CONVOCATORIA DE MOVILIDAD AITANA - ERASMUS + PRÁCTICAS PARA ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE CURSO 2023-2024
- Fecha de aprobación
- 04/05/2023
- Fecha de publicación
- 08/05/2023
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: CONVOCATORIA DE MOVILIDAD AITANA - ERASMUS + PRÁCTICAS PARA ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE CURSO 2023-2024
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: jueves, 4 de mayo de 2023
CONVOCATORIA DE MOVILIDAD AITANA - ERASMUS + PRÁCTICAS PARA ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE CURSO 2023-2024
1. Objeto
El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de prácticas en empresas ubicadas en países europeos participantes en el programa de movilidad Erasmus + durante el curso 2023-24.
Los destinos previstos se publicarán en su totalidad, a medida que las empresas/instituciones de acogida comuniquen a la UA sus propuestas en la dirección web de esta convocatoria, y nunca después del 20 de junio de 2023:
Los destinos previstos, pueden ser empresas, asociaciones, centros educativos de cualquier nivel de enseñanza, centros de investigación, ONG o cualquier entidad pública o privada, ubicadas en países miembros de la UE (más Islandia, Liechtenstein, Noruega, Turquía y Macedonia). Con cada plaza propuesta se indica el plan de estudios para el que se oferta así como los requisitos de idioma y otros. Los solicitantes no pueden contactar directamente con las empresas/instituciones de ese listado.
Si algún solicitante quiere aportar una empresa al programa tendrá dos opciones:
A) Incorporar la propuesta antes de la publicación de la convocatoria de manera que aparezca en la oferta pública disponible para todos los solicitantes que cumplan los requisitos. Para ello, la empresa deberá haber enviado por correo electrónico el formulario con la propuesta, publicado en la dirección web de esta convocatoria, antes del día 2 de junio de cada año a la Unidad de Prácticas. Vista la propuesta, si es aceptada se incorporará a la oferta pública.
B) Indicar en el momento de su solicitud que quieren aportar una empresa a título individual para realizar sus prácticas . En este caso, una vez realizada la selección para la oferta pública, y si quedaran becas por asignar, se realizaría un proceso de asignación entre los y las solicitantes que confirmen que disponen de empresa. Se avisará de esta circunstancia por correo electrónico a partir del 20 de diciembre.
Los siguientes tipos de organizaciones no son admisibles como organizaciones de acogida para la movilidad de estudiantes en prácticas: las instituciones de la UE y otros órganos de la UE, incluidas las agencias especializadas (la lista completa está disponible en el siguiente sitio web: http://europa.eu/european-union/about-eu/institutions-bodies_es); las organizaciones que gestionen programas de la UE, como las agencias nacionales de Erasmus+ (con el fin de evitar posibles conflictos de intereses o dobles financiaciones).
Los y las solicitantes podrán seleccionar los destinos a los que quieran optar y cumplan requisitos, y los ordenarán según preferencia.
2. Requisitos de las Personas Beneficiarias
Podrá solicitar esta ayuda el alumnado que:
· Esté matriculado en el curso 2023-24 en una titulación oficial de grado, máster o doctorado. Para los grados, deberán tener al menos 120 créditos del plan de estudios superados.
· Estuviera matriculado en el curso 2022-23 en una titulación oficial y hubieran terminado sus estudios.
· No haya realizado previamente en el mismo ciclo de estudios más de 10 de meses de estancias Erasmus de estudios o prácticas (LLP-Eramus, Erasmus Mundus, Erasmus+). El máximo de movilidad permitida es de 12 meses y una movilidad de prácticas debe tener como mínimo una duración de 2 meses.
· Cumpla los requisitos específicos para los destinos de prácticas publicados en la convocatoria a los que se quiera optar: estudios, nivel de idioma, etc.
· No se haya beneficiado de ayudas concedidas para realizar prácticas en el extranjero a través de cualquier otra convocatoria de la Universidad de Alicante o de Campus Iberus, para el mismo curso académico. Las ayudas de la presente convocatoria son compatibles con las ayudas al estudio.
3. Número, duración y dotación de las ayudas.
Se concederá un máximo de 50 ayudas, por importe de 700 € mensuales, con una duración máxima de 4 meses.
Las personas beneficiarias de una beca del MEC durante el curso inmediatamente anterior, recibirán 250 € adicionales de fondos Erasmus por un máximo de 3 meses o proporcional en caso de estancia inferior a 3 meses.
Si la estancia tiene una duración igual o inferior a 3 meses, la ayuda asignada se abonará en un 80% tras el envío de la confirmación de inicio de la práctica firmado y sellado por la entidad de acogida (documento que facilitará la Unidad de Prácticas), y el 20% restante al finalizar la estancia de prácticas.
Si la estancia tiene una duración superior a 3 meses, la ayuda proporcional correspondiente al cuarto mes se abonará a mitad de estancia, tras la recepción del informe intermedio.
En el caso de personas con diversidad funcional, que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%, percibirán además la financiación adicional constituida por las aportaciones de los fondos comunitarios europeos a través del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE), perteneciente al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Importes y gastos subvencionables se recogerán en el punto de Apoyo a la inclusión de la Resolución del SEPIE para la convocatoria 2023.
En el caso de desplazamiento ecológico en un medio de transporte sostenible al país de realización de las prácticas, los estudiantes y recién titulados beneficiarios también recibirán la financiación adicional que determine la Resolución del SEPIE para la convocatoria 2023, aportando la justificación oportuna y Declaración responsable.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
La convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo, previamente a la publicación de su extracto en el DOGV.
El plazo para solicitar la ayuda se extenderá desde el 20 de junio 2023 a las 00:00 hasta el 19 de julio de 2023 a las 23:59 h.
La documentación se presentará, a través del formulario que se encuentra en la página web:
En el mismo formulario se indicarán por orden de preferencia los códigos de las ofertas a las que se quiere optar (ver códigos en la primera columna del listado de destinos previstos) y se adjuntará un archivo con la siguiente documentación:
- Currículum vitae
- Carta de motivación redactados en el idioma de los destinos solicitados. Si se requieren dos idiomas para la misma práctica, en uno de ellos indistintamente.
- Exclusivo para los alumnos de estudios de Arquitectura: envío de su portfolio en tamaño adecuado para ser enviado por correo electrónico a la empresa.
Los archivos deberán estar identificados con el nombre y apellidos del/ la solicitante.
Si antes de terminar el plazo de inscripción se desea modificar algún dato o el currículum, se puede enviar otro formulario. Se dará por válido el último formulario enviado.
Si en los destinos previstos no hay oferta para un determinado perfil de estudios, o no se cumplen requisitos de idioma, recomendamos inscribirse igualmente y dejar vacíos los campos relativos a las ofertas, ya que durante los meses de gestión de esta convocatoria, pueden llegar nuevas propuestas de empresas/instituciones a la Unidad de Prácticas, por lo que avisaríamos a las personas inscritas y que cumplan el perfil demandado, siempre y cuando tengamos becas por asignar.
Aquellos/as solicitantes que tengan pensado aportar una empresa al finalizar el proceso de selección para el listado de destinos previstos en el punto 1 de esta convocatoria, tendrán que inscribirse obligatoriamente (aunque no opten a esas ofertas publicadas) y marcar la casilla del formulario que así lo indica.
Los y las estudiantes de los grados de Maestro Educación Infantil y Educación Primaria que hayan solicitado realizar sus prácticas curriculares en centros en el extranjero, no deben inscribirse por esta vía. La Facultad de Educación asignará las plazas de que dispone y lo notificará a la Unidad de Prácticas para la tramitación de la documentación Erasmus Prácticas, relativa a esta convocatoria.
5. Criterios de adjudicación
La asignación de becas o ayudas se realizará siguiendo las siguientes fases:
· Fase 1. Admisión: Verificación de requisitos
· Fase 2. Preselección: las candidaturas admitidas, con cumplimiento de los requisitos específicos por destino (estudios, nivel de idioma, conocimientos específicos, etc.)
o Adecuación al perfil del destino o destinos solicitados: hasta 2 puntos (estudios, idiomas, otros requisitos)
o Nota media del expediente: Hasta 1 Punto. El cálculo se realizará multiplicando la nota media por 0.1
Para estudiantes de Grado, la nota media será la que conste en el expediente para convocatoria C4 del curso 2022-23.
Para estudiantes de máster y doctorado, se tendrá en cuanta la media del expediente del grado o máster con el que se accedió.
o No haberse beneficiado de una beca erasmus en convocatorias anteriores: 1 punto.
· Fase 3. Selección: la entidad colaboradora propondrá a la comisión la asignación de la práctica, en función de la documentación aportada y la entrevista realizada, por el medio que se disponga.
A los efectos de la elección de la entidad colaboradora, la comisión enviará las 8 mejores candidaturas del proceso de preselección para cada plaza disponible.
Las estancias de prácticas podrán comenzar con carácter general entre el 15 de enero de 2024 y el 30 de septiembre de 2024. En el caso de titulados/as se tendrá en cuenta el límite de 12 meses tras la finalización de sus estudios o la fecha de expedición del título, siempre con el límite del 30 de septiembre de 2024.
6. Comisión de valoración
La Comisión encargada de la valoración de las solicitudes, tendrá la siguiente composición:
Presidencia:
- La vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad (o persona en quien delegue)
Secretaría:
- La subdirectora de Prácticas, Empleo y Emprendimiento del Servicio de Alumnado,
Vocales:
- El director del Secretariado de Apoyo a Estudiantes y Empleabilidad
7. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://web.ua.es/es/centro-empleo/practicas-y-empleo/practicas-en-la-ua/internacionales/erasmus-practicas/convocatoria-2023-2024.html, según el calendario previsto de gestión, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos. En esta misma dirección se encuentra el resto de información general referente a la convocatoria y el acceso a toda la normativa y legislación mencionada en la misma.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la lista provisional de solicitudes admitidas y excluídas, con indicación del motivo de exclusión.
Todas la personas solicitantes dispondrán de un plazo de 3 días hábiles para presentar alegaciones contados a partir del día siguiente a la publicación.
Resueltas las alegaciones, se publicará la lista definitiva de solicitudes admitidas y excluídas.
A partir del mes de octubre se iniciará en la Unidad de Prácticas la fase de preselección, y envío de currículums a las empresas/instituciones. Las comunicaciones tanto desde la unidad de Prácticas del Servicio de Alumnado (unidad que se encarga de la gestión del programa) como desde las empresas colaboradoras, se realizarán a través del correo electrónico que los solicitantes admitidos han indicado en la solicitud.
El proceso de asignación para las ofertas publicadas en la dirección web de esta convocatoria se cerrará a lo largo del mes de diciembre, y a partir de enero 2024 se abrirá el plazo para que los solicitantes que no hayan sido seleccionados/as puedan aportar empresas, si quedan becas por asignar.
La Rectora de la Universidad de Alicante acordará la resolución definitiva de la convocatoria.
8. Aceptación de la movilidad
Los/las candidatos/as seleccionados/as por la empresas/instituciones dispondrán de un plazo máximo de 7 días para aceptar o renunciar a dicha plaza. Con su aceptación, el alumnado/recién titulados seleccionado indicará a la Unidad de Prácticas las fechas de su estancia de prácticas.
Se considerará renuncia por parte del candidato o candidata si no realiza ninguna actuación durante este trámite, y se le tendrá por desistido de su solicitud en la presente convocatoria, dando oportunidad al siguiente candidato que seleccione la empresa/institución.
Teniendo en cuenta que la aceptación del alumnado en los diferentes países puede verse afectada por acontecimientos globales sobrevenidos que produzcan inestabilidad que impidan la movilidad (pandemias, conflictos bélicos, etc.), se recomienda no incurrir en gastos hasta que la posibilidad de viajar a destino esté confirmada. Por ello, es aconsejable no reservar viajes y alojamiento hasta el mismo momento de comenzar la estancia de prácticas.
9. Reconocimiento académico y aprovechamiento
Las prácticas Erasmus pueden ser curriculares o extracurriculares. Para que tengan la condición de curriculares antes del inicio de la movilidad, el coordinador o la coordinadora de las prácticas de la titulación deberá dar su visto bueno académico. En este caso, además de enviar la documentación que requiere el programa Erasmus, el o la estudiante deberá seguir las indicaciones académicas de su tutor o tutora en lo referente a la evaluación de la asignatura.
Un/a estudiante puede realizar durante la misma movilidad las prácticas curriculares (las horas previstas en la asignatura de prácticas) y continuar con prácticas extracurriculares hasta completar el período de movilidad.
Si la movilidad se realiza como extracurricular, el o la estudiante podrá solicitar posteriormente el reconocimiento de créditos de una asignatura de prácticas externas / prácticum mediante solicitud ante su Centro, que podrá resolver a favor o en contra, dependiendo de los contenidos formativos y de los resultados obtenidos durante la estancia.
En todos los casos, el o la estudiante recibirá un diploma que acredita su participación en el programa Erasmus Prácticas y podrá descargar un certificado a través de UACloud. Si las prácticas se realizan una vez terminados los estudios, solo tendrán consideración de extracurriculares y no aparacerán en el SET si se ha solicitado la expedición del título antes de la finalización de la movilidad.
10. Marco legal y presupuestario
La convocatoria de ayuda, que sirve de base reguladora se encuentra recogida en la línea de subvención 2023LS0140 de la edición 2023 del Plan Estratégico de Subvenciones 2021-23 de la Universidad de Alicante.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
Todo aquello que las bases de esta convocatoria no regulen se regirá por las disposiciones europeas para el Programa Erasmus + 2023-24, por la Normativa General de Movilidad de la Universidad de Alicante y por la Normativa de Prácticas Externas de la UA.
La dotación de las ayudas de un máximo de 126.700,00 euros será sufragada con cargo al capítulo IV (orgánicas 10.50.4B.00.11 y 10.50.4B.00.06) del presupuesto del Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA. Se aplicarán las retenciones de rentas que, en su caso, establezca la legislación vigente.
La ayuda económica que se recibe está constituida por las aportaciones de los fondos comunitarios europeos a través del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE), perteneciente al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (importe estimado en 56.700 €), y de fondos propios de la Universidad de Alicante (70.000 €). La cuantía total depende de la consignación presupuestaria de dichos organismos.
El presente proyecto ha sido financiado con el apoyo de la Comisión Europea. Esta publicación es responsabilidad exclusiva de la UA. La Comisión no es responsable del uso que pueda hacerse de la información aquí difundida.
11. Obligación y justificación del beneficiario
- Mantener contacto y estar localizable tanto por la Unidad de Prácticas del Servicio de Alumnado como por su tutor/a académico, que podrán ponerse en contacto con el alumnado/recién titulados en cualquier momento, tanto durante el proceso de selección y nominación de su candidatura como durante el periodo de la estancia de prácticas, a través del correo electrónico facilitado a la Unidad de Prácticas en su solicitud.
- Comunicar a la Unidad de Prácticas del Servicio de Alumnado en el plazo máximo de 7 días la aceptación del destino para el que haya sido seleccionado/a.
- Comunicar de inmediato todo cambio de la solicitud inicial; en concreto, a la Unidad de Prácticas, toda información relativa a renuncias, cambio de calendario de la estancia de prácticas, etcy al tutor/a académico lo referente a aspectos formativos de la estancia de prácticas.
- Tener unos conocimientos del idioma suficientes para integrarse en la universidad de destino. La UA no se hace responsable de las carencias que en este sentido tenga el alumnado/recién titulado, ni de las consecuencias que de ello se puedan derivar, como, por ejemplo la no aceptación por parte de la empresa/institución de destino.
- Entregar en la Unidad de Prácticas del Servicio de Alumnado los siguientes documentos cumplimentados adecuadamente, cuando les sean requeridos:
Formulario datos de pago, resultado test lingüístico OLS on-line previamente al inicio de la estancia de prácticas, Contrato de subvención, Acuerdo de Aprendizaje, Confirmación de llegada, Informe intermedio, Informe final, Certificado Erasmus, cuestionario UE y cuestionario UA de valoración de la estancia de prácticas, justificantes/facturas relativas a vuelos/medios de desplazamiento tanto para la ida como para la vuelta, y justificantes/facturas relativas al alojamiento durante el periodo de la estancia de prácticas en el país de destino.
12. Pagos
El abono de la presente subvención se divide en los siguientes pagos, según la duración de la estancia.
- Primer pago: La cuantía corresponde al 80% de la financiación total prevista en el convenio de subvención. El pago se tramitará a lo largo del mes siguiente a la presentación de la siguiente documentación en la Unidad de Prácticas, y que previamente habrá sido remitida por ésta para su cumplimentación :
o Test inicial de autoevaluación OLS
o Contrato de subvención ORIGINAL
o Propuesta de acuerdo de prácticas
o Confirmación de estancia con llegada real
- Segundo pago: Para las estancias de prácticas Erasmus+ con una duración superior a 3 meses, a mitad de estancia, la Unidad de Prácticas remitirá al becario/a:
O El informe de progreso , que deberá ser cumplimentado y devuelto por correo electrónico. Desde la Unidad de Prácticas se tramitará en este caso, el siguiente pago que comprenderá el importe correspondiente a la parte proporcional de ese cuarto mes.
- Tercer pago: En los 15 días siguientes a la finalización de su práctica (que será la que figure como fecha de finalización en el acuerdo de prácticas) el beneficiario o la beneficiaria deberán presentar en la Unidad de Prácticas:
o El certificado de realización de prácticas firmado por la entidad de acogida
o Informe final Aitana-Erasmus+: Informe propio de la UA y que es una memoria de las actividades realizadas
o Informe final Erasmus: Informe de la Comisión Europea que envía mediante correo electrónico al becario o becaria y que lleva a un cuestionario sobre aspectos de la experiencia Erasmus + prácticas que ya ha finalizado. Se cumplimenta y se envía en línea a la plataforma del Beneficiary Module. Los modelos y formularios para esta documentación se facilitarán desde la Unidad de Prácticas, y también están recogidos en la misma dirección web.
o Justificantes/facturas de los viajes de ida y vuelta al país de destino, así como facturas/justificantes de alojamiento durante la estancia de prácticas Erasmus+.
Los modelos y formularios para esta documentación se facilitarán desde la Unidad de Prácticas, y también están recogidos en la misma dirección web.
Tras la recepción de la documentación solicitada, se procederá a abonar el último 20% restante de la ayuda asignada.
La justificación de todas las ayudas concedidas deberá estar completada a 31 de mayo de 2025.
El incumplimiento de las obligaciones de aceptación y entrega de la documentación requerida por la UA, así como el regreso anticipado no justificado formalmente, salvo causa de fuerza mayor, supondrán el reintegro de los importes abonados en virtud de la presente convocatoria.
13. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.
Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
14. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contenciosoadministrativo ante el juzgado de lo contenciosoadministrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
Ante las actuaciones definitivas de la comisión de valoración podrá interponerse el recurso de alzada previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de sus publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante la rectora como órgano competente para resolverlo. De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos. La oposición a estos actos de trámite podrá alegarse por las personas interesadas para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.
Alicante, a 4 de mayo de 2023
La rectora
P.D. de firma, la vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad
(Resolución de 22 de diciembre de 2020)
Rosario Isabel Ferrer Cascales