PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE PLAZAS DE PROFESORADO ASOCIADO LEY ORGÁNICA 2/2023, DE 22 DE MARZO, DEL SISTEMA UNIVERSITARIO

Fecha de aprobación
29/01/2026
Fecha de publicación
30/01/2026
Órgano competente
Consejo de Gobierno
Sección
Disposiciones generales

Título: PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE PLAZAS DE PROFESORADO ASOCIADO LEY ORGÁNICA 2/2023, DE 22 DE MARZO, DEL SISTEMA UNIVERSITARIO

Sección: Disposiciones generales

Órgano: Consejo de Gobierno

Fecha de aprobación: jueves, 29 de enero de 2026

PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE PLAZAS DE PROFESORADO ASOCIADO LEY ORGÁNICA 2/2023, DE 22 DE MARZO, DEL SISTEMA UNIVERSITARIO

1. Marco normativo

La disposición transitoria séptima de la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario (LOSU), insta a las universidades públicas a articular procesos de estabilización de las plazas de profesorado asociado de acuerdo con lo establecido en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público de acuerdo con las condiciones profesionales y de dedicación docente previstas en el artículo 79 b).

La disposición transitoria novena bis de la LOSU establece como período máximo de implementación de estas medidas el final del curso académico 2027-2028 y requiere el establecimiento por los órganos de gobierno de las universidades del marco temporal específico de las actuaciones que resulten precisas para garantizar la adecuada implementación.

En cumplimiento de lo dispuesto anteriormente la Universidad de Alicante establece el marco temporal en el que desarrollará este proceso y determina los aspectos generales que regirán la convocatoria y que son los siguientes:

2. Plazas incluidas en el proceso

-           Formarán parte del proceso de estabilización 763 plazas estructurales de profesorado asociado, cubiertas en la actualidad con contratos temporales, según se indican en el Anexo.

-           En el Consejo de Gobierno de 17 de diciembre de 2025 se ha aprobado, con efectos de 1 de septiembre de 2026, la modificación de la dedicación docente de aquellas plazas en las que resulte necesario, para cumplir con el artículo 79 b) LOSU y con las necesidades académicas previstas para el nuevo curso.

3. Marco temporal y sistema de selección

-           Está previsto que la convocatoria se publique durante el próximo mes de febrero.

-           Los contratos laborales indefinidos correspondientes a la resolución de este proceso se formalizarán con efectos del 1 de septiembre de 2026.

-           El sistema de selección será el concurso, que se resolverá según el baremo aprobado en el Consejo de Gobierno del 19 de noviembre de 2025, tras el acuerdo alcanzado en la Mesa Negociadora de ese mes.

-           Este baremo que cumple con criterios generales comunes aprobados por la Mesa General de negociación de las universidades públicas valencianas permite la valoración automatizada de los méritos de la plantilla de la UA, a partir de los datos obrantes en sus expedientes administrativos.

4.- Comisiones de Selección

Para la resolución de este proceso se constituirá una comisión de selección por cada departamento.

La composición de la comisión titular y suplente será: Presidencia, Secretaría y tres vocalías. No obstante, en aquellos casos en que resulte necesario para garantizar la representación de todas las áreas afectadas, las comisiones podrán estar integradas por cinco o siete vocalías.

Las personas integrantes de cada comisión, y sus respectivos suplentes, serán propuestas por el departamento correspondiente, debiendo garantizar la representación de todas las áreas en las que se oferten plazas, siempre que sea posible.

Las comisiones tendrán una composición equilibrada entre mujeres y hombres, salvo que no sea posible por razones fundadas y objetivas debidamente motivadas, garantizándose, en todo caso, su necesaria aptitud científica y docente.

Los miembros de las comisiones deberán ser funcionarios de los cuerpos docentes universitarios, profesorado permanente laboral, profesorado contratado doctor o profesorado colaborador de la Universidad de Alicante.

5.- Convocatoria

5.1. Agrupación plazas

Las plazas se convocarán y resolverán agrupadas por departamentos, áreas y requisitos, con la finalidad de agilizar el proceso, al reducir el número de comisiones y actuaciones.

5.2. Puntuación mínima para la adjudicación de plaza

La puntuación mínima para la superación del proceso de selección y por tanto para la adjudicación de plaza será de 25 puntos

5.3. Criterios de desempate

En caso de empate en la puntuación total se aplicarán, de forma sucesiva, los siguientes criterios para su resolución:

1º Mayor puntuación en Méritos Profesionales (apartado A)

2º Mayor número de meses completos de servicios prestados como profesorado asociado en el área en la Universidad de Alicante.

3º Mayor puntuación en Docencia Universitaria (apartado C)

4º Mayor puntuación en Titulación Académica y Méritos Académicos (apartado B)

5º Mayor puntuación en Investigación (apartado D)

6º Mayor puntuación en Valenciano (apartado E)

7º Mayor puntuación en otros idiomas (apartado F).

8º Si persiste el empate, se resolverá a favor del sexo que esté infrarrepresentado, atendiendo las instrucciones para resolver empates en procesos selectivos aprobadas en Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2016 (BOUA de 28 de octubre).

9º En el caso de que el empate fuera entre personas del mismo sexo o no existiese infrarrepresentación de ninguno de los géneros, este se dirimirá por orden alfabético del primer apellido de las personas aspirantes empatadas, iniciándose el citado orden por la letra determinada en la Resolución de la Conselleria competente en materia de función pública, mediante la cual se determine el orden de intervención de los aspirantes a todas las pruebas selectivas que se realicen durante el año.

6. Resolución del proceso y elección de plazas

La comisión de selección hará pública la valoración definitiva de los méritos y la propuesta de provisión, integrada por las y los aspirantes que han superado la puntuación mínima, ordenada de mayor a menor puntuación, hasta alcanzar el número total de plazas convocadas.

También se incluirá una relación de reserva con el resto de personas aspirantes que hayan superado la puntuación mínima exigida ordenada de mayor a menor puntuación.

En el caso de plazas convocadas de forma conjunta, con dedicación PL06 y PL08, se dará a elegir la dedicación al personal aspirante incluido en la propuesta de provisión, según el orden de puntuación.

Realizada la elección se publicará la resolución de adjudicación indicando la persona aspirante y la dedicación correspondiente.

La unidad de Gestión PDI asignará  las plazas en función de la elección de dedicación realizada por las personas aspirantes.

La asignación de docencia la realizará el departamento cada curso académico de conformidad con las reglas que resulten de aplicación.

En caso de renuncia o falta de formalización del contrato, se utilizará la relación de reserva.