CONVOCATORIA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE POR LA QUE SE OFERTA PARA CUBRIR, CON CONTRATO TEMPORAL, UNA PLAZA DE ESPECIALISTA TÉCNICO/A PARA COLABORAR EN EL PROYECTO "SMART UNIVERSITY - UNIDIGITAL" DEL VICERRECTORADO DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL, FINANCIADO POR EL MINISTERIO DE UNIVERSIDADES, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL REAL DECRETO 641/2021, DE 27 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES A UNIVERSIDADES PÚBLICAS ESPAÑOLAS PARA LA MODERNIZACIÓN Y DIGITALIZACIÓN DEL SISTEMA UNIVERSITARIO ESPAÑOL EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA. REFERENCIA: I-PAS-40/23.

Fecha de aprobación
27/03/2023
Fecha de publicación
28/03/2023
Órgano competente
Rectora
Sección
CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Título: CONVOCATORIA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE POR LA QUE SE OFERTA PARA CUBRIR, CON CONTRATO TEMPORAL, UNA PLAZA DE ESPECIALISTA TÉCNICO/A PARA COLABORAR EN EL PROYECTO "SMART UNIVERSITY - UNIDIGITAL" DEL VICERRECTORADO DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL, FINANCIADO POR EL MINISTERIO DE UNIVERSIDADES, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL REAL DECRETO 641/2021, DE 27 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES A UNIVERSIDADES PÚBLICAS ESPAÑOLAS PARA LA MODERNIZACIÓN Y DIGITALIZACIÓN DEL SISTEMA UNIVERSITARIO ESPAÑOL EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA. REFERENCIA: I-PAS-40/23.

Sección: CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: lunes, 27 de marzo de 2023

REFERENCIA: I-PAS-40/23

CONVOCATORIA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE POR LA QUE SE OFERTA PARA CUBRIR, CON CONTRATO TEMPORAL, UNA PLAZA DE ESPECIALISTA TÉCNICO/A PARA COLABORAR EN EL PROYECTO "SMART UNIVERSITY - UNIDIGITAL" DEL VICERRECTORADO DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL, FINANCIADO POR EL MINISTERIO DE UNIVERSIDADES, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL REAL DECRETO 641/2021, DE 27 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES A UNIVERSIDADES PÚBLICAS ESPAÑOLAS PARA LA MODERNIZACIÓN Y DIGITALIZACIÓN DEL SISTEMA UNIVERSITARIO ESPAÑOL EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.

La Universidad de Alicante, de acuerdo a lo establecido en su Normativa reguladora de las convocatorias para la selección de personal de administración y servicios contratado en régimen laboral en los proyectos de investigación, disponible en la siguiente dirección de su página web: https://s.ua.es/es/nlJx, aprobada por Consejo de Gobierno de 22 de diciembre de 2009 (BOUA de 15 de enero de 2010), así como en la Instrucción de Secretaría General y de la Gerencia por la que se establece la obligatoriedad de utilizar medios electrónicos para la presentación de solicitudes, aportación de documentación, pago de las tasas, las comunicaciones, las notificaciones y el resto de la tramitación en los procesos de selección para la contratación en régimen laboral de personal de administración y servicios, y demás normativa general de aplicación, convoca oferta pública para cubrir puesto/s de trabajo, de acuerdo con las siguientes bases:

1ª.  Número de plazas: una.

2ª.  Características de la plaza y condiciones del contrato de trabajo:

-        Puesto de trabajo: especialista técnico/a.

-        Jornada: completa en horario de mañana.

-        Retribución: 1.820 € brutos mensuales más las pagas extras correspondientes según la normativa vigente (2 pagas extras anuales de 722,91 € cada una, o parte proporcional para periodos inferiores al año).

-        Duración inicialmente prevista del contrato: 6 meses.

La duración del contrato estará vinculada a la finalización de las tareas asignadas al puesto convocado dentro del proyecto, a la duración del proyecto y a su disponibilidad presupuestaria.

De conformidad con lo previsto en el acuerdo de Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante de 27 de enero de 2022, por el que se aprueba el IV Plan de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de la Universidad de Alicante y con el artículo 61.2.f) de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la función pública valenciana, se hace constar que la distribución porcentual en los puestos de especialista técnico contratados en régimen laboral en los proyectos de investigación, es de 44,83% mujeres y 55,17% hombres, por lo que no existe infrarrepresentación de ninguno de los géneros.

3ª.  Objeto: Colaborar con el proyecto "Smart University - UniDigital" a través del desarrollo frontend en Angular realizando principalmente las siguientes tareas:

-        Programación asíncrona, websockets.

-        Integración de componentes web.

-        Gestión y uso de sistemas de representación gráfica de datos (grafana, kibana, chronograf).

-        Diseño y desarrollo de interfaces web. Generador de contenidos multimedia para difusión, redes sociales, presentaciones, formación y documentación.

-        Despliegue de aplicaciones, mantenimiento y monitorización del desempeño.

4ª.  Baremo a aplicar, según el perfil de la plaza convocada:

-        4.1. Titulación académica oficial (Hasta 2 puntos): Se valorarán las siguientes titulaciones:

· Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Web.

· Ingeniería Técnica en Informática de Gestión, Ingeniería Técnica en Informática de Sistemas, Grado en Ingeniería Multimedia, Grado en Ingeniería en Informática o titulaciones equivalentes.

-        4.2. Experiencia (Máximo 3 puntos): Se valorará la realización de tareas y actividades, mediante relación contractual laboral, en cualquier ámbito, o administrativa excluyéndose la actividad docente, a razón de 1 punto por año completo, o parte proporcional por meses completos para periodos inferiores al año, relacionadas con las tareas a desarrollar descritas en la base 3ª de la convocatoria.

-        4.3. Formación complementaria (Máximo 3 puntos). Se valorará la formación relacionada con las tareas a desarrollar descritas en la base 3ª de la convocatoria.

4.3.a) Hasta un máximo de 1 punto, los cursos, recibidos o impartidos, debidamente acreditados por Centros u Organismos Oficiales, a razón de 0'01 punto por hora de duración hasta un máximo de 50 horas por curso. En todo caso se excluirá la enseñanza reglada.

4.3.b) Asistencia a jornadas, seminarios y congresos a razón de 0,01 puntos por asistencia.

4.3.c) Hasta un máximo de 2 puntos, el periodo de formación desarrollado mediante desempeño de becas, a razón de 0'08 puntos por mes completo si son becas obtenidas a través de convocatoria pública, y a razón de 0'04 por mes completo si son becas obtenidas mediante adjudicación directa.

Las becas que contemplen la transformación de tiempo de disfrute de la beca en modalidades contractuales laborales se valorarán, en lo referente a la vigencia de los contratos, en el apartado de experiencia.

5ª.  Requisitos del personal aspirante: El cumplimiento de los requisitos relacionados a continuación deberá estar referido siempre a la fecha de expiración del plazo fijado para la presentación de instancias y mantenerse hasta la fecha de formalización del contrato:

-        Estar en posesión o haber abonado los derechos para la expedición del título de bachiller, técnica o técnico o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación o equivalencia.

-        Tener la nacionalidad española o encontrarse en alguna de las situaciones recogidas en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE de 31 de octubre). En el caso establecido en el punto 4 de este artículo, cuando se requiera la residencia legal en España, se deberá estar en posesión de la misma en el momento de la formalización y firma del contrato de trabajo.

-        Tener un conocimiento adecuado de cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana para el desempeño del puesto de trabajo.

-        Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

-        Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas, para lo que, con carácter previo a la firma del contrato, se deberá aportar certificado médico que acredite poseer dichas capacidades y aptitudes. A estos efectos los reconocimientos se podrán realizar a través de los servicios médicos existentes en el servicio de prevención de la Universidad de Alicante

-        No hallarse inhabilitado por sentencia firme o como consecuencia de haber sido despedido disciplinariamente de forma procedente, para ejercer funciones similares a las propias de la categoría profesional a la que se pretende acceder. Tratándose de personas nacionales de otros estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en los mismos términos en su Estado el acceso al empleo público.

6ª.  Presentación de solicitudes:  En virtud de la Instrucción de Secretaría General y de la Gerencia de la Universidad de Alicante por la que se establece la obligatoriedad de utilizar medios electrónicos, quienes deseen tomar parte en este proceso de selección presentarán, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad de Alicante (BOUA), la correspondiente solicitud que se formalizará a través de la sede electrónica: https://seuelectronica.ua.es/ o en la siguiente dirección: https://cvnet.cpd.ua.es/eadmua/Tramites/index?, seleccionando el trámite establecido: `Solicitud de plazas personal técnico para proyectos de investigación'.

En esta misma aplicación habrá de adjuntarse la documentación que se indica en esta misma base escaneada en formato JPG, JPEG, PDF, DOC o DOCX. Se recomienda una resolución de 200ppp y escaneo en blanco y negro. El tamaño máximo de toda la documentación a adjuntar no podrá superar los 100Mb.

Los medios electrónicos que se emplearán en la tramitación de las solicitudes serán los determinados en la Sede Electrónica. En la `Guía para el trámite Solicitud de plazas personal técnico para proyectos de investigación', que se encuentra disponible en la siguiente página web del Servicio de Selección de Personal, https://s.ua.es/es/ntvr, puede consultarse toda la información relativa al proceso de presentación de solicitudes.

Documentación digitalizada que se deberá adjuntar a la solicitud. Deberán anexarse en el apartado `Documentos adjuntos', según lo indicado en el punto 5 de la `Guía para el trámite solicitud de plazas personal técnico para proyectos de investigación':

-        DNI: El personal aspirante de nacionalidad española podrá optar entre adjuntar la fotocopia del DNI o dar su consentimiento a la Universidad de Alicante para la consulta de sus datos de identidad, consentimiento que le será solicitado cuando formalice la solicitud.

Aquellas personas que no posean la nacionalidad española deberán adjuntar el documento expedido por las autoridades competentes de su país de origen o de procedencia que acredite su identidad, edad y nacionalidad y acudir con el original de dicho documento el día de la realización de la entrevista y/o prueba, en el caso de que la base 9ª contemplara su realización. La documentación requerida en este punto deberá ser adjuntada en el apartado `DNI' u `Otro documento identificativo'.

-        Título académico que se requiere para poder participar en la convocatoria (base 5ª) o resguardo de haber abonado los derechos para su expedición, que deberá ser adjuntado en el apartado `Titulación'.

-        Modelo de Currículum de la Universidad de Alicante para Personal de Administración y Servicios en Proyectos de Investigación, disponible en la siguiente dirección de la página web de la Universidad: https://s.ua.es/es/nlJf, que deberá ser en adjuntado en el apartado `Modelo currículum', y acompañar la documentación acreditativa de todos los méritos alegados en el mismo con las siguientes especificaciones:

-        Para el apartado `1. Titulación: Nota media ponderada del expediente', se adjuntará, siempre que se detalle expresamente en la base 4ª (baremo a aplicar, según el perfil de la plaza convocada) una titulación a valorar:

o   Certificación académica o ficha informativa sellada por la secretaría del centro en la que conste la media obtenida en la titulación correspondiente. En el caso del título de Doctor, la certificación académica deberá contener el programa de doctorado, la calificación de la tesis doctoral y las asignaturas del periodo formativo del mismo.

o   En el caso de un título universitario extranjero homologado a título oficial universitario español, se deberá aportar certificado académico oficial y declaración de equivalencia de nota media, obtenida según el procedimiento establecido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

-        Para el apartado `6. Actividades de carácter profesional':

o   Experiencia en una administración pública o universidad pública: Certificado - hoja de servicio que contenga tanto el puesto y subgrupo de titulación de la categoría/escala/cuerpo en la que se han prestado los servicios, como la clase de personal empleado público (Personal funcionario de carrera, personal funcionario interino, personal laboral o personal eventual).

En ningún caso se valorará la experiencia profesional como personal eventual, tal y como se establece en el artículo 19.6 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.

o   Experiencia en el sector privado: Informe de Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social y contratos de trabajo.

En ambos casos, cuando de los datos contenidos en el certificado-hoja de servicio o contrato de trabajo, no se desprenda la relación con el objeto y perfil de la convocatoria, se complementará con un certificado de la empresa donde consten las funciones desarrolladas.

o   En el caso de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas se deberá aportar Informe de Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social y certificado de la empresa o empresas con las que haya colaborado donde se acredite la obra o el servicio realizado.

La documentación acreditativa de los méritos alegados en el currículum deberá ser adjuntada en su apartado correspondiente, según se indica en el punto 5 de la `Guía para el trámite solicitud de plazas personal técnico para proyectos de investigación'.

La comisión no valorará aquellos méritos que, aun habiéndose alegado, no hayan sido debidamente acreditados una vez finalizado el plazo establecido en la base 7ª para la presentación de subsanaciones a la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos.

En cualquier momento del proceso, se podrá solicitar al personal aspirante la presentación de los originales de los documentos presentados y, en su caso, de la traducción por intérprete jurado de los mismos.

7ª.    Relación de aspirantes admitidos y excluidos: Finalizado el plazo de presentación de instancias, se publicará la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos. A partir del día siguiente de su publicación las personas interesadas tendrán un plazo de 5 días hábiles para la presentación de posibles subsanaciones, accediendo a su expediente en administración electrónica, tal y conforme se indica en el apartado de subsanación de la `Guía para el trámite solicitud de plazas personal técnico para proyectos de investigación'. Transcurrido este plazo se publicará la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

8ª.  Comisión de selección: La comisión encargada de resolver la convocatoria estará compuesta por 5 miembros y sus suplentes: presidenta o presidente, secretaria o secretario y 3 vocales y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus componentes, procurando una composición equilibrada entre mujeres y hombres, salvo que no sea posible por razones fundadas y objetivas debidamente motivadas.

El nombramiento de los miembros se hará público antes del acto de constitución.

La comisión velará porque queden garantizados los principios de mérito, capacidad y de igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres.

9ª.  Sistema de selección con dos fases:

a)    Baremación de méritos: La comisión valorará los méritos alegados por el personal aspirante en sus currículos de acuerdo con el baremo que se detalla en la base 4ª de la convocatoria y previo acuerdo de los criterios de valoración específicos de aquellos apartados que lo requieran. Sólo podrán ser considerados aquellos méritos obtenidos hasta la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias establecido en la base 6ª.

b)    Entrevista personal, cuya finalidad será la de valorar la adecuación de la o el aspirante para ocupar el puesto de trabajo ofertado. Se puntuará de 0 a 5 puntos y para su realización se convocará al personal aspirante con una antelación mínima de 4 días hábiles, indicando en dicha convocatoria si se realizará de forma presencial o mediante videoconferencia, así como las instrucciones para su realización y medios técnicos necesarios. La realización de la entrevista es obligatoria y la no comparecencia del aspirante dará lugar a su exclusión del proceso de selección.

Los resultados provisionales de las dos fases, en la primera junto con los criterios de valoración específicos del baremo, se publicarán con un plazo de reclamaciones establecido por la Comisión de al menos 3 días hábiles. Contra dichos resultados provisionales, las personas interesadas tendrán la posibilidad de presentar reclamaciones, accediendo a su expediente en administración electrónica, tal y conforme se indica en el apartado de reclamaciones de la `Guía para el trámite solicitud de plazas personal técnico para proyectos de investigación'. Vistas las reclamaciones o transcurrido dicho plazo sin haber presentado ninguna, se publicarán los resultados definitivos.

10ª. Adjudicación:

La Comisión para la elaboración de la propuesta de adjudicación sumará las puntuaciones obtenidas y las ordenará de mayor a menor; correspondiendo la propuesta de adjudicación a la o al aspirante con mayor puntuación. Los casos de empate que se produzcan se dirimirán de la siguiente manera:

1.º En el caso de que en la base 1ª se haya hecho constar infrarrepresentación de alguno de los géneros y se produjese un empate en la puntuación total del proceso entre personas de distinto sexo, se dirimirá a favor del sexo que esté infrarrepresentado atendiendo las instrucciones para resolver empates en procesos selectivos, aprobadas en Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2016 (BOUA de 28 de octubre).

2º Si continúa el empate y el sistema de selección contempla entrevista personal, el orden se establecerá según la mayor puntuación obtenida por cada aspirante en la entrevista.

3º De mantenerse el empate y si el puesto de trabajo convocado es de técnico/a o técnico/a superior, se atenderá a la mayor puntuación en el apartado de currículum académico de la fase de baremo.

4º Si continúa el empate, se atenderá a la mayor puntuación en la fase de baremo.

5º En caso de persistir el empate, éste se dirimirá por orden alfabético del primer apellido de las personas aspirantes empatadas, iniciándose el citado orden por la letra determinada en la Resolución dictada por la Conselleria que tenga atribuida la competencia en materia de función pública, que esté en vigor en la fecha en la que se publiquen las presentes bases en el BOUA, mediante la cual se determine el orden de intervención de los aspirantes a todas las pruebas selectivas que se realicen durante el año.

La propuesta de la Comisión se elevará a la rectora, para su adjudicación, tras la cual se formalizará contrato laboral a través del Servicio de Gestión de Personal, cuyas condiciones de trabajo podrán sufrir modificaciones sustanciales al amparo de los artículos 41 y 12.4.e) del Estatuto de los Trabajadores.

A la vista de los resultados de la aplicación del sistema de selección, y en caso de evidenciarse la inadecuación de los méritos del personal aspirante al perfil y objeto de la convocatoria (base 3ª y 4ª), se podrá declarar motivadamente la no adjudicación del puesto convocado.

Con los aspirantes no seleccionados, siempre que hayan asistido a todas las fases del sistema de selección y hayan superado la prueba eliminatoria, en el caso de que la hubiera, se constituirá una lista de reserva a la que se podrá recurrir para sustituir al aspirante seleccionado en caso de renuncia o ausencia temporal, o para cubrir nuevas necesidades del mismo proyecto, siendo llamados según orden de puntuación.

11ª. Información y notificaciones a las o los aspirantes: De acuerdo a lo previsto en el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las publicaciones detalladas en estas bases, así como la información de otros actos que se deriven de la presente convocatoria y que requieran publicación, incluidos los recursos en vía administrativa, se realizarán en Sede electrónica, en el apartado `Otros documentos generales' del expediente del aspirante asociado a esta convocatoria y podrán consultarse, a título informativo, en la dirección de la página web del Servicio de Selección de Personal siguiente: https://s.ua.es/es/nl1N, sustituyendo a la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos. En esta misma dirección se encuentra el resto de información general referente a la convocatoria y el acceso a toda la normativa y legislación mencionada en la misma.

En el caso de tener que realizar alguna notificación individual se realizará a través del sistema de notificación electrónica de la UA. 

12ª. Protección de datos de carácter personal: De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y resolver la convocatoria. La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante. En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html.

13ª. Recursos: Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de los de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Ante las actuaciones definitivas de la Comisión de valoración, podrá interponerse un recurso de alzada previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de sus publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante la rectora como órgano competente para resolverlo.

La interposición de los recursos de reposición y/o alzada, deberá realizarse a través del expediente del personal aspirante en administración electrónica, tal y conforme se indica en el apartado de recursos de la `Guía para el trámite solicitud de plazas personal técnico para proyectos de investigación'.

No se podrá presentar recurso ante aquellas resoluciones o actos que, por establecer un plazo de subsanaciones, reclamaciones o alegaciones, no sean definitivas. Las resoluciones que se produzcan tras este trámite sí serán susceptibles del recurso correspondiente.

La rectora,

El vicerrector de investigación

P.D. (Resolución de 22 de diciembre de 2020)

Juan Mora Pastor