Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.
6.2 Comisión de valoración
La Comisión encargada de la valoración de las solicitudes, tendrá la siguiente composición:
Presidencia:
- El vicerrector de Estudiantes y Empleo, o persona que le sustituya.
Secretaría:
- La subdirectora de Prácticas del Servicio de Estudiantes, o persona que la sustituya.
Vocal:
- La directora del Servicio de Estudiantes, o persona que la sustituya
Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán el documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
7. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://sa.ua.es/es/practicas-empresa/practicas-en-la-ua/internacionales/practicas-maec/practicas-en-el-maeuec.html, según el calendario previsto de gestión, sustituyendo a la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 26 de enero de 2026 para el primer plazo de solicitud; del 25 de julio de 2026 para el segundo plazo de solicitud; y del 7 de septiembre de 2026 para el tercer plazo de solicitud. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 5 días naturales para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.
Transcurrido dicho plazo y, en su caso, resueltas las alegaciones presentadas, la persona titular del rectorado dictará la resolución definitiva de concesión.
La unidad de Prácticas publicará en esa web los correspondientes listados con el alumnado seleccionado por cada período y las cuantías que correspondan.
En la fase de adjudicación y resolución, las comunicaciones que desde la unidad de Prácticas del Servicio de Estudiantes deban realizarse con los estudiantes, se llevarán a cabo a través del correo electrónico que se indique en la solicitud.
8. Marco legal y presupuestario
Esta convocatoria, con código 2026SBV030, sirve de base reguladora y será incorporada en el ejercicio 2026 del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 de la Universidad de Alicante.
Estas prácticas están reguladas en la Universidad de Alicante tanto por el RD 592 / 2014 de 11 de julio como por la normativa propia de la UA, y deben seguir el procedimiento establecido para la tramitación de las prácticas del alumnado de la UA, tanto en lo que se refiere a la propuesta de prácticas como a la documentación académica del alumnado.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
La dotación de las ayudas de un máximo de 16.800 euros será sufragada con cargo al capítulo IV (orgánica 10.50.4B.00.16) del presupuesto de la Vicerrectorado de Estudiantes y Empleo. La dotación de esta convocatoria, será distribuida en 5.000 euros en cada uno de los tres periodos de solicitud y 1.800 euros para la bolsa adicional para estudiantes de diversidad funcional. En su caso, el crédito no agotado en un periodo de solicitud, se acumulará para el siguiente. La concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio 2026 del presupuesto de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes
9. Obligación, justificación de personas beneficiarias y pago.
9.1 Obligaciones de las personas beneficiarias.
Son obligaciones de las personas beneficiarias de las ayudas, además de la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el art. 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:
· Facilitar a la Unidad de Prácticas de la UA la documentación necesaria para la tramitación de las prácticas y de los pagos de la beca, documentación que se le requerirá a través de un aviso en el correo electrónico de la UA.
· Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación. La actividad subvencionada deberá realizarse en 2026 y 2027.
· Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.
· Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
· Notificar a la unidad de Prácticas cualquier modificación en la estancia de prácticas que pueda alterar las condiciones de concesión de la ayuda.
· Destinar la ayuda a la actividad para la que se concede y realizar la estancia de prácticas según lo indicado en el acuerdo de prácticas que se suscriba con anterioridad al inicio de la misma.
Se considerará que renuncian tácitamente a la ayuda las personas beneficiarias que no presenten la documentación requerida en los plazos y en las condiciones descritas en las bases de esta convocatoria. La renuncia o la finalización anticipada de la estancia de prácticas supondrá la devolución de las cantidades recibidas que excedan al período realizado, o en su caso, el reintegro de las mismas.
9.2 Justificación de personas beneficiarias y pago
Las personas beneficiarias deberán justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la ayuda y de la aplicación de los fondos percibidos antes del 20 de junio de 2026 para las prácticas el primer período, del 20 de octubre de 2026 para las del segundo período, o del 20 de febrero de 2027 para el tercer período, mediante la presentación del certificado emitido por la representación en la que ha realizado las prácticas, la memoria de prácticas y los justificantes de los viajes de desplazamiento y/o alojamiento.
En virtud del artículo 34.4 de Ley 38/2003 General de Subvenciones y artículo 88.2 del RD 887/2006 Reglamento de la Ley General de Subvenciones, se establece un primer pago anticipado que supone la entrega de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención, por un importe del 80 por ciento de la cuantía concedida. El 20 por ciento restante será abonado tras la justificación mediante la presentación de los documentos requeridos en el párrafo anterior. El pago se hará efectivo mediante transferencia bancaria en la cuenta de la que sea titular la persona beneficiaria.
El incumplimiento por la persona beneficiaria de cualquiera de los requisitos y obligaciones, establecidos en la resolución de concesión de la subvención y en esta convocatoria y bases reguladoras, podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la subvención y al reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas.
INCOMPATIBILIDADES
La concesión de esta ayuda es incompatible con cualquier otra beca o ayuda para la misma actividad (Erasmus + Prácticas o ayudas de la UA para prácticas en el extranjero) o que coincidan durante el mismo período de realización de las prácticas (Erasmus + Estudios u otras ayudas de Movilidad No Europea).
10. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.
Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
11. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
Alicante, a 21 de noviembre de 2025
La rectora
P.D. de firma, el vicerrector de Estudiantes y Empleo
(Resolución de 19 de diciembre de 2024)
Raúl Ruiz Callado
AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS EN LAS REPRESENTACIONES EN EL EXTRANJERO DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UE Y COOPERACIÓN POR PARTE DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE DURANTE 2026
La· resolución de la Universidad de Alicante con fecha 30 de julio de 2025 declara la tramitación de urgencia de los procedimientos administrativos de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de prácticas extracurriculares de la Universidad de Alicante, reduciendo en la mitad todos los plazos del procedimiento de concesión, excepto la presentación de solicitudes y recursos, por lo tanto, los plazos reducidos quedan ya incorporados en la convocatoria.
1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
Esta convocatoria de la Universidad de Alicante está dirigida al estudiantado de la UA que sea seleccionado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, UE y Cooperación (MAEUEC) para la realización de prácticas externas en alguna de sus representaciones en el exterior dentro de una de las convocatorias que se puedan tramitar durante el año 2026.
El MAEUEC oferta plazas de prácticas en sus Representaciones en el exterior a través de una convocatoria en la que puede participar el estudiantado de las universidades españolas con las que ha suscrito un convenio de cooperación educativa, entre ellas la Universidad de Alicante. Las prácticas no tienen remuneración por parte del MAEUEC, y la UA ofrece a través de esta convocatoria una ayuda económica para sufragar parte de los gastos derivados de la estancia, desplazamiento y/o manutención.
El MAEUEC establece a lo largo del año tres convocatorias y períodos de prácticas, y envía a las universidades el listado de ofertas disponibles para cada uno de ellos. Las universidades se encargan de publicar las ofertas, recibir las solicitudes del alumnado interesado, seleccionar las candidaturas por plaza y enviarlas al MAEUEC, desde donde realizan la selección definitiva.
En la UA las prácticas se tramitarán como prácticas extracurriculares con carácter general, sin perjuicio de que en determinados casos puedan ser tramitadas como curriculares a petición del/de la estudiante y con el visto bueno del centro que corresponda.
No son objeto de estas ayudas las prácticas en los Servicios Centrales del MAEUEC.
2. Requisitos de las Personas Beneficiarias
Podrá optar a esta ayuda el estudiantado que haya sido seleccionado por parte del MAEUEC para realizar una de las prácticas ofertadas durante una de las convocatorias tramitadas en la UA para 2026, haber confirmado en la Unidad de Prácticas del Servicio de Estudiantes la aceptación de las mismas, y no disfrutar de otra beca o ayuda de movilidad durante el mismo período.
Requisitos para solicitar las prácticas del MAEUEC:
· Estar matriculado o matriculada en la UA en el curso que corresponda a la convocatoria y en el plan de estudios requerido en la plaza o plazas para las que se quiera optar y haber superado al menos 120 créditos del plan de estudios si se trata de un grado. Si después de haber presentado la solicitud para la convocatoria se superan todos los créditos del plan de estudios, no se podrá iniciar la tramitación y expedición del título universitario, ya que impediría la realización de las prácticas.
· Cumplir los requisitos para poder realizar unas prácticas externas, según la normativa aplicable (Normativa de Prácticas Externas de la Universidad de Alicante). En especial, mantener la condición de estudiante durante la realización de las prácticas y no solicitar la expedición del título universitario si se superan todos los créditos del plan de estudios matriculado antes o durante las prácticas.
· No haber disfrutado de esta ayuda de movilidad en convocatorias anteriores.
· Cumplir los requisitos específicos (idiomas, informática, etc.) que se establezcan en la oferta u ofertas a las que se quiere optar.
· Enviar la solicitud acompañada del currículum vitae y la documentación que acredite los méritos que no obren en poder de la UA, en cuyo caso se indicará el centro donde se ubica esta información, a través de la E-Administración en UA Cloud-Instancia genérica, dirigida a la Subdirección de Prácticas del Servicio de Estudiantes, en los plazos que se publicarán en la página web https://sa.ua.es/es/practicas-empresa/practicas-en-la-ua/internacionales/practicas-maec/practicas-en-el-maeuec.html para cada período de prácticas.
La UA realizará una preselección de entre los candidatos y candidatas atendiendo a los siguientes criterios:
· Requisitos generales para poder participar en la convocatoria (matrícula, número de créditos, adecuación a la normativa para realizar prácticas, etc.)
· Requisitos de la plaza o plazas a las que se quiere optar (plan de estudios, conocimientos de idiomas, etc.)
· Nota media de expediente (en el caso de estudiantes de Máster se tendrá en cuenta la nota del grado con el que se accedió y en el caso de estudiantes de Doctorado se tendrá en cuenta la media de la nota del grado y la nota del máster)
Una vez realizada la preselección, la UA propondrá al MAEUEC las candidaturas y el MAEUEC llevará a cabo un segundo proceso selectivo entre las candidaturas presentadas por todas las Universidades o centros educativos universitarios.
Si finalmente es seleccionada alguna de las candidaturas de estudiantes de la UA, la unidad de Prácticas y el Centro en el que esté matriculado/a se encargarán de la tramitación de los acuerdos de prácticas y demás documentación académica y administrativa.
3. Número y dotación de las ayudas.
La dotación inicial para este programa será de 15.000 euros para las prácticas que se lleven a cabo durante 2026, distribuida en 5.000 euros para cada uno de los períodos de prácticas que establece el MAEUEC. En el caso de que no se cubrieran las ayudas consignadas para un período, se acumularán al siguiente período.
Se otorgarán ayudas para un máximo de 3 meses por estudiante y práctica, aunque se podrá ampliar siempre y cuando haya dotación presupuestaria. Las ayudas por mes se distribuirán según el destino para el que haya sido seleccionado/a:
· Europa y países ribereños del Mediterráneo: 500 €
· América Latina: 700 €
· Estados Unidos y Canadá: 800 €
· Otros continentes: 900 €
Se reservará un 3% del total de las plazas disponibles para ser cubiertas por personas con diversidad funcional, que hayan sido seleccionados por parte del MAEUEC. En este caso, las personas aspirantes deberán acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 33%. En el supuesto de no ser cubiertas estas plazas, se acumularán a las plazas del turno general. En el caso de personas con diversidad funcional, que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33, y hayan sido seleccionados por parte del MAEUEC, se establecerá una bolsa adicional de 1.800 € (600 por periodo de prácticas que establezca el MAEUEC) como ayuda complementaria para estos estudiantes.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
4.1 Plazo de presentación
La convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo previamente a la publicación de su extracto en el DOGV.
Habrá tres plazos para solicitar las ayudas, uno para cada uno de los períodos previstos para la realización de las prácticas asignadas por el MAEUEC:
· Del 7 al 18 de enero de 2026: para las prácticas que se llevarán a cabo durante el segundo cuatrimestre curso 2025-26.
· Del 4 al 14 de mayo de 2026: para las prácticas que se llevarán a cabo durante el verano del curso 2025-26.
· Del 20 al 30 de julio de 2026: para las prácticas que se llevarán a cabo en el primer cuatrimestre del curso 2026-27.
Tras recibir las solicitudes, se elaborará una relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas y se establecerá un plazo de subsanación de 5 días naturales a partir del día siguiente a su publicación. Transcurrido dicho plazo, se elaborará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, que será remitida a la comisión de valoración para su evaluación.
4.2 Procedimiento de presentación
Las ayudas para cada uno de los períodos de prácticas se solicitarán a través de UA Cloud, eAdministración, Instancia genérica, dirigida a la Subdirección de Prácticas, del Servicio de Estudiantes.
5. Criterios de adjudicación
Si la dotación presupuestaria inicial para cada período no fuera suficiente para cubrir las ayudas de todos los solicitantes, se otorgarán según nota media de expediente. En el caso de estudiantes de Máster se tendrá en cuenta la nota del grado con el que se accedió y en el caso de estudiantes de Doctorado se tendrá en cuenta la media de la nota del grado y la nota del máster. En el caso de estudiantes de grado se tendrá en cuenta la nota media de la última convocatoria oficial inmediatamente anterior al período de solicitud de las prácticas MAEUEC.
Para el cálculo de la nota media aplicable a la baremación, a la calificación del solicitante se le aplicará un coeficiente corrector de 1,17 para las notas procedentes de estudios del área de arquitectura e ingeniería, de 1,11 para las procedentes de estudios del área de ciencias y de 1,05 para los procedentes del área de ciencias de la salud.
Una vez baremadas las solicitudes se ordenarán por nota y se concederán las ayudas disponibles hasta agotar la dotación de la convocatoria para cada período de prácticas. Una vez se asignen las ayudas, el resto de solicitantes de cada período quedará en lista de reserva para cubrir posibles renuncias.
6. Órgano gestor y Comisión de valoración
6.1 Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria, la Subdirección de Prácticas del Servicio de Estudiantes se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia es la Unidad de Prácticas de la citada Subdirección, contacto: coordinacionpracticas@ua.es
Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.
6.2 Comisión de valoración
La Comisión encargada de la valoración de las solicitudes, tendrá la siguiente composición:
Presidencia:
- El vicerrector de Estudiantes y Empleo, o persona que le sustituya.
Secretaría:
- La subdirectora de Prácticas del Servicio de Estudiantes, o persona que la sustituya.
Vocal:
- La directora del Servicio de Estudiantes, o persona que la sustituya
Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán el documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
7. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://sa.ua.es/es/practicas-empresa/practicas-en-la-ua/internacionales/practicas-maec/practicas-en-el-maeuec.html, según el calendario previsto de gestión, sustituyendo a la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 26 de enero de 2026 para el primer plazo de solicitud; del 25 de julio de 2026 para el segundo plazo de solicitud; y del 7 de septiembre de 2026 para el tercer plazo de solicitud. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 5 días naturales para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.
Transcurrido dicho plazo y, en su caso, resueltas las alegaciones presentadas, la persona titular del rectorado dictará la resolución definitiva de concesión.
La unidad de Prácticas publicará en esa web los correspondientes listados con el alumnado seleccionado por cada período y las cuantías que correspondan.
En la fase de adjudicación y resolución, las comunicaciones que desde la unidad de Prácticas del Servicio de Estudiantes deban realizarse con los estudiantes, se llevarán a cabo a través del correo electrónico que se indique en la solicitud.
8. Marco legal y presupuestario
Esta convocatoria, con código 2026SBV030, sirve de base reguladora y será incorporada en el ejercicio 2026 del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 de la Universidad de Alicante.
Estas prácticas están reguladas en la Universidad de Alicante tanto por el RD 592 / 2014 de 11 de julio como por la normativa propia de la UA, y deben seguir el procedimiento establecido para la tramitación de las prácticas del alumnado de la UA, tanto en lo que se refiere a la propuesta de prácticas como a la documentación académica del alumnado.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
La dotación de las ayudas de un máximo de 16.800 euros será sufragada con cargo al capítulo IV (orgánica 10.50.4B.00.11) del presupuesto de la Vicerrectorado de Estudiantes y Empleo. La dotación de esta convocatoria, será distribuida en 5.000 euros en cada uno de los tres periodos de solicitud y 1.800 euros para la bolsa adicional para estudiantes de diversidad funcional. En su caso, el crédito no agotado en un periodo de solicitud, se acumulará para el siguiente. La concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio 2026 del presupuesto de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.
9. Obligación, justificación de personas beneficiarias y pago.
9.1 Obligaciones de las personas beneficiarias.
Son obligaciones de las personas beneficiarias de las ayudas, además de la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el art. 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:
· Facilitar a la Unidad de Prácticas de la UA la documentación necesaria para la tramitación de las prácticas y de los pagos de la beca, documentación que se le requerirá a través de un aviso en el correo electrónico de la UA.
· Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación. La actividad subvencionada deberá realizarse en 2026 y 2027.
· Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.
· Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
· Notificar a la unidad de Prácticas cualquier modificación en la estancia de prácticas que pueda alterar las condiciones de concesión de la ayuda.
· Destinar la ayuda a la actividad para la que se concede y realizar la estancia de prácticas según lo indicado en el acuerdo de prácticas que se suscriba con anterioridad al inicio de la misma.
Se considerará que renuncian tácitamente a la ayuda las personas beneficiarias que no presenten la documentación requerida en los plazos y en las condiciones descritas en las bases de esta convocatoria. La renuncia o la finalización anticipada de la estancia de prácticas supondrá la devolución de las cantidades recibidas que excedan al período realizado, o en su caso, el reintegro de las mismas.
9.2 Justificación de personas beneficiarias y pago
Las personas beneficiarias deberán justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la ayuda y de la aplicación de los fondos percibidos antes del 20 de junio de 2026 para las prácticas el primer período, del 20 de octubre de 2026 para las del segundo período, o del 20 de febrero de 2027 para el tercer período, mediante la presentación del certificado emitido por la representación en la que ha realizado las prácticas, la memoria de prácticas y los justificantes de los viajes de desplazamiento y/o alojamiento.
En virtud del artículo 34.4 de Ley 38/2003 General de Subvenciones y artículo 88.2 del RD 887/2006 Reglamento de la Ley General de Subvenciones, se establece un primer pago anticipado que supone la entrega de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención, por un importe del 80 por ciento de la cuantía concedida. El 20 por ciento restante será abonado tras la justificación mediante la presentación de los documentos requeridos en el párrafo anterior. El pago se hará efectivo mediante transferencia bancaria en la cuenta de la que sea titular la persona beneficiaria.
El incumplimiento por la persona beneficiaria de cualquiera de los requisitos y obligaciones, establecidos en la resolución de concesión de la subvención y en esta convocatoria y bases reguladoras, podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la subvención y al reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas.
INCOMPATIBILIDADES
La concesión de esta ayuda es incompatible con cualquier otra beca o ayuda para la misma actividad (Erasmus + Prácticas o ayudas de la UA para prácticas en el extranjero) o que coincidan durante el mismo período de realización de las prácticas (Erasmus + Estudios u otras ayudas de Movilidad No Europea).
10. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.
Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
11. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
Alicante, a 21 de noviembre de 2025
La rectora
P.D. de firma, el vicerrector de Estudiantes y Empleo
(Resolución de 19 de diciembre de 2024)
Raúl Ruiz Callado