I PREMIO CEMAB A UN TRABAJO FIN DE GRADO / MÁSTER SOBRE LA OBRA LITERARIA DE MARIO BENEDETTI
- Fecha de aprobación
- 12/02/2026
- Fecha de publicación
- 16/02/2026
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: I PREMIO CEMAB A UN TRABAJO FIN DE GRADO / MÁSTER SOBRE LA OBRA LITERARIA DE MARIO BENEDETTI
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: jueves, 12 de febrero de 2026
I PREMIO CEMAB A UN TRABAJO FIN DE GRADO/ MÁSTER SOBRE LA OBRA LITERARIA DE MARIO BENEDETTI
1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
Desde su creación en 1999, ratificada por la Junta de Gobierno en 2002, el Centro de Estudios Iberoamericanos Mario Benedetti se configura como centro de estudios enfocado a la docencia, la investigación y la transferencia de conocimiento en el ámbito literario iberoamericano. Su objetivo primordial es la actividad académica, investigadora y de difusión, desde la Universidad de Alicante, de los estudios sobre las culturas y literaturas de Iberoamérica y de las sociedades en las que se desarrollan.
El CeMaB alberga la Biblioteca personal del domicilio de Madrid de Mario Benedetti, que el escritor donó a la institución en el año 2006 y que se encuentra a disposición de la comunidad académica en las instalaciones del Centro, con un fondo de más de seis mil ejemplares. La custodia de tal legado y el nombre que denomina al Centro determinan asimismo, como uno de los objetivos principales del Centro, el estudio y difusión de la obra del escritor.
En este sentido, la finalidad de la presente convocatoria de premio, en régimen de concurrencia competitiva, es impulsar y recompensar la realización de Trabajos Fin de Grado (TFG) o Trabajos Fin de Máster (TFM) de elevada calidad académica que aborden la obra literaria de Mario Benedetti en cualquiera de sus manifestaciones y desde cualquier perspectiva teórico-metodológica.
2. Requisitos de las Personas Beneficiarias
Podrá optar a este premio el alumnado que haya desarrollado y defendido su TFG/TFM en la Universidad de Alicante durante los cursos académicos 2023-2024 y 2024/2025 cuyo proyecto aborde la obra literaria de Mario Benedetti en cualquiera de sus manifestaciones.
El TFG/TFM presentado deberá haber alcanzado en su defensa una nota mínima de 9 (Sobresaliente), acreditada mediante copia anonimizada del expediente académico.
No podrán optar a la presente convocatoria trabajos que ya hayan sido premiados en convocatorias anteriores o que hayan obtenido en dichas convocatorias una valoración menor de 7 por parte de la comisión evaluadora correspondiente.
3. Número y dotación de los premios.
Se concederá 1 premio, a un Trabajo Fin de Grado o un Trabajo Fin de Máster, de 400 €.
El premio podrá ser declarado desierto si ninguno de los trabajos presentados reúne los requisitos suficientes para merecer su concesión. La puntuación mínima requerida para la concesión del premio es de un 7 (siendo 10 la máxima puntuación que puede obtenerse).
La entrega del premio se realizará en un acto público en la Universidad de Alicante que se anunciará con suficiente antelación.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
4.1. Plazo de presentación
El plazo de presentación de trabajos se inicia a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en BOUA y finaliza el día 30 de abril de 2026.
4.2. Procedimiento de presentación
La documentación se presentará de forma telemática a través del trámite de Instancia Genérica disponible en la aplicación de UA-Cloud.
En el campo "EXPONE" habrá de indicarse: I PREMIO CEMAB A TRABAJO FIN DE GRADO O TRABAJO FIN DE MÁSTER SOBRE LA OBRA LITERARIA DE MARIO BENEDETTI. Habrá que indicar además si se trata de un TFG o un TFM.
En el campo "SOLICITA" habrá de indicarse "Dirigido al Centro de Estudios Literarios Iberoamericanos Mario Benedetti (CeMaB)".
En el campo "DOCUMENTOS ADJUNTOS" se subirá en formato PDF el Trabajo Fin de Grado o Trabajo Fin de Máster sin que conste la autoría ni la tutorización. Se adjuntará asimismo copia anonimizada del expediente académico donde conste la calificación obtenida por el TFG/TFM correspondiente.
El tamaño máximo admisible del documento es de 15 Mb.
5. Criterios de adjudicación
Las solicitudes serán evaluadas por parte de la Comisión de Valoración a partir del análisis y discusión sobre la documentación recibida por parte de cada una de las candidaturas. En la adjudicación serán considerados los siguientes criterios:
- Calificación del TFG/TFM en el expediente académico: 50%
- Relevancia del tema estudiado: 10%
- Originalidad y rigor en el planteamiento y diseño del trabajo: 20%
- Estructura y redacción: 10%.
6. Órgano Gestor y Comisión de valoración
6.1. Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria, la dirección del Centro de Estudios Literarios Iberoamericanos Mario Benedetti (CeMaB), es el encargado de la ordenación e instrucción del procedimiento, por lo que acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
El contacto del órgano gestor será: centro.benedetti@ua.es
Cuando la solicitud no reúna los requisitos o la documentación requerida no se acompañe adecuadamente, se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que, de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que, si así no se hiciera, se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.
6.2. Comisión de valoración
La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas, así como la consiguiente propuesta de concesión y denegación del premio.
La comisión tendrá la siguiente composición:
Presidencia: Beatriz Aracil Varón. Directora del Centro de Estudios Literarios Iberoamericanos Mario Benedetti.
Secretaría: Mónica Ruiz Bañuls. Secretaria Académica del Centro de Estudios Literarios Iberoamericanos Mario Benedetti.
Vocales: Tres miembros del CeMaB pertenecientes al colectivo PDI de la Universidad de Alicante.
Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán un documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
7. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://web.ua.es/es/centrobenedetti, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará entre el 1 y el 10 de julio de 2026. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 5 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.
Transcurrido dicho plazo y, en su caso, resueltas las alegaciones presentadas, la Rectora de la Universidad de Alicante dictará la resolución definitiva de concesión.
8. Marco legal y presupuestario
Esta convocatoria con código 2026SBV053, sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención número 2026LS018 del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (ejercicio 2026) de la Universidad de Alicante.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, en la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, en la normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
La dotación de esta convocatoria, de 400 euros, será sufragada con cargo al capítulo IV orgánica 71004P0001 del presupuesto del Centro de Estudios Literarios Iberoamericanos Mario Benedetti. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.
9. Obligación y justificación del beneficiario
La persona beneficiaria de esta convocatoria está obligada a presentar el fichero de terceros correspondiente, junto con una fotocopia del DNI.
La presentación de estos documentos se realizará en los 15 días naturales siguientes a la notificación del premio.
10. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, la Universidad de Alicante tratará los datos aportados por los solicitantes con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en la solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, estos datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.
Las personas que concurran a la presente convocatoria pueden ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Pueden, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarse en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
11. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
En Alicante, a 12 de febrero 2026
La rectora,
PD de firma, el vicerrector de Estudiantes y Empleo (Resolución de 19 de diciembre de 2024)
Raúl Ruiz Callado