AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTANCIAS DE INVESTIGACIÓN EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL Y ASISTENCIA A CONGRESOS PARA ESTUDIANTES DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN CIENCIAS EXPERIMENTALES Y BIOSANITARIAS. CURSO ACADÉMICO 2025-2026
- Fecha de aprobación
- 11/02/2026
- Fecha de publicación
- 17/02/2026
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTANCIAS DE INVESTIGACIÓN EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL Y ASISTENCIA A CONGRESOS PARA ESTUDIANTES DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN CIENCIAS EXPERIMENTALES Y BIOSANITARIAS. CURSO ACADÉMICO 2025-2026
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: miércoles, 11 de febrero de 2026
AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTANCIAS DE INVESTIGACIÓN EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL Y ASISTENCIA A CONGRESOS PARA ESTUDIANTES DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN CIENCIAS EXPERIMENTALES Y BIOSANITARIAS. CURSO ACADÉMICO 2025-2026
1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para impulsar actividades de investigación (Modalidad M1) y la asistencia a congresos científicos (Modalidad M2) de los estudiantes del Programa de Doctorado en Ciencias Experimentales y Biosanitarias de la Universidad de Alicante, durante el curso académico 2025-2026.
La ayuda se divide en dos modalidades:
1. Modalidad M1: Estancias internacionales de investigación, destinadas a facilitar la realización de actividades de investigación relacionadas con el contenido científico de la tesis doctoral en Universidades o Centros de investigación ubicados fuera de España, con el fin de promover la presentación de tesis doctorales que opten a la Mención Internacional en el título de Doctora o Doctor por la Universidad de Alicante.
2. Modalidad M2: Asistencia a congresos científicos, tanto internacionales como nacionales, en los que el doctorando presente resultados derivados de la tesis doctoral y que estén relacionados con la temática de la misma.
En ambos casos, la subvención se dedicará a cubrir los gastos de desplazamiento, alojamiento y/o manutención, y será compatible con cualquier otra ayuda o beca que tenga la misma finalidad, siempre que la cuantía de las ayudas obtenidas no sobrepase el coste de la actividad subvencionada.
2. Requisitos de las Personas Beneficiarias
En el caso de la modalidad de ayudas M1, podrá solicitar esta ayuda el alumnado que:
· Esté matriculado durante el curso 2025-26 en el Programa de Doctorado en Ciencias Experimentales y Biosanitarias de la Universidad de Alicante.
· Haya realizado o tenga previsto realizar una estancia de una duración mínima de 1 mes, entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de julio de 2026, coincidiendo, salvo excepciones justificadas, con los periodos académicos y/o la actividad ordinaria de los centros de destino.
· Que la estancia se realice en universidades, centros de investigación o departamentos I+D de empresas situados fuera de España, y que la subvención se dedique a sufragar gastos de desplazamiento, alojamiento y/o manutención.
En el caso de la modalidad de ayudas M2, podrá solicitar esta ayuda el alumnado que:
· Esté matriculado durante el curso 2025-26 en el Programa de Doctorado en Ciencias Experimentales y Biosanitarias de la Universidad de Alicante. :
· Que el congreso se celebre entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de julio de 2026, que esté relacionado con la temática de la tesis doctoral y que en él se presenten resultados derivados de la misma, destinándose la subvención a cubrir gastos de desplazamiento y manutención.
3. Número y dotación de las becas.
Se concederá un número máximo de 10 ayudas, con un importe total de 4200 € El importe y el número de ayudas por modalidad será la siguiente:
Modalidad M1(estancias internaciones de investigación): Se concederá un máximo de 4 ayudas. La dotación total de esta modalidad se prorrateará entre las personas beneficiarias que cumplan los requisitos, con un límite máximo de 600 € por ayuda.
Modalidad M2 (asistencia a congresos científicos): Se concederá un número máximo de 6 ayudas, distribuyendo la asignación, hasta un máximo cada una de 300 €.
Solo se puede optar a una ayuda de cada modalidad de esta convocatoria por estudiante.
En ambos casos, la subvención se dedicará a cubrir los gastos de desplazamiento, alojamiento y/o manutención, y será compatible con cualquier otra ayuda o beca que tenga la misma finalidad, siempre que la cuantía de las ayudas obtenidas no sobrepase el coste de la actividad subvencionada.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
1. 4.1. Plazo de presentación
La convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo previamente a la publicación de su extracto en el DOGV.
El plazo de solicitud se inicia el día 2 de marzo y finaliza el día 31 de julio de 2026.
2. 4.2. Procedimiento de presentación
La documentación se presentará a través del formulario que a tal efecto está disponible en la página web de la Oficina de Prácticas en Empresa, Movilidad e Inserción Laboral (OPEMIL), https://ciencias.ua.es/es/opemil/practicas-externas/becas-y-ayudas.html, con indicación de los datos de esta convocatoria.
Se adjuntará la siguiente documentación:
- Fotocopia del NIF, NIE o pasaporte, en caso de que no obre en poder de la Administración.
Para la modalidad de estancias internaciones de investigación (M1):
- Memoria del trabajo de investigación a desarrollar por la persona solicitante, en la que se justifique la oportunidad de la estancia, el plan de trabajo, su duración y el centro receptor en que se realizará, con la conformidad del director o directora de tesis.
- Documento de aceptación de la estancia por el centro receptor, debidamente firmado y donde conste la fecha de estancia prevista.
- Historial científico-técnico del grupo y de la persona investigadora de acogida del centro receptor.
Para la modalidad de asistencia a congresos científicos (M2):
- Justificación de la relación del congreso con la temática de la tesis doctoral.
- Aceptación de comunicación, póster o presentación en el congreso (o justificante de haberla solicitado en caso de que la aceptación esté pendiente).
- Programa preliminar o definitivo del congreso, indicando fechas y lugar de celebración.
- Conformidad del director o directora de tesis para la asistencia y presentación de resultados.
Cuando la documentación obre en poder la Universidad de Alicante, debe indicarse la unidad administrativa que la generó o en la que fue presentada.
Tras recibir las solicitudes, se elaborará una relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas y se establecerá un plazo de subsanación de 10 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación. Transcurrido dicho plazo, se elaborará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, que será remitida a la comisión de valoración para su evaluación.
5. Criterios de adjudicación
La asignación de ayuda se realizará siguiendo los siguientes criterios:
Modalidad M1: Estancias internacionales de investigación
1. Plan de trabajo, duración de la estancia, adecuación de la misma al plan de trabajo propuesto y situación de desarrollo del proyecto de tesis en relación con los objetivos planteados (Máx. 5 puntos).
La puntuación se asignará de acuerdo con la siguiente escala orientativa:
0-1 puntos: Plan de trabajo poco definido o escasamente coherente con los objetivos de la tesis; duración de la estancia insuficiente o inadecuada.
2-3 puntos: Plan de trabajo adecuado, con objetivos claros y razonablemente alineados con el proyecto de tesis; duración de la estancia apropiada, aunque mejorable.
4-5 puntos: Plan de trabajo bien estructurado, coherente y claramente alineado con los objetivos del proyecto de tesis; duración de la estancia plenamente justificada y adecuada al estado de desarrollo de la tesis.
2. Idoneidad y calidad del centro de destino con relación a la mejora de la formación de las personas beneficiarias (Máx. 3 puntos).
La puntuación se asignará conforme a los siguientes criterios:
0-1 puntos: Centro con escasa relación con el proyecto de tesis o con limitada aportación formativa.
2 puntos: Centro adecuado, con experiencia y recursos relevantes para la formación doctoral.
3 puntos: Centro de reconocido prestigio y alta especialización en el ámbito del proyecto, cuya estancia suponga una mejora formativa significativa para la persona solicitante.
3. Obtención de esta ayuda en convocatorias anteriores. Puntuará positivamente el no haber sido beneficiario/a de esta ayuda en convocatorias anteriores (Máx. 2 puntos).
Modalidad M2: Asistencia a congresos científicos
1. Tipo de comunicación presentada en el congreso (se valorará más la presentación oral que la comunicación presentada en formato póster): Presentación oral (4 puntos) y póster (2 puntos).
2. Contribución como primer autor (2 puntos) o como coautor en otra posición (1 punto).
3. Tipo de congreso (se valorará más los congresos internacionales que los nacionales): Comunicación en congreso internacional (2 puntos) y comunicación en congreso nacional (1 punto).
6. Órgano Gestor y Comisión de valoración
6.1. Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria, la decana de la Facultad de Ciencias, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento y acuerda todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia, Secretaría de la Oficina de Prácticas, Movilidad e Inserción Laboral (OPEMIL), contacto: ciencies.practiques@ua.es
6.2. Comisión de valoración
La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes admitidas y elaborará el informe de valoración.
La comisión tendrá la siguiente composición, o en su caso, personas que les sustituyan:
Presidencia:
- Decana de la Facultad de Ciencias, o persona que le sustituya.
Secretaría:
- Secretaria de la Facultad de Ciencias o persona que le sustituya.
Vocales:
- Coordinadora Académica de Posgrado o persona que le sustituya
- Coordinador/a del Programa de Doctorado, o persona que le sustituya.
- Administrador/a o administrador del Centro, o persona que le sustituya.
Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán un documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
7. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://ciencias.ua.es/es/opemil/becas-y-ayudas/becas-y-ayudas.html, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 1 de Mayo de 2026. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 10 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.
Transcurrido dicho plazo y, en su caso, resueltas las alegaciones presentadas, la persona titular del rectorado dictará la resolución definitiva de concesión.
8. Marco legal y presupuestario
Esta convocatoria con código 2026SBV017, sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2026LS031 del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (ejercicio 2026) de la Universidad de Alicante.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, en la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, en la normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
La dotación de esta convocatoria, de un máximo de 4200 euros, será sufragada con cargo al capítulo IV 20.20.4M.00.01 del presupuesto de la Facultad de Ciencias. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.
9. Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago.
9.1. Obligaciones de las personas beneficiarias.
Son obligaciones de las personas beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las siguientes:
1- La actividad subvencionada debe realizarse desde septiembre de 2025 a julio de 2026.
Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:
a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.
b) Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.
c) Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
9.2. Justificación de personas beneficiarias y pago
Las personas beneficiarias deberán justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la ayuda y de la aplicación de los fondos percibidos hasta el 31 octubre de 2026 mediante la presentación de, a través del formulario de "Contacta con secretaría", los siguientes documentos:
· Memoria de actividades.
· Para la modalidad M1: Presentar una certificación del representante legal del centro de investigación receptor en la que constará el día de inicio y el de finalización de la estancia.
· Para la modalidad M2: Presentar un certificado de asistencia al congreso y de presentación de la ponencia
Debe presentarse la documentación justificativa de los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención, mediante facturas y/o tiques, por un importe igual o superior al de la ayuda concedida.
Además, deberán entregar sus datos personales y bancarios a través de la sede electrónica. Para ello deberán acceder a la sede electrónica de la Universidad de Alicante a través del siguiente enlace: https://cvnet.cpd.ua.es/eadmua/Tramites/Index En el apartado 'Económicos' encontrarán el trámite 'Alta/Modificación de Terceros'. Inicien sesión con sus credenciales. Suban los datos solicitados en el apartado correspondiente. Confirmen la actualización de la información.
Tras la justificación, la Universidad procederá de oficio al pago de la subvención concedida mediante transferencia bancaria en un pago único.
El incumplimiento por la persona beneficiaria de cualquiera de los requisitos y obligaciones establecidos en esta convocatoria y bases reguladoras, así como en su resolución de concesión, podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la subvención y al reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas.
10. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria. La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella. En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.
Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
11. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
En Alicante, a 11 de febrero de 2026
La rectora
P.D. de firma, vicerrector de Estudiantes y Empleo
(Resolución de 19 de diciembre de 2024)
Raúl Ruiz Callado