SELECCIÓN DE PARTICIPANTES PARA PROGRAMAS INTENSIVOS COMBINADOS (BLENDED INTENSIVE PROGRAMMES/BIPS) EN OTRAS INSTITUCIONES SOCIAS DURANTE 2025 A TRAVÉS DEL PROGRAMA DE MOVILIDAD ERASMUS+ KA131 DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
- Fecha de aprobación
- 16/12/2024
- Fecha de publicación
- 17/12/2024
- Órgano competente
- Rector
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: SELECCIÓN DE PARTICIPANTES PARA PROGRAMAS INTENSIVOS COMBINADOS (BLENDED INTENSIVE PROGRAMMES/BIPS) EN OTRAS INSTITUCIONES SOCIAS DURANTE 2025 A TRAVÉS DEL PROGRAMA DE MOVILIDAD ERASMUS+ KA131 DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rector
Fecha de aprobación: lunes, 16 de diciembre de 2024
SELECCIÓN DE PARTICIPANTES PARA PROGRAMAS INTENSIVOS COMBINADOS (BLENDED INTENSIVE PROGRAMMES/BIPS) EN OTRAS INSTITUCIONES SOCIAS DURANTE 2025 A TRAVÉS DEL PROGRAMA DE MOVILIDAD ERASMUS+ KA131 DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
El objeto de esta convocatoria es la asignación de plazas y concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, al alumnado y PTGAS de la Universidad de Alicante (UA) para la participación en uno de los programas intensivos combinados (Blended Intensive Programmes), en adelante BIPs, organizado en otra institución europea socia con la cual la UA ha suscrito previamente un acuerdo de intercambio de estudiantes en el marco del programa Erasmus+ acción KA131 durante el año 2025.
La participación implica una movilidad física de corta duración en el extranjero en combinación con un componente virtual obligatorio.
Los BIPs a los que se puede optar en la presente convocatoria son:
BIP 1 Artificial Intelligence and Law
DESTINO: Universidad de Coimbra, Portugal
PLAZAS: 5 estudiantes de Grado
NÚMERO DE CRÉDITOS: 3 ECTS
FECHAS MOVILIDAD PRESENCIAL: 3 al 7 de marzo de 2025
FECHAS COMPONENTE VIRTUAL: 17 y 18 de marzo de 2025
PROFESORADO RESPONSABLE: Nuria Martínez Martínez y Lucía Molina Martínez
BIP 2 Temas y métodos de investigación en/mediante la historia y las lenguas
DESTINO: Universidad de Oradea, Rumanía
PLAZAS:
- 9 estudiantes (7 de Grado y 2 de Doctorado)
- 3 PTGAS
NÚMERO DE CRÉDITOS: 3 ECTS
FECHAS MOVILIDAD PRESENCIAL: 7 al 11 de abril de 2025
FECHAS COMPONENTE VIRTUAL: 17 de febrero a 14 de abril de 2025
PROFESORADO RESPONSABLE: Catalina Iliescu Gheorghiu
BIP 3 Rural Areas facing climate change: The case of Sambre, Thuin, BELGIUM
DESTINO: Université Catholique de Louvain, Bélgica
PLAZAS: 8 estudiantes de Grado
NÚMERO DE CRÉDITOS: 3 ECTS
FECHAS MOVILIDAD PRESENCIAL: 28 de abril al 2 de mayo de 2025
FECHAS COMPONENTE VIRTUAL: 4 al 18 de abril de 2025
PROFESORADO RESPONSABLE: Javier Sánchez Merina
BIP 4 T4EU Week: Design in all its Forms
DESTINO: Jean Monnet University, Saint-Etienne, Francia
PLAZAS: 12 estudiantes (9 de Grado, 1 de Máster y 2 de Doctorado)
NÚMERO DE CRÉDITOS: 3 ECTS
FECHAS MOVILIDAD PRESENCIAL: 19 al 23 de mayo de 2025
FECHAS COMPONENTE VIRTUAL: 12 mayo al 18 de mayo de 2025
PUNTO DE CONTACTO: Área de Movilidad del Servicio de Relaciones Internacionales (mobilityoffice@ua.es)
BIP 5 T4EU Week: The Idea of a University in an Era of Innovations and global transformations
DESTINO: Vytautas Magnus University, Kaunas, Lituania
PLAZAS: 12 estudiantes (9 de Grado, 1 de Máster y 2 de Doctorado)
NÚMERO DE CRÉDITOS: 3 ECTS
FECHAS MOVILIDAD PRESENCIAL: 20 al 24 de octubre de 2025
FECHAS COMPONENTE VIRTUAL: 13 octubre al 19 de octubre de 2025
PUNTO DE CONTACTO: Área de Movilidad del Servicio de Relaciones Internacionales (mobilityoffice@ua.es)
2. Requisitos de las Personas Beneficiarias
Podrá solicitar esta ayuda el alumnado y el PTGAS que cumpla los siguientes requisitos:
2.1. Requisitos específicos para el alumnado.
2.1.1. Requisito de matrícula
El alumnado debe estar matriculado en la UA en un determinado programa de estudios conducente a la obtención de un título oficialmente reconocido de Grado, Máster oficial o Doctorado, tanto en el momento de la solicitud como durante la movilidad BIP.
2.1.2. Requisito de créditos en los estudios desde los que solicita el BIP.
El número mínimo de créditos superados debe ser el siguiente: 60 créditos, hasta la convocatoria C1 del curso 2024-25 inclusive para los BIPS 1 a 3 y la C2 del curso 2024-25 para el BIP 5.
2.1.3. No haber superado el período máximo de estancias Erasmus de estudios o prácticas (LLP-Erasmus, Erasmus Mundus, Erasmus+) permitidas:
- Grado en Fundamentos de la Arquitectura y Grado en Medicina: dos períodos anuales en cómputo total.
- Para el resto de titulaciones: un período anual en cómputo total en el mismo nivel de estudios (Grado o Máster).
2.1.4. Poseer la nacionalidad de un país de la Unión Europea o de terceros países (en cuyo caso deberá acreditar que está en posesión de un permiso válido para residir en España durante el período de realización de la movilidad).
2.2. Requisitos específicos para el PTGAS
Podrá solicitar esta ayuda el PTGAS que cumpla con los siguientes requisitos:
2.2.1. Pertenecer a la plantilla de la UA como personal funcionario o contratado laboral. Las personas solicitantes deberán acreditar una antigüedad de al menos un año continuado.
2.2.2. Poseer la nacionalidad de un país de la Unión Europea o de terceros países (en cuyo caso deberá acreditar que está en posesión de un permiso válido para residir en España durante el período de realización de la movilidad).
2.2.3. No haber obtenido plaza en la convocatoria de movilidad para formación del personal técnico, de gestión y de administración y servicios (PTGAS), durante el curso académico 2024-25 (Programa Erasmus+).
2.2.4. Los requisitos anteriores han de cumplirse tanto en el momento de la solicitud como durante el período de realización de la movilidad para formación.
2.3. Requisito de idiomas.
En caso de existir requisito de idioma, los documentos que se valorarán son exclusivamente los contenidos en la Normativa de la UA para la acreditación interna de competencias lingüísticas en valenciano y lenguas extranjeras, que se puede encontrar en la página web del Servicio de Lenguas: Plan de Acreditación Lingüística - https://sl.ua.es/es/acreditacion/acreditacion-en-lenguas.html
Sólo podrán ser considerados aquellos documentos obtenidos hasta la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
En cuanto a la acreditación de idiomas por superación de asignaturas, se admitirán las superadas hasta la convocatoria indicada en el apartado 2.1.2 de la presente convocatoria.
2.4. Requisitos específicos de cada BIP
BIP 1 Artificial Intelligence and Law
Requisitos lingüísticos: Inglés B2
Requisitos específicos: Estar matriculado en:
- Grado en Relaciones Internacionales
- Grado en Derecho
- Doble Grado en Derecho y Relaciones Internacionales
- Doble Grado en Derecho y ADE
- Doble Grado en Derecho y Criminología
BIP 2 Temas y métodos de investigación en/mediante la historia y las lenguas
Requisitos lingüísticos: Ninguno
Requisitos específicos: Pertenecer al elenco de HISTORIA DEL COMUNISME
BIP 3 Rural Areas facing climate change: The case of Sambre, Thuin, BELGIUM
Requisitos lingüísticos: Inglés B2
Requisitos específicos: Estar matriculado en el Grado de Fundamentos de la Arquitectura
BIP 4 T4EU Week: Design in all its Forms
Requisitos lingüísticos: Inglés B2
Requisitos específicos: Ninguno
BIP 5 T4EU Week: The Idea of a University in an Era of Innovations and global transformations
Requisitos lingüísticos: Inglés B2
Requisitos específicos: Ninguno
2.5. Otros requisitos:
2.5.1. No haber incumplido la normativa de cualquier programa gestionado por el Servicio de Relaciones Internacionales.
2.5.2. No haber obtenido plaza definitiva en otro programa de movilidad o prácticas para el mismo periodo solicitado.
3. Número y dotación de las becas
3.1. Se adjudicará un número máximo de plazas, según se indica a continuación:
BIP 1 Artificial Intelligence and Law
PLAZAS: 5 estudiantes de Grado
BIP 2 Temas y métodos de investigación en/mediante la historia y las lenguas
PLAZAS:
- 9 estudiantes (7 de Grado y 2 de Doctorado)
- 3 PTGAS
BIP 3 Rural Areas facing climate change: The case of Sambre, Thuin, BELGIUM
PLAZAS: 8 estudiantes de Grado
BIP 4 T4EU Week: Design in all its Forms
PLAZAS: 12 estudiantes (9 de Grado, 1 de Máster y 2 de Doctorado)
BIP 5 T4EU Week: The Idea of a University in an Era of Innovations and global transformations
PLAZAS: 12 estudiantes (9 de Grado, 1 de Máster y 2 de Doctorado)
3.2. La duración máxima financiada será de 7 días (5 días de actividad más 2 de viaje). Los días concretos en los que se realizará la actividad física se harán constar en el Certificado de Estancia, siendo éstos los que se utilicen para el cálculo de la cuantía a percibir.
3.3. La ayuda tiene por objeto contribuir a cubrir los gastos de viaje y subsistencia de la movilidad en el país de acogida, que puede no cubrir la totalidad de los costes y que atenderá a los siguientes criterios:
3.3.1. Viaje (ida y vuelta): Contribución a los gastos de viaje basada en la distancia entre la Universidad de Alicante y la sede de la institución de acogida en la que se desarrolle la actividad correspondiente, según la cantidad que se indica a continuación:
- Entre 500 y 1.999 km 309 €
- Entre 2.000 y 2.999 km 395 €
Para calcular la distancia en kilómetros desde la Universidad de Alicante hasta la ciudad de destino, se utilizará la calculadora de distancias propuesta por la Comisión Europea, que se podrá encontrar en el siguiente enlace:
3.3.2. Ayuda individual: Costes directamente relacionados con la estancia de los participantes durante la actividad. La cantidad diaria será de 79 € para estudiantes y 124,63€ para PTGAS.
3.3.3. Ayuda adicional para estudiantes con menos oportunidades. En el caso de estudiantes con menos oportunidades recibirán una ayuda adicional de 100 €.
Se considera estudiante con menos oportunidades en esta convocatoria al alumnado que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes, debidamente acreditadas, no siendo acumulativas entre sí:
· Discapacidad: tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33%;
· Obstáculos socioeconómicos:
o ser beneficiario de una beca de estudios de carácter general de la Administración General del Estado para realizar estudios universitarios el curso inmediatamente anterior al que se vaya a realizar la movilidad;
o percibir la unidad familiar una prestación de ingreso mínimo vital o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza; encontrarse en riesgo de exclusión o emergencia sociales;
o pertenecer a una familia numerosa o monoparental;
o ser víctima de terrorismo, de violencia de género o encontrarse en situación de orfandad; encontrarse en una situación de dependencia o con dependientes a cargo; tener un contrato de trabajo a tiempo completo que se mantendrá en vigor durante el periodo de movilidad o se estará en situación de excedencia para llevarla a cabo);
· problemas de salud: padecer problemas físicos o mentales que genere la necesidad de apoyo adicional;
· diferencias culturales: tener la condición de refugiado o con derecho a protección subsidiaria o haber presentado solicitud de protección internacional en España.
3.3.4. Apoyo a la inclusión. El apoyo a la inclusión cubrirá los costes adicionales requeridos para que los participantes con problemas físicos, mentales o de salud puedan participar en la movilidad.
Para acceder a este apoyo de inclusión los participantes deberán: tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33%; o padecer problemas físicos, mentales o de salud, debidamente acreditados mediante la correspondiente certificación médica.
La ayuda de Apoyo a la Inclusión se solicitará al Servicio de Relaciones Internacionales antes del comienzo de la movilidad a través de UA Cloud - eAdministración - Trámites - Instancia Genérica.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
4.1. Plazo de presentación
Los plazos para solicitar la ayuda serán los siguientes:
BIP 1 Artificial Intelligence and Law
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en BOUA hasta el 10 de enero de 2025
BIP 2 Temas y métodos de investigación en/mediante la historia y las lenguas
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en BOUA hasta el 10 de enero de 2025
BIP 3 Rural Areas facing climate change: The case of Sambre, Thuin, BELGIUM
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en BOUA hasta el 10 de enero de 2025
BIP 4 T4EU Week: Design in all its Forms
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: 3 al 7 de febrero de 2025
BIP 5 T4EU Week: The Idea of a University in an Era of Innovations and global transformations
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: 9 al 13 de junio de 2025
4.2. Procedimiento de presentación
Se deberá cumplimentar la solicitud únicamente según lo indicado en la siguiente página web: https://sri.ua.es/es/movilidad/bip/participacion-bips.html y se seleccionará el correspondiente BIP Erasmus en el que se desee participar.
El Servicio de Relaciones Internacionales consultará la formación lingüística acreditada en la UA para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos por las universidades de destino seleccionadas.
El alumnado de Grado interesado en participar en esta actividad deberá comprobar los logros obtenidos en materia lingüística que aparecen en UACloud Campus Virtual - Expediente académico - Consultar - Expedientes - Acreditación y capacitación docente en lenguas. En caso de que algún logro no esté recogido en su expediente, deberá adjuntarlo en la solicitud.
El alumnado de Máster y Doctorado deberá adjuntar el documento que certifique su nivel de idiomas en la solicitud.
El PTGAS, deberá acreditar el nivel de idiomas sólo en caso de que no estuviera incluido en el expediente de formación.
El PTGAS deberá adjuntar al formulario el visto bueno de la persona responsable de la unidad donde esté trabajando en el momento de presentar la solicitud.
5. Criterios de adjudicación
5.1. La selección de plazas se resolverá de acuerdo con la valoración de los méritos acreditados por cada participante atendiendo al baremo detallado en los anexos. Las solicitudes se ordenarán de mayor a menor puntuación y se elaborará una lista de espera, con la que se cubrirán las posibles renuncias.
5.2. Las plazas se distribuirán por orden de puntuación total, no adjudicando más plazas que las ofertadas.
En caso del alumnado que obtenga la misma puntuación total, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en los apartados del baremo que se indican: 1º) número de créditos superados; 2º) nivel de idioma; en este orden, hasta conseguir el desempate. En caso de persistir el empate, se utilizará el orden alfabético del primer apellido de las personas solicitantes, comenzando la ordenación por la letra "V" de acuerdo con el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, publicado en el BOE de 31 de julio de 2024.
En caso de empate en la puntuación total del PTGAS se utilizará el orden alfabético del primer apellido de las personas solicitantes tal y como se especifica en el anterior párrafo.
5.3. Todos los méritos presentados habrán de reunirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acreditándose en la forma que se establece en cada caso.
5.4. Prioridades. La selección se realizará teniendo en cuenta las siguientes prioridades:
- Prioridad 1: estudiantes con menos oportunidades. Se reflejará sumando 30 puntos a los obtenidos en el baremo.
- Prioridad 2: estudiantes que NO hayan participado en ediciones anteriores de la Transform4Europe Week o BIPs que hayan tenido lugar fuera de la UA. Se reflejará sumando 20 puntos a los obtenidos en el baremo.
- Prioridad 3: estudiantes que hayan participado en ediciones anteriores de la Transform4Europe Week o BIPs que hayan tenido lugar fuera de la UA. En este caso, la puntuación del baremo no se verá afectada.
- Prioridad 4: estudiantes que hayan renunciado fuera del periodo establecido en la correspondiente convocatoria a una plaza concedida en las ediciones 2023-2024 y primer cuatrimestre de 2024-2025 de la Transform4Europe Week o de los BIPs que hayan tenido lugar fuera de la UA. Se reflejará con la reducción de 2/3 de la puntuación.
6. Órgano gestor y comisión de valoración
6.1. Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria, la dirección del Servicio de Relaciones Internacionales, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia es la Unidad de Convocatorias y Gestión Económica del citado servicio, contacto: mobilityoffice@ua.es.
Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible, se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.
6.2. Comisión de valoración
La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas.
La comisión de valoración tendrá la siguiente composición:
Presidencia:
- Vicerrectora de Relaciones Internacionales y Cooperación para el Desarrollo
Secretaría:
- Subdirectora de Movilidad de Estudiantes.
Vocal:
- Directora del Servicio de Relaciones Internacionales.
La comisión de valoración suplente tendrá la siguiente composición:
Presidencia:
- Director del Secretariado de Movilidad (responsable de la Coordinación Institucional Erasmus+).
Secretaría:
- Subdirectora de Gestión de Proyectos de Movilidad.
Vocal:
- Gestora Jefe de Convocatorias y Gestión Económica.
Los miembros de la comisión de valoración firmarán el documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
La comisión de valoración se reserva el derecho de convocar a las personas candidatas para contrastar cualquier información relacionada con el contenido de la solicitud.
7. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://sri.ua.es/es/movilidad/blended-intensive-programme-bip.html, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos. En esta misma dirección se encuentra el resto de información general referente a la convocatoria, los anexos, y el acceso a toda la normativa y legislación mencionada en la misma.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Servicio de Relaciones Internacionales publicará en su página web la baremación provisional de cada solicitante y, en su caso, las solicitudes excluidas provisionalmente y los motivos de exclusión, así como la adjudicación provisional de plazas. Se concederá un plazo de tres días hábiles para que subsanen el defecto que haya motivado su exclusión o aleguen lo que estimen conveniente para corregir cualquier error que se haya podido producir respecto a la baremación o para presentar renuncias. Las renuncias presentadas en el plazo mencionado darán lugar al correspondiente movimiento de plazas, siguiendo el orden de baremación. El resultado de dicho movimiento se publicará en la resolución definitiva de concesión.
Transcurrido dicho plazo y una vez revisadas las alegaciones, el Servicio de Relaciones Internacionales publicará la baremación definitiva de cada solicitante y, en su caso, las solicitudes excluidas de forma definitiva. En la misma publicación constará la Resolución Definitiva de Adjudicación de plazas y la lista de espera.
Una vez seleccionados, los estudiantes tendrán que aportar:
- Fichero de terceros (formulario de datos personales y datos bancarios).
- Documento de identificación (DNI, NIE), cuando no obre en poder la Universidad de Alicante.
7.1 Lista de espera.
Se establecerá una lista de espera con los y las solicitantes que cumplen los requisitos de participación, pero no han sido seleccionados siguiendo el lugar que ocupan tras la baremación definitiva de solicitudes. Se irá contactando con los y las integrantes de la lista de espera a medida que quede alguna plaza vacante debido a renuncias.
8. Aceptación de la movilidad
8.1. Aceptación por parte de la universidad de destino
El Programa Erasmus+ KA131 está basado en Acuerdos Bilaterales firmados entre la UA y diferentes instituciones de educación superior europeas. Esto implica la aceptación de la movilidad por parte de las dos instituciones.
Una vez asignadas las plazas por parte de la UA, las personas solicitantes deben realizar los trámites de solicitud de inscripción en la institución de destino (Application Procedure), si fuera el caso, para su aceptación por dicha institución, pudiendo ésta rechazarle porque no cumpla los plazos para inscribirse en la universidad de destino.
Por todo ello, la asignación de plazas que realiza la UA no será efectiva hasta su aceptación por la institución de destino.
8.2. Situaciones derivadas de acontecimientos globales
Teniendo en cuenta que la movilidad del alumnado en los diferentes países puede verse afectada por acontecimientos globales sobrevenidos que produzcan inestabilidad y que impidan la movilidad (pandemias, conflictos bélicos, etc.), se recomienda no incurrir en gastos hasta que la posibilidad de viajar a destino esté confirmada. Por ello, es aconsejable no reservar viajes y alojamiento hasta el mismo momento de realizar la movilidad.
8.3. Organización final del BIP
Se recomienda no comprometerse a ningún gasto hasta que esté publicada la adjudicación definitiva de plazas y la movilidad esté confirmada.
9. Renuncia y penalización
Las renuncias no penalizarán mientras sean presentadas en los plazos establecidos dentro del proceso de asignación de plazas. Fuera de estos plazos, y dado que las renuncias perjudican el proceso selectivo, se penalizará conforme establezca cada convocatoria.
Terminado el proceso selectivo, la renuncia se debe notificar mediante la presentación de la solicitud correspondiente (disponible a tal fin en la web) a través de UACloud > Solicitudes UA > Inicio > "SRI. Movilidad. Consultas, solicitudes, sugerencias y quejas" indicando Tipo "Renuncia"; o bien mediante UACloud > eAdministración > Instancia Genérica dirigida al Servicio de Relaciones Internacionales.
Si una persona que ha obtenido plaza no presenta renuncia, pero no se incorpora a la universidad de destino en la fecha prevista de comienzo del BIP, su participación será cancelada de oficio.
10. Marco legal y presupuestario
Esta convocatoria con código 2025SBV035 sirve de base reguladora y será incorporada en la línea de subvención 2025LS028 el Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (ejercicio 2025) de la Universidad de Alicante, el cual se encuentra en proceso de elaboración y pendiente de aprobación.
La presente convocatoria se rige, además de por las normas establecidas en la misma, por las disposiciones europeas para el Programa Erasmus+, por la Normativa de permanencia y continuación de estudios para el alumnado matriculado en títulos de Grado y Máster universitario oficial de la Universidad de Alicante, por la Normativa General de Movilidad de la Universidad de Alicante y por las Bases Reguladoras que rigen la adjudicación de destinos y la concesión de ayudas para participar en los programas de Movilidad Erasmus+ de la UA (disponible en https://www.boua.ua.es/Acuerdos/DescargarAcuerdo/16741).
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
La dotación máxima de carácter estimativo es de 49.859 €, que procede del SEPIE y se encuentra consignada en las aplicaciones 51.60.4M.00.28 (46.058 € que sufragará gastos de subvenciones concedidas) y 51.60.2E.00.42 (3.801 € que sufragará gastos de ayudas concedidas que no son subvención) del centro de gasto 5160 del Servicio de Relaciones Internacionales. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.
Dicha dotación podrá incrementarse como consecuencia de la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el art. 58.2 a) del Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, o bien minorarse por la no asignación del importe total de la dotación de la convocatoria. La dotación de esta convocatoria queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del ejercicio 2025 de la Universidad de Alicante.
El presente proyecto ha sido financiado con el apoyo de la Comisión Europea. Esta publicación es responsabilidad exclusiva de la UA. La Comisión no es responsable del uso que pueda hacerse de la información aquí difundida.
11. Reconocimiento académico y aprovechamiento
11.1. Matrícula del alumnado.
En el curso académico de la movilidad, se debe estar matriculado/a en la misma titulación que en el momento de la solicitud.
El alumnado seleccionado para cursar un BIP deberá modificar su matrícula en la UA y añadir el número de créditos optativos correspondientes a su BIP (al menos 3 ECTS).
11.2. Contrato de estudios
El alumnado recibirá pleno reconocimiento académico de los estudios superados en el centro de acogida como parte plenamente reconocida de su titulación en la UA, siempre y cuando estén recogidos en el Contrato de estudios.
Para ello, cada estudiante deberá suscribir un Contrato de estudios con anterioridad al inicio del periodo de movilidad. El Contrato de estudios se celebrará entre la institución de origen, la institución de acogida y cada estudiante, y tendrá carácter oficial de contrato vinculante para quienes firmen.
11.3. Denegación del reconocimiento de la movilidad.
El reconocimiento de la movilidad realizada únicamente podrá ser denegado si no se ha alcanzado el nivel académico requerido por la institución de acogida o bien se incumplen las condiciones relativas al reconocimiento acordadas por las instituciones participantes.
Asimismo, a quien se negase a cumplir las exigencias de su programa de estudios en el extranjero se le exigirá el reembolso, total o parcial, de la beca individual.
11.4. Tasas académicas
Cada estudiante deberá seguir abonando las tasas académicas habituales en la UA durante su período de movilidad en el país europeo.
El Programa Erasmus+ establece la gratuidad de las tasas académicas en las universidades de destino durante el periodo en el que se produce la movilidad. No obstante, la institución de destino puede pedir que el alumnado pague tasas complementarias para cubrir los gastos del seguro, la formación en idiomas, la utilización de materiales diversos (tales como libros, fotocopias, productos de laboratorio), etc. Estas cantidades serán equivalentes a las cobradas al alumnado local por el mismo concepto.
11.5. Reconocimiento
El estudiantado que realice la movilidad obtendrá un reconocimiento académico del número de créditos correspondientes a cada BIP (al menos 3 ECTS).
En cuanto al PTGAS participante, a efectos de reconocimiento en la UA, se contabilizará como tiempo trabajado."
12. Obligación y justificación del beneficiario
La actividad subvencionada debe realizarse durante el año 2025.
12.1. Las obligaciones de los beneficiarios de esta convocatoria son:
a) No aceptar ningún otro ingreso incompatible con la percepción de las dotaciones de las ayudas.
b) En el caso del alumnado matricularse en la UA durante el periodo académico en que desarrolle su estancia, al menos, de los créditos mínimos exigidos. En cuanto al PTGAS, encontrarse en servicio activo y efectivo durante el curso académico en que desarrolle su estancia formativa en la universidad de acogida
c) Cursar el periodo de actividades establecido en el centro concedido y cumplir con aprovechamiento las distintas etapas del proceso de formación con la dedicación requerida; en particular, asistir a todas las actividades lectivas que correspondan a la programación de la estancia concedida.
d) Mantener contacto y estar localizable tanto por el Servicio de Relaciones Internacionales como por su Coordinadora o Coordinador, que podrán ponerse en contacto con los participantes en cualquier momento, tanto durante todo el proceso de selección y nominación de su candidatura como durante el BIP, a través del correo electrónico de la UA, así como facilitar los datos de contacto en caso de emergencia.
e) Comunicar de inmediato todo cambio de la solicitud inicial; en concreto al Servicio de Relaciones Internacionales-Movilidad lo referente a renuncias, cambios en el calendario, etc.; y a su Coordinador o Coordinadora lo referente a aspectos académicos.
f) Tener unos conocimientos del idioma suficientes para integrarse en la universidad de destino. La UA no se hace responsable de las carencias que en este sentido tenga el alumnado ni de las consecuencias que de ello se puedan derivar, como, por ejemplo, la no aceptación por parte de la institución de destino.
g) Responsabilizarse de la búsqueda y localización de alojamiento en la universidad de acogida.
h) Aceptar todas las condiciones del Programa.
i) Mantener operativa una cuenta bancaria en España para el abono de las ayudas.
j) Garantizar, bajo su responsabilidad, que los datos y documentos presentados para la obtención y justificación de la subvención por parte del beneficiario son verdaderos.
k) Inscribirse en el Registro de Viajeros y consultar las recomendaciones de viaje del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para el país al que se va a viajar, así como las del Ministerio de Sanidad. En caso de situaciones excepcionales en el país de destino seguir en todo momento las indicaciones de la Embajada correspondiente, así como de la universidad de acogida, y comunicar su situación al Servicio de Relaciones Internacionales-Movilidad.
El presente proyecto ha sido financiado con el apoyo de la Comisión Europea. Esta publicación es responsabilidad exclusiva de la UA. La Comisión no es responsable del uso que pueda hacerse de la información aquí difundida.
12.2. El medio de justificación del cumplimiento de las obligaciones se realizará del siguiente modo:
De acuerdo con lo establecido en el punto decimocuarto de las Bases Reguladoras que rigen la adjudicación de destinos y la concesión de ayudas para participar en los programas de movilidad Erasmus+ (Acción clave 1-KA1 para estudiantes con fines de estudio), becas Santander Erasmus+ y Movilidad Global (https://www.boua.ua.es/Acuerdos/DescargarAcuerdo/16741), las personas beneficiarias deberán justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la ayuda y de la aplicación de los fondos percibidos hasta el 31 de diciembre de 2025.
12.3. La cuenta justificativa del cumplimiento de las obligaciones contendrá la siguiente información:
12.3.1. Alumnado
· Convenio de subvención.
· Acuerdo de Aprendizaje.
· Confirmación de estancia (llegada y salida).
· Certificado de notas (Transcript of Records).
· Cuestionario UE (al final de la estancia).
12.3.2. PTGAS
· Acuerdo de Movilidad para Formación.
· Convenio de Subvención.
· Solicitud de la ausencia "Internacionalización PTGAS", autorizada por el superior.
· Certificado de Estancia (llegada y salida).
· Justificantes de viaje y alojamiento.
Se tendrán en cuenta exclusivamente los costes de viaje, alojamiento y manutención, visado y transportes locales correspondientes a los días de formación. En ningún caso se podrán superar los importes establecidos en la normativa de gestión económica de la UA para este tipo de gastos.
Alojamiento: se aportará factura original de acuerdo con los gastos reales ocasionados, teniendo en cuenta que no podrán superar las cantidades máximas establecidas para alojamiento en la normativa de gestión económica. Si el alojamiento corresponde a más de una persona se abonará únicamente la parte proporcional correspondiente a la persona beneficiaria.
La factura deberá incluir: nombre de la persona beneficiaria de la ayuda, fecha de entrada y fecha de salida, número de noches, precio por noche y precio total del alojamiento. Si durante la estancia se reside en una casa particular, deberá aportar: justificante del pago (cargo en cuenta o justificante de transferencia) y recibo en el que conste: nombre, apellidos y número de documento de identidad o pasaporte tanto de la persona arrendadora como de la persona arrendataria (será imprescindible adjuntar fotocopia de dichos documentos), dirección de la vivienda, fechas de estancia, precio del alojamiento y firma de ambas personas.
Gastos de viaje:
- Las personas beneficiarias deberán tratar de contratar el medio más económico para viajar.
- Si el viaje se tuviera que realizar en vehículo propio, por causas justificadas y previa petición por escrito, el importe máximo permitido será el equivalente al importe más económico, si lo hubiera, de otros medios de transporte con el límite de 300 euros. Las personas beneficiarias que utilicen este sistema de desplazamiento deberán justificar la utilización de este medio de transporte mediante presentación de tiques de autopista y de repostajes.
- No se autoriza indemnización por uso de vehículo de alquiler, salvo informe justificativo de no existencia de otros medios de transporte.
- No se financiarán gastos de cancelación ni otros gastos adicionales al margen de los señalados en los apartados anteriores.
13. Forma de pago
Se realizará un único pago una vez todos los participantes hayan presentado la documentación que consta en el apartado 12.3.
14. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, los datos serán cedidos a:
- La universidad de destino con el objetivo de gestionar el programa de movilidad.
- La aseguradora de accidentes de viaje, para la prestación del servicio de seguros de viaje asociado al programa de movilidad internacional.
- Entidades financieras.
- Administración Autonómica y Local.
- Embajadas, consulados de España en el extranjero.
- Centros y organismos: SEPIE.
El alumnado participante en esta convocatoria puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
15. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante el rector o rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
En Alicante, a 16 de diciembre de 2024
El rector en funciones,
P.D. de firma, la Vicerrectora de Relaciones Internacionales y Cooperación para el Desarrollo
(Resolución de 3 de octubre de 2024)
Rosa María Martínez Espinosa
SELECCIÓN DE PARTICIPANTES PARA PROGRAMAS INTENSIVOS COMBINADOS (BLENDED INTENSIVE PROGRAMMES/BIPS) EN OTRAS INSTITUCIONES SOCIAS DURANTE 2025 A TRAVÉS DEL PROGRAMA DE MOVILIDAD ERASMUS+ KA131 DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
El objeto de esta convocatoria es la asignación de plazas y concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, al alumnado y PTGAS de la Universidad de Alicante (UA) para la participación en uno de los programas intensivos combinados (Blended Intensive Programmes), en adelante BIPs, organizado en otra institución europea socia con la cual la UA ha suscrito previamente un acuerdo de intercambio de estudiantes en el marco del programa Erasmus+ acción KA131 durante el año 2025.
La participación implica una movilidad física de corta duración en el extranjero en combinación con un componente virtual obligatorio.
Los BIPs a los que se puede optar en la presente convocatoria son:
BIP 1 Artificial Intelligence and Law
DESTINO: Universidad de Coimbra, Portugal
PLAZAS: 5 estudiantes de Grado
NÚMERO DE CRÉDITOS: 3 ECTS
FECHAS MOVILIDAD PRESENCIAL: 3 al 7 de marzo de 2025
FECHAS COMPONENTE VIRTUAL: 17 y 18 de marzo de 2025
PROFESORADO RESPONSABLE: Nuria Martínez Martínez y Lucía Molina Martínez
BIP 2 Temas y métodos de investigación en/mediante la historia y las lenguas
DESTINO: Universidad de Oradea, Rumanía
PLAZAS:
- 9 estudiantes (7 de Grado y 2 de Doctorado)
- 3 PTGAS
NÚMERO DE CRÉDITOS: 3 ECTS
FECHAS MOVILIDAD PRESENCIAL: 7 al 11 de abril de 2025
FECHAS COMPONENTE VIRTUAL: 17 de febrero a 14 de abril de 2025
PROFESORADO RESPONSABLE: Catalina Iliescu Gheorghiu
BIP 3 Rural Areas facing climate change: The case of Sambre, Thuin, BELGIUM
DESTINO: Université Catholique de Louvain, Bélgica
PLAZAS: 8 estudiantes de Grado
NÚMERO DE CRÉDITOS: 3 ECTS
FECHAS MOVILIDAD PRESENCIAL: 28 de abril al 2 de mayo de 2025
FECHAS COMPONENTE VIRTUAL: 4 al 18 de abril de 2025
PROFESORADO RESPONSABLE: Javier Sánchez Merina
BIP 4 T4EU Week: Design in all its Forms
DESTINO: Jean Monnet University, Saint-Etienne, Francia
PLAZAS: 12 estudiantes (9 de Grado, 1 de Máster y 2 de Doctorado)
NÚMERO DE CRÉDITOS: 3 ECTS
FECHAS MOVILIDAD PRESENCIAL: 19 al 23 de mayo de 2025
FECHAS COMPONENTE VIRTUAL: 12 mayo al 18 de mayo de 2025
PUNTO DE CONTACTO: Área de Movilidad del Servicio de Relaciones Internacionales (mobilityoffice@ua.es)
BIP 5 T4EU Week: The Idea of a University in an Era of Innovations and global transformations
DESTINO: Vytautas Magnus University, Kaunas, Lituania
PLAZAS: 12 estudiantes (9 de Grado, 1 de Máster y 2 de Doctorado)
NÚMERO DE CRÉDITOS: 3 ECTS
FECHAS MOVILIDAD PRESENCIAL: 20 al 24 de octubre de 2025
FECHAS COMPONENTE VIRTUAL: 13 octubre al 19 de octubre de 2025
PUNTO DE CONTACTO: Área de Movilidad del Servicio de Relaciones Internacionales (mobilityoffice@ua.es)
2. Requisitos de las Personas Beneficiarias
Podrá solicitar esta ayuda el alumnado y el PTGAS que cumpla los siguientes requisitos:
2.1. Requisitos específicos para el alumnado.
2.1.1. Requisito de matrícula
El alumnado debe estar matriculado en la UA en un determinado programa de estudios conducente a la obtención de un título oficialmente reconocido de Grado, Máster oficial o Doctorado, tanto en el momento de la solicitud como durante la movilidad BIP.
2.1.2. Requisito de créditos en los estudios desde los que solicita el BIP.
El número mínimo de créditos superados debe ser el siguiente: 60 créditos, hasta la convocatoria C1 del curso 2024-25 inclusive para los BIPS 1 a 3 y la C2 del curso 2024-25 para el BIP 5.
2.1.3. No haber superado el período máximo de estancias Erasmus de estudios o prácticas (LLP-Erasmus, Erasmus Mundus, Erasmus+) permitidas:
- Grado en Fundamentos de la Arquitectura y Grado en Medicina: dos períodos anuales en cómputo total.
- Para el resto de titulaciones: un período anual en cómputo total en el mismo nivel de estudios (Grado o Máster).
2.1.4. Poseer la nacionalidad de un país de la Unión Europea o de terceros países (en cuyo caso deberá acreditar que está en posesión de un permiso válido para residir en España durante el período de realización de la movilidad).
2.2. Requisitos específicos para el PTGAS
Podrá solicitar esta ayuda el PTGAS que cumpla con los siguientes requisitos:
2.2.1. Pertenecer a la plantilla de la UA como personal funcionario o contratado laboral. Las personas solicitantes deberán acreditar una antigüedad de al menos un año continuado.
2.2.2. Poseer la nacionalidad de un país de la Unión Europea o de terceros países (en cuyo caso deberá acreditar que está en posesión de un permiso válido para residir en España durante el período de realización de la movilidad).
2.2.3. No haber obtenido plaza en la convocatoria de movilidad para formación del personal técnico, de gestión y de administración y servicios (PTGAS), durante el curso académico 2024-25 (Programa Erasmus+).
2.2.4. Los requisitos anteriores han de cumplirse tanto en el momento de la solicitud como durante el período de realización de la movilidad para formación.
2.3. Requisito de idiomas.
En caso de existir requisito de idioma, los documentos que se valorarán son exclusivamente los contenidos en la Normativa de la UA para la acreditación interna de competencias lingüísticas en valenciano y lenguas extranjeras, que se puede encontrar en la página web del Servicio de Lenguas: Plan de Acreditación Lingüística - https://sl.ua.es/es/acreditacion/acreditacion-en-lenguas.html
Sólo podrán ser considerados aquellos documentos obtenidos hasta la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
En cuanto a la acreditación de idiomas por superación de asignaturas, se admitirán las superadas hasta la convocatoria indicada en el apartado 2.1.2 de la presente convocatoria.
2.4. Requisitos específicos de cada BIP
BIP 1 Artificial Intelligence and Law
Requisitos lingüísticos: Inglés B2
Requisitos específicos: Estar matriculado en:
- Grado en Relaciones Internacionales
- Grado en Derecho
- Doble Grado en Derecho y Relaciones Internacionales
- Doble Grado en Derecho y ADE
- Doble Grado en Derecho y Criminología
BIP 2 Temas y métodos de investigación en/mediante la historia y las lenguas
Requisitos lingüísticos: Ninguno
Requisitos específicos: Pertenecer al elenco de HISTORIA DEL COMUNISME
BIP 3 Rural Areas facing climate change: The case of Sambre, Thuin, BELGIUM
Requisitos lingüísticos: Inglés B2
Requisitos específicos: Estar matriculado en el Grado de Fundamentos de la Arquitectura
BIP 4 T4EU Week: Design in all its Forms
Requisitos lingüísticos: Inglés B2
Requisitos específicos: Ninguno
BIP 5 T4EU Week: The Idea of a University in an Era of Innovations and global transformations
Requisitos lingüísticos: Inglés B2
Requisitos específicos: Ninguno
2.5. Otros requisitos:
2.5.1. No haber incumplido la normativa de cualquier programa gestionado por el Servicio de Relaciones Internacionales.
2.5.2. No haber obtenido plaza definitiva en otro programa de movilidad o prácticas para el mismo periodo solicitado.
3. Número y dotación de las becas
3.1. Se adjudicará un número máximo de plazas, según se indica a continuación:
BIP 1 Artificial Intelligence and Law
PLAZAS: 5 estudiantes de Grado
BIP 2 Temas y métodos de investigación en/mediante la historia y las lenguas
PLAZAS:
- 9 estudiantes (7 de Grado y 2 de Doctorado)
- 3 PTGAS
BIP 3 Rural Areas facing climate change: The case of Sambre, Thuin, BELGIUM
PLAZAS: 8 estudiantes de Grado
BIP 4 T4EU Week: Design in all its Forms
PLAZAS: 12 estudiantes (9 de Grado, 1 de Máster y 2 de Doctorado)
BIP 5 T4EU Week: The Idea of a University in an Era of Innovations and global transformations
PLAZAS: 12 estudiantes (9 de Grado, 1 de Máster y 2 de Doctorado)
3.2. La duración máxima financiada será de 7 días (5 días de actividad más 2 de viaje). Los días concretos en los que se realizará la actividad física se harán constar en el Certificado de Estancia, siendo éstos los que se utilicen para el cálculo de la cuantía a percibir.
3.3. La ayuda tiene por objeto contribuir a cubrir los gastos de viaje y subsistencia de la movilidad en el país de acogida, que puede no cubrir la totalidad de los costes y que atenderá a los siguientes criterios:
3.3.1. Viaje (ida y vuelta): Contribución a los gastos de viaje basada en la distancia entre la Universidad de Alicante y la sede de la institución de acogida en la que se desarrolle la actividad correspondiente, según la cantidad que se indica a continuación:
- Entre 500 y 1.999 km 309 €
- Entre 2.000 y 2.999 km 395 €
Para calcular la distancia en kilómetros desde la Universidad de Alicante hasta la ciudad de destino, se utilizará la calculadora de distancias propuesta por la Comisión Europea, que se podrá encontrar en el siguiente enlace:
3.3.2. Ayuda individual: Costes directamente relacionados con la estancia de los participantes durante la actividad. La cantidad diaria será de 79 € para estudiantes y 124,63€ para PTGAS.
3.3.3. Ayuda adicional para estudiantes con menos oportunidades. En el caso de estudiantes con menos oportunidades recibirán una ayuda adicional de 100 €.
Se considera estudiante con menos oportunidades en esta convocatoria al alumnado que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes, debidamente acreditadas, no siendo acumulativas entre sí:
· Discapacidad: tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33%;
· Obstáculos socioeconómicos:
o ser beneficiario de una beca de estudios de carácter general de la Administración General del Estado para realizar estudios universitarios el curso inmediatamente anterior al que se vaya a realizar la movilidad;
o percibir la unidad familiar una prestación de ingreso mínimo vital o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza; encontrarse en riesgo de exclusión o emergencia sociales;
o pertenecer a una familia numerosa o monoparental;
o ser víctima de terrorismo, de violencia de género o encontrarse en situación de orfandad; encontrarse en una situación de dependencia o con dependientes a cargo; tener un contrato de trabajo a tiempo completo que se mantendrá en vigor durante el periodo de movilidad o se estará en situación de excedencia para llevarla a cabo);
· problemas de salud: padecer problemas físicos o mentales que genere la necesidad de apoyo adicional;
· diferencias culturales: tener la condición de refugiado o con derecho a protección subsidiaria o haber presentado solicitud de protección internacional en España.
3.3.4. Apoyo a la inclusión. El apoyo a la inclusión cubrirá los costes adicionales requeridos para que los participantes con problemas físicos, mentales o de salud puedan participar en la movilidad.
Para acceder a este apoyo de inclusión los participantes deberán: tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33%; o padecer problemas físicos, mentales o de salud, debidamente acreditados mediante la correspondiente certificación médica.
La ayuda de Apoyo a la Inclusión se solicitará al Servicio de Relaciones Internacionales antes del comienzo de la movilidad a través de UA Cloud - eAdministración - Trámites - Instancia Genérica.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
4.1. Plazo de presentación
Los plazos para solicitar la ayuda serán los siguientes:
BIP 1 Artificial Intelligence and Law
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en BOUA hasta el 10 de enero de 2025
BIP 2 Temas y métodos de investigación en/mediante la historia y las lenguas
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en BOUA hasta el 10 de enero de 2025
BIP 3 Rural Areas facing climate change: The case of Sambre, Thuin, BELGIUM
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en BOUA hasta el 10 de enero de 2025
BIP 4 T4EU Week: Design in all its Forms
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: 3 al 7 de febrero de 2025
BIP 5 T4EU Week: The Idea of a University in an Era of Innovations and global transformations
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: 9 al 13 de junio de 2025
4.2. Procedimiento de presentación
Se deberá cumplimentar la solicitud únicamente según lo indicado en la siguiente página web: https://sri.ua.es/es/movilidad/bip/participacion-bips.html y se seleccionará el correspondiente BIP Erasmus en el que se desee participar.
El Servicio de Relaciones Internacionales consultará la formación lingüística acreditada en la UA para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos por las universidades de destino seleccionadas.
El alumnado de Grado interesado en participar en esta actividad deberá comprobar los logros obtenidos en materia lingüística que aparecen en UACloud Campus Virtual - Expediente académico - Consultar - Expedientes - Acreditación y capacitación docente en lenguas. En caso de que algún logro no esté recogido en su expediente, deberá adjuntarlo en la solicitud.
El alumnado de Máster y Doctorado deberá adjuntar el documento que certifique su nivel de idiomas en la solicitud.
El PTGAS, deberá acreditar el nivel de idiomas sólo en caso de que no estuviera incluido en el expediente de formación.
El PTGAS deberá adjuntar al formulario el visto bueno de la persona responsable de la unidad donde esté trabajando en el momento de presentar la solicitud.
5. Criterios de adjudicación
5.1. La selección de plazas se resolverá de acuerdo con la valoración de los méritos acreditados por cada participante atendiendo al baremo detallado en los anexos. Las solicitudes se ordenarán de mayor a menor puntuación y se elaborará una lista de espera, con la que se cubrirán las posibles renuncias.
5.2. Las plazas se distribuirán por orden de puntuación total, no adjudicando más plazas que las ofertadas.
En caso del alumnado que obtenga la misma puntuación total, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en los apartados del baremo que se indican: 1º) número de créditos superados; 2º) nivel de idioma; en este orden, hasta conseguir el desempate. En caso de persistir el empate, se utilizará el orden alfabético del primer apellido de las personas solicitantes, comenzando la ordenación por la letra "V" de acuerdo con el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, publicado en el BOE de 31 de julio de 2024.
En caso de empate en la puntuación total del PTGAS se utilizará el orden alfabético del primer apellido de las personas solicitantes tal y como se especifica en el anterior párrafo.
5.3. Todos los méritos presentados habrán de reunirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acreditándose en la forma que se establece en cada caso.
5.4. Prioridades. La selección se realizará teniendo en cuenta las siguientes prioridades:
- Prioridad 1: estudiantes con menos oportunidades. Se reflejará sumando 30 puntos a los obtenidos en el baremo.
- Prioridad 2: estudiantes que NO hayan participado en ediciones anteriores de la Transform4Europe Week o BIPs que hayan tenido lugar fuera de la UA. Se reflejará sumando 20 puntos a los obtenidos en el baremo.
- Prioridad 3: estudiantes que hayan participado en ediciones anteriores de la Transform4Europe Week o BIPs que hayan tenido lugar fuera de la UA. En este caso, la puntuación del baremo no se verá afectada.
- Prioridad 4: estudiantes que hayan renunciado fuera del periodo establecido en la correspondiente convocatoria a una plaza concedida en las ediciones 2023-2024 y primer cuatrimestre de 2024-2025 de la Transform4Europe Week o de los BIPs que hayan tenido lugar fuera de la UA. Se reflejará con la reducción de 2/3 de la puntuación.
6. Órgano gestor y comisión de valoración
6.1. Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria, la dirección del Servicio de Relaciones Internacionales, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia es la Unidad de Convocatorias y Gestión Económica del citado servicio, contacto: mobilityoffice@ua.es.
Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible, se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.
6.2. Comisión de valoración
La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas.
La comisión de valoración tendrá la siguiente composición:
Presidencia:
- Vicerrectora de Relaciones Internacionales y Cooperación para el Desarrollo
Secretaría:
- Subdirectora de Movilidad de Estudiantes.
Vocal:
- Directora del Servicio de Relaciones Internacionales.
La comisión de valoración suplente tendrá la siguiente composición:
Presidencia:
- Director del Secretariado de Movilidad (responsable de la Coordinación Institucional Erasmus+).
Secretaría:
- Subdirectora de Gestión de Proyectos de Movilidad.
Vocal:
- Gestora Jefe de Convocatorias y Gestión Económica.
Los miembros de la comisión de valoración firmarán el documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
La comisión de valoración se reserva el derecho de convocar a las personas candidatas para contrastar cualquier información relacionada con el contenido de la solicitud.
7. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://sri.ua.es/es/movilidad/blended-intensive-programme-bip.html, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos. En esta misma dirección se encuentra el resto de información general referente a la convocatoria, los anexos, y el acceso a toda la normativa y legislación mencionada en la misma.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Servicio de Relaciones Internacionales publicará en su página web la baremación provisional de cada solicitante y, en su caso, las solicitudes excluidas provisionalmente y los motivos de exclusión, así como la adjudicación provisional de plazas. Se concederá un plazo de tres días hábiles para que subsanen el defecto que haya motivado su exclusión o aleguen lo que estimen conveniente para corregir cualquier error que se haya podido producir respecto a la baremación o para presentar renuncias. Las renuncias presentadas en el plazo mencionado darán lugar al correspondiente movimiento de plazas, siguiendo el orden de baremación. El resultado de dicho movimiento se publicará en la resolución definitiva de concesión.
Transcurrido dicho plazo y una vez revisadas las alegaciones, el Servicio de Relaciones Internacionales publicará la baremación definitiva de cada solicitante y, en su caso, las solicitudes excluidas de forma definitiva. En la misma publicación constará la Resolución Definitiva de Adjudicación de plazas y la lista de espera.
Una vez seleccionados, los estudiantes tendrán que aportar:
- Fichero de terceros (formulario de datos personales y datos bancarios).
- Documento de identificación (DNI, NIE), cuando no obre en poder la Universidad de Alicante.
7.1 Lista de espera.
Se establecerá una lista de espera con los y las solicitantes que cumplen los requisitos de participación, pero no han sido seleccionados siguiendo el lugar que ocupan tras la baremación definitiva de solicitudes. Se irá contactando con los y las integrantes de la lista de espera a medida que quede alguna plaza vacante debido a renuncias.
8. Aceptación de la movilidad
8.1. Aceptación por parte de la universidad de destino
El Programa Erasmus+ KA131 está basado en Acuerdos Bilaterales firmados entre la UA y diferentes instituciones de educación superior europeas. Esto implica la aceptación de la movilidad por parte de las dos instituciones.
Una vez asignadas las plazas por parte de la UA, las personas solicitantes deben realizar los trámites de solicitud de inscripción en la institución de destino (Application Procedure), si fuera el caso, para su aceptación por dicha institución, pudiendo ésta rechazarle porque no cumpla los plazos para inscribirse en la universidad de destino.
Por todo ello, la asignación de plazas que realiza la UA no será efectiva hasta su aceptación por la institución de destino.
8.2. Situaciones derivadas de acontecimientos globales
Teniendo en cuenta que la movilidad del alumnado en los diferentes países puede verse afectada por acontecimientos globales sobrevenidos que produzcan inestabilidad y que impidan la movilidad (pandemias, conflictos bélicos, etc.), se recomienda no incurrir en gastos hasta que la posibilidad de viajar a destino esté confirmada. Por ello, es aconsejable no reservar viajes y alojamiento hasta el mismo momento de realizar la movilidad.
8.3. Organización final del BIP
Se recomienda no comprometerse a ningún gasto hasta que esté publicada la adjudicación definitiva de plazas y la movilidad esté confirmada.
9. Renuncia y penalización
Las renuncias no penalizarán mientras sean presentadas en los plazos establecidos dentro del proceso de asignación de plazas. Fuera de estos plazos, y dado que las renuncias perjudican el proceso selectivo, se penalizará conforme establezca cada convocatoria.
Terminado el proceso selectivo, la renuncia se debe notificar mediante la presentación de la solicitud correspondiente (disponible a tal fin en la web) a través de UACloud > Solicitudes UA > Inicio > "SRI. Movilidad. Consultas, solicitudes, sugerencias y quejas" indicando Tipo "Renuncia"; o bien mediante UACloud > eAdministración > Instancia Genérica dirigida al Servicio de Relaciones Internacionales.
Si una persona que ha obtenido plaza no presenta renuncia, pero no se incorpora a la universidad de destino en la fecha prevista de comienzo del BIP, su participación será cancelada de oficio.
10. Marco legal y presupuestario
Esta convocatoria con código 2025SBV035 sirve de base reguladora y será incorporada en la línea de subvención 2025LS028 el Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (ejercicio 2025) de la Universidad de Alicante, el cual se encuentra en proceso de elaboración y pendiente de aprobación.
La presente convocatoria se rige, además de por las normas establecidas en la misma, por las disposiciones europeas para el Programa Erasmus+, por la Normativa de permanencia y continuación de estudios para el alumnado matriculado en títulos de Grado y Máster universitario oficial de la Universidad de Alicante, por la Normativa General de Movilidad de la Universidad de Alicante y por las Bases Reguladoras que rigen la adjudicación de destinos y la concesión de ayudas para participar en los programas de Movilidad Erasmus+ de la UA (disponible en https://www.boua.ua.es/Acuerdos/DescargarAcuerdo/16741).
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
La dotación máxima de carácter estimativo es de 49.859 €, que procede del SEPIE y se encuentra consignada en las aplicaciones 51.60.4M.00.28 (46.058 € que sufragará gastos de subvenciones concedidas) y 51.60.2E.00.42 (3.801 € que sufragará gastos de ayudas concedidas que no son subvención) del centro de gasto 5160 del Servicio de Relaciones Internacionales. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.
Dicha dotación podrá incrementarse como consecuencia de la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el art. 58.2 a) del Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, o bien minorarse por la no asignación del importe total de la dotación de la convocatoria. La dotación de esta convocatoria queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del ejercicio 2025 de la Universidad de Alicante.
El presente proyecto ha sido financiado con el apoyo de la Comisión Europea. Esta publicación es responsabilidad exclusiva de la UA. La Comisión no es responsable del uso que pueda hacerse de la información aquí difundida.
11. Reconocimiento académico y aprovechamiento
11.1. Matrícula del alumnado.
En el curso académico de la movilidad, se debe estar matriculado/a en la misma titulación que en el momento de la solicitud.
El alumnado seleccionado para cursar un BIP deberá modificar su matrícula en la UA y añadir el número de créditos optativos correspondientes a su BIP (al menos 3 ECTS).
11.2. Contrato de estudios
El alumnado recibirá pleno reconocimiento académico de los estudios superados en el centro de acogida como parte plenamente reconocida de su titulación en la UA, siempre y cuando estén recogidos en el Contrato de estudios.
Para ello, cada estudiante deberá suscribir un Contrato de estudios con anterioridad al inicio del periodo de movilidad. El Contrato de estudios se celebrará entre la institución de origen, la institución de acogida y cada estudiante, y tendrá carácter oficial de contrato vinculante para quienes firmen.
11.3. Denegación del reconocimiento de la movilidad.
El reconocimiento de la movilidad realizada únicamente podrá ser denegado si no se ha alcanzado el nivel académico requerido por la institución de acogida o bien se incumplen las condiciones relativas al reconocimiento acordadas por las instituciones participantes.
Asimismo, a quien se negase a cumplir las exigencias de su programa de estudios en el extranjero se le exigirá el reembolso, total o parcial, de la beca individual.
11.4. Tasas académicas
Cada estudiante deberá seguir abonando las tasas académicas habituales en la UA durante su período de movilidad en el país europeo.
El Programa Erasmus+ establece la gratuidad de las tasas académicas en las universidades de destino durante el periodo en el que se produce la movilidad. No obstante, la institución de destino puede pedir que el alumnado pague tasas complementarias para cubrir los gastos del seguro, la formación en idiomas, la utilización de materiales diversos (tales como libros, fotocopias, productos de laboratorio), etc. Estas cantidades serán equivalentes a las cobradas al alumnado local por el mismo concepto.
11.5. Reconocimiento
El estudiantado que realice la movilidad obtendrá un reconocimiento académico del número de créditos correspondientes a cada BIP (al menos 3 ECTS).
En cuanto al PTGAS participante, a efectos de reconocimiento en la UA, se contabilizará como tiempo trabajado y se valorará conforme a la Normativa de provisión de puestos de trabajo mediante los sistemas de concurso y libre designación, del personal de administración y servicios de la UA (BOUA 29/06/2018):
12. Obligación y justificación del beneficiario
La actividad subvencionada debe realizarse durante el año 2025.
12.1. Las obligaciones de los beneficiarios de esta convocatoria son:
a) No aceptar ningún otro ingreso incompatible con la percepción de las dotaciones de las ayudas.
b) En el caso del alumnado matricularse en la UA durante el periodo académico en que desarrolle su estancia, al menos, de los créditos mínimos exigidos. En cuanto al PTGAS, encontrarse en servicio activo y efectivo durante el curso académico en que desarrolle su estancia formativa en la universidad de acogida
c) Cursar el periodo de actividades establecido en el centro concedido y cumplir con aprovechamiento las distintas etapas del proceso de formación con la dedicación requerida; en particular, asistir a todas las actividades lectivas que correspondan a la programación de la estancia concedida.
d) Mantener contacto y estar localizable tanto por el Servicio de Relaciones Internacionales como por su Coordinadora o Coordinador, que podrán ponerse en contacto con los participantes en cualquier momento, tanto durante todo el proceso de selección y nominación de su candidatura como durante el BIP, a través del correo electrónico de la UA, así como facilitar los datos de contacto en caso de emergencia.
e) Comunicar de inmediato todo cambio de la solicitud inicial; en concreto al Servicio de Relaciones Internacionales-Movilidad lo referente a renuncias, cambios en el calendario, etc.; y a su Coordinador o Coordinadora lo referente a aspectos académicos.
f) Tener unos conocimientos del idioma suficientes para integrarse en la universidad de destino. La UA no se hace responsable de las carencias que en este sentido tenga el alumnado ni de las consecuencias que de ello se puedan derivar, como, por ejemplo, la no aceptación por parte de la institución de destino.
g) Responsabilizarse de la búsqueda y localización de alojamiento en la universidad de acogida.
h) Aceptar todas las condiciones del Programa.
i) Mantener operativa una cuenta bancaria en España para el abono de las ayudas.
j) Garantizar, bajo su responsabilidad, que los datos y documentos presentados para la obtención y justificación de la subvención por parte del beneficiario son verdaderos.
k) Inscribirse en el Registro de Viajeros y consultar las recomendaciones de viaje del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para el país al que se va a viajar, así como las del Ministerio de Sanidad. En caso de situaciones excepcionales en el país de destino seguir en todo momento las indicaciones de la Embajada correspondiente, así como de la universidad de acogida, y comunicar su situación al Servicio de Relaciones Internacionales-Movilidad.
El presente proyecto ha sido financiado con el apoyo de la Comisión Europea. Esta publicación es responsabilidad exclusiva de la UA. La Comisión no es responsable del uso que pueda hacerse de la información aquí difundida.
12.2. El medio de justificación del cumplimiento de las obligaciones se realizará del siguiente modo:
De acuerdo con lo establecido en el punto decimocuarto de las Bases Reguladoras que rigen la adjudicación de destinos y la concesión de ayudas para participar en los programas de movilidad Erasmus+ (Acción clave 1-KA1 para estudiantes con fines de estudio), becas Santander Erasmus+ y Movilidad Global (https://www.boua.ua.es/Acuerdos/DescargarAcuerdo/16741), las personas beneficiarias deberán justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la ayuda y de la aplicación de los fondos percibidos hasta el 31 de diciembre de 2025.
12.3. La cuenta justificativa del cumplimiento de las obligaciones contendrá la siguiente información:
12.3.1. Alumnado
· Convenio de subvención.
· Acuerdo de Aprendizaje.
· Confirmación de estancia (llegada y salida).
· Certificado de notas (Transcript of Records).
· Cuestionario UE (al final de la estancia).
12.3.2. PTGAS
· Acuerdo de Movilidad para Formación.
· Convenio de Subvención.
· Solicitud de la ausencia "Internacionalización PTGAS", autorizada por el superior.
· Certificado de Estancia (llegada y salida).
· Justificantes de viaje y alojamiento.
Se tendrán en cuenta exclusivamente los costes de viaje, alojamiento y manutención, visado y transportes locales correspondientes a los días de formación. En ningún caso se podrán superar los importes establecidos en la normativa de gestión económica de la UA para este tipo de gastos.
Alojamiento: se aportará factura original de acuerdo con los gastos reales ocasionados, teniendo en cuenta que no podrán superar las cantidades máximas establecidas para alojamiento en la normativa de gestión económica. Si el alojamiento corresponde a más de una persona se abonará únicamente la parte proporcional correspondiente a la persona beneficiaria.
La factura deberá incluir: nombre de la persona beneficiaria de la ayuda, fecha de entrada y fecha de salida, número de noches, precio por noche y precio total del alojamiento. Si durante la estancia se reside en una casa particular, deberá aportar: justificante del pago (cargo en cuenta o justificante de transferencia) y recibo en el que conste: nombre, apellidos y número de documento de identidad o pasaporte tanto de la persona arrendadora como de la persona arrendataria (será imprescindible adjuntar fotocopia de dichos documentos), dirección de la vivienda, fechas de estancia, precio del alojamiento y firma de ambas personas.
Gastos de viaje:
- Las personas beneficiarias deberán tratar de contratar el medio más económico para viajar.
- Si el viaje se tuviera que realizar en vehículo propio, por causas justificadas y previa petición por escrito, el importe máximo permitido será el equivalente al importe más económico, si lo hubiera, de otros medios de transporte con el límite de 300 euros. Las personas beneficiarias que utilicen este sistema de desplazamiento deberán justificar la utilización de este medio de transporte mediante presentación de tiques de autopista y de repostajes.
- No se autoriza indemnización por uso de vehículo de alquiler, salvo informe justificativo de no existencia de otros medios de transporte.
- No se financiarán gastos de cancelación ni otros gastos adicionales al margen de los señalados en los apartados anteriores.
13. Forma de pago
Se realizará un único pago una vez todos los participantes hayan presentado la documentación que consta en el apartado 12.3.
14. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, los datos serán cedidos a:
- La universidad de destino con el objetivo de gestionar el programa de movilidad.
- La aseguradora de accidentes de viaje, para la prestación del servicio de seguros de viaje asociado al programa de movilidad internacional.
- Entidades financieras.
- Administración Autonómica y Local.
- Embajadas, consulados de España en el extranjero.
- Centros y organismos: SEPIE.
El alumnado participante en esta convocatoria puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
15. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante el rector o rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
En Alicante, a 16 de diciembre de 2024
El rector en funciones,
P.D. de firma, la Vicerrectora de Relaciones Internacionales y Cooperación para el Desarrollo
(Resolución de 3 de octubre de 2024)
Rosa María Martínez Espinosa