CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE LABORATORIOS DE INNOVACIÓN SOCIAL (SocialLab UA)

Fecha de aprobación
25/02/2025
Fecha de publicación
27/02/2025
Órgano competente
Rectora
Sección
Convocatorias y concursos

Título: CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE LABORATORIOS DE INNOVACIÓN SOCIAL (SocialLab UA)

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: martes, 25 de febrero de 2025

CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE LABORATORIOS DE INNOVACIÓN SOCIAL (SocialLab UA)

Preámbulo

La Agenda 2030, a través de los objetivos de desarrollo sostenible y sus metas, se ha configurado como un instrumento de transformación de las organizaciones en tanto que vincula la esfera de la innovación pública y la del gobierno abierto, inspirando una nueva institucionalidad más abierta, diversa y participada.

Es en el marco de esta agenda donde se crea el SocialLab UA, una iniciativa de la Biblioteca Universitaria de la Universidad de Alicante y el Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social, que se reivindica como un espacio de apertura a nuevas posibilidades de cooperación entre la universidad, la ciudadanía y las entidades sociales u otras organizaciones, más allá de las tradicionales herramientas como convenios, contratos o subvenciones, posibilitando que la inteligencia colectiva pueda llevar a cabo otros procesos creativos fuera de los cauces puramente institucionales. 

Uno de los compromisos del SocialLab UA es reconocer el potencial transformador de los laboratorios de innovación social, su capacidad para mejorar la sociedad, reproducirse en otros entornos y fomentar la participación de distintos agentes de la comunidad. En definitiva, los laboratorios de innovación social constituyen espacios accesibles de creación de prototipos y propuestas en el que conviven grupos heterogéneos de personas o entidades de un entorno próximo, generando y compartiendo conocimiento para desarrollar algo que compartan y que mejore las condiciones de vida de grupos de población o de las relaciones con el medio ambiente.

1.       Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

La presente convocatoria tiene por objeto financiar proyectos que desarrollen, de forma presencial, sostenible, inclusiva y diversa laboratorios de innovación social en los que se integre la comunidad universitaria con la ciudadanía del entorno. Los laboratorios pueden ser multidisciplinares y tienen cabida propuestas sociales, tecnológicas, económicas, culturales, históricas, medioambientales, educativas, lingüísticas, etc. Desde esa diversidad, las propuestas de laboratorios deberán estar orientadas al diseño y producción colaborativa de soluciones innovadoras para abordar desafíos sociales y/o ambientales.

Los proyectos de laboratorios podrán consistir en planteamientos originales y nuevos, un propósito ya en marcha, o una propuesta para solucionar o mejorar algún aspecto de una iniciativa más amplia, pero siempre con el detalle de acciones concretas a llevar a cabo.

Una vez finalizados, los proyectos desarrollados serán presentados públicamente por los equipos. Además, los prototipos, la documentación y los resultados obtenidos quedarán expuestos al público en la página web de la Biblioteca Universitaria y se hará difusión a través de diversos canales de comunicación.

2.       Requisitos de las personas beneficiarias

·         La persona promotora deberá pertenecer obligatoriamente, o estar vinculada, a alguno de los colectivos de la Universidad de Alicante:

o   Personal docente e investigador

o   Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS)

o   Personal colaborador honorífico

o   Profesorado emérito

o   Personal Senior UA

o   Alumnado

o   Comunidad Alumni UA

·         Podrán participar como colaboradoras o colaboradores tanto miembros de la comunidad universitaria como personas, entidades públicas o asociaciones del entorno próximo, siempre de la mano de la persona promotora. Se dará prioridad a los equipos mixtos, compuestos por miembros de la comunidad universitaria y participantes externos a la UA.

3.       Número y dotación de las ayudas a laboratorios de innovación social

Durante el curso académico se financiarán hasta un máximo de 5 laboratorios de innovación social, que se seleccionarán de entre las propuestas que se presenten a la presente convocatoria. 

Se dará prioridad a los laboratorios que busquen dar respuesta a retos relacionados con los siguientes ámbitos:

·         Sostenibilidad y cambio climático.

·         Igualdad de género y empoderamiento.

·         Participación ciudadana.

·         Movilidad sostenible y acceso a la ciudad.

·         Movimientos migratorios e integración social.

La dotación de las ayudas económicas es de un máximo de 2.000 euros por cada proyecto.

La convocatoria podrá quedar desierta o concederse menor número de proyectos cuando la Comisión de valoración estime que los proyectos no se ajustan a los criterios establecidos en la convocatoria.

4.       Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1.  Plazo de presentación

El plazo de presentación de proyectos comienza al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOUA y finaliza el 14 de marzo de 2025 a las 23:59 h.

4.2.  Procedimiento de presentación

La inscripción en la convocatoria de proyectos se realizará a través del siguiente formulario. Se adjuntará la documentación requerida, incluida la carta de la entidad externa aceptando su participación en el proyecto.

Una vez finalizado el plazo se ordenarán, revisarán y valorarán las solicitudes de acuerdo con el baremo que figura a continuación. El órgano gestor podrá solicitar información adicional del proyecto de laboratorio a la persona promotora. La Comisión de valoración levantará acta en la que conste la valoración hecha.

Todas las resoluciones se publicarán en la web de la convocatoria dentro de la página de la Biblioteca Universitaria.

5.       Criterios de adjudicación

La selección de proyectos se ajustará al siguiente baremo (máximo 20 puntos):

a)       Descripción clara y precisa del proyecto de laboratorio a desarrollar: hasta un máximo de 1 punto.

b)      Antecedentes: contexto en el que surge, si se ha realizado anteriormente, (si parte de un proyecto que ya existe o de la experiencia previa de algunas personas implicadas, etc.): hasta un máximo de 1 punto.

c)       Valor social y/o ambiental que se persigue generar o crear: hasta un máximo de 4 puntos.

d)      Grado de participación de las personas y entidades externas a la UA en el diseño y desarrollo, en todas las fases del ciclo de vida del laboratorio: hasta un máximo de 3 puntos.

e)      Producto final del laboratorio: prototipo, maqueta, memoria, pizarra de ideas, propuesta de acción, etc.: hasta un máximo de 1 punto.

f)        Inclusión de la perspectiva de género (en su diseño, reto al que responde, propuesta de actuación, equipo de trabajo o dinámica): hasta un máximo de 2 puntos

g)       Visibilidad. Actividades de comunicación y difusión del proyecto: hasta un máximo de 1 punto.

h)      Originalidad, calidad y grado de innovación: hasta un máximo de 1 punto.

i)        Sostenibilidad del proyecto: hasta un máximo de 2 puntos

a.       ¿Cómo puedes saber qué cosas mejorar del proyecto para futuras implementaciones?

b.       ¿Qué tipo de colaboraciones piensa que pueden surgir del conocimiento entre los distintos agentes participantes en el proceso?

j)        Adecuación del proyecto a los ámbitos del punto 3: hasta un máximo de 4 puntos.

6.       Órgano Gestor y Comisión de valoración

6.1.  Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria está formado por el Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad social, en colaboración con el Servicio de la Biblioteca Universitaria de Alicante.  Su misión es la coordinación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia que gestionará específicamente la convocatoria es la Biblioteca Universitaria, y su medio de contacto es por correo electrónico: buacomunica@ua.es

La unidad administrativa que autorizará y gestionará la tramitación de los gastos de los proyectos es el Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social.

Cuando una solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación pertinente, se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que, de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se entenderá que ha desistido de su petición.

6.2.  Comisión de valoración

La comisión de valoración estará formada por los siguientes miembros, o en su caso, personas que les sustituyan:

·         Presidencia:  vicerrectora de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad social

·         Secretaría: director de la Biblioteca Universitaria.

·         Vocales: coordinador del máster universitario en Innovación Social y Dinámicas de Cambio, directora Adjunta de Planificación y Unidades Instrumentales, subdirectora Biblioteca Filosofía y Letras, directora de Proyectos de Responsabilidad Social Universitaria. 

7.       Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las sucesivas resoluciones, así como la información de otros actos que requieran publicación y que se deriven de la presente convocatoria, se publicarán en la página web de la Biblioteca universitaria, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos. 

Tras recibir las solicitudes, se elaborará una relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas y se establecerá un plazo de subsanación de 5 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación. La subsanación se presenta a través de instancia genérica, ( (UACloud: E-Administración > Trámites > Generales > Instancia genérica), dirigidas al Director de la Biblioteca de la Universidad de Alicante. La instancia se identificará con el nombre "Convocatoria Social Lab". 

Transcurrido dicho plazo, se elaborará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, que será remitida a la comisión de valoración para su evaluación. 

La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 4 de abril de 2025. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 5 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor. 

Transcurrido dicho plazo y, en su caso, resueltas las alegaciones presentadas, la persona titular del rectorado dictará la resolución definitiva de concesión.

Los talleres de producción y prototipado de cada laboratorio tendrán una duración estimada de 4 meses y la fecha máxima de finalización será el 31 de diciembre de 2025. 

8.       Marco legal y presupuestario. 

La presente convocatoria se ajustará los principios de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006 General de Subvenciones, la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, la normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria. 

 La dotación máxima de esta convocatoria es de 10.000 euros y será sufragada con cargo a la aplicación presupuestaria 11406E0001 del Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad social. 

La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA. En ningún caso se hará un pago económico a las personas o los colectivos que formen parte de los talleres.

9.       Obligaciones y justificación de las personas beneficiarias.

Las personas, colectivos, asociaciones o entidades, tanto promotoras, colaboradoras, o mentoras que participen en los laboratorios, se comprometen a:

·         Aceptar las bases y los contenidos de la presente convocatoria de presentación de proyectos de laboratorios de innovación social.

·         Asistir a la jornada inicial de formación donde se explicará el funcionamiento de los proyectos del laboratorio.

·         Mantener una actitud respetuosa y colaborativa con el equipo.

  • Estar en contacto permanente con el órgano gestor y la unidad administrativa durante el tiempo que dure el laboratorio.
  • Documentar los proyectos, detallar la participación de cada miembro del grupo de trabajo, divulgar bajo licencias abiertas el conocimiento desarrollado y mostrar públicamente los resultados.
  • Presentar públicamente el proyecto elaborado en la jornada final del laboratorio.
  • Licenciar los prototipos, las creaciones y los materiales derivados de estos (textos, fotografías, vídeos, etc.), con una licencia CC BY-NC-SA 4.0 (Reconocimiento - No Comercial - Compartir Igual).
  • Permitir a la Biblioteca de la Universidad de Alicante y a cualquier persona o entidad, publicar los prototipos elaborados durante el taller del laboratorio de innovación social y difundirlos en cualquier formato de acuerdo con los límites de la legislación vigente, permitiendo su transformación para una mejor difusión y distribución de los resultados. 

10.   Obligaciones del órgano gestor y unidad administrativa

El Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad social y la Biblioteca Universitaria de Alicante, se comprometen a:

·         Preparar un espacio, si fuera necesario, en la Biblioteca para el desarrollo de los talleres de cada laboratorio.

·         Preparar la sesión inicial de formación con los proyectos seleccionados.

·         Destinar personas con funciones de mediación, logística y articulación de los talleres.

·         Difundir los proyectos elaborados.

·         Ofrecer, en la medida de lo posible, los medios y el equipamiento técnico necesario para llevar a cabo los proyectos seleccionados, siempre que la persona promotora los haya detallado y solicitado previamente, hayan sido aprobados y correspondan a una tipología de gastos pertinente. En caso contrario deberán ser cubiertos por la persona promotora. 

11.   Gastos imputables y no imputables a la ayuda

11.1.         Son gastos imputables:

·         Material fungible e inventariable para la realización de las actividades del proyecto.

·         Otro tipo de materiales necesarios para la realización del proyecto.

·         Documentación, bibliografía, dispositivos tecnológicos, imprenta, diseño de imagen, cartelería y folletos, montaje de espacios, fotografía, web, audio, vídeo.

·         Gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención que sean necesarios para la realización de las actividades del proyecto.

·         Pago a personas por la impartición de talleres, conferencias o charlas dentro del ámbito del laboratorio.

11.2.         No son gastos imputables:

·         La remuneración al personal participante por la realización de las actividades inherentes al proyecto subvencionado. Se exceptúa el pago a personas externas especialistas en la materia del proyecto que vengan a impartir seminarios relacionados con el mismo y siempre que dichos gastos hayan sido incluidos en la solicitud.

·         Gastos derivados de actos protocolarios o de representación. 

12.   Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria. 

La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella. En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada. 

Las personas o asociaciones solicitantes podrán ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html.

Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html 

13.   Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/205, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos. 

En Alicante, a 25 de febrero de 2025 

La Rectora

P.D. de firma (Resolución de 19 de diciembre de 2024)

La Vicerrectora de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad social