NORMATIVA QUE REGULA LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DEL PTGAS DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
- Fecha de aprobación
- 26/03/2024
- Fecha de publicación
- 27/03/2024
- Órgano competente
- Consejo de Gobierno
- Sección
- Disposiciones generales
Título: NORMATIVA QUE REGULA LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DEL PTGAS DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
Sección: Disposiciones generales
Órgano: Consejo de Gobierno
Fecha de aprobación: martes, 26 de marzo de 2024
Aprobada por unanimidad por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante en la sesión ordinaria del día 26 de marzo de 2024.
NORMATIVA QUE REGULA LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DEL PTGAS DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
PREÁMBULO
La evaluación del desempeño del PTGAS es un instrumento más que permite reconocer el esfuerzo y la contribución individual del personal de la Universidad de Alicante, siguiendo con el proceso de mejora continua de la calidad de sus servicios.
El artículo 137 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana establece la evaluación del desempeño como el procedimiento por el cual se mide y se valora la conducta profesional y el rendimiento o el logro de resultados con el fin de individualizar y diferenciar la contribución del personal empleado público.
Por otra parte, el art. 87 de dicha ley establece como una de las retribuciones complementarias, el complemento de actividad profesional, que retribuye el grado de interés, iniciativa o esfuerzo con que el personal funcionario desempeña su trabajo y el rendimiento o resultados obtenidos.
En la actualidad, en la Universidad de Alicante, la evaluación del desempeño sirve para valorar anualmente las áreas A, B y C de la carrera profesional horizontal, mientras que el complemento de actividad profesional tiene una regulación independiente que únicamente contempla el complemento de productividad, en el que se valora la consecución de objetivos de manera grupal.
Queda derogada la anterior normativa que regula la evaluación del desempeño del PAS de la Universidad de Alicante aprobada en Consejo de Gobierno el 27 de abril de 2023, con el fin de adecuar la redacción del texto a la nueva denominación del personal técnico, de gestión y de administración y servicios, PTGAS, así como de establecer en el artículo 11, la referencia a la publicación anual de una convocatoria con el modelo de evaluación del desempeño del PTGAS.
Por todo ello, la Universidad de Alicante ha desarrollado la siguiente normativa:
I. OBJETIVO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 1. Objeto
Esta normativa tiene por objeto el desarrollo de la normativa de la Resolución rectoral de 28 de julio de 2020, para la aplicación de la evaluación del desempeño del personal técnico, de gestión y de administración y servicios en la carrera profesional horizontal para el acceso GDP (grado de desarrollo profesional) o DPCR (derecho a la percepción del complemento retributivo) superior dentro del sistema de carrera profesional horizontal, acorde a los valores y principios básicos de la Universidad de Alicante recogidos en el artículo 1.3 de su Estatuto.
Artículo 2. Ámbito de aplicación
La presente norma será de aplicación al PTGAS funcionario o laboral de la Universidad de Alicante que ocupe una plaza de RPT con cargo al capítulo I del presupuesto.
Artículo 3. Áreas de valoración
La evaluación del desempeño se realizará, basándose en los principios recogidos en el artículo 1, en función de la valoración anual de las siguientes áreas:
A: Orientación y compromiso con el servicio público
B: Profesionalidad en el ejercicio de las funciones asignadas
C: Iniciativa y participación para la mejora del servicio público
Artículo 4. Competencias a valorar
Atendiendo a los principios y valores anteriores, de forma concreta, se valorarán las siguientes competencias:
· Adaptabilidad e iniciativa
· Proactividad
· Resiliencia
· Trabajo en equipo
· Empatía
· Compromiso
· Responsabilidad
· Integridad
· Cumplimiento de objetivos
· Orientación a resultados
· Pensamiento crítico
· Optimismo
· Liderazgo y gestión de personas (solo de aplicación en puestos con personal a cargo)
II. Niveles de jerarquía
Artículo 5. Responsable de la evaluación
La evaluación del desempeño es anual y se realiza, con carácter general, por la persona responsable jerárquica de la persona a evaluar. Cada año se publicará una convocatoria con el modelo de evaluación del desempeño del PTGAS.
Los niveles de jerarquía que se utilizan para la evaluación son los de la jerarquía estándar definida con carácter general para las unidades administrativas de la UA. En aquellos supuestos, debidamente justificados, por la especificidad de las funciones desempeñadas, y a petición de la persona responsable de la unidad administrativa, la Gerencia podrá autorizar la adaptación de dicha jerarquía estándar a través del administrador del sistema (Unidad Técnica de Calidad).
En las unidades administrativas de destino en las que no exista un PTGAS responsable jerárquico de la persona a evaluar, la evaluación de las personas será realizada por la Gerencia de la UA, oído, en su caso, la o el responsable funcional de la correspondiente unidad administrativa, que cumplimentará un informe previo sobre la misma.
Artículo 6. Identificación de la jerarquía básica
A continuación, se incluye la identificación de jerarquía básica por tipo de unidades administrativas a emplear:
i. Jerarquía de servicios y centros
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Gerencia |
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Vicegerencias/ Jefatura de área/Otro personal adscrito a gerencia |
Vicegerente/a de coordinación académica |
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Director/a de Servicio |
Administrador/a centro |
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Subdirector/a |
Técnico/a Superior |
Administrador/a adjunto |
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Gestor/a jefe |
Técnico/a |
Gestor/a jefe |
Coordinador/a servicio |
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Gestor/a |
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Gestor/a |
Auxiliar de servicios |
ii. Jerarquía de otras unidades dependientes de órganos de gobierno
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Gerencia Responsable funcional (PDI) |
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Gestor/a jefe - Secretario/a de cargo |
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Gestor/a |
iii. Jerarquía de conserjerías sin adscripción a centro
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Gerencia Coordinador/a general de Conserjerías |
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Coordinador/a servicio |
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Auxiliar de servicios |
iv. Jerarquía de departamentos/institutos
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Gerencia Director/a departamento/instituto (responsable funcional PDI) |
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Gestor/a jefe |
- Técnico/a superior - Técnico/a - Especialista técnico - Oficial de laboratorio |
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Gestor/a |
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III. APLICACIÓN DE LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO EN LA CARRERA PROFESIONAL HORIZONTAL
Artículo 7. Funcionalidad
De acuerdo con lo dispuesto en la normativa de carrera profesional, esta evaluación forma parte de los mecanismos de progresión dentro del sistema de carrera profesional, en función de la valoración anual de las siguientes áreas en cada subgrupo:
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Área |
Descripción |
Objetivo |
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A |
Orientación y compromiso con el servicio público |
Evaluación del desempeño |
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B |
Profesionalidad en el ejercicio de las funciones asignadas |
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C |
Iniciativa y participación para la mejora de la calidad del servicio público |
Se valorarán las competencias recogidas en el artículo 4 de la presente normativa.
Artículo 8. Calificación global
La calificación global de la "Evaluación del Desempeño" se corresponderá con uno de los siguientes niveles:
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Favorable + Favorable Desfavorable |
Artículo 9. Asignación de porcentajes para la carrera profesional.
En función de la calificación anual, se asignarán los siguientes porcentajes respecto al máximo de puntos contemplado en la Normativa sobre progresión de la carrera profesional que corresponda, según el GDP al que pretenda acceder la persona evaluada.
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Favorable + Favorable Desfavorable |
100% 100% 20% |
Artículo 10. Exenciones
Se considerará a una persona "Exenta" de la evaluación para ese periodo, y conllevará los mismos efectos que un resultado "Favorable", en aquellos casos en los que hubiese prestado menos de tres meses de servicio efectivo en el puesto de trabajo durante el periodo evaluado por haber permanecido la mayor parte del mismo en las siguientes situaciones:
- Incapacidad transitoria
- Permisos relacionados con la maternidad, paternidad, adopción o acogida.
- Excedencia por cuidado de familiares, por razón de violencia de género o violencia terrorista.
- Liberación sindical (140 horas mensuales)
Artículo 11. Modelo de evaluación
Se publicará anualmente una convocatoria con el modelo de evaluación del desempeño del PTGAS.
IV. NOTIFICACIÓN DE RESULTADOS
Artículo 12. Notificación de resultados provisionales
Los resultados provisionales se comunicarán mediante notificación electrónica a la persona interesada. Asimismo, el informe y los resultados provisionales se podrán consultar en el siguiente apartado de UACloud:
Expediente personal > Evaluación PTGAS
En aquellos supuestos en que la evaluación no alcance la calificación máxima de Favorable+, la persona interesada dispondrá de un plazo de tres días hábiles para presentar alegaciones, a contar desde el día siguiente a la fecha en que se tenga por practicada la misma según establece el artículo 13.6 del Reglamento de Relaciones por Medios Electrónicos de la Universidad.
Las alegaciones se presentarán mediante instancia genérica en e-Administración de UACloud dirigida a la Gerencia.
Artículo 13. Notificación de resultados definitivos.
Una vez que la Gerencia haya resuelto las alegaciones presentadas, se comunicará el resultado definitivo a las personas evaluadas mediante notificación electrónica.
Disposición derogatoria
Normativa que regula la evaluación del desempeño del PAS de la Universidad de Alicante aprobada en Consejo de Gobierno el 27 de abril de 2023.
Disposición final
La presente normativa entrará en vigor el 1 de abril de 2024, con efectos desde el 1 de enero, tras su aprobación por el Consejo de Gobierno y su publicación en el BOUA.